Número 96 Viernes 11 de Agosto de 1893 25 céntimos
Pl^ECíO^ DE ^UgCí^ICiÓN
( Por un trimestre.. Pesetas 4 E.v 7.A Capital. . . j Por un semestre... 7
( Por un año... 12‘50
^ Por un trimestre... 5 Fuera DE LA Capital, j Por uu semestre... 9 f Por un año,. ... 15 Los_ edictos y sentencias do los Juzgados y Tribunales que se inserten en este periódico, y no sean de oficio, paga
rán 25 céntimos de peseta por línea.
pP^ECIOg DE ^MUNCIOp
1.03 anuncios particulares que se quieran insertar en el
Boletín, previa licencia del limo. Sr. Gobernador, pagarán:
De l á 6 líneas, primera vez... Pesetas. 1 De 7 á 15 Ídem... 1‘50 De 16 á 30 idem. . .^... 2
De 30 en adelante, precio convencional; por cada repe
tición, la mitad.Se publica los Lunes, Miércoles y Viernes.—Las recla
maciones al Director de la Imprenta 1). Rafael Serna López,
h
I .ii
1
,r-
§ecctOM/ íJe- Ico ^cocelco
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
SS, MM. el Reyy la ReinaRegente (Q. D. G.) y Augusta Real Familia continúan en San Se
bastián sin novedad en su importante salud.
(Gaceta del día 10 Agosto).
M INISTER10J)E FOMENTO
Dirección general de Instrucción pública.
Resultando vacante en la Facultad de Medi
cina de ValladoÜd la cátedra de Clínica médica, dotada con 3.500 pesetas, que según la ley de 9 de Septiembre de 1857 y ei art. 2.® dei regla
mento do 15 de Euero de 1870 corresponde al concurso, se anuncia al público con arreglo á 10 dispuesto en el art. 47 de dicho reglamento y en el decreto de 30 de Noviembre de 1883, á fin de que los Catedráticos que deseen ser tras
ladados á ella, ó estén comprendidos en el ar
tículo 177 de dicha ley, ó se hallen excedentes, puedau solicitarla en ol plazo improrrogable de veinte días, á contar desde la publicación de este anuncio en la Gaceta.
Sólo podrán aspirar á dicha cátedra los Pro
fesores que desempeñen ó hayan desempeñado on propiedad otra de igual asignatura y sueldo y tengan el título científico que exige la va
cante y el profesional que les corresponda, Los Catedráticos en activo servicio elevarán sus solicitudes á esta Dirección general por con
ducto del Rector de la Universidad en que sir
van, y los oue no estén en el ejercicio de la en
señanza lo harán también á esta Dirección por conducto del Jefe dol establecimiento donde hu
bieren servido últimamente.
Segúu lo dispuesto en el art. 47 del expresado reglamento, este anuncio debe publicarse en los Boletines oficiales de las provincias, lo cual se advierte para que las Autoridades respectivas dispongan que así se verifique desde luego, sin más aviso que el presente.
Madrid 26 de Julio de 1893.—El Director general, Eduardo Vincinti.
§
eccbott fcv COVUICUVG o B I E R N Q G I V I E
Circular número 126.
Sección de Fomento.—Agricultura.
R1 lo del actual termina el plazo señalado en el art. 17 de la ley de Caza de 10 de Euero de 1879 para la veda; y en su virtud he acor
dado, de conformidad cou lo que se previene en la disposición 4.* de las generales da la referida ley, hacerlo público, por medio de este periódico
oficial, para conocimiento de la Guardia civil y demás personas á quienes pueda interesar; en
tendiéndose que, aun terminado dicho plazo, no se podrá cazar sin que se cumplan las prescrip
ciones que determina el art. 8.” y siguientes de la mencionada ley.
Albacete 8 de Agosto de 1893.
El Gobernador,
Francisco Ballesteros.
D E L E G A C IO N D E H A C IE N D A
Circular.
Esta Delegación, en uso de las facultades que le competen y á propuesta del Sindicato del gremio de alcoholes de la provincia, ha tenido á bien üüinbrar, con fecha 2 del actual, Investi
gador del. impuesto, coa destino á prestar sus servicios en todas las zonas de la provincia, á D. Constantino Rniz y Alonso.
Lo que se hace público, por medio de ia pre
sente, p’ira conocimiento de las Autoridades, de los fabricantes y de los demás á quienes pueda interesar y á los efectos procedentes.
Albacete 8 de Agosto de 1893.—El Delega
do do Hacienda, Miguel Santos.
Con esta fecha se ha posesionado del destino de Oficial de tercera clas^, Ingeniero agrónomo Inspector técnico de Hacienda en esta provincia, D. Luis González Verdejo, para cuyo cargo fue nombrado por Real orden de 4 de Julio último.
Lo que esta Delegación hace público, por medio de este periódico oficial, para conocimien
to de las Autoridades y contribuyentes.
