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RESUMEN EJECUTIVO

2. RESULTADOS DE LA ETA-C

2.1.3. RESUMEN DE PERSONAS

Fortalezas

• Existen sistemas de información digitales de alcance nacional.

• Existen oportunidades de financiamiento para la investigación en el país.

Desafíos

• No hay datos nacionales sobre el funcionamiento de la población.

• Se desconoce la necesidad, la utilización y el impacto de la tecnología de apoyo en el país.

• Se desconocen las inequidades en el acceso por edad, género, racialización, migración entre otros determinantes sociales.

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2.2.1.1. SISTEMAS DE SALUD Y DE SEGURIDAD SOCIAL

El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social es el ente rector del Sistema Nacional de Salud, regulador del modelo de gestión y prestación de los servicios y al mismo tiempo el mayor prestador de servicios de salud a través del Servicio Nacional de Salud (SNS). Las leyes referidas y sus reglamentos establecen la necesidad de disponer de unos servicios de atención a la salud articulados e integrados, en los cuales el Primer Nivel de atención debe actuar como puerta de entrada a la red.

El Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) comprende a todas las instituciones públicas, privadas y mixtas que realizan actividades principales o complementarias de seguridad social, a los recursos físicos y humanos, así como las normas y procedimientos que los rigen. El mismo se organiza en base a la especialización y separación de las funciones. La dirección, regulación, financiamiento y supervisión corresponden exclusivamente al Estado y son inalienables, en tanto que las funciones de administración de riesgos y prestación de servicios estarán a cargo de las entidades públicas, privadas o mixtas, debidamente acreditadas por el Ministerio de Salud y Asistencia Social.

El SDSS está compuesto por las entidades siguientes: El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), la Tesorería de la Seguridad Social, la Dirección de Información y Defensa de los Asegurados (DIDA), La Superintendencia de Pensiones, la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), el Seguro Nacional de Salud (SeNaSa), las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), de carácter público, privado o mixto, las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS), las Proveedoras de Servicios de Salud (PSS), y las entidades públicas, privadas o mixtas, con y sin fines de lucro, que realizan como actividad principal funciones complementarias de seguridad social.

El artículo 3 de la Ley No. 42-01 establece el derecho a la salud de todos los dominicanos y dominicanas y de los ciudadanos extranjeros que tengan establecida su residencia en el territorio nacional. Asimismo, la Ley No. 87-01 plantea que el SDSS “deberá proteger a todos los dominicanos y a los residentes en el país, sin discriminación por razón de salud, sexo, condición social, política o económica”.

El SDSS regula el Seguro Familiar de Salud (SFS) que tiene actualmente en funcionamiento dos regímenes de financiamiento:

• Régimen contributivo. Comprende a los trabajadores asalariados públicos y privados y a los empleadores. Se financia con contribuciones de los trabajadores y los empleadores, incluyendo al Estado como empleador.

• Régimen subsidiado. Comprende a los trabajadores por cuenta propia con ingresos inestables e inferiores al salario mínimo nacional, así como a los desempleados, personas con discapacidad e indigentes. Se financia con recursos del Estado (41).

Los beneficios del SFS se concretizan a través del Plan Básico de Salud (PBS), que está conformado por un conjunto de servicios básicos e integrales que incluyen: promoción de la salud y prevención de la enfermedad; la atención primaria en salud (emergencias, servicios ambulatorios y a domicilio); atención especializada (tratamientos complejos, hospitalización y asistencia quirúrgica); 100% del medicamento ambulatorio para la población subsidiada y 70%

para la contributiva y contributiva subsidiada; exámenes diagnósticos; fisioterapia y rehabilitación, y prestaciones complementarias, incluyendo algunas dispositivos de apoyo y las orientaciones técnicas en su uso (42).

Esto está descrito en detalle en la sección de financiamiento de este reporte.

SeNaSa es la institución pública responsable de la administración de riesgos de salud de los afiliados subsidiados, contributivos y contributivo-subsidiados del sector público y de los contributivos del sector privado que la escojan voluntariamente. El resto de la población asegurada opta por aseguradoras privadas.

2.2.1.2. SISTEMA EDUCATIVO

Se estructura en torno a niveles: inicial, primario, secundario, técnico profesional y Superior con una responsabilidad y compromiso con la educación inclusiva (43). El Ministerio de Educación de la República Dominicana (MINERD) es el ente rector de los primeros tres niveles y el Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología regula la educación técnica profesional y la superior. La tecnología de apoyo es un elemento clave para la educación inclusiva de las personas con discapacidad y la regulación de programas de formación del personal de tecnología de apoyo.

2.2.1.3. CONSEJOS NACIONALES

El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) es el órgano rector del Sistema de Seguridad Social, el regulador del financiamiento y del aseguramiento en salud y riesgos laborales. Es decir, es el encargado de garantizar la extensión de cobertura y defender a los beneficiarios, además del equilibrio financiero del Sistema de Seguridad Social (44). Es vinculante a la tecnología de apoyo ya que garantizará la cobertura a los dispositivos de apoyo y a la prestación de servicios relacionados para todas las personas afiliadas a la seguridad social.

El Consejo Nacional de Discapacidad (CONADIS) es la institución rectora responsable de establecer y coordinar las políticas en materia de discapacidad. El CONADIS está adscrito a la Presidencia de la República, bajo la vigilancia del ministro/a de la Presidencia (45). Es vinculante a la tecnología de apoyo ya que muchas personas con discapacidad requieren tecnología de apoyo.

El Consejo Nacional de la Persona Envejecientes (CONAPE) es la entidad responsable de diseñar las políticas nacionales a favor del adulto mayor. CONAPE tiene la responsabilidad de orientar a las entidades autorizadas a servir al adulto mayor en la aplicación de las políticas del sector (46). Es vinculante a la tecnología de apoyo ya que muchas personas envejecientes requieren tecnología de apoyo.

El Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia (CONANI) es el órgano rector del Sistema Nacional de Protección de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, conformado por el conjunto de instituciones, organismos y entidades, tanto gubernamentales como no gubernamentales, que formulan, coordinan, integran, supervisan, ejecutan y evalúan las políticas públicas, programas y acciones en los niveles nacional, regional y municipal para la protección integral de los derechos de los niños, niñas y adolescentes (47). Es vinculante a la tecnología de apoyo ya que muchos niños, niñas y adolescentes requieren tecnología de apoyo.

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2.2.2. PARTES INTERESADAS DEL SECTOR PRIVADO VINCULANTES EN LA TECNOLOGÍA DE APOYO EN LA REPÚBLICA