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DE LA PROVINCIA DE ALBACETE

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Número 97 Viernes 13 de Agosto de 1915 25 céntimos

---/ '

BOLETÍN

Ir'. á

OFIC

DE LA PROVINCIA DE ALBACETE

írsoios I)K SüscRíPciOíL—Eu ia capital; Un trimestre. 4 pGseta.s.—Uu stiueslre / ivI.—Un íido, 1 2 ' 5 0 ¡'.I.—l'ueraile la Capital: üii trínnístre, 5 pesetas.—Un senifs- u*e, 9 id. —Uu año. 15 id.—Los edioto.s y SRiitonciü.s dií les Juzgados y Tribuna);s

^of; sft }mbli'{upu. y no de oficio, pagarán 2 5 céutiinos do pr-spta por linca.

1’k e o ío s dk An u.n u o.s. • Los anuucios particulares up. st; pnWifjíieii, previa liceueia ilel limo. Sr. Gobí rnadov, pagarán: Do mía á sei.s línr-us, 1 peseta. De sieteá quiuec, 1^50 id. • Do diez y .seis ú :reinta, 2 id.- -Oe treinta cu adelante, precio convencional.

S-c publica Limes, Miércoles y Viernes.--Las reclaraacioues al Director de la Imprenta.

Sección de ia Gaceta

l-ill'lSIDlíNCl A DEi, CO.XSiy() Dlí M 1 N. 1 STH 0 S

S. M. el llE V Oon . \ i f o a s o X ü l (que

!)íos g u a rd e), S. M. la Re íN.V V'íc- loria l.iug;enia y S S . A A . R R . el P rín ci­

pe 'de A sluí ias é Infatites, c o n ü n ú a n sin novedad en su im portante salud.

D e igual beneficio disíru la n las demá.s pí*}xom\s de ia ,E n g a s t a Real Kamilia.

í Gaceta 12 Agostoj.

MINiS'rEHlO i)K LA GOBiíRNACiÓN

REAL ORDEN CIRCULAR

¿Multitud dp dÍHposicioneft regulan el ejer­

cicio de la profesión farmacéutica, tendien­

do (odas ellas á garantizar la bondad del .■servicio y á defender la salud pública. Las Ordenanzas de Fannacia y la Instrucción general de Sanidad contienen sabios precep­

tos, que de cninplirHe exactamente pondrían á salvo los altos intereses que estén enco­

mendados á los Profesores farmacéuticos Pero ocurre con harta frecuencia, como lo demueatran hechos lamentables rocienlísi- inos, que esas disposicione.s son burladas por que convierten un verdadero sacerdocio en puro mercantilismo, y cuando nasa el ejercicio de ia profesión á persona.s asalaria­

das que no ostentan el fíluio profesional co­

rrespondiente, amparadas para los efectos legales por un prestatítulo que poco ó nada interviene en la dirección facultativa de la oficina de Farmacia.

A evitar este estado de cosas, creado por la transgresión de los verdaderos principios que siempre han regulado la profesión far­

macéutica y que disponen, entre otras con­

diciones qne la Farmacia sea propiedad del Farmacéutico, y esté regida directamente por él, han de tender las nuevas disposicio­

nes que se dicten, si se desea que los intere- ses*de la salud pública resulten plenamente garantidos

Hacer efectivos ios preceptos ya estable- cides es el primer deber del Poder público, y esto se consigue principalmente en este caso con una verdadera inspección ejecutada por los funcionarios á quienes la Ley encomien­

da este servicio, ó sea por los Subdelegados de Farmacia, y con que ti resultado de esta inspecoión lleve consigo la corrección de to­

dos los defectos que en ella se observen, sin qne pueda demorarse un sólo momento el ciimpljiuiejitt) de las disposiciones est-ableci-

rlas, ])or que de lo contrario podrían origi- mu.'<e malea imposibles de evitar,

Para no hacer esta inspección vejatoria al Profesor digno deberá tener.se esta comli- cióm en cuenta, y se dejará a! buen criterio de io.'j Subdelegados el realizar de una ma­

nera más ó menos intensa la visita extraor- dinai ia de las Farmacias, teniendo pre.sente lit serie de hechos que constituye el historial dd ejercicio profesional de cada farmacéu­

tico, y. sobre todo, las denuncias recibidas eíí !a« Subdelegaclonea acerca de la falta o insuficiente dirección facultativa de Lis ofi­

cinas.

En atención á lo expuesto,

S. M. el Rey (íj D. g.) se ha sei vido disponer:

Que los Subdelegados de Fannacia de las capitales de provincia, Jidemás de lo dis­

puesto por el artículo 49 de las Ordenunza.s del ramo, giren una visita cada año, por lo menos, á toda.s las Ffirmacia.s existentes en las expre.'-'adas localidadei», elevando á los Gobernadores el Informe coi respondieiíte, ípie- ver;-?ará de una manera especial sobre el cumplimiento de los artículos 2.®, 5 7.”, 8 .”, O ", 10 de las Ordenanzas y 72 de 11 Ins­

trucción general de Sanidad. En el naso de ser el informe desfavorable y de que el re­

sultado del expediente diese lugar á uioi co­

rrección al propieífu'i‘ 1 de la Fnrmaei i. éste abonará los gastos de visita.

