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núm. 45 viernes, 6 de marzo de 2015

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(1)

II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS

Servicio Territorial de Medio Ambiente

Prórroga del coto de caza BU-10.149 de Valle de las Navas y Rublacedo

de Abajo (Burgos) 5

Prórroga del coto de caza BU-10.933 de Junta de Villalba de Losa (Burgos) 6

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS

BIENESTAR SOCIAL

Notificación de resolución sobre solicitud de prestación económica de esta Diputación destinada a la atención de personas con necesidades básicas

de subsistencia en situaciones de urgencia social, año 2014 7

Notificación de requerimiento sobre solicitud de prestación económica de esta Diputación destinada a la atención de personas con necesidades básicas

de subsistencia en situaciones de urgencia social, año 2014 8

SECCIÓN DE CONTRATACIÓN Y JUNTA DE COMPRAS

Formalización del contrato de las obras de acondicionamiento y refuerzo de firme de la carretera BU-V-1013, de A-1 a Villamayor de los Montes

(BU-V-1411) 9

SERVICIO DE PERSONAL

Convocatoria para proveer, mediante concurso de méritos, diferentes

puestos de trabajo de personal laboral de esta Diputación 11

Convocatoria para la provisión, por razones de salud u otras limitaciones, de puestos de trabajo de la plantilla de personal funcionario

de esta Diputación 21

Convocatoria para la provisión, por razones de salud u otras limitaciones,

de puestos de trabajo de la plantilla de personal laboral de esta Diputación 27

C.V.E.: BOPBUR-2015-045 núm. 45

e

viernes, 6 de marzo de 2015

de la provincia

boletín oficial

sumario

burgos

(2)

boletín oficial de la provincia

AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUERO

MEDIO AMBIENTE

Notificación de solicitud de licencia ambiental para legalización de centro

cívico y bar en La Aguilera 47

AYUNTAMIENTO DE BURGOS

SECCIÓN DE SERVICIOS

Solicitud de licencia ambiental para establecimiento destinado a cafetería 48

Solicitud de licencia ambiental para establecimiento destinado a bar cafetería 49

Solicitud de licencia ambiental para establecimiento destinado a

cafetería-restaurante 50

Solicitud de licencia ambiental para establecimiento destinado a almacenamiento

y comercialización fitosanitarios 51

SERVICIO DE SANIDAD Y MEDIO AMBIENTE

Notificación de la propuesta de resolución de expediente sancionador 52

Notificación de la propuesta de resolución de expediente sancionador 53

Notificación del acuerdo de iniciación de expediente sancionador 54

Notificación del pliego de cargo de expediente sancionador 55

AYUNTAMIENTO DE CASTROJERIZ

Aprobación definitiva de la ordenanza municipal reguladora del Reglamento de Administración Electrónica y del punto general propio de entrada

de facturas electrónicas 56

AYUNTAMIENTO DE FRESNO DE RÍO TIRÓN

Aprobación del documento técnico de las obras de rehabilitación de la

cubierta de la Iglesia Parroquial de San Andrés Apóstol 69

Aprobación inicial del Convenio de Rehabilitación de la Iglesia Parroquial de San Andrés Apóstol, segregación de finca y cesión gratuita

de la parte segregada 70

AYUNTAMIENTO DE HONTORIA DE VALDEARADOS

Aprobación provisional del presupuesto general para el ejercicio de 2015 71

Cuenta general del ejercicio de 2014 72

AYUNTAMIENTO DE HONTORIA DEL PINAR

Estudio de impacto ambiental del polígono industrial 73

AYUNTAMIENTO DE LA CUEVA DE ROA

Aprobación definitiva del presupuesto general para el ejercicio de 2015 74

AYUNTAMIENTO DE MIRANDA DE EBRO

Periodo de cobranza de la tasa por prestación de servicios en instalaciones

deportivas municipales del ejercicio de 2015 76

núm. 45

e

viernes, 6 de marzo de 2015

sumario

(3)

boletín oficial de la provincia

AYUNTAMIENTO DE MONASTERIO DE RODILLA

Aprobación definitiva del presupuesto general para el ejercicio de 2014 85

AYUNTAMIENTO DE PINILLA TRASMONTE

Aprobación provisional del presupuesto general para el ejercicio de 2015 87

Creación del punto propio de entrada de facturas electrónicas 88

Aprobación inicial de la creación de la Sede Electrónica y del Reglamento

de Administración Electrónica 90

AYUNTAMIENTO DE QUINTANILLA SAN GARCÍA

Aprobación definitiva del presupuesto general para el ejercicio de 2015 91

AYUNTAMIENTO DE REINOSO

Cuenta general del ejercicio de 2014 92

AYUNTAMIENTO DE RUBENA

Aprobación inicial del Reglamento de Administración Electrónica 93

Aprobación provisional del presupuesto general para el ejercicio de 2015 94

AYUNTAMIENTO DE VILLALMANZO

Expediente de baja por caducidad en el Padrón Municipal de Habitantes 95

Baja por caducidad en el Padrón Municipal de Habitantes 96

AYUNTAMIENTO DE VILVIESTRE DEL PINAR

Convocatoria para la adjudicación de los aprovechamientos maderables en los Montes de Utilidad Pública números 256, 289 y 290 denominados

«La Charca», «Matarrucha» y «El Monte», respectivamente 97

JUNTA VECINAL DE BARCENILLAS DE CEREZOS

Cuenta general del ejercicio de 2014 100

Aprobación definitiva del presupuesto general para el ejercicio de 2015 101

JUNTA VECINAL DE MAHALLOS

Aprobación definitiva del presupuesto general para el ejercicio de 2015 102

JUNTA VECINAL DE MODÚBAR DE SAN CIBRIÁN

Aprobación inicial del presupuesto general para el ejercicio de 2015 103

JUNTA VECINAL DE QUINTANALOMA

Subasta para el aprovechamiento forestal del M.U.P. 320, «Monte Alto,

El Cerro y Valparaíso» 104

JUNTA VECINAL DE QUINTANILLA DE VALDEBODRES

Aprobación definitiva del presupuesto general para el ejercicio de 2015 106

núm. 45

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viernes, 6 de marzo de 2015

sumario

(4)

boletín oficial de la provincia

MANCOMUNIDAD DE PUEBLOS DE LA VECINDAD DE BURGOS

Aprobación inicial del presupuesto general para el ejercicio de 2015 107

Cuenta general del ejercicio de 2014 108

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN

SALA DE LO SOCIAL DE BURGOS

Recurso de suplicación 994/2014 109

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE BURGOS

Despido/ceses en general 1033/2014 111

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE BURGOS

Seguridad Social 718/2014 113

núm. 45

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viernes, 6 de marzo de 2015

sumario

(5)

boletín oficial de la provincia

C.V.E.: BOPBUR-2015-01197

núm. 45

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burgos

II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS

Servicio Territorial de Medio Ambiente

Información pública de expediente del procedimiento de prórroga del coto de caza BU-10.149

En este Servicio Territorial se encuentra en tramitación expediente de la prórroga del coto privado de caza BU-10.149, denominado Temiño, iniciado a instancia de la Junta Administrativa de Temiño. El objeto del referido expediente es el procedimiento de prórroga del coto de caza situado en los términos municipales de Valle de las Navas y Rublacedo de Abajo, en la provincia de Burgos, con una superficie de 1.519 hectáreas.

Lo que se hace público, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Decreto 83/1998, de 30 de abril, por el que se desarrolla reglamentariamente el Título IV «De los Terrenos», de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León, haciendo constar que el referido expediente se encontrará a disposición de cualquier persona que desee examinarlo y, en su caso, formular alegaciones durante el plazo de veinte días hábiles desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del presente anuncio en las oficinas del Servicio Territorial de Medio Ambiente (Sección de Vida Silvestre), calle Juan de Padilla, s/n, 09006 Burgos.

En Burgos, a 11 de febrero de 2015.

El Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos, Javier María García López

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boletín oficial de la provincia

C.V.E.: BOPBUR-2015-01379

núm. 45

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burgos

II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS

Servicio Territorial de Medio Ambiente

Información pública de expediente del procedimiento de prórroga del coto de caza BU-10.933

En este Servicio Territorial se encuentra en tramitación expediente de la prórroga del coto privado de caza BU-10.933, denominado Murita, iniciado a instancia de José María Ferreira Barquín. El objeto del referido expediente es el procedimiento de prórroga del coto de caza situado en el término municipal de Junta de Villalba de Losa en la provincia de Burgos, con una superficie de 338 hectáreas.

Lo que se hace público, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Decreto 83/1998, de 30 de abril, por el que se desarrolla reglamentariamente el Título IV «De los Terrenos», de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León, haciendo constar que el referido expediente se encontrará a disposición de cualquier persona que desee examinarlo y, en su caso, formular alegaciones durante el plazo de veinte días hábiles desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del presente anuncio en las oficinas del Servicio Territorial de Medio Ambiente (Sección de Vida Silvestre), calle Juan de Padilla, s/n, 09006 Burgos.

En Burgos, a 16 de febrero de 2015.

El Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos, Javier María García López

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boletín oficial de la provincia

C.V.E.: BOPBUR-2015-01346

núm. 45

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS

BIENESTAR SOCIAL

Notificación de la resolución del Presidente de esta Diputación n.º 8.046 de fecha 18/11/2014, relativa a los expedientes indicados, sobre solicitudes de prestación económica de la Diputación Provincial de Burgos, destinadas a la atención de personas con necesidades básicas de subsistencia en situaciones de urgencia social, ejercicio 2014.

Intentada la notificación a los interesados indicados sin haber podido practicarse, de la resolución de Presidencia n.º 8.046, de fecha 18/11/2014, relativa a los expedientes relacionados, se procede, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, a practicar dicha notificación por medio de anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos.

Considerando que concurren las circunstancias previstas en el art. 61 de la citada Ley, se hace una somera indicación del contenido del acto, advirtiendo al interesado que podrá comparecer ante el Departamento de Bienestar Social de la Diputación Provincial de Burgos, sito en Burgos, paseo del Espolón, 34, C.P. 09003, en el plazo de los diez días siguientes a la última fecha de publicación del presente anuncio, para conocimiento del contenido íntegro del mencionado acto, y constancia de tal conocimiento.

Acto a notificar: Resolución de Presidencia n.º 8.046, de fecha 18/11/2014.

Exp. n.º Interesado/a Localidad Ayuntamiento

402/14PEUS D.ª Anca Cristina Muntean Belorado Belorado

En Burgos, a 13 de febrero de 2015.

El Presidente, El Secretario General, César Rico Ruiz José Luis M.ª González de Miguel

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boletín oficial de la provincia

C.V.E.: BOPBUR-2015-01347

núm. 45

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burgos

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS

BIENESTAR SOCIAL

Notificación del requerimiento efectuado a D. Luis Sancho Marina para la presentación de documentación complementaria en el expediente n.º 484/14PEUS, sobre solicitud de prestación económica de la Diputación Provincial de Burgos, destinadas a la atención de personas con necesidades básicas de subsistencia en situaciones de urgencia social, para el año 2014.

Intentada la notificación a los interesados sin haber podido practicarse, del requerimiento efectuado para la presentación de documentación complementaria en el expediente n.º 484/14PEUS, sobre solicitud de prestación económica de la Diputación Provincial de Burgos, destinada a la atención de personas con necesidades básicas de subsistencia en situaciones de urgencia social, para el año 2014, se procede, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, a practicar dicha notificación por medio de anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos.

Considerando que concurren las circunstancias previstas en el art. 61 de la citada Ley, se hace una somera indicación del contenido del acto, advirtiendo al interesado que podrá comparecer ante el Departamento de Bienestar Social de la Diputación Provincial de Burgos, sito en Burgos, paseo del Espolón, 34, C.P. 09003, en el plazo de los diez días siguientes a la última fecha de publicación del presente anuncio, para conocimiento del contenido íntegro del mencionado acto, y constancia de tal conocimiento.

Acto a notificar: Requerimiento de fecha 15/12/2014.

Exp. n.º Interesado/a Localidad Ayuntamiento

484/14PEUS D. Luis Sancho Marina San Juan del Monte San Juan del Monte

En Burgos, a 13 de febrero de 2015.

El Presidente, El Secretario General, César Rico Ruiz José Luis M.ª González de Miguel

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boletín oficial de la provincia

C.V.E.: BOPBUR-2015-01452

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS

SECCIÓN DE CONTRATACIÓN Y JUNTA DE COMPRAS

Anuncio de formalización de contrato 1. – Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Excma. Diputación Provincial de Burgos.

b) Dependencia que tramita el expediente: Sección de Contratación y Junta de Compras.

c) Número de expediente: 29E/14. 2. – Objeto del contrato:

a) Tipo de contrato: Obras.

b) Descripción: «Acondicionamiento y refuerzo de firme de la carretera BU-V-1013, de A-1 a Villamayor de los Montes (BU-V-1411)».

c) Código y descripción CPV: 45233141 (Trabajos de mantenimiento de carreteras). d) Publicidad de la licitación: Boletín Oficial de la Provincia de Burgos n.º 206 de fecha 31 de octubre de 2014, perfil del contratante de igual fecha y plataforma electrónica de contratación el 7 de noviembre de 2014.

3. – Tramitación y procedimiento de adjudicación: a) Tramitación: Ordinaria.

b) Procedimiento: Abierto. c) Subasta electrónica: No.

d) Criterios de adjudicación: El precio más bajo. 4. – Valor estimado del contrato: 249.329,80 euros.

5. – Presupuesto base de licitación: Importe neto: 249.329,80 euros. IVA (21%): 52.359,26 euros. Importe total: 301.689,06 euros.

6. – Formalización del contrato:

a) Fecha de adjudicación: Junta de Gobierno de fecha 23 de enero de 2015. b) Fecha de formalización del contrato: 17 de febrero de 2015.

c) Contratista: Herrero Temiño, S.A.

d) Importe de adjudicación: 210.356,66 euros IVA incluido (173.848,48 euros más 36.508,18 euros, en concepto de 21% IVA).

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Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 154 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

En Burgos, a 18 de febrero de 2015.

El Presidente, César Rico Ruiz

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boletín oficial de la provincia

C.V.E.: BOPBUR-2015-01645

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS

SERVICIO DE PERSONAL

Convocatoria para proveer, mediante concurso de méritos, diferentes puestos de trabajo de personal laboral de la Diputación Provincial de Burgos

Por Resolución núm. 928 de 18 de febrero de 2015, la Presidencia de la Entidad, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, así como en el vigente Convenio de aplicación al personal laboral de la Entidad, y en uso de las facultades del art. 34.1 g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, asistida del Secretario General, ha aprobado las Bases de la convocatoria que se transcriben:

Primera. – Objeto de la convocatoria.

Son objeto del presente concurso de méritos los puestos de trabajo vacantes que a continuación se relacionan, adscritos al personal laboral, de conformidad con la Plantilla Presupuestaria para el presente ejercicio de 2015 y la vigente Relación de Puestos de Trabajo, aprobada definitivamente por el Pleno de la Entidad en sesión de 6 de febrero de 2015, y que la Administración Provincial estima procedente cubrir por razones técnicas u organizativas.

No obstante lo cual, si como consecuencia de la selección practicada por la Comisión de Valoración y de las adjudicaciones a los concursantes de cada uno de los puestos no singularizados se generasen vacantes, éstas podrán simultáneamente sumarse a los puestos convocados.

– 1 puesto de Maquinista-Conductor. Subgrupo C2. Agricultura y Medio Ambiente. – 2 puestos de Maquinista-Conductor. Subgrupo C2. Vías y Obras (Villarcayo). – 10 puestos de Auxiliar de Enfermería a media jornada. Subgrupo C2. Residencia de Adultos Asistidos de Fuentes Blancas.

– 3 puestos de Auxiliar de Enfermería. Subgrupo C2. Residencia de Ancianos de Fuentes Blancas.

– 12 puestos de Auxiliar de Enfermería a media jornada. Subgrupo C2. Residencia de Ancianos de Fuentes Blancas.

– 2 puestos de Auxiliar de Enfermería. Subgrupo C2. Residencia «San Agustín». – 6 puestos de Auxiliar de Enfermería a media jornada. Subgrupo C2. Residencia «San Agustín».

– 3 puestos de Auxiliar de Enfermería a un tercio de jornada. Subgrupo C2. Residencia «San Agustín».

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– 19 puestos de Auxiliar de Enfermería. Subgrupo C2. Residencia «San Salvador» de Oña.

– 9 puestos de Auxiliar de Enfermería. Subgrupo C2. Residencia «San Miguel del Monte» de Miranda de Ebro.

– 3 puestos de Auxiliar de Enfermería a media jornada. Subgrupo C2. Residencia de «San Miguel del Monte» de Miranda de Ebro.

– 1 puesto de Cocinero. Agrupación Profesional. Residencia de Ancianos de Fuentes Blancas.

– 1 puesto de Cocinero. Agrupación Profesional. Residencia «San Miguel del Monte» de Miranda de Ebro.

– 3 puestos de Limpiador. Agrupación Profesional. Residencia de Adultos Asistidos de Fuentes Blancas.

– 5 puestos de Limpiador a media jornada. Agrupación Profesional. Residencia de Adultos Asistidos de Fuentes Blancas.

– 7 puestos de Limpiador. Agrupación Profesional. Residencia de Ancianos de Fuentes Blancas.

- 4 puestos de Limpiador a media jornada. Agrupación Profesional. Residencia de Ancianos de Fuentes Blancas.

– 5 puestos de Limpiador a media jornada. Agrupación Profesional. Residencia «San Agustín».

– 10 puestos de Limpiador. Agrupación Profesional. Residencia «San Miguel del Monte» de Miranda de Ebro.

– 8 puestos de Limpiador. Agrupación Profesional. Residencia «San Salvador» de Oña.

– 9 puestos de Limpiador a media jornada. Agrupación Profesional. Residencia «San Salvador» de Oña.

– 1 puesto de Limpiador. Agrupación Profesional. Obras y Vías.

– 1 puesto de Peón Agrícola. Agrupación Profesional. Agricultura y Medio Ambiente. – 1 puesto de Lavandero-Planchador a media jornada. Agrupación Profesional. Residencia de Adultos Asistidos Fuentes Blancas.

Segunda. – Puestos de trabajo máximos a proveer.

Se declara expresamente que la Comisión de Valoración que se constituya al efecto para valorar el concurso de méritos a que se contrae la presente convocatoria no podrá proponer un número superior de aspirantes al de los puestos convocados.

No obstante lo cual, si en el plazo de doce meses desde la resolución de la presente convocatoria se generasen nuevas vacantes presupuestadas, necesarias para el servicio, de puestos no singularizados, en los Centros y Servicios anteriormente relacionados, la

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Presidencia podrá nombrar, por riguroso orden de puntuación, a los aspirantes que, habiendo alcanzado la puntuación mínima, sigan a los ya propuestos.

Tercera. – Requisitos que deben reunir o cumplir los aspirantes.

1. – Tener la condición de personal laboral fijo de la Excma. Diputación Provincial de Burgos.

2. – Estar en situación de servicio activo o en cualquier otra situación administrativa, excepto la de suspensión firme.

Los empleados que pertenezcan a dos o más Cuerpos o Escalas del mismo o distinto grupo sólo podrán participar en el concurso desde uno de ellos.

Deberán participar en el presente concurso aquellos trabajadores que se encuentran en situación de adscripción provisional.

3. – Haber permanecido como mínimo dos años en su actual puesto de trabajo, desde la toma de posesión del último destino hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

A efectos del cómputo anteriormente señalado, no se considerará como último destino el obtenido a media jornada en el último concurso de traslados, siempre que se concurse en la presente convocatoria a un puesto de jornada completa.

A los empleados que accedan a otro Cuerpo o Escala por promoción interna y permanezcan en el puesto de trabajo que desempeñaban, se les computará el tiempo de servicios prestado en dicho puesto en el Cuerpo o Escala de procedencia a efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior.

Los empleados en situación de servicios especiales y excedencia para el cuidado de familiares, durante el transcurso de su situación, sólo podrán participar si en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias han transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido.

4. – Asimismo, además de los requisitos generales anteriormente reseñados, según el puesto de trabajo al que opte, deberá reunir los siguientes requisitos específicos:

Maquinista-Conductor: Ser titular u ocupar de forma definitiva en la Entidad puesto de Maquinista-Conductor.

Auxiliar de Enfermería: Ser titular u ocupar de forma definitiva en la Entidad puesto de Auxiliar de Enfermería.

Cocinero: Ser titular u ocupar de forma definitiva en la Entidad puesto de Cocinero. Limpiador: Ser titular u ocupar de forma definitiva en la Entidad puesto de Limpiador o Limpiador Cuidador.

Peón Agrícola: Ser titular u ocupar de forma definitiva en la Entidad puesto de Peón Agrícola.

Lavandero-Planchador: Ser titular u ocupar de forma definitiva en la Entidad puesto de Lavandero-Planchador.

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Cuarta. – Instancias y admisión de aspirantes.

Las instancias solicitando tomar parte en el presente concurso se ajustarán al modelo que figura como Anexo a las presentes Bases, siendo debidamente cumplimentadas, con la manifestación de que el aspirante reúne los requisitos exigidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y se dirigirán al Excmo. Sr. Presidente de la Excelentísima Diputación Provincial de Burgos, presentándose en el Registro General de ésta o mediante cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de instancias será de quince días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

La instancia deberá ir acompañada de la documentación acreditativa de los méritos que desee alegar. A tal efecto, se precisa expresamente que no serán valorados los méritos no invocados, ni tampoco aquellos que, aun siendo invocados, no sean debidamente acreditados por los solicitantes por cualquiera de los medios autorizados en derecho. Quedan exceptuados de lo anterior los méritos generados en la Diputación Provincial de Burgos y que, habiendo sido invocados por los interesados, su acreditación deba efectuarse por documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante. De ser varios los puestos solicitados, en la solicitud deberá figurar el orden de preferencia de éstos.

Podrán, asimismo, solicitarse puestos que pudieran quedar vacantes a resultas de la resolución de la presente convocatoria, en cuyo caso deberán indicarlo expresamente, solicitando puesto de forma individualizada o de forma genérica y en este último supuesto, el aspirante podrá solicitar centro o localidad de destino.

No serán tenidas en cuentas las peticiones formuladas en las que figuren datos contradictorios o enmiendas o tachaduras respecto de los puestos de trabajo solicitados. En el supuesto de estar dos empleados interesados en los puestos de una misma localidad que se anuncian en este concurso, podrán condicionar su petición por razones de convivencia familiar al hecho de que ambos obtengan destino en este concurso y en la misma localidad, entendiéndose en caso contrario anuladas las peticiones formuladas por ambos. Los concursantes que se acojan a esta petición condicional deberán acompañar a su instancia una fotocopia de la petición del otro.

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia dictará resolución, que se hará pública en el Tablón de Anuncios y página web de la Diputación Provincial, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, indicando la causa de su exclusión.

En dicha resolución se indicará la composición de la Comisión de Valoración, así como el plazo de diez días naturales que se ofrece a los aspirantes para poder subsanar, en su caso, los defectos que hayan motivado su exclusión o formular las reclamaciones que estimen oportunas.

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Transcurrido dicho plazo, se aprobará de forma inmediata la lista definitiva de aspirantes, a la vista de las subsanaciones y reclamaciones que hayan podido estimarse. En defecto de solicitudes de subsanación o reclamaciones estimadas, la lista expuesta de aspirantes admitidos se entenderá aprobada definitivamente, no admitiéndose ningún tipo de reclamación posterior, sin perjuicio de los supuestos de rectificación previstos en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Los interesados, salvo los concursantes forzosos, podrán desistir de su solicitud de participación en el procedimiento en cualquier momento anterior al de la publicación de la resolución provisional del concurso.

Quinta. – Comisión de Valoración.

La Comisión de Valoración estará integrada por un Presidente, un Secretario y dos Vocales, titulares y suplentes, que actuarán con voz y voto.

Todos los miembros de la Comisión deberán pertenecer a Cuerpos o Escalas de grupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados.

Los miembros de la Comisión de Valoración deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La Comisión no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos.

La actuación de la Comisión de Valoración habrá de ajustarse estrictamente a las Bases de la convocatoria, no obstante lo cual la Comisión resolverá las dudas que surjan de la aplicación de sus normas, así como lo que proceda en los supuestos no previstos en éstas.

Sexta. – Méritos valorables.

La valoración de los méritos para la adjudicación de puestos se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo, hasta un máximo de 9 puntos:

1. – Valoración del trabajo desarrollado.

Experiencia en el desempeño en propiedad de puestos de trabajo pertenecientes al área funcional o sectorial a que corresponde el convocado, en función de la similitud entre el contenido técnico y especialización de los puestos ocupados por los candidatos con los ofrecidos, hasta un máximo de 3 puntos, según el desglose que a continuación se señala: – Se valorará el desempeño en propiedad de puestos de trabajo del mismo nivel de titulación que cumplan las condiciones referidas en el primer párrafo del presente apartado, a razón de 0,02 puntos por mes.

– Asimismo, se valorará el desempeño en propiedad de puestos de trabajo de diferente nivel de titulación que cumplan las condiciones referidas en el primer párrafo del presente apartado, a razón de 0,01 puntos por mes.

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No se valorarán, en consecuencia, los puestos desempeñados en comisión de servicios o con carácter de interinidad o bajo la modalidad de contrato laboral temporal.

2. – Cursos de formación y perfeccionamiento.

– Únicamente se valorarán aquellos cursos de formación y perfeccionamiento que versen sobre materias directamente relacionadas con las funciones del puesto de trabajo convocado, hasta un máximo de 1 punto, de conformidad con la siguiente escala:

De 15 a 29 horas de duración: 0,05 puntos. De 30 a 49 horas de duración: 0,15 puntos. De 50 a 99 horas de duración: 0,30 puntos. De 100 o más horas de duración: 0,50 puntos.

– Asimismo se valorarán aquellas titulaciones, de igual o superior categoría a la requerida en el puesto convocado y que no haya sido exigida como requisito para acceder a aquél, siempre y cuando versen sobre materias directamente relacionadas con las funciones del puesto de trabajo convocado, hasta un máximo de 1 punto, de acuerdo con la siguiente escala:

De nivel de titulación igual al exigido: 0,60 puntos. De un nivel de titulación superior al exigido: 0,75 puntos. De dos niveles de titulación superior al exigido: 0,90 puntos. De tres niveles de titulación superior al exigido: 1,00 punto. 3. – Antigüedad.

Se valorarán los años de servicio, en función del grupo de titulación en que se hubieran prestado, computándose a estos efectos los reconocidos que se hubieran prestado con anterioridad a la adquisición de la condición de empleado fijo, hasta un máximo de 3 puntos:

– Por servicios prestados en puestos encuadrados en el Grupo de Titulación del puesto al que se concurre o superior, a razón de 0,016 puntos por mes.

– Por servicios prestados en puestos encuadrados en Grupos de Titulación inferiores al del puesto al que se concurre, a razón de 0,008 puntos por mes.

No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

4. – Conciliación de la vida familiar y laboral.

Se valorarán, hasta un máximo de 1 punto, los siguientes supuestos:

– El destino previo del cónyuge funcionario, obtenido mediante convocatoria pública, en el municipio donde radique el puesto de trabajo solicitado, siempre que se acceda desde municipio distinto: 0,30 puntos.

– El cuidado de hijos, tanto cuando lo sean por naturaleza como por adopción o acogimiento permanente o preadoptivo, hasta que el hijo cumpla doce años, siempre que

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se acredite por los interesados fehacientemente, mediante declaración jurada, que el puesto que se solicita permite una mejor atención del menor, debiendo acompañar la correspondiente documentación acreditativa de las justificaciones alegadas: 0,70 puntos. – El cuidado de un familiar, hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o afinidad siempre que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida, siempre que se acceda desde un municipio distinto, y siempre que se acredite fehacientemente por los interesados, mediante declaración jurada, que el puesto que se solicita permite una mejor atención del familiar, debiendo acompañar la correspondiente documentación acreditativa de las justificaciones alegadas. La valoración de este supuesto será incompatible con la otorgada por el cuidado de hijos: 0,70 puntos.

Séptima. – Acreditación de méritos.

Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de instancias.

La antigüedad en la Diputación Provincial se acreditará de oficio mediante certificado expedido al efecto.

El resto de los méritos se acreditarán documentalmente con la solicitud de participación. No obstante, podrán recabarse de los interesados o del Servicio de Personal las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados.

La valoración del trabajo desarrollado y la antigüedad se efectuará de conformidad con la jornada de trabajo efectivamente realizada, salvo los supuestos señalados en el párrafo siguiente.

De conformidad con lo establecido en el artículo 57 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, de igualdad efectiva de mujeres y hombres, el tiempo que las personas candidatas hayan permanecido en los permisos y beneficios de protección a la maternidad y a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral computará en la valoración de los méritos correspondientes.

Octava. – Preferencias en la adjudicación.

Sólo serán tenidas en cuenta las preferencias alegadas por los interesados en la solicitud de participación en el concurso y suficientemente justificadas. Para ejercitar la preferencia se deberán solicitar todas las vacantes susceptibles de ser adjudicadas en aplicación de este derecho.

En el caso de que más de un interesado ejercite su preferencia sobre una misma plaza, la prioridad en la adjudicación se efectuará con arreglo a la puntuación obtenida según los méritos alegados y acreditados.

Tendrán preferencia:

– Aquellos empleados que fueron trasladados de forma no voluntaria de la antigua Residencia de Ancianos «San Agustín» y que no hayan obtenido, por concurso de traslados,

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ningún otro puesto posteriormente, para volver al nuevo Centro del mismo nombre, en puestos de igual categoría al que desempeñaban en el momento de dicho traslado.

– Los empleados titulares de puesto de Limpiador-Cuidador a extinguir que ocupen puesto de Limpiador, para cubrir aquellos puestos de trabajo convocados entre personal de Agrupación Profesional, sobre el resto del personal con puesto de Limpiador.

– Los empleados que hubieran sido cesados en un puesto obtenido por concurso de méritos o libre designación, y que se encuentren en adscripción provisional, para obtener puesto en la misma localidad.

Si dicho cese lo fuera en puesto de libre designación, tendrán preferencia para ocupar puestos de su misma categoría profesional y, en su caso, especialidad, bien en la localidad correspondiente al destino de carácter definitivo obtenido con anterioridad al ocupado en libre designación, bien en la localidad del último, siempre que éste se hubiera desempeñado durante un mínimo de un año. La opción por una de dichas localidades deberá realizarse en la solicitud de participación en el concurso.

Novena. – Resolución del concurso.

La calificación final será la resultante de las sumas de las calificaciones obtenidas en cada uno de los apartados de los méritos, sin perjuicio de los derechos de preferencia señalados en la Base anterior, teniendo en cuenta el orden de petición especificado por el concursante en su solicitud de participación en el concurso.

La relación final de los concursantes, por orden de puntuación, con indicación de cada una de las puntuaciones obtenidas en los distintos apartados del baremo, se publicará en el Tablón de Anuncios de la Entidad.

La puntuación mínima que habrá de obtenerse para la adjudicación del puesto de trabajo será de un punto.

En caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a la otorgada a los méritos señalados en la Base Sexta, por el orden expresado. De persistir el empate se acudirá a la fecha de ingreso como empleado fijo en el Cuerpo o Escala desde el que se concursa y, en su defecto, al número obtenido en el proceso selectivo.

Décima. – Nombramiento y toma de posesión.

El acuerdo de la Comisión de Valoración se publicará en el tablón de anuncios de la Entidad, elevándose a la Presidencia de la Corporación para el nombramiento de los concursantes propuestos.

Los destinos, una vez adjudicados por resolución de la Presidencia, serán irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se hubiere obtenido otro destino mediante convocatoria pública, en cuyo caso deberá optar entre los puestos que le hayan sido adjudicados, estando obligado a comunicar la opción realizada en el plazo de tres días desde la publicación de la resolución.

Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.

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Los concursantes que obtengan el puesto de trabajo deberán tomar posesión con efectos del primer día del mes inmediato posterior, salvo aplazamiento por causa justificada, especialmente en supuestos de necesidad de cobertura del puesto de origen.

Undécima. – Recursos.

El solo hecho de presentar instancias solicitando tomar parte en la convocatoria constituye sometimiento expreso de los aspirantes a sus bases reguladoras, que tienen consideración de Ley reguladora de esta convocatoria.

Contra los acuerdos de las Comisiones de Valoración, que no agotan la vía administrativa, podrá interponerse por los interesados recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Presidente de la Corporación.

Contra las Bases de la presente convocatoria, que agotan la vía administrativa, podrá interponerse por los interesados, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Presidente de la Corporación en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Burgos en el plazo de dos meses, en ambos casos a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos.

La participación en el presente proceso selectivo implica que los candidatos prestan su consentimiento para que los datos de carácter personal por ellos facilitados se puedan incorporar para su tratamiento en un fichero automatizado, pudiendo éste ser comunicado a terceros con la única finalidad del desarrollo de este proceso de selección.

La Diputación de Burgos, como responsable de dichos datos, garantiza el pleno cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal. El declarante podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante escrito dirigido al Servicio de Personal de la Diputación Provincial de Burgos.

En Burgos, a 26 de febrero de 2015.

El Secretario General, José Luis M.ª González de Miguel

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EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE BURGOS

SOLICITUD DE ADMISIÓN

CONVOCATORIA PARA PROVEER MEDIANTE CONCURSO DE MÉRITOS PUESTOS DE TRABAJO DE LA ENTIDAD

DATOS PERSONALES

Apellidos Nombre Situación administrativa Puesto actual Dependencia, Unidad o Centro Funcionario Laboral

PUESTO AL QUE SE CONCURSA (Señálese el orden de preferencia en caso de concursar a varios)

MERITOS VALORABLES 1

1) Grado personal consolidado (solo personal funcionario): ________

2) Trabajo desarrollado: !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!. !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!..!!! !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!..!!!

3) Cursos de formación y perfeccionamiento:

!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!. ( ! h.) !!!!!!!!!!!..!!!!!!!!!!!!. ( ! h.) !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!. ( ! h.) !!!!!!!!!!!..!!!!!!!!!!!!. ( ! h.) !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!. ( ! h.) !!!!!!!!!!!..!!!!!!!!!!!!. ( ! h.) !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!. ( ! h.) !!!!!!!!!!!..!!!!!!!!!!!!. ( ! h.) 4) Antigüedad: !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!..!!.!.

5) Conciliación de la vida familiar y laboral: !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

OBSERVACIONES (Incluir PREFERENCIAS)

!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!.. !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!.!..

El abajo firmante

SOLICITA: Ser admitido a la Convocatoria a que se refiere la presente instancia, comprometiéndose a cumplir fielmente las obligaciones del cargo con sujeción al ordenamiento jurídico.

DECLARA: Que son ciertos todos y cada uno de los datos consignados en esta solicitud, y que reúne las condiciones señaladas en la Convocatoria anteriormente referida.