Albacete 8 de Agosto do 1893.—El Delega
do de Hacienda, Miguel Santos.
Por esta Delegación de Hacienda se comuni
ca hoy á los Sres. Alcaldes la orden que sigue:
«El artículo 58 de la vigente ley de Presu
puestos, dice así:—«Los .\lcaldes y Concejales que dentro del término do veinte días, siguientes al veneimionto do las obligaciones de recaudación y pago de los impuestos que se cobran por euca- hezamieuto no tomen, oportunamente advertidos por la Administración, los r.'uerdos correspon
dientes pera dejar cumplidos los deberes que les imponen las leyes y disposiciones vigentes res
pecto á la recaudación y pagos de referencia, incurrirán en negligencia inexcusable, y respon
derán por tanto y por el orden mencionado, do las cantidades que debe percibir la Hacienda.—
Esta responsabilidad les alcanzará igualmente como subsidiaria respecto de los débitos de la misma clase posteriores á 1885-86, si por los medios reglamentariós no procuran su realización
»Con arreglo, pues, a las disposiciones trans
critas, requiero á V. para el cobro del primiu- trimestre vencido do consumos, cuyo iugreso, así como el de los atrasos de este impuesto ha
de quedar efectuado en el Tesoro dentro de este mes precisamente: bajo apercibimiento en otro caso de hacer efectivasjas responsabilidades que procedan.»
Y puraque en debida forma pueda justificar
se ou su día el anterior requerimiento, se publi
ca en este periódico oficial la orden transcrita, cuyo coiiocimiouto interesa también á los indi- viduus de las Corporaciones municipales, llama
dos á responder del incumplimiento de la misma.
Albacete 8 de Agosto de 1893.—Ei Delega
do de Hacienda, Miguel Santos.
Cumpliendo lo prevenido en el art. 14 de la instrucción de Recaudadores de 12 de Mayo de 1888, la Delegación de mi cargo hace público, para oonocimieuto do los contribuyentes del dis
trito municipal de esta capital, que las oficinas para la recaudación de las coutribuciones direc
tas, se hallan instaladas en la calle do la Con
cepción, número 26, piso bajo derecha.
Albacete 9 do Agosto de 1893.— Miguel Santos.
AOiNISTRiCIÓN DE CONTfiieOCIONES
D. Fernando dol Río y González, Administrador de Contribuciones de esta provincia.
Hago saber: Que hallándose terminado el re
partimiento de inmuebles, cultivo y ganadería de esta ciudad, correspondioute al ejercicio eco
nómico actual, queda expuesto al público en la Secretaría do Evaluación por el término de ocho días, contados desde el anuncio en el Boletín oficial de esta provincia, para que los contribu
yentes comprendidos en diebo documento puedan examinar sus respectivas cuotas y producir las reclamaciones que orean oportunas á su derecho.
Albacete 8 de Agosto de 1893.—Fernando del Río.
lUONiBEALBiCETE
D. Mariano Tornero é Ibarra, Recaudador de coutribuciones directas de la zona de Alba
cete.
Hago saber: Que la cobranza del primer tri
mestre del presente año económico para el pago de la contribución territorial é industrial, corres
pondiente á los pueblos de esta zona, tendrá lugar en los días del raes actual que á cada uno se iás señala;
Balazote, 13 y 14.
La Herrera, 15 y 16.
La Gineta, 18, 19 y 20.
Lo que se hace saber, por medio del presente, para que los contribuyentes verifiquen el pago de sus respectivas cuotas, evitándose los re
cargos que eu otro caso les serán impuestos con arreglo á Instrucción.
Albacete 8 do Agosto de 1893.—El Recau
dador, M. Ternero.
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
2 Boletín Oficial de la Provincia de Albacete
AUDIENCIA TERRITORIAL
SECRETARÍA DE GOBIERNO
USIAS deflnUims de Jurados^ formadas con arreglo á lo dispuesto en elarl. 33 de la ley de 20 de Abril de 1888, giara el año de 18D4.
PARTIDO JUDICIAL DE CASAS IBAÑE2 CABEZAS DE FAMILIA
Nombres y apellidos.
