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21 ejercicio de sus funciones y están serán responsables del manejo de los bienes y recursos públicos.
Art 233: “Ningún servidor o servidora pública estará libre de las responsabilidades por las labores ejercidas en la realización de sus funciones, de acuerdo a lo establecido de acuerdo con las ley y estas serán responsables administrativamente, penalmente por el manejo de los recursos y de los bienes propiedad del estado “.
La misión del Cuerpo de Bomberos del Cantón El Empalme, es la de Ofrecer un servicio integral de seguridad encaminado a la prevención, para salvaguardar la vida y bienes de la comunidad con acciones pertinentes y eficientes en la lucha contra el fuego y acciones de rescate y salvamento, amparado en la Constitución de la República del Ecuador que manifiesta en su artículo número 85 literal 1:
Art 85 “Las políticas públicas, y la prestación de los bienes y los servicios públicos se orientaran a hacer efectivos el buen vivir de la comunidad y se formularan a partir del principio de solidaridad”
Y en el artículo 22 literal b de la Ley orgánica de los servidores públicos
“LOSEP”:
Art 22 “Cumplir personalmente con las obligaciones de su puesto, con solicitud, eficiencia, calidez, solidaridad y en función del bien colectivo, con la diligencia que emplean generalmente en la administración de sus propias actividades”
Dichos artículos expresan que la prestación de los servicios públicos incluidos entre ellos los que brindan los cuerpos de bomberos, deben realizarse en la función del bien común de los diferentes ciudadanos, atendiendo a las normas del buen vivir.
Los cuerpos de Bomberos deben cumplir sus funciones, atendiendo al público de una manera cálida y oportuna, teniendo en cuenta sus requerimientos de la
22 mejor manera, con trato servicial y ameno, en concordancia al artículo 22 de la ley orgánica de los servidores públicos “LOSEP”:
Art 22 “Cumplir en forma continua, en la realización de sus funciones, con atención adecuada al público, y asistiéndolo con la información oportuna y acertada, avalando el derecho de la población al acceso de servicios públicos de óptima calidad”
Normas y leyes relacionadas al cuerpo de Bomberos del Cantón El Empalme:
El Cuerpo de Bomberos del cantón tiene normas que demuestran su planificación estratégica, tales norman encauzan el ritmo de sus actividades actuales y las que se pretenden, para ese efecto su misión y visión se encuentran consagrados en el titulo 3 del Estatuto del Cuerpo de Bomberos del Cantón El Empalme, particularmente en los artículos 4 y 5 de dicho estatuto.
Artículo 4. “Ofrecer un servicio integral de seguridad encaminado a la prevención, para salvaguardar la vida y bienes de la comunidad con acciones pertinentes y eficientes en la lucha contra el fuego y acciones de rescate y salvamento, capacitando en conocimientos hábiles y avanzados a su personal y la ciudadanía del Cantón El Empalme y su Jurisdicción”.
Artículo 5. Constituirnos en una Entidad Bomberil preparada con profesionales, que tengan una capacitación de conforme con los requerimientos del mundo actual, a fin de alcanzar niveles óptimos de calidad, calidez y excelencia para la calma y satisfacción de la ciudadanía del Cantón El Empalme, y su Jurisdicción.
23 Considerando que el Cuerpo de Bomberos del Cantón El Empalme a igual que cualquier institución organizada formalmente debe poseer una estructura organización adecuada, para lo cual está estipulado en el Manual de descripción de puestos y funciones del cuerpo de Bomberos del Cantón El Empalme en el artículo 1 los diversos niveles organizacionales dentro de la entidad. Los cuerpos de bomberos son entidades de derecho público adscritas al Ministerio de Bienestar Social. El primer jefe de cada cuerpo de bomberos será el representante legal y el ejecutivo de la institución, la misma que contará, además, con el personal administrativo necesario.
Art. 7.- Consejos de administración y disciplina.- Los consejos de administración y disciplina de los cuerpos de bomberos, estarán integrados, en cada caso, por:
El primer jefe, que lo presidirá;
Un representante del Ministerio de Bienestar Social, Un delegado de la municipalidad respectiva;
Dos representantes de los propietarios de predios urbanos, designados por el Ministro de Bienestar Social,
El segundo jefe del cuerpo, cuando exista tal jefe; y, jefes de brigada.
En los lugares donde no exista brigada, se integrará con el comandante de compañía más antiguo. Actuará de secretario el del cuerpo de bomberos correspondiente.
Art. 8.- Integración en las demás capitales de provincia.- En los cuerpos de bomberos de las demás capitales de provincia existirá un Consejo de Administración y Disciplina integrado por:
EL primer jefe, que lo presidirá;
Un representante de los propietarios de predios urbanos, designado por el Ministro de Bienestar Social.
Un representante de la municipalidad; EL Jefe político; y, El oficial superior más antiguo de dichos cuerpos de bomberos.
24 Artículo 1. La Organización del Cuerpo de Bomberos de El Cantón El Empalme, se constituye por los siguientes niveles organizacionales:
a.- Nivel Directivo;
b.- Nivel Ejecutivo;
c.- Nivel Asesor e.- Nivel Operativo
El cuerpo de Bomberos del Cantón El Empalme está compuesto por diversos niveles jerárquicos, siendo el de mayor jerarquía el de nivel directivo, este que a su vez tiene a cargo la dirección y la planificación de las actividades de la entidad
Todo esto avalado en si por normas institucionales descritas en el manual de descripción de puestos y funciones del Cuerpo de Bomberos del Cantón El Empalme evidenciándose en el artículo 2 del mencionado manual.
Articulo. 2.- “El Nivel Directivo está compuesto por el Consejo de Administración y Disciplina, que estará constituido por cada una las siguientes autoridades”:
1.-El Teniente Coronel.
2.-Un representante de los propietarios de predios urbanos.
3.-El Sr. Jefe Político del cantón.
4.-El Oficial Superior de Bomberos más antiguo.
5.-Un representante del Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón El Empalme
En cuanto a la organización en el capítulo 2, el artículo 13 del reglamento orgánico operativo y disciplina de los cuerpo de bomberos del país, este
25 manifiesta que el Jefe del cuerpo de Bomberos, será el responsable de la organización, planificación y control de la entidad ante las autoridades, por lo cual esta función supone una de las de mayores riesgos, si no decir que es la de mayor riesgo dentro de la administración de la institución bomberil.
Artículo 7. El Jefe o Comandante designado
“El Jefe o Comandante del Cuerpo de Bomberos designado será el responsable ante las autoridades sobre el funcionamiento, organización, dirección y control de la entidad que tiene a su mando, en todos los aspectos ya sean: Técnicos operativos y administrativos.”
En el mismo sentido de la organización del Cuerpo de Bomberos el personal del cuerpo de los Cuerpos de Bomberos estaría organizado en oficiales, tropa y personal técnico administrativo y de servicios, donde esta clasificación tiene un sustento legal en normas aplicables a todos las unidades de Cuerpo de Bombero del país apoyadas en el capítulo 3 del reglamento de régimen interno y disciplina de los Cuerpos de Bomberos del país:
Específicamente contemplado en el artículo 15 de dicho reglamento:
Artículo 15: El personal de los Cuerpos de Bomberos se clasifica en:
a. Oficiales b. Tropa
c. Técnico administrativo y de servicios.
Además como cualquier institución con un régimen de disciplina interno, El cuerpo de Bomberos cuenta con un régimen disciplinario interno, el cual norma el comportamiento de las personas que integran la institución y como se realizan las actividades dentro de ella.
Una de estas normas exige la utilización de una credencial que tendrá que llevar el miembro del cuerpo de bombero que lo identifique a él , con datos
26 relevantes como nombre y cargo que desempeña lo cual esta expresado en el artículo 17 de reglamento orgánico operativo y disciplina de los cuerpo de bomberos :
Artículo 17: Credencial que identifique.
“Los funcionarios o los empleados de los cuerpos de bomberos deberán de llevar siempre una credencial que lo identifique a cada uno, rubricada por el Primer Jefe en la que figurará: El buen nombre de la institución, el grado y nombre del portador, número de cédula, tipo de sangre, cargos que desempeña y la fecha de emisión”
También en este ámbito disciplinario, los miembros de la institución deben cumplir las órdenes de sus superiores aunque parezcan absurdas o confusas, lo cual está prescrito en el artículo 156 del Reglamento orgánico operativo y disciplina de los Cuerpos de Bomberos del país.
Art 156 Órdenes y Disposiciones.- Todas las órdenes dadas con la prestación de un servicio, deben ser la más claras, específicas, precisas y realizadas sin discusión y aun cuando estas parezcan confusas, además corresponde al subordinado pedir la justificación necesaria.
Además los miembros de los Cuerpos de Bomberos deberán cumplir disposiciones de carácter obligatorio aplicables en todo momento, para lo cual se creara un gran reglamento que contemplara las sanciones para el incumplimiento de dicho efecto disciplinario.
Un ejemplo de estas disposiciones que son de carácter obligatorio es el uso de los uniformes y de las insignias por parte de todo el personal del Cuerpo de Bomberos, lo cual está tipificado en el artículo 203 del Reglamento orgánico operativo y disciplina de los Cuerpos de Bomberos del país:
27 Art.203.- De los Uniformes e Insignias:
“El uso de uniformes e insignias es obligatorio para todo el personal de los Cuerpos de Bomberos ya sean Oficiales, Tropa, elementos de Prevención y elementos de Servicios amparado en un Reglamento que se consignará para tal o cuál efecto”.
Así mismo los miembros del Cuerpo de Bombero serán sancionados cuando comentan alguna falta o actuación en contra de las leyes dispuestas en los reglamentos internos, o normas a los cuales están sometidos los miembros de la institución, estas sanciones varían de acuerdo a la clasificación designada al tipo de falta en que incurriesen, siendo estas leves, graves o atentatorias, según lo dispuesto en el reglamento orgánico operativo y disciplina de los cuerpo de bomberos del país.
Del mismo modo si alguien del personal que integra el cuerpo de Bomberos , recibirán incentivos , condecoraciones por sus actuaciones o labores , ya sea por el cumplimiento de su deber , ayuda a la comunidad o no recibir sanciones disciplinarias, un ejemplo de estas condecoraciones es la que recibirán el personal de la institución si durante diez años no haya recibido una amonestaciones ,suspensión , multa o cualquier otra amonestación disciplinaria , lo cual está prescrito en el artículo 191 del reglamento orgánico operativo y disciplina del cuerpo de Bomberos
Artículo 191: Distintivos de buena conducta.
“Se concederá una placa al personal de la Institución que durante diez años consecutivos no hubiere recibido, multas, sanciones, arrestos, suspensiones”
O en el caso de antigüedad como se lo expresa en el artículo 22 de la ley de defensa contra incendios:
Art. 22.- Créanse condecoraciones al diferente mérito y a la gran antigüedad y las bonificaciones por tiempo de servicio.
28 Todas las labores de los Cuerpos de Bomberos también estarán sujetas a la ley de defensa contra incendios la cual, establecerá ciertos parámetros y normas de aplicación a la institución bomberil, principalmente su organización, donde podrán crearse Cuerpos de Bomberos y situaciones similares
En esta ley por ejemplo se determina la organización de los cuerpos de bomberos, quienes lo integran así por ejemplo los bomberos voluntarios, los rentados y conscriptos y el personal de servicios, técnico de la entidad , contemplado en el artículo 13 de dicha ley :
Artículo 13: “Integran los diversos cuerpos de bomberos: los bomberos los voluntarios, los rentados y los conscriptos y el personal técnico, los administrativos y de los servicios”