Que loa demás Subdelegados realic-. n esa.s vi.sitH.s siempre que se «lenuncie ante las Au- l.ondades el mal fuiicionamiento de las Far­

macias de su diati'ito. Serán de cuenta dei denunciado, si so confirma la denuncia, lo.s gastos de visita y <1 • vlaji-; realizados p;u‘ el .Subdelegado.

Que el informe dol Subdelegado, en c¡iko

de ser desfavorable para la Farmacia esta­

blecida, pase á la Junta provincial do vSani- dad, según establece el artículo 51 de las ex­

presadas Ordenanzas, debiendo el Goberna­

dor, en vista del dictamen de esa última, re­

solver lo que proceda, según lo dispuesto por las Leyes y Reglamentos vigentes.

Que todo.s los años en el mes de Febrero se remita por los Gobernadore-s á la Insj)e- ,ción general de Sanidad interior una rela­

ción de los dictámenes desfavorables acerca del régimen y administración de las Farma­

cias emitidos por los Subdelegados, acompa­

ñadas de las providencias recaídas sobre los mismos y correcciones que h.ayan Ksido im­

puestas para evitar Las faltas denunciadas.

Que en todos los recursos de alzada que se interpongan ante este Ministerio sobre aperturas y clausuras de Farmacias se com­

prueben, antes de resolverlos ios cstremos que se. aduzcan en el exíiediente. lo mismo ñor parte del Subdelegado que por (a dei re

cúrrente, utilizando para ello, si se demanda en el recurso ó .si se acordase por la Supe­

rioridad, la visita del Inspector de Servicios farmacéuticos.

Que la Farmacia i,uesea clausurada, si­

guiendo el procediuiiento que establece el artículo 72 reformado de la Instrucción g e ­ neral de Sanidad, ó cuya apertura sea dene­

gada por el Gobernador civil de la provin­

cia, no podrá abrirse basta que e.stén com­

pletamente subsanados todos los defectos que dieran origen á su clausura ó resolución negativa de apertur¡i, y con nuevo informe favorable del Subdelegado, siguiendo los trá­

mites del artículo 5." de las Ordenanzas, co­

mo si .se tratase de una nueva apertura de Farmacia.

I De Real orden lo digo á V. S. para su co- i mHÚmiento y cumplimiento. Dios guarde á i V. S. muchos años. Madiid G de Agosto de i 19L5.

SANCHEZ GUERRA civiles de (as pro- Señores Gobeniadore-s

vincias.

(Gaceta 7 Agosto.)

VIINLSTERIO DE LYSTRUCCiÓN PÚBLICA

Y B E L L A S A R T E S REAL ORDEN

limo. Sr,: En virtud de lo dispuesto en el artículo 4.® dei Reglamento vigente de opo­

siciones de 8 de Abril de 1910,

S. M. el Rey (tp D, g.) ha tenido á bien disponer:

1. ® Qne las plazas de profesores especia­

les de C'aligrafía y Dibujo de las Escuelas Normales <ie Maestros y Maestras de Albace­

te. Almería, .Avila, Cádiz, Cáceres, Ciudad Rea!, Guadniajara, Navarra, Orense, Sego- viíi, Soria y Zamora, dotada cada una con ía remuneración anua! de 1.500 pesetas, y las de Maestros de Huelva y Las Palmas do­

tada con ia de 1.000 pesetas, se agreguen á las oposiciones anunciadas en la Gaceta de 6 de Enero, para proveer las de igual clase de Alava y otras varias.

2 . ® Que asimismo ae agreguen á las de Caligrafía y Dibujo de las Escuelas Norma­

les de Maestras de Madrid y ia Coruña, oon- voc.adas en la misma fecha, las de Maestros de Baleares, Castellón, Guipúzcoa, Falencia, Santander y Vizcaya, dotada cada una con la remuneración anual de 1.000 pesetas.

o.® Las condiciones para la admisión de las oposiciones serán las siguientes:

a j Ser español, á no estar dispensado de este «•equisito,^ion arregh» á lo dispuesto en el artículo 167 de la lej^ de Instrucción Pú­

blica de 9 d'.t Octubre de 1857.

(2)

Belotüi Oficial de Albacete

h) No huliai’rfc el aspitíuik incapacíta';v>

para ejejct.r caigo publico.

c) Hube*!’ cum pütlo v fi'i’ivin afii-K «le edad.

4 W1 p l a / o p a r a !a p r c s e i a a c .i i b t ibí nis- t f u i c i a s Her?^ el «b* u h m ' ‘s, {i p a r l i r fb- la p u b i i - (aicii'ío df* (,‘s í r ¡ l o u n c i 'i <‘ii ]a.(TA(;irTA d1''. Ma­

d r i d, y

.b.'' íios as pi ri ui D’S :i las ¡>!aza>: ¡vmiicia- díi« en el piYnat'n Kfgnndo h a b r á n de --"r del .sexo remenii.o

í;os MSpiraiiles ípie d e n t r o de liicliu plazo jna senteii sus in^lanL•;ias, l e m i r á n dereciio á a s p i r a r ü n i c a i m ' i i i e á las plaza.s ol-jeto de esta convocjitoi' ia, y q u e en l ieniuo y f o r ­ m a n p o r i u n n s recudieron á la c o n v o c a t o r i a de

i> do knc-.m, l e n d r á n d . -re rh o á las anun -nt ul as

en ella y cií la p r es e n t e .

i)í‘ Hciii f'i'ii'-n lo digo á V 1 para su (íont^cimi'-nto y demás efi-clos I>i..s ^utirde.

á V. !. niui'hos anos. Madrid 2i de .íuiio de i H l ñ .

ESTEBAN COhLANTEvS _ ,Sr. I hre,et<n’ gcou-ra! de f h á m c n i e n s e ñ a n z a .

( ( ^ n c e f n i) Agoslo.'.

Sección de !a Provincia

0 0 3 3 X E I K .1S!“ 0 O I V I L Circular número 141.

fíECRETAKÍA

Kn poder de! vecino de Barrax !>nn Gas­

par Qiiintiniilla Garrido, se halla dci.o.sítaJo un macho romo, cerrado, pelo castaño o s c u ­ ro, alzíoia U'io.s cuatro -.lodos .soln’c ia marca, (¡fie e n c o n u ¡ua-ii unoíi C r i a d o s de diciio Señor '(pie (Miinlucían una gah ra de luu.-s.

Lí) (pie s-‘. hace público en c.ste pin-i.MUco oficia! e.i, c u m pl im ie n t o de. lo .mieiuiilo por (d artículo H." del Re gl ame nt o para !a admi- ni.síractón v la^giinen.de las reses mostren­

cas, haciendo preHcute que si franscurridos q ui nc e días aeath' que se inserte esta c ir c u­

lar no a pui ec e su l egí timo dueño, s;‘ proCo- devá a venderlo en pública subasta, c o mo deí crminan ios artículos 13 y 14 dei i n d i c a ­ do Heglameiiio.

Albacete 12 de Ag o s to de 1916.

K1 Gobernador interino, S il r n e s lo Kst*a4.

1>0Ü Ernesto Escat, Martínez, AbogiVio^ de- I fe de A d m u i i s l n u i ó n civil de torcera oda- | se, B'crel ario de este Gobierno y Gobor-

uadorcdvii interino de la pruvimna

Hago saber: Que este Gobierno ha olor- gado á Don Alonso García Gaspar Rniz, vecino de Montitla (Córdoba), coticesion p a ­ ra conduci r por l-.>s ríos Taibtlla y Segura hasta (’I saque, de >diim.s (Hetlín), d 600 pie­

zas de mad-;ra de .su propiedad, iiabiúndo.se iujpuesto p i r a cata ñoi ación Itis condi ciones aigiiitítifcs que lian .sido aceptadas por el cuiict'siona n<»:

1 Para iievar á cabo ia ñ- tricitSu snli- ciiaiia de d.oOP iiieza.s <le ¡nadera por ios ríos 'railijila y iSegurn hasta Minas se conce- d(' nn pía/.o de dos mesüvS que empezará á contarse desde el día 20 del actual, (piedan- do t nohibido íjuc expirado ese plazo queden en lo.s ríos c itados maderas pertenecientes á esta dotación.

2.'^ El conC''sionai'io c omu ni ca rá á las .í-.d'atui-M,s ( l e l a divi.sión hidrátiHc.a del Se ­ gura V de Obras públicas de e.^ta proyinciti bis fochas en que h a y a de dar principio y cu qiu- termine la c.onducción.

3 “ iSi d ui a nt e el curso de (‘sta la d i v i ­ sión hidráiiüCH del Se gur a impusiera, al guna cciTidieión e.special c o mo (;on.-’Oe.uencia do la.s obras ó [)Uin>:s de ellas enc ome nd ados á

aquóüa Jefatura, el concesionario

queda

obligado á cumplirla en todas sus'paites.

4 / También se atendrá el peticionario para ia buena marcha de ia tioiacióu á las órdenes tjiie pudieran emanar en este Go- bierno civil, el cual podrá, asimismo, dUo- pender ó anular este permiso por razones de interés general, sin que el ouiiccsionaiio lid- quima p'n* esto dereelio á reclamación al­

guna.

.6.*^ Terminada la dotación quedarán las maderas en la margen del río y li disposi­

ción de este Gobierno, sin (jue el concesio­

nario pueda divspouer de ninguna de ellas hasta (]Ue reciba autorización dei mismo.

A responder de los daños y perjui­

cios que puedan originarse en el rio y terre­

nos colindantes de ios leconoