Las fi guras de protección marina existentes en España son las siguientes:
• Zonas de Protección Pesquera.
• Zonas Marinas Protegidas.
• Arrecifes artifi ciales.
• Áreas de repoblación.
• Reservas marinas.
Zonas de Protección Pesquera (ZPPs)
El Real Decreto 1315/1997 establece una Zona de Protección Pesquera (ZPP) en el Mar Mediterráneo.
La zona comprende la franja marítima delimitada por tierra por la costa española entre C. Gata y la frontera con Francia y por mar por la línea equidistante entre la costa española y los países ribereños del Mediterráneo situados enfrente (Argelia, Francia e Italia).
En esta zona España tiene soberanía sobre la conservación de los recursos marinos vivos y la gestión y control de la actividad pesquera.
Se trata de una Zona Económica Exclusiva (ZEE) limitada a los aspectos pesqueros.
Zonas Marinas Protegidas (ZMPs)
Áreas marinas cuyos fondos, aguas, fl ora y fauna asociados, así como sus aspectos
“históricos y culturales”, han sido preservados por las leyes u “otros medios efectivos” para proteger todo o parte del ambiente considerado.
La protección de estas zonas marinas no se limita a los recursos pesqueros o tiene como principal objetivo la protección de ellos sino que abarca todos los aspectos biológicos, geológicos, morfológicos, históricos, culturales etc.
Las reservas marinas complemento de la pesca tradicional
En la Cumbre Mundial de Desarrollo Sostenible, celebrada en 2002, se acordó completar una Red Global de áreas marinas protegidas en 2012, compromiso que fue ratifi cado en la Conferencia de las Partes del Convenio de Diversidad Biológica, celebrada en Curitiba en 2006. De igual manera, en el ámbito del Convenio OSPAR, se acordó en 2003 completar una Red en el área del Nordeste Atlántico en 2010. Actualmente está abierto el plazo para la designación de los lugares marinos de la Red Natura 2000 de la Unión Europea.
Para que un área sea declarada ZMP se debe iniciar un procedimiento complejo en el que se incluyen, entre otros, los siguientes requisitos:
a.-Lista de Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) en Red Natura 2000.
Cumplir los criterios que fi ja la Directiva 43/92/CEE, de 21 de mayo, sobre conservación de los hábitats naturales y de la fl ora y fauna silvestres, para su designación como Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) en la Red Natura 2000. Para ello el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Medio Marino debe solicitar a la Comisión Europea, a través de Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, la inclusión de la zona en dicha Lista.
b.-Red de Áreas Marinas Protegidas del Convenio OSPAR.
Cumplir los criterios para la inclusión en la Red de Áreas Marinas Protegidas del Convenio OSPAR. Para ello, El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino debe proponer a la Secretaría Ejecutiva del Convenio OSPAR, través del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, la inclusión de la zona en la Red OSPAR de Áreas Marinas Protegidas.
c.-Régimen de Protección Preventiva
El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino debe declarar, conforme a lo previsto en el artículo 42.2 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, la aplicación de un régimen de protección preventiva para la zona.
d.-Medidas de gestión pesquera a nivel comunitario
Solicitar a la Comisión Europea, a efectos de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, la adopción de las medidas de gestión pesquera en el área, si procede.
e.-Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y Plan de Gestión
Aprobación del correspondiente Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y Plan de Gestión. El Plan de gestión pesquera se integra en el Plan de gestión.
Actualmente existe una Zona Marina Protegida denominada “El Cachucho” situada al Norte del litoral de Asturias.
Así mismo, se está llevando a cabo el procedimiento de homologación para que las actuales Reservas marinas sean reconocidas comos Zonas Marinas Protegidas
Existen propuestas de actuación para crear las siguientes ZMPs:
• ZMP del “Banco de Galicia”.
• ZMP de “Isla de Alborán” (Ampliación de la actual Reserva Marina).
• ZMP de “Islas Columbretes” (Ampliación de la actual Reserva Marina).
• ZMP de “Cabo de Palos” (Ampliación de la actual Reserva Marina).
• ZMP de “El Canal de Menorca”.
• ZMP de “Cap de Creus” situada en Cataluña al Norte del litoral de Gerona.
Zona Marina de “El Cachucho”
Base Legal
La ZMP de “El Cachucho” se establece mediante las siguientes disposiciones:
• Orden PRE/969/2008, de 3 de abril (BOE nº 86 de 9 de abril de 2008). Medidas de protección aprobadas por Acuerdo del Consejo de Ministros
• Orden ARM/3840/2008, de 23 de diciembre (BOE nº 2 de 2 de enero de 2009) Medidas de Protección. –
• Reglamento (CE) nº 43/2009 del Consejo. TACs y cuotas 2009. Anexo III.
15.9 Medidas provisionales para la protección de hábitats vulnerables de aguas profundas.
• Actualmente, se esta tramitando (se encuentra pendiente del informe de la Sec.
Gral. Técnica) una orden que establece el plan de gestión pesquera.
• Posteriormente deberá ponerse en vigor un plan de gestión integral, mediante un Real Decreto.
Descripción de la Zona
El banco Le Danois, conocido como «El Cachucho» es una montaña submarina situada a unas 36 millas marinas de la costa asturiana, a la altura de la localidad de Ribadesella, que cuenta con una extraordinaria biodiversidad marina con casi 600 especies registradas, dos de ellas nuevas para la ciencia.
Las reservas marinas complemento de la pesca tradicional
Las coordenadas de la zona son las siguientes:
A: 44º12.0’N-005º16.0’W.
B: 44º12.0’N-004º26.0’W.
C: 43º53.0’N-004º26.0’W.
D: 43º53.0’N-005º16.0’W.
La superfi cie total del área protegida es de 234.966,8935 Has, que incluye el banco, con las principales provincias fi siográfi cas, sus pendientes y la Cuenca Interna que lo separa de la plataforma.
Se trata de un ecosistema muy vulnerable y muy importante para la reproducción de especies pesqueras comerciales como bacaladilla, locha, rape y cabra de altura.
En sus fondos existen arrecifes de coral de aguas frías, esponjas y gorgonias. Las comunidades biológicas más destacadas son: agregaciones de esponjas de profundidad, arrecifes de corales de aguas frías, comunidades de montañas submarinas y comunidades de pennátulas y de megafauna excavadora.
Durante los años 2003 y 2004 se desarrolló en España el proyecto de investigación denominado Estudio del Ecosistema del Margen Continental e Impacto de sus Pesquerías, impulsado por el Ministerio de Educación y Ciencia y fi nanciado por el Plan Nacional de Investigación Científi ca y por la Unión Europea, entre cuyos objetivos se encontraba el estudio integrado del ecosistema bentónico-demersal del margen continental (plataforma y talud) de Galicia y Mar Cantábrico, con la fi nalidad de conocer la estructura, los componentes y la dinámica del ecosistema marino profundo (100-1000 m) sometido a numerosas actividades humanas extractivas.
También se tomó en consideración la urgente necesidad de localizar, conocer y describir los hábitats marinos vulnerables, hoy día más accesibles debido a las nuevas tecnologías aplicadas a la pesca, y que tienen extraordinaria importancia como refugios de especies sensibles o bien son esenciales para los juveniles o reproductores de poblaciones explotadas en zonas adyacentes.
Los resultados obtenidos por el Instituto Español de Oceanografía durante el desarrollo del citado proyecto han puesto de relieve el enorme valor ecológico de la zona conocida como «El Cachucho» y han proporcionando los argumentos científi cos necesarios para constatar que se trata de un área de muy elevada biodiversidad marina, susceptible de ser designada como área marina protegida.
Por otro lado, desde el punto de vista pesquero, el banco se explota por una reducida fl ota de buques con base en su mayoría en puertos asturianos, que faenan en las pesquerías de cigala, rape, locha y otras especies comerciales. Hace años se desarrolló una pesquería de besugo y de tiburón de profundidad, prácticamente agotada en la actualidad. Se estima que la declaración de Zona Marina Protegida de “El Cachucho” no debería tener un impacto negativo en la economía del sector pesquero ya que el “efecto reserva” derivado de esta protección resultará muy benefi cioso tanto para la recuperación del banco como de los recursos pesqueros existentes en sus inmediaciones.
Protección preventiva. Medidas nacionales
El régimen de protección preventiva en la zona de El Cachucho, consiste en las siguientes medidas, dictadas por el Ministerio de Medio Ambiente:
Las reservas marinas complemento de la pesca tradicional
- No se conceden nuevos permisos de investigación de hidrocarburos, ni se renuevan los actualmente existentes en la zona.
- Prohibición de cualquier tipo de actividad minera de exploración o extractiva, salvo aquéllas relacionadas con permisos de investigación en vigor.
- Prohibición de maniobras militares que impliquen la realización de explosiones subacuáticas o la utilización de sonares de baja frecuencia.
Estas medidas se mantendrán en vigor mientras la zona no disponga del correspondiente Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y Plan de Gestión
Control y seguimiento. Medidas nacionales
A nivel nacional, el programa de seguimiento y vigilancia de la zona, tiene estas líneas prioritarias:
• Geomorfología: Geofísica e identifi cación de estructuras geológicas relacionadas con hábitats biogénicos vulnerables.
• Circulación: Dinámica de las corrientes submarinas durante periodos prolongados
• Biología: Delimitación a mayor resolución espacial de los hábitats vulnerables, en especial las zonas rocosas del talud del Banco, las zonas de mayor profundidad de la Cuenca Interna (hasta 1500 m) y la cabecera del cercano Cañón de Lastres, además de un seguimiento de los efectos de las medidas de protección sobre las comunidades biológicas.
• Pesquerías:
1. Identifi cación del grado de impacto de los artes que actualmente operan en El Cachucho sobre las especies y hábitats vulnerables.
2. Estimación de rendimientos y descartes de la pesquería.
3. Estudio de la pesquería de palangre de la locha o brótola de fango (Phycis blennoides) en la zona al sur de la latitud 44ºN y evaluación de su sostenibilidad.
Medidas Provisionales de la Unión Europea
El Reglamento (CE) nº 43/2009 del Consejo establece en la Zona de “El Cachucho” la prohibición de los siguientes tipos de pesca:
• La pesca de arrastre de fondo.
• La pesca bentónica con artes fi jos, incluidas las redes de enmalle de fondo y
los palangres de fondo.
Como excepción a lo anterior, se permite la pesca de palangre de fondo dirigida a la locha o brótola de fango (Phycis blennoides) a los buques que hayan realizado esta actividad en 2006, 2007 y 2008. Deberán ir provistos de un Permiso Especial de Pesca que les permita faenar en la zona de El Cachucho situada al sur de 44º 00’ N. Además deberán utilizar un sistema de localización de buques seguro y operativo.
Arrecifes artifi ciales
Los arrecifes artifi ciales son estructuras que se sitúan en el fondo del mar imitando arrecifes naturales. Las estructuras van provistas de alvéolos o nichos que sirven para refugio y reproducción de las especies marinas. También se utilizan como protección contra determinados artes de pesca que pueden dañar las praderas de posidoneas, los bancos de corales y los fondos marinos en general.
Existen tres tipos de arrecifes artifi ciales: de protección, de producción y mixtos.
Arrecifes de protección
Módulos o bloques de hormigón o de otros materiales provistos de vigas cruzadas en forma de aspa que se fondean a modo de barreras de protección.
Se emplean para la protección de zonas de cría y alevinaje y los fondos marinos en los que la pesca no está autorizada.
Los arrecifes artifi ciales impiden el paso de los buques de arrastre cuyas redes pueden quedar enganchadas en las vigas cruzadas. También difi cultan el calamento de redes de cerco y de enmalle. Para ello deben tener volumen y peso sufi ciente para oponer resistencia al tiro de los buques.
Sin embargo hoy en día han perdido efi cacia debido a que los métodos de localización de buques vía satélite permite el seguimiento continuo y el control de la posición de los mismos.
Las reservas marinas complemento de la pesca tradicional
Arrecifes de producción
Módulos o bloques de hormigón o de otros materiales provistos de celdas, nichos o cuevas que simulan sustratos rocosos. Las celdas pueden ser ciegas o perforadas a modo de colador. Los módulos pueden tener forma de cubo, esfera, igloo u otras. Se fondean en agrupaciones acordes con la disposición de los fondos marinos.
Los arrecifes de producción, que simulan verdaderos biotopos, permiten la
colonización, cría y crecimiento de las especies y favorecen la concentración y regeneración de las mismas.
Este tipo de arrecife es el más utilizado hoy en día.
Arrecifes mixtos
Estructura doble que contiene en su base un módulo de producción y sobre ella un elemento de protección, lo que les permite ejercer ambas funciones.