CAPITULO IV. LAS CLÍNICAS DE LITIGIO ESTRATÉGICO
A. ORIGEN DE LAS CLÍNICAS DE LITIGIO ESTRATÉGICO
Se ha considerado que la construcción teórica de las clínicas de litigio estratégico se atribuye a Jerome Frank, tras la publicación de su artículo “Why not a Clinical Lawyer- School?” en 1931, el cual escribió en un momento histórico de Estados Unidos de América
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en el que el Derecho dejó de ser concebido como un orden racional separado de la política y la moral, para dar paso a un Realismo Jurídico, bajo el cual se consideraba que el Derecho debe transformarse en un producto humano, y buscar que se cumplan los fines de la sociedad en la que se desarrolla.
Jerome expuso por primera vez, que ante los vacíos o contradicciones legales, los jueces debían echar mano de la “lógica judicial”, ya que si bien los jueces sustentaban sus resoluciones en argumentos jurídicos, la realidad era que la decisión primaria la tomaban guiados por su intuición o ideología personal. Dado lo anterior los estudiantes de Derecho debían recibir una enseñanza práctica y realista, de manera similar a como se lleva a cabo en las facultades de medicina.
Años después -en 1978-, se publicó el artículo “The Lawyering Process” de Gary Bellow y Bea Moulton, el cual influyó de manera importante en las Clínicas de Litigio de Estados Unidos, las cuales tuvieron mucho más claro el objetivo de buscar cambios sociales, al mismo tiempo que se potenciaba la sensibilidad social de los estudiantes y profesionistas, orientando su formación con base en los valores, permitiendo que las Clínicas fueran un
“espacio de práctica de litigio de interés público y reflexión jurídica”127, en donde se trabajaba sobre casos reales de violaciones de derechos humanos, cuyas víctimas -por sus condiciones de vida-, no podrían acceder a una defensa legal de otra manera, lo cual garantizaba a los practicantes no solamente adquirir mayor destreza profesional, sino sobre todo conciencia social, permitiéndoles concebir al Derecho como una herramienta de cambio social y generador de políticas públicas. A la estrategia utilizada en dichas Clínicas de litigio, se le conoció como “Litigio estratégico o paradigmático”, también llamado litigio de interés público o de las causas justas.
B. ¿CÓMO FUNCIONA UNA CLÍNICA DE LITIGIO ESTRATÉGICO?
El Coordinador de la Clínica de Litigio Estratégico de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, el Dr. Guillermo Luévano Bustamante, considera que una clínica de litigio estratégico es “una forma de promover y defender los derechos humanos de un modo integral y desde un enfoque interdisciplinario”128.
127 Gutiérrez Contreras, Juan Carlos, Op.Cit., nota 57, p. 10.
128 Consultado en http://www.derecho.uaslp.mx/Paginas/Servicios/CLE.aspx
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De manera general las Clínicas de Litigio Estratégico son espacios académicos en los cuales los alumnos de la Licenciatura en Derecho, bajo la dirección de docentes expertos en el tema, se enfrenten de manera práctica al litigio de casos relevantes de violaciones a derechos fundamentales, que son de alto interés, tanto para su documentación e investigación con fines académicos, así como para el establecimiento de precedentes jurídicos que puedan contribuir a visibilizar una violación a derechos humanos, ya sea derivado de una omisión legislativa, resolución judicial o administrativa, política pública o una práctica gubernamental. A través de ellas, se fortalece los vínculos con el sector social, ofreciendo apoyo y asesoría legal gratuita a grupos vulnerables.
La Clínica de Litigio Estratégico “Transformaciones Jurídicas” de la Universidad de Veracruz, considera que la educación jurídica no solamente debe desarrollarse en las aulas, sino en “una relación nítida con las manifestaciones sociales y hechos jurídicos que, al final de cuentas, estructuran los ordenamientos”, y que las Clínicas de litigio estratégico buscan
“traspasar la frontera entre el derecho de los libros y el derecho en acción, y constituir un espacio de labor jurídica, que pretende que sus participantes “cuestionen lo preestablecido, al diseño y a la aplicación de estrategias jurídicas oportunas, factibles, minuciosas y originales, planteadas a partir de perspectivas dogmáticas enfrentadas en la práctica, retando a los miembros de la clínica a aprender bajo una óptica integral, contemporánea y ética, reflexiva en su actuar, de tal manera que el objeto de estudio y el entrenamiento de sus destrezas sea la misma práctica jurídica de defensa de los derechos humanos”.
En las Clínicas de Litigio Estratégico la representación jurídica se brinda por estudiantes y practicantes de la Licenciatura en Derecho, que guiados y supervisados por abogados profesionales y experimentados, prestan sus servicios a cambio de obtener la práctica y pericia para su futuro desempeño como abogado litigante, sin obtener por ello remuneración alguna; sin embargo, esa circunstancia de ninguna manera demerita la labor que se realiza ya que la representación jurídica que se lleva a cabo si es profesional, ya que el objetivo de la Clínica de Litigio no solamente es brindar habilidades a los practicantes, sino también ofrecer una representación jurídica de calidad a los sectores de la sociedad que carecen de medios para pagar por ella.
Esta cualidad -quisiera resaltar-, es una clara muestra de esa conciencia de que los derechos humanos y su respeto, se encuentran mucho más allá de los intereses particulares, sobre todo cuando de gente desfavorecida se trata, y es ahí cuando se materializa la instrucción apegada a los valores que debe ir aparejada a la enseñanza del Derecho, recordando que el valor de la justicia, no debe buscarse con fines lucrativos, sino
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por la convicción de que la dignidad humana no tiene precio, y se encuentra por encima de las satisfacciones económicas.