D. Francisco García Rodríguez Pedro Gómez Carrión
Agustín Pou y Palao Atitonio Carrión González Jorge Pérez Pardo
Enrique Villena Villena Martín Cariñana Tolosa Juan Fernández González Juan Francisco García Ortiz José García Pardo
Manuel González Megías Manuel García García Vicente González Soriauo Antonio Leal García Blas Leas Tolosa Juan Lujan González
Baldomoro Monedero Martínez Marcelino Monedero Torres Angel Pardo Rodenas Eugenio Pardo de la Casta Juan Piqueras Parra Juan José Pérez García Blas Requeaa Lujan Braulio Requeua García José Valiente García Francisco Costa Cuenca
Ceforino Gómez López Manuel OcFando Garrido Enrique Vergara García Francisco Pedrón Carrión José López Cabiró Alonso Tornero López Alonso Gómez García Antonio Pérez Cebriáu Bernardiiio LUlo García Salvador Bueudía Meseguer Tomás González Giner José Següvia CuéUar José Fernández Arrechea Trinidad Fernández Rodríguez
•Evaristo Lopidana Gamarra Juan Antonio Pérez La Rey Carmen Cernicharo Lamarea Felipe Descalzo Cantero Benito Gómez García Alonso Jiménez Blesa Baldomero Lasso Pelayo Antonio Navarro Saper Ramón Pérez Soriano Anastasio Rodenas Soriano Andrés Rodenas Mañez Francisco Rodenas Cuesta Paulino Rodenas Descalzo
Móüico Sotos Rodenas Juan Torreblauca Compañ Pedro José Torres Pérez José Manuel Valverde Pérez Antonio Verde Gabaldón Ambrosio Valero López Castor Valero Cantero Gregorio Villena Descalzo Agustín López López Antonio Ruiz Molinero Saturio Gómez Clemente Tomás Campos Cebriáu Francisco Carbonero Hernánd*
Manuel Caudepont González León Cuenca Campos José García Cebrián José García Vizcaíno Nemesio García Vizcaíno Juan González Cuenca
Nombres y apellidos.
wa,A Frofesióo. Vecindad.
50 Propietario. Abengibre,
42 Idem. Alatoz.
39jldem. Idem.
48Tdem. Alborea.
55'ldem. Idem.
40Íldem. ídem.
46 Idem. Alcalá del Júear
55 Idem. ídem.
36 Idem. Idem.
40 Idem. Idem.
45 Idem. Idem.
40 Idem. Idem.
42 Idem. Idem.
37 Idem. Idem.
34 Idem. Idem.
51 Idem. Idem.
42 Idem. Idem.
49 Molinero. Idem.
46 Propietario. Idem.
57 Idem. Idem.
46 ídem. Idem.
33 Idem. Idem.
33 Idem. ídem.
57 Idem. Idem.
49 Idem. Idem.
58 Idem. Idem.
52 Idem. Idem.
38 Idem. Idem.
33 Idem. Idem.
39 Labrador. Balsa de Ves.
37 Comerciante. ídem.
45 Propietario. Carcelén.
39 Idem. Idem.
33 Idem. Idem.
42 Idem. Idem.
48 Comerciante. Casas de J. Núñez
25 Idem. Idem.
34 Labrador. ídem.
43 Propietario. Casas de Vés.
57 Idem. Idem.
47 ídem. Idem.
43 Idem. Idem.
47 Idem. Casas Ibáñez.
59 Chocolatero. Idem.
58 Propietario. Idem.
40 Idem. Idem.
37 Idem. Idem.
36 Comerciante. ídem.
50 Mesonero. Idem.
38 Propietario. Idem.
37 ídem. Idem.
48 Idem. Idem.
31 Aguardentero. Idem.
44 Propietario Idem.
52 Idem. Idem.
38 Idem. Idem.
35 Idem. ídem.
37 Idem. Idem.
52 Idem. Idem.
55 Idem. Idem.
50 Idem. Idem.
39 Idem. Cenizate.
36 Idem. Idem.
40 Idem. Idem.
53 Idem. Fuentealbilla.
41 Labrador. Idem.
43 Propietario. Idem.
51 Idem. Idem.
53 Idem. Idem.
43 Idem. Idem.
^4 Idem. Idem.
44jCoraercianfce. Ildem.
). Francisco González Navarro Juan González Navarro (me
Mateo González Navarro nor) Agustín Lázaro Pardo
Cristóbal Santos López López Hilario Martínez Valera Juan José Navarro Cuenca Juan Navarro Viaño Ramón Pardo y Pardo Juan Piqueras Mínguez Andrés Piqueras Mínguez Pedro José Valera Valera José Villanueva Navarro José Antonio Andújar Valero Mateo VíUora Sánchez Ramón González Martínez José Romero Jiménez Casimiro Martínez Bernal Juan Sáez Garrido
Trinidad Cantos Iniesta Fernando Navarro Cortés Tomás Cuesta García Esteban Salcedo Vergara Felipe Toral Ruiz
Antonio Cuesta Iniesta Graciano Casanova Tornero Juan Blas Verde
Lúeas Armero Cabañero Venancio Armero Alcañiz Sinforiano Armero Alcañiz Francisco Alcañiz Pérez Julián Cuesta Piqueras Juan Escobar Berlanya Juan José Juncos Cabañero Francisco López García Antonio Ruiz Ríos Baldomero García López Adolfo Pérez Romero Emilio Pérez Navarro Antonio Sánchez Rabadán Andrés García Ibáñez Felipe Gómez García Juan Cuéllar Casas Manuel Cuesta Cebrián Juan Manuel Piqueras La Osa Francisco Piqueras Valiente Miguel Gil Gómez
Cristóbal Picazo Heras Pascual Gómez Romero Juan Miguel Gómez Segovia Cristóbal Heras García Antonio Olaya López Pascual Martínez Royo Avelino Villena Espinosa Santiago Belmente Quílez Juan Mateos Fernández Juan Martínez Téllez León Gómez Martínez Rafael Tendero Juan Cirilo Horas García Pedro García García Bernardo Pelayo Cuenca Luis Fernández Sáez
José Antonio Vidal Sánchez José María González Ruiz Manuel López García
Juan Antonio Jiménez Parren Julián López García
Juan Pelayo Cuenca Cristóbal Cuenca Gómez Bartolomé Moya García Juan Lozano Pérez
Balbiuo García Fernández Ulpiano Descalzo Martínez Ciríaco Fernández García Domingo Ibáñez Anguíx Dionisio Mfilero Tapia Luis López Fernández
CAPACIDADES D. Francisco García López
a»o. Piofesión. 1 Vecindad.