En !!!!!!!!!!!!!. , a !!! de !!!!!!!!!.. de 2015.

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE BURGOS

En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, los datos que nos facilite durante el presente trámite, serán incluidos en un fichero titularidad de la Entidad, para la gestión administrativa de la petición. En todo caso, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose a la sede social, sita Paseo del Espolón Nº 34 – 09003 (Burgos).

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C.V.E.: BOPBUR-2015-01646

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS

SERVICIO DE PERSONAL

Convocatoria para la provisión, por razones de salud u otras limitaciones, de puestos de trabajo de la plantilla de personal funcionario de la Diputación Provincial de Burgos

Por Resolución núm. 929 de 18 de febrero de 2015, la Presidencia de la Entidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Acuerdo de aplicación al personal funcionario de esta Entidad, asistida del Secretario General, ha aprobado las Bases de la convocatoria que se transcriben:

B A S E S Primera. – Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión de puestos de trabajo entre personal funcionario de carrera que, por salud precaria u otras limitaciones, tenga disminuida su capacidad para el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo del que es titular, habiendo sido declarado por el Servicio de Prevención ajeno de la Diputación Provincial de Burgos como no apto o apto con limitaciones, pero que posea la capacidad necesaria para el desempeño de alguno de los siguientes puestos de trabajo:

– 1 puesto de Auxiliar Administrativo, Subgrupo C2, en Servicios Centrales. – 1 puesto de Ordenanza, Agrupación Profesional, en el Real Monasterio de San Agustín.

– 2 puestos de Ordenanza-Portero, Agrupación Profesional, en la Residencia de Adultos Asistidos de Fuentes Blancas.

– 1 puesto de Ordenanza-Portero, Agrupación Profesional, en la Residencia de Ancianos de Fuentes Blancas.

– 1 puesto de Ordenanza-Portero, Agrupación Profesional, en la Residencia «San Agustín».

– 1 puesto de Vigilante, Agrupación Profesional, en la Residencia «San Miguel del Monte» de Miranda de Ebro.

– 1 puesto de Ordenanza-Portero, Agrupación Profesional, en la Residencia «San Salvador» de Oña.

– 1 puesto de Ordenanza, Agrupación Profesional, en Gabinete de Presidencia, Servicios Generales.

Segunda. – Funciones y régimen de trabajo.

Las funciones y régimen de trabajo de los puestos anteriormente señalados serán las propias de dichos puestos.

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Tercera. – Puestos de trabajo máximos a proveer.

Se declara expresamente que el Tribunal Calificador que se constituya al efecto para juzgar las circunstancias de salud u otras limitaciones y pruebas de selección a que se contrae la presente convocatoria, no podrá proponer un número superior de aspirantes al de los puestos de trabajo convocados.

En el supuesto de quedar vacantes, en virtud del presente concurso, puestos ocupados por razones de salud, estos se ampliarán a los inicialmente convocados en la Base Primera.

Cuarta. – Requisitos que deben reunir o cumplir los aspirantes.

1. – Tener la condición de funcionario de carrera en situación de servicio activo. 2. – Ser titular de plaza del mismo o inmediato superior Grupo de Titulación. 3. – Haber sido declarado por el Servicio de Prevención ajeno como no apto o apto con limitaciones para el puesto de trabajo del que es titular, pero conservando la aptitud requerida para las tareas del nuevo puesto, siendo imprescindible, una vez seleccionado, la declaración de aptitud formulada por el Servicio de Prevención.

Quinta. – Forma y plazo de presentación de instancias.

Las instancias solicitando tomar parte en el presente concurso se ajustarán al modelo que figura como Anexo a las presentes Bases, siendo debidamente cumplimentadas, con la manifestación de que el aspirante reúne los requisitos exigidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y se dirigirán al Excmo. Sr. Presidente de la Excelentísima Diputación Provincial de Burgos, presentándose en el Registro General de ésta o mediante cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de instancias será de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos.

La instancia deberá ir acompañada de la documentación acreditativa de las circunstancias de salud u otras limitaciones que deseen alegar.

De ser varios los puestos solicitados, en la instancia deberá figurar el orden de preferencia de éstos.

Sexta. – Admisión de los aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia dictará resolución, que se hará pública en el Tablón de Anuncios y página web de la Diputación Provincial, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, indicando la causa de su exclusión.

En dicha resolución, se indicará la composición del Tribunal Calificador, el lugar, fecha y hora de valoración de las circunstancias de salud u otras limitaciones que se aleguen y de la celebración de las pruebas de selección, así como el plazo de diez días naturales que se ofrece a los aspirantes para poder subsanar, en su caso, los defectos que hayan motivado su exclusión o formular las reclamaciones que estimen oportunas.

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Transcurrido dicho plazo, se aprobará de forma inmediata la lista definitiva de aspirantes, a la vista de las subsanaciones y reclamaciones que hayan podido estimarse. En defecto de solicitudes de subsanación o reclamaciones estimadas, la lista expuesta de aspirantes admitidos se entenderá aprobada definitivamente, no admitiéndose ningún tipo de reclamación posterior, sin perjuicio de los supuestos de rectificación previstos en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Séptima. – Circunstancias de salud u otras limitaciones y conocimientos valorables. Para la selección de los aspirantes se tendrá en cuenta la siguiente tabla de valoración:

1. – Circunstancias de salud u otras limitaciones.

Los estados de salud precaria u otras limitaciones, que se acreditarán a través de los correspondientes certificados médicos, se valorarán de 0 a 5 puntos, precisándose, no obstante, que dichas situaciones alegadas podrán ser constatadas por un nuevo reconocimiento médico de oficio.

2. – Capacidad requerida para el desempeño de las tareas propias del puesto. Será apreciada a través de la realización de una o varias pruebas teóricas y/o prácticas relacionadas con las funciones del puesto de trabajo al que se opte. Dicha prueba se valorará de 0 a 5 puntos.

Octava. – Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador estará compuesto por Presidente, Secretario y dos Vocales. El Tribunal quedará integrado, asimismo, por los suplentes respectivos que, simultáneamente con los titulares, habrán de designarse.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarles, cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Todos los miembros del Tribunal tendrán voz y voto. El Tribunal no podrá constituirse sin la asistencia de tres de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente, siendo siempre necesaria la presencia del Presidente y Secretario, y las decisiones se adoptarán por mayoría de los votos presentes, resolviendo en caso de empate el voto del que actúe como Presidente.

La actuación del Tribunal habrá de ajustarse estrictamente a las Bases de la convocatoria, no obstante lo cual el Tribunal resolverá las dudas que surjan de la aplicación de sus normas, así como lo que proceda en los supuestos no previstos en las mismas.

Novena. – Sistema de calificación.

La calificación de los aspirantes en cada uno de los supuestos valorables será igual a la suma de puntuaciones dadas a cada aspirante por los miembros del Tribunal Calificador asistentes, dividida por el número de éstos.

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Las calificaciones de cada uno de los supuestos valorables serán expuestas en el Tablón de Anuncios de la Corporación.

La puntuación definitiva y el orden de calificación estará determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los supuestos valorables. En caso de empate en la puntuación, se resolverá a favor de aquel aspirante que hubiera obtenido mayor puntuación en el apartado de circunstancias de salud u otras limitaciones. De persistir el empate, se resolverá a favor del aspirante de mayor edad.

Décima. – Preferencias en la adjudicación.

Tendrá preferencia en la adjudicación de puestos el personal que haya sido declarado por el Servicio de Prevención ajeno como no apto para el puesto de trabajo del que es titular, siempre que posea la capacidad necesaria para el desempeño del puesto al que se opte. En el caso de existir varios interesados que reúnan dichas condiciones optando al mismo puesto de trabajo, se resolverá en la forma señalada en el párrafo anterior.

Undécima. – Propuesta de nombramiento y toma de posesión.

Terminada la calificación, el Tribunal publicará la misma en el tablón de anuncios de la Corporación y elevará dicha propuesta a la Presidencia de la Diputación, quien procederá a otorgar el correspondiente Decreto de adscripción, respectivamente a favor de los funcionarios seleccionados, en uso de la facultad que le otorga el art. 9.2 t) del Reglamento Orgánico de la Corporación.

El desempeño del puesto obtenido se mantendrá mientras persistan las circunstancias de salud u otras limitaciones que motivaron dicha adscripción, debiendo anualmente acreditarse ante el Servicio de Personal de la Entidad. En cualquier caso, como máximo podrá desempeñarse un segundo puesto de trabajo por razones de salud hasta el cumplimiento de la edad que dé derecho a acceder a la pensión de jubilación sin la aplicación de coeficiente reductor alguno.

En el supuesto de ocupar puesto de inferior categoría, se continuará percibiendo el salario base o sueldo base, la antigüedad y las pagas extraordinarias correspondientes al puesto de origen, siendo las restantes retribuciones las propias del puesto a desempeñar.

Duodécima. – Disposición final.

Contra los actos y acuerdos que se deriven de la presente convocatoria que no agoten la vía administrativa, podrá interponerse por los interesados recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante la Presidencia de la Corporación.

Contra la presente convocatoria y sus Bases, que agotan la vía administrativa, de conformidad con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el Excelentísimo Sr. Presidente, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos, sin perjuicio de que puedan interponer directamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Burgos.

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La participación en el presente proceso selectivo implica que los candidatos prestan su consentimiento para que los datos de carácter personal por ellos facilitados se puedan incorporar para su tratamiento en un fichero automatizado, pudiendo éste ser comunicado a terceros con la única finalidad del desarrollo de este proceso de selección.

La Diputación de Burgos, como responsable de dichos datos, garantiza el pleno cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal. El declarante podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante escrito dirigido al Servicio de Personal de la Diputación Provincial de Burgos.

En Burgos, a 26 de febrero de 2015.

El Secretario General, José Luis M.ª González de Miguel

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EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE BURGOS

SOLICITUD DE ADMISIÓN

CONVOCATORIA PARA PROVEER, POR RAZONES DE SALUD U OTRAS LIMITACIONES, PUESTOS DE TRABAJO DE LA ENTIDAD

DATOS PERSONALES

Apellidos Nombre Declarado por el S. Prevención No apto

Apto con limitaciones Puesto actual Dependencia, Unidad o Centro

Funcionario Laboral

PUESTO O PUESTOS A LOS QUE SE CONCURSA (Señálese el orden de preferencia en caso de concursar a varios)

CIRCUNSTANCIAS DE SALUD U OTRAS LIMITACIONES (Adjuntar certificado médico)

OBSERVACIONES

El abajo firmante

SOLICITA: Ser admitido a la Convocatoria a que se refiere la presente instancia, comprometiéndose a cumplir fielmente las obligaciones del cargo con sujeción al ordenamiento jurídico.

DECLARA: Que son ciertos todos y cada uno de los datos consignados en esta solicitud, y que reúne las condiciones señaladas en la Convocatoria anteriormente referida.

En !!!!!!!!!!!!!. , a !!! de !!!!!!!!!.. de 2015.

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE BURGOS

En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, los datos que nos facilite durante el presente trámite, serán incluidos en un fichero titularidad de la Entidad, para la gestión administrativa de la petición. En todo caso, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose a la sede social, sita Paseo del Espolón Nº 34 – 09003 (Burgos).

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS

SERVICIO DE PERSONAL

Convocatoria para la provisión, por razones de salud u otras limitaciones, de puestos de trabajo de la plantilla de personal laboral de la Diputación Provincial de Burgos

Por Resolución núm. 930 de 18 de febrero de 2015, la Presidencia de la Entidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Convenio de aplicación al personal laboral de esta Entidad, asistida del Secretario General, ha aprobado las Bases de la convocatoria que se transcriben:

B A S E S Primera. – Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión de puestos de trabajo entre personal laboral fijo que, por salud precaria u otras limitaciones, tenga disminuida su capacidad para el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo del que es titular, habiendo sido declarado por el Servicio de Prevención ajeno de la Diputación Provincial de Burgos como no apto o apto con limitaciones, pero que posea la capacidad necesaria para el desempeño de alguno de los siguientes puestos de trabajo:

– 1 puesto de Modisto-Costurero, Agrupación Profesional, en la Residencia de Adultos Asistidos de Fuentes Blancas.

– 1 puesto de Ordenanza-Portero, Agrupación Profesional, en la Residencia de Adultos Asistidos de Fuentes Blancas.

– 1 puesto de Modisto-Costurero, Agrupación Profesional, en la Residencia de Ancianos de Fuentes Blancas.

– 1 puesto de Ordenanza-Portero, Agrupación Profesional, en la Residencia de Ancianos de Fuentes Blancas.

– 1 puesto de Ordenanza-Portero, Agrupación Profesional, en la Residencia «San Agustín».

– 1 puesto de Auxiliar de Cocina, Agrupación Profesional, en la Residencia «San Miguel del Monte» de Miranda de Ebro.

– 3 puestos de Lavandero-Costurero-Planchador, Agrupación Profesional, en la Residencia «San Miguel del Monte» de Miranda de Ebro.

– 2 puestos de Ordenanza-Portero-Conductor, Agrupación Profesional, en la Residencia «San Miguel del Monte» de Miranda de Ebro.

– 1 puesto de Auxiliar de Cocina, Agrupación Profesional, en la Residencia «San Salvador» de Oña.

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Segunda. – Funciones y régimen de trabajo.

Las funciones y régimen de trabajo de los puestos anteriormente señalados serán las propias de dichos puestos.

Tercera. – Puestos de trabajo máximos a proveer.

Se declara expresamente que el Tribunal Calificador que se constituya al efecto para juzgar las circunstancias de salud u otras limitaciones y pruebas de selección a que se contrae la presente convocatoria, no podrá proponer un número superior de aspirantes al de los puestos de trabajo convocados.

En el supuesto de quedar vacantes, en virtud del presente concurso, puestos ocupados por razones de salud, estos se ampliarán a los inicialmente convocados en la Base Primera.

Cuarta. – Requisitos que deben reunir o cumplir los aspirantes.

1. – Tener la condición de personal laboral fijo en situación de servicio activo. 2. – Ser titular de puesto del mismo o inmediato superior Grupo de Titulación. 3. – Haber sido declarado por el Servicio de Prevención ajeno como no apto o apto con limitaciones para el puesto de trabajo del que es titular, pero conservando la aptitud requerida para las tareas del nuevo puesto, siendo imprescindible, una vez seleccionado, la declaración de aptitud formulada por el Servicio de Prevención.

4. – Si se opta a los puestos de Ordenanza-Portero-Conductor en la Residencia «San Miguel del Monte» de Miranda de Ebro, poseer Carnet de Conducir clase B.

Quinta. – Forma y plazo de presentación de instancias.

Las instancias solicitando tomar parte en el presente concurso se ajustarán al modelo que figura como Anexo a las presentes Bases, siendo debidamente cumplimentadas, con la manifestación de que el aspirante reúne los requisitos exigidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y se dirigirán al Excmo. Sr. Presidente de la Excelentísima Diputación Provincial de Burgos, presentándose en el Registro General de ésta o mediante cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de instancias será de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos.

La instancia deberá ir acompañada de la documentación acreditativa de las circunstancias de salud u otras limitaciones que deseen alegar.

De ser varios los puestos solicitados, en la instancia deberá figurar el orden de preferencia de éstos.

Sexta. – Admisión de los aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia dictará resolución, que se hará pública en el Tablón de Anuncios y página web de la Diputación Provincial,

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declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, indicando la causa de su exclusión.

En dicha resolución, se indicará la composición del Tribunal Calificador, el lugar, fecha y hora de valoración de las circunstancias de salud u otras limitaciones que se aleguen y de la celebración de las pruebas de selección, así como el plazo de diez días naturales que se ofrece a los aspirantes para poder subsanar, en su caso, los defectos que hayan motivado su exclusión o formular las reclamaciones que estimen oportunas.

Transcurrido dicho plazo se aprobará de forma inmediata la lista definitiva de aspirantes, a la vista de las subsanaciones y reclamaciones que hayan podido estimarse. En defecto de solicitudes de subsanación o reclamaciones estimadas, la lista expuesta de aspirantes admitidos se entenderá aprobada definitivamente, no admitiéndose ningún tipo de reclamación posterior, sin perjuicio de los supuestos de rectificación previstos en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Séptima. – Circunstancias de salud u otras limitaciones y conocimientos valorables. Para la selección de los aspirantes se tendrá en cuenta la siguiente tabla de valoración:

1. – Circunstancias de salud u otras limitaciones.

Los estados de salud precaria u otras limitaciones, que se acreditarán a través de los correspondientes certificados médicos, se valorarán de 0 a 5 puntos, precisándose, no obstante, que dichas situaciones alegadas podrán ser constatadas por un nuevo reconocimiento médico de oficio.

2. – Capacidad requerida para el desempeño de las tareas propias del puesto. Será apreciada a través de la realización de una o varias pruebas teóricas y/o prácticas relacionadas con las funciones del puesto de trabajo al que se opte. Dicha prueba se valorará de 0 a 5 puntos.

Octava. – Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador estará compuesto por Presidente, Secretario y dos Vocales. El Tribunal quedará integrado, asimismo, por los suplentes respectivos que, simultáneamente con los titulares, habrán de designarse.

Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarles, cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Todos los miembros del Tribunal tendrán voz y voto. El Tribunal Calificador no podrá constituirse sin la asistencia de tres de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente, siendo siempre necesaria la presencia del Presidente y Secretario, y las decisiones se adoptarán por mayoría de los votos presentes, resolviendo en caso de empate el voto del que actúe como Presidente.

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La actuación del Tribunal Calificador habrá de ajustarse estrictamente a las Bases de la convocatoria, no obstante lo cual el Tribunal resolverá las dudas que surjan de la aplicación de sus normas, así como lo que proceda en los supuestos no previstos en las mismas.

Novena. – Sistema de calificación.

La calificación de los aspirantes en cada uno de los supuestos valorables será igual a la suma de puntuaciones dadas a cada aspirante por los miembros del Tribunal Calificador asistentes, dividida por el número de éstos.

Las calificaciones de cada uno de los supuestos valorables serán expuestas en el Tablón de Anuncios de la Corporación.

La puntuación definitiva y el orden de calificación estará determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los supuestos valorables. En caso de empate en la puntuación, se resolverá a favor de aquel aspirante que hubiera obtenido mayor puntuación en el apartado de circunstancias de salud u otras limitaciones. De persistir el empate, se resolverá a favor del aspirante de mayor edad.

Décima. – Preferencias en la adjudicación.

Tendrá preferencia en la adjudicación de puestos el personal que haya sido declarado por el Servicio de Prevención ajeno como no apto para el puesto de trabajo del que es titular, siempre que posea la capacidad necesaria para el desempeño del puesto al que se opte. En el caso de existir varios interesados que reúnan dichas condiciones optando al mismo puesto de trabajo, se resolverá en la forma señalada en el párrafo anterior.

Undécima. – Propuesta de nombramiento y toma de posesión.

Terminada la calificación, el Tribunal Calificador publicará la misma en el Tablón de Anuncios de la Corporación y elevará dicha propuesta a la Presidencia de la Diputación, quien procederá a otorgar el correspondiente Decreto de adscripción, respectivamente a favor de los trabajadores seleccionados, en uso de la facultad que le otorga el art. 9.2 t) del Reglamento Orgánico de la Corporación.

El desempeño del puesto obtenido se mantendrá mientras persistan las circunstancias de salud u otras limitaciones que motivaron dicha adscripción, debiendo anualmente acreditarse ante el Servicio de Personal de la Entidad. En cualquier caso, como máximo podrá desempeñarse un segundo puesto de trabajo por razones de salud hasta el cumplimiento de la edad que dé derecho a acceder a la pensión de jubilación sin la aplicación de coeficiente reductor alguno.

En el supuesto de ocupar puesto de inferior categoría, se continuará percibiendo el salario base o sueldo base, la antigüedad y las pagas extraordinarias correspondientes al puesto de origen, siendo las restantes retribuciones las propias del puesto a desempeñar.

Duodécima. – Disposición final.

Contra los actos y acuerdos que se deriven de la presente convocatoria que no agoten la vía administrativa, podrá interponerse por los interesados recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante la Presidencia de la Corporación.

(31)

boletín oficial de la provincia

núm. 45

e

viernes, 6 de marzo de 2015

burgos

Contra la presente convocatoria y sus Bases, que agotan la vía administrativa, de conformidad con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el Excelentísimo Sr. Presidente, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos, sin perjuicio de que puedan interponer directamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Burgos.

La participación en el presente proceso selectivo implica que los candidatos prestan su consentimiento para que los datos de carácter personal por ellos facilitados se puedan incorporar para su tratamiento en un fichero automatizado, pudiendo éste ser comunicado a terceros con la única finalidad del desarrollo de este proceso de selección.

La Diputación de Burgos, como responsable de dichos datos, garantiza el pleno cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal. El declarante podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante escrito dirigido al Servicio de Personal de la Diputación Provincial de Burgos.

En Burgos, a 26 de febrero de 2015.

El Secretario General, José Luis M.ª González de Miguel

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