4. La sistematización y estandarización de la gestión medioambiental y energética
4.2. Sistematización y estandarización de la gestión medioambiental
4.2.2. El Reglamento Comunitario de Ecogestión y Ecoauditoría
al., 2008). De ellos, sólo ISO 14001 era el único que se podía certificar, el resto de los estándares eran soportes de esta, con el objetivo de optimizar la efectividad de la principal.
Como ya se ha comentado, ISO 14001 no fija resultados medioambientales a cumplir ni unas metas medioambientales, sino que sólo establece unos requisitos mínimos sobre la sistemática de trabajo a cumplir en la empresa respecto a las actividades que generan el impacto ambiental. En definitiva, este modelo ofrece un marco sistemático para incorporar los aspectos medioambientales en el día a día de la empresa (Heras et al., 2008)
Hoy en día, ISO 14001 se ha convertido en el estándar internacional más popular a nivel mundial para la implementación de los SGM. Desde su lanzamiento en 1996, la certificación ISO 14001 ha experimentado un crecimiento intensivo en la escena internacional; a finales de 2012, se habían emitido 285.844 cretificados en 167 países (ISO, 2013).
La fase central del proceso, implantar un Sistema de Gestión Medioambiental.
Se deben llevar a cabo auditorías medioambientales. Es un instrumento de gestión que comprende una evaluación sistemática, documentada, periódica y objetiva de la eficacia de la organización, el sistema de gestión y procedimientos para la protección del medio ambiente.
Se debe elaborar una declaración medioambiental. Es un documento mediante el cual las empresas que implantan un SGM dan a conocer al público y a todas las partes interesadas información clara y coherente relativa al impacto y comportamiento medioambiental de la empresa, así como respecto a la mejora continua de dicho impacto y comportamiento. Se debe presentar esta Declaración en el momento en que la organización se registre por primera vez y luego se debe renovar cada tres años.
Es necesario verificar el análisis medioambiental, el SGM, el Procedimiento de Auditoría y la Declaración Medioambiental, para luego validar la Declaración Medioambiental. Este proceso incluye el examen de la documentación del SGM, la visita a la organización, incluyendo entrevistas con el personal, la preparación de un informe a la dirección de la organización y, la solución propuesta por la organización a los problemas planteados en el informe.
Presentar la Declaración validada al órgano competente y ponerla a disposición del público.
El punto 2, referente a la implantación del SGM, es uno de los puntos más importantes. El SGM debe incluir el Manual de Gestión Medioambiental, los Procedimientos Operativos y las Instrucciones de Trabajo o Instrucciones Técnicas.
Exactamente, los procedimientos que, como mínimo, se recomiendan integrar en la Base Documental de un SGM conforme al reglamento EMAS son los siguientes (adaptado de Heras et al., 2008):
Procedimiento para la identificación y acceso a los requisitos legales y otros requisitos similares.
Procedimiento para la identificación y evaluación de aspectos medioambientales de las actividades y servicios.
Procedimiento para la información y comunicación con las partes externas.
Procedimiento para la elaboración, control, distribución, archivo y revisión de la documentación medioambiental.
Procedimiento para el control operacional.
Procedimiento para la prevención y el control de las situaciones de Procedimiento para la medición y seguimiento medioambiental.
Procedimiento general de verificación.
Procedimiento para el control y gestión de no conformidades, acciones correctoras y preventivas.
Procedimiento para el control de los registros medioambientales.
Procedimiento de auditorías medioambientales.
Procedimiento para la elaboración de la Declaración Medioambiental.
Después de que una organización implante el SGM, debe ser examinada por un Verificador Medioambiental Acreditado para adherirse al reglamento EMAS. Éste debe aprobar que el SGM, el Procedimiento de Auditoría y la Declaración Mediambiental se encuentran correctamente adoptados. Este proceso para verificar el SGM, está constituído por la visita a la empresa, entrevistas al personal, preparación de un informe a la dirección de la empresa y la propuesta de una solución por la organización para resolver los problemas que se hayan planteado (Heras et al., 2008). Esta verificación en España la realiza una entidad acreditada, exactamente la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC).
Desde 1993, el reglamento comunitario se ha revisado dos veces. La primera de las revisiones se hizo en el año 2001, estableciéndose una nueva versión conocida como EMAS II. Esta revisión se hizo para adaptarlo a todo tipo de organizaciones que quisiesen mejorar su rendimiento medioambiental, esto es, para todos los sectores (el EMAS anterior estaba enfocado solamente al sector industrial). Por otra parte, EMAS II integró procedimientos de ISO 14001, por lo que existe la opción de implantar EMAS a partir de un sistema ISO 14001 implantado anteriormente. Por último, en el año 2009, se publicó la última versión basada en el Reglamento (CE) número 1221/2009, que entro en vigor el 16 de diciembre de 2009. , este reglamento se conoce como EMAS III. Según los promotores Los objetivos principales que se establecieron para la revisión del modelo fueron los siguientes (Iraldo et al., 2009):
Se trata de promover la mejora continua en la acción ambiental de las actividades industriales mediante políticas, programas y sistemas de gestión.
Difundir la información sobre el comportamiento ambiental, y el diálogo abierto con el público y las partes interesadas.
Crear una Declaración Ambiental de acceso público.
Evaluar de forma periódica su funcionamiento.
Fomento de una formación adecuada del personal en las organizaciones, así como su implicación activa.
Realizando una comparativa entre el último EMAS III y los dos reglamentos EMAS anteriores que estuvieron en vigor, es notable el refuerzo del cumplimiento legal, mediante la promoción del dialogo entre organizaciones y las autoridades. Se trató de potenciar el papel del verificador para asegurar que se cumple la legislación. También se amplió el alcance de la adhesión al modelo europeo. Además, con el cambio pueden participar organizaciones de cualquier sector y tamaño, tanto dentro como fuera de la Unión Europea (Heras et al., 2008). Con esto se intentó reforzar la información relacionada con el comportamiento de las organizaciones, sobre todo con las guías de buenas prácticas ambientales por parte de la Comisión Europea.
Con la última versión, las PYMES, en vez de los tres años que imponían anteriormente, pasaron a actualizar el registro cada cuatro años. La declaración ambiental pueden presentarla cada dos años en vez de año a año. Eso sí, las PYMES deben de demostrar que no existen riesgos ambientales significativos. Por último, se armonizaron las reglas de validación y verificación de los estados de la unión mediante una serie de acciones, como por ejemplo, simplificando el proceso de registro o reduciendo la carga administrativa de dicho registro (Heras et al., 2008).
Desde que se puso en marcha el Sistema Comunitario de Ecogestión y Ecoauditoría (EMAS) hasta diciembre de 2014, 3.721 organizaciones europeas correspondientes a 10.826 sitios habían adoptado la norma, sobre todo en Alemania, España e Italia (Comisión Europea, 2014a).