56 i^ropietario. Fuentealbilla.
44 dem. dem.
57 Úem. dem.
43 Idem. .dem.
46 Idem. ÁQTÜ.
44 Idem. Idem.
58 Idem. Idem.
46 Idem. [dem.
43 [dera. ídem.
55 [dem. [dem.
51 Idem. [dem.
40 Idem. Idem.
50 Idem. Idem.
39 Idem. Jorquera.
54 Idem. Idem.
46 Idem. Idem.
36 Idem. Idem.
56 Idem. Mahora.
38 Idem. Idem.
49 Idem. Idem.
37 Idem. Idem.
46 Idem. Idem.
47 Idem. Idem.
42 Idem. Idem.
43 Idem. Idem.
34 Idem. Idem.
35 Idem. ídem.
50 Idem. Motilleja.
58 Idem. Idem.
45 Idem. Idem.
57 Idem. Idem.
50 Idem. Idem.
48 Idem. Idem.
57 Idem. Idem.
33 Idem. Idem.
47 Comerciante. Idem.
37 Propietario. Návas Jorquera
45 ídem. Idem.
45 Idem. ídem.
35 Labrador. Idem.
42 Idem. Idem.
43 Bracero. Idem.
50 Idem. Pozo Lorente.
39 Idem. Idem.
50 Labrador. Recueja.
50 Idem. Idem.
49 Idem. Valdeganga.
43 Sastre. Idem.
57 Labrador. Idem.
42 Idem. Idem.
46 Carpintero. Idem.
46 Labrador. Idem.
42 Idem. Idem.
34 Comerciante. Idem.
46 Panadero. Idem.
32 Comerciante. Idem.
38 Sastre. Idem.
34 Panadero. Idem.
32 Aperador. Idem.
30 Carpintero Idem.
42 Propietario. Villa de Vés.
50 Idem. Villamalea.
49 Idem. Idem.
50 Idem. Idem.
49 Idem. Idem.
40 Idem. Idem.
51 Idem. Idem.
51 Idem. Idem.
42 Idem. Idem.
50 Idem. Idem.
42 ídem. Idem.
47 Idem. Idem.
52 Idem. Idem.
35 Idem. Idem.
43 Idem. Idem.
51 Idem. Idem.
45 Idem. Idem.
41 Idem. Idem.
33 Ex Concejal. Abengibre.
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
Boletín Oficial de la Provincia de Albacete
era.
Nombres y apellidos. P?&0»A Profesión. Vecindad. Nombres y apellidos. Q.e»e.W Profesión. Vecindad.
D. Miguel Valiente Piqueras 45 Ex Concejal. Alatoz. D. Juan Gómez García 52 Concejal. Návas deJorquera
Francisco Serrano Requena 55 Idem. Idem. Francisco Jiménez Valera 55 Idem. ídem.
José María Gómez Carrión 41 Idem. Idem. Casto Juncos Murciano 49 Idem. Idem.
Pedro Gómez Serrano 37 Idem. Idem. Gregorio Juncos Juncos (me-
Pedro Carrión Rodenas 51 Idem. Alborea. ñor) 35 Idem. Idem.
Angel García Pérez 48 Idem. Idem. José Juncos Honrubia 36 Idem. Idem.
Diego García Talavera 53 Idem, Idem. Luis Gandía Alcañiz 41 Idem. Idem.
José Antonio Pedrón López 41 Concejal. Idem. Martín Villena García 55 Ex Concejal. Pozo Lorente.
Aniceto Villena Herrero 42 Idem. Idem. Asensio Hernández Cebrián 36 Concejal. Idem.
Mariano Pardo Pardo 30 Idem. Idem. Pedro González Megías 55 Idem. Recueja.
Daniel Toboso Belmente 30 Profesor instrucción Alcalá del Júcar. Matías Valero Jiménez 37 Idem. Idem.
Francisco Aba Tejedor 43 Concejal. Balsa de Vés. Blas Valero Martínez 52 ídem. Idem.
Alejandro Arenas Gómez 40 Ex Concejal. Idem. Podro José Monedero Megías 37 Idem. Idem.
Francisco Hernández Piqueras 48 Concejal. Idem. Andrés Castillo Zornoza 33 Idem. Idem.
Juan José Pardo Piqueras 43 Idem. Caree lén. Fernando García Cebrián 39 Abogado. Valdeganga.
Juan Martínez Gómez 41 Idem. Idem. Juan Cantó Beltrán 40 Ex Concejal Idem.
Pascual Gómez Carrión 55 Idem. Idem. Antonio Fernández Cebrián 53 Idem. Idem.
Marcelino Vergara Royo 40 Ex Concejal. Casas de J. Núñez Juan Martínez Royo 54 Idem. Idem.
José Mora Serrano 39 Idem. Casas de Vés. José Ramón Villena Segovia 46 Idem. Idem.
Antonio Peüalver Serrano 47 Idem. Idem. Juan Martínez Gómez 47 Idem. Idem,
Claudio Solano Torres 59 Idem. Idem. Esteban Gualda Gómez 47 Idem. Idem.
Balbino Valiente Campos 52 Idem. Idem. Pascual Herreros 34 Concejal. Idem.
Rafael Belda Morales 31 Farmacéutico. Casas Ibáñez. Juan Herreros Gómez 51 Idem. Idem.
Martín Cantero Villena 49 Ex Concejal. Idem. Domingo Ruiz Martínez 56 Idem. Idem.
Esteban Cuesta Gómez 44 Idem. Idem. Francisco Martínez Gualda 40 Idem. Idem.
Pascual Cebrián Vergara 35 Idem. Idem. Vicente Carrión Argente 56 Idem. Villa de Vés.
Casimiro Cebrián Vergara 31 Idem. Idem. Miguel Gómez Crespo 33 Idem. Idem.
José Villena Descalzo 54 Concejal. Idem. Salvador Pardo Piqueras 59 Idem. Idem.
Francisco García Valora 57 Ex Concejal. Cenizate. Miguel Valiente Carrión 44 Ex Concejal. Idem.
José Alarcón Leante 46 Idem. Idem. José Zolueta López 41 Idem. Idem.
Francisco Iñiguez de Montoya 36 Módico. Jorquera. Jenaro Cañada Ochando 41 Concejal. Villamalea.
Eloy García Fernández 42 Ex Concejal. Mahora. Esteban Ciarte García 47 Idem. Idem.
Telesforo Montero Nohales 58 Concejal. Idem. Antonio Escribano Ibáñez 40 Idem. Idem.
Antonio Ros García 48 Idem. Idem. Miguel Gómez López 37 Idem. Idem.
Diego Ponce Chacón 55 Idem. Idem. Ignacio García Jiménez 33 Idem. Villatoya.
Dámaso García Cuesta 50 Idem. Idem. Gabino Mínguez Pardo 37 Idem, Idem.
Agustín Cantos Ruiz 61 Idem. Idem. I
Antonio Cuesta Gómez 56 Idem. Idem. Albacete 30 de Julio de 1893 —El Secretario de gobieroo, Francisco Cayetano Aparicio García 54 Idem. NávasdeJorqueral Sánchez.
AYUNTAMIENTOS
e. ALMANSA
D. Enrique Martínez Parra, Alcalde eonatitucio- nal de esta ciudad.
Hago saber: Que él día 25 de este mes, y ho
ra de once á doce de su mañana, tendrá lugar en estas Salas Capitulares la subasta para el sumi
nistro del petróleo, mechas, tubos y demás ne
cesario para el alumbrado público durante los diez meses que restan del presente año eco
nómico, bajo el tipo de 3.000 pesetas y las con
diciones del pliego que se halla de manifiesto.
Almansa 8 de Agosto de 1893.—Enrique Martínez.
PEÑASCOSA
El repartimiento deconsumos, cereales y sal) perteneciente á este pueblo y año económico ac
tual 1893-94, se halla terminado y expuesto al público sobre la mesa de la Secretaría por término de ocho días para oír reclamaciones; cu
yo período deberá ooatarse desde la fecha en que aparezca inserto el presente en el Boletín oñcial de esta provincia.
Peñascosas de Agosto de 1893.—El Alcal
de, Agustín Flores.
VILLATOYA
D. Domingo Pardo Jiménez, Alcalde constitu
cional de esta villa.
Hago saber: Que terminado por la Junta re
partidora de consumos el repartimiento vecinal sobre las especies no comprendidas en la tarifa oficial de consumos, para cubrir ei déficit que resulta del presupuesto ordinario actual para el ejercicio económico de 1893-94, queda de mani
fiesto por término de ocho días en la Secretaría del Ayuntamiento para que pueda examinarse libremente por los vecinos, contándose dicho
plazo desde el en que aparezca el presente in
serto en el Boletín oñcial de la provincia.
Villatoya 6 de Agosto do 1893.—El Alcal
de, Domingo Pardo,
ALBATANA
D. Isidro Simón, Alcalde constitucional de esta villa.
Hago saber: Que la racaudación voluntaria de las contribuciones territorial ó industrial, res
pectiva al primer trimestre del ejercicio corrien
te, en su primer período, tendrá lugar en las Sa
las Consistoriales en los días 15 y 16 del raes que cursa; y el 2.“ período desde el 1.” al 10 de Septiembre entrante.
Aibatana 7 de Agosto de 1893.—Isidro Simón.
---— --- ♦ --- ---
POZUELO
D. Juan López Sánchez, Alcalde constitucional de esta villa.
Hago saber: Que la recaudación de las con
tribuciones territorial ó industrial del primer tri
mestre del corriente año económico de 1893 á 1894, en su primer período voluntario, tendrá lugar durante los días 17, 18 y 19 del mes ac
tual en el local de las Casas Consistoriales, de nueve á doce de la mañana y do tres á seis de la tarde; y la del segundo período voluntario, durante los diez primeros días del próximo mes de Septiembre, en el mismo local y en iguales horas.Pozuelo 8 de Agosto de 1893.—Juan López.
ROBLEDO
La cobranza de las contribuciones muuicipa- ies directas, respectiva al corriente primer tri
mestre, tendrá lugar en el local y horas que ya conocen los contribuyentes durante los días 15, 16 y 17 del actual y primera decena de Sep
tiembre inmediato, qu3 respectivamente se seña
lan como primero y segundo ó último períodos voluntarios, con la cualidad de sin perjuicio de prorrogar, ai necesario fuere, el primero de di
chos señalamientos.
Lo que se publica para el debido conocimien
to y demás efectos
Robledo 8 do Agosto de 1893.—El Alcalde accidental, Bernardo Serrallé.
VILLA DE VÉS
D. Vicente Carrión Argente, Alcalde constitu
cional de esta villa.
Hago saber: Que la recaudación do contribu
ciones directas de este término, correspondiente ai primer trimestre del año económico actual, tendrá lugar en esta población y sitio de cos
tumbre durante los días 13 y 14 del presento mes, de ocho de la mañana á seis de la tarde.
El segundo período voluntario tendrá lugar, en el mismo sitio y horas, durante los diez pri
meros días del mes de Septiembre próximo.
Lo que se anuncia para conocimiento de los contribuyentes.
Villa de Vés 6 de Agosto de 1893.—Vicen
te Carrión.
HIDUERUELA
D. Francisco Cano García, Alcalde constitucio
nal do esta villa.
Hago saber: Que el repartimiento de la con
tribución de inmuebles, cultivo y ganadería de esta villa, correspondiente al actual año econó
mico, se halla concluido y expuesto al público en la Secretaría del Ayuntamiento por término de ocho días, que principiarán á contarse desde el en que aparezca inserto el presento anuncio en el Boletín oficial de la provincia, con el fin de que los contribuyentes en él comprendidos puedan examinarlo y producir las reclamaciones
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
4 Boletín Oficial de la Provincia de Albacete
que á su derecho les asista; advirtieudo que transcurrido dicho plazo no se admitirá nin
guna.
Higuoruela 8 de Agosto de 1893.—Francis
co Cano.
BALAZOTE
D. Matías Morote Ciíueutes, Alcalde constitu
cional de esta villa.
Hago saher; Que la reeaudición de la contri' huciún territorial é industrial del primer trimes
tre del corriente año económico tendrá lugar, eu su primer período voluntario y en el sitio v ho ras do costumbre, en los días 13, 14 y 15 del presente mes; y en los diez primeros días del próximo venidero mes de Septiembre, la del se
gundo período.
Lo que se anuncia al público, por medio del presente, para conocimiento de los contribuyen
tes interesados.
Balazote 8 de Agosto de 1893.—Matías Mo
róte.
CORRALRUBIO
1). Narciso Alcantud, Alcalde constitucional do esta villa,
Hace saber; Que la recaudación de la contri
bución territorial é industrial, correspondiente al primor trimestre dol año económico do 1893 á 94 y primer período voluntario, tendrá lugar en los días 28 y 29 del mes actual, en el sitio y horas de costumbre; verifioáudose la del segundo período en los diez primeros días del raes de Sep
tiembre próximo.
Lo que so anuncia al público para que lle
gue á conocimiento de todos los contribuyentes, tanto vecinos como forastí'r''s,
Corralrublo 8 de Agosto de 1893.—El Alcal
de, Narciso Alcantud.
ALPERA
D. Antonio José García López, Alcaide consti
tucional de esta villa,
Hace saber: Que el repartimiento para cubrir el cupo parcial de líquidos y alcoholes de este distrito en ci ejercicio do 1893 á 1894, estará expuesto al público en la Secretaría del Ayunta
miento durante ol término de ocho días, que em
pezarán á contarse desde el eu que aparezca in
serto este anuncio en el Boletín oficial de la provincia; pudiendoproducir reclaraacióndeagra- vios en el expresado término, que se resolverán, tanto las que se hagan por escrito cuanto las verbales, á las ocho do la mañana del día l.° si
guiente al en que fenezca aquel plazo.
Alpera 4 de Agosto de 1693.—Antonio J.
García.
JUZGADOS
ALBACETE
D. Quirico Barrio y Sáiz, Juez de instrucción de este partido.
Hago saber: Que para hacer pago de las cos
táis y gastos en que ha sido condenado Francis
co Cebriáu Solera (a) El Moro, vecino de Valdo- ganga, en causa que se le ha seguido sobre hur
to, se sacan á pública subasta los bienes do su propiedad que, con los respectivos valores en que han sido justipreciados, dicen así:
Una casa, situada en la callo de la Vereda, número 21, de la villa de Valdeganga; que lin
da por derecha entrando con otra de Isabel Si- marro Corredor, izquierda calle Larga y espalda callejón accesorio do la calle del Río: en 700 pesetas.
Una tierra, secano, en el carril de la Tía Úr
sula, término municipal de Vaidogaug’a, de ca
bida tres fanegas, que contiene algunas vides de viña; y liúda por S. dicho carril, M. Pedro José Cuesta, p. herederos de D. León Cebrián y N.
Jerónimo Sarria Picazo; en 400 pesetas.
El remato, sin sujeción á tipo y bajo las con- dkuünes que se determinan en el art. 1.506 de
la ley de Enjuiciamiento civil, tendrá lugar en la sala audiencia do esto Juzgado y dcl de Ca
sas Ibáñez el día 5 do Septiembre próximo, á las nueve de la mañana; significándose pue para in
teresarse, deberá consignarse previamente en la mesa del .Juzgado, ó en el Establecimiento des
tinado al efecto, oi diez por ciento efectivo del valor porque se hallan justipreciados los bienes, y que en el caso de que no existan títulos do propiedad, como es de presumir, puesto que no se han presentado ni aparece inscripción alguna de ellas en el Registro do la propiedad, se supli
rán por los medios que establece la ley, á costa del ejecutado.
Dado eu Albacete á 8 de Agosto do 1893.—
Quirico Barrio.—P. M. de S. S., Benigno Sán
chez.
LA RODA
D. Antonio Sáeuz do Miera, Juez de instrucción do esto partido.
Por el presente edicto hago saber: Que para hacer efectivas las responsabilidades impuestas á Juan Antonio Piqueras Zalve, en causa sobre hurto, se sacan á pública subasta el día 31. del corriente mes y hora de las nueve de la mañana, en la sala audiencia de este Juzgado, los bienes siguientes:
Una tierra, de caber una fanega, en este tér
mino, al sitio de las Olivas; que linda á S. Blas Sotos, M. camino Real, P. Antonio Faura y N.
Miguel Gómez, la cual ha sido tasada en la can
tidad de 40 pesetas.
Una viña, en el mismo término y sitio del Colmenar, que contiene unas 700 plantas eu cinco celemines de tierra; linda á S. Martín Ro
dríguez, M. Sebastián Ortiz, P. José Joaquín Muñoz y N. José Antonio Alarcón: tasada en 105 pesetas.
Una casa en esta población y su callo de Santa Ana, número 14; que linda por la derecha entrando con otra de Feruando Cuchillo, izquier
da Martín Rodríguez y espalda José Antonio Alarcón; contieno una extensión simerficial de unos doscientos metros cuadrados y ha sido ta sada en la cantidad do 875 pesetas.
Lo que se anuncia al público para su conoci
miento; advirtiéndose que no existen títulos de propiedad de dichas fincas; que para tomar par
te en la subasta deberá consignarse previamen
te el importe del diez por ciento de la tasación, y que no se admitirán posturas que no cubran las dos terceras partes de aquella.
Dado en La Roda á 5 do Agosto de 1893.—
Antonio Sáeuz de Miera.—P. S. M., Leandro Escribano Molina.
D. Antonio Sáenz de Miera, Juez de instrucción y do primera instancia de esta villa y su par
tido.
Por el presente segundo edicto hago saber;
Que para hacer pago á los hijos de Alonso Moya Martínez do la indemnización en que filé con
denado el procesado Modesto Moreno Córdoba, vecino de Tarazona, eu causa instruida eu este Juzgado sobre homicidio, y de las costas causa
das en dicha causa, se sacan á pública subasta por término de veinte días, y con la rebaja del 25 por 100 de la tasación, las fincas embarga
das á dicho procesado, y son las siguientes:
Bincas objeto de la subasta.
Una y tres cuartas partes de fanega do tie
rra á cereal, en término do Tarazona y paraje denominado Balsa de Bernardo: linda á S. tierra de Francisco Martínez, M. otra de Florentino Martínez, P. el camino y N. María Cuartero:
ha sido tasada en 225 pesetas.
Otra tierra, de caber una fanega y tres cuar
tas, en el mismo término y sitio Vallejo de los.
Cepos: linda á S. olivas de Alfonso Martínez, M. majuelo de Jorge Picazo, P. el camino y N.
Pedro Ramírez: valorada en 405 pesetas.
Otra tierra, de la misma cabida que las ante
riores, en el sitio El Lavajo, en el mismo tér- ¡ mino; liada S. Mateo Aroca, M. Juan Luis Mo- i
reno, P. el camino y N. María Cuartero: valora
da on 190 pesetas.
Otra tierra, do caber una cuarta parte de fa
nega, situada en la Calderona, del mismo tér
mino; linda S. Juan Luis Moreno, M. Saturnino Picazo, P. Ramón Martínez y N. Celestina Pi
cazo: valorada en 60 pesetas.
Otra tierra, de caber media fanega, sita en la Cañada de Abajo, del mismo término; linda S.
tierra do María Cuartero, M. D. Gervasio Herre
ros, P. el mismo y N. el camino: valorada en 175 pesetas.
Otra tierra, de caber cinco octavas partes de fanega, en el mismo término y Hoya de las Col
menas; linda M. D. Juan Bermejo, P. María Te
resa Atienza, S. herederos do Alfonso Picazo y N. Andrés Bueno García; valorada en 40 pesetas.
Otra tierra, do caber una fanega y un octa
vo, en el mismo término y pinar de Marquina;
linda S. Juan Simarro, M. el camino, P. el mis
mo camino y N. Matías Jiménez; valorada en 135 pesetas.
Otra tierra, de caber cinco octavos de fa
nega, plantada de viña, en el mismo término y Cañada de Abajo; linda S. y M. D. Gervasio Ho
rraros, P. Pedro Picazo Serna y N. Juan Luis Moreno: valorada en 187 pesetas 50 céntimos.
Otra tierra, de caber fanega y media, plan
tada do viña, en el mismo término y sitio lla
mado La Rada; linda S. Joaquín Lara, M.
pinar de Pascasio Picazo, P. herederos de Pedro Chacón y N. ol camino: valorada en 375 pesetas.
Otra tierra, de tres octavos de fauega, plan
tada de pinos, en el mismo tórmiu') y sitio lla
mado Mataperros; linda S. ol camino, M. Alon
so Blesa, P. Francisco Picazo y N. Galo Picazo:
valorada en 40 pesetas.
Otra tierra, de media fanega, plantada do pinos, eu el mismo término y Vallejo de las Ce
pos; linda á S. Florentino Martínez, M. Miguel Dónate, P. José Aroca y N. Valentín Picazo:
valorada en 125 pesetas.
Una casa, situada en Tarazona, callejóu Jel Cid, número 19; linda derecha Juan Gabaldón, izquierda callo de Lagares y espalda D. Anto- tonio Fernández: valorada en 2.350 pesetas 75 céntimos.
Tres octavas partes de una bodega en laca- lie de Lagares de Tarazona; linda por derecha ó , izquierda Antonio Rubio ó Antonio Panadero y espalda este último: valorada en 369 pesetas 25 céntimos.
Lo que se anuncia al público para su conoci
miento; advirtiendo que el remate tendrá lugar el día 31 de Agosto próximo, á las diez de la ma
ñana, en este Juzgado y eu el municipal de Ta- razona; que para tomar parte en la subasta se ha de consignar previamente el 10 por 100 del valor de ios bienes á que se desee hacer postura, la quG no so admitirá si no cubre las des terce
ras partes de la retasa, y que no obran en el ex
pediente los títulos de propiedad de las fincas re
lacionadas.
Dado en La Roda á 26 de Julio de 1893.—
Antonio Sáeuz do Miera.—P. M. de S. S., Juan G. Tébar.
CORRALRUBIO
D. Agustín Aparicio Bueno, Juez municipal do esta viÜH.
Hago saber: Que hallándose vacante la pla
za de Secretario del Juzgado municipal de la misma, y con ol fin de que tenga cumplido efec
to lo establecido en el reglamento de 10 da Abril de 1871, se anuncia al público, por medio del presente edicto, para que los que se crean adornados do los requisitos que marca dicho re
glamento. presenten sus solicitudes en laSecre*
taría del mismo, dentro del plazo de quince días, contados desde la inserción de este anuncio aa el Boletín oficial de esta provincia.
Corralrubio 3 de Agosto de 1893.—El J^®^
municipal, Agustín Aparicio.—P- S. M., Mar
tín García Bravo, Secretario interino. _
ap
IMPRENTA PROVINCIAL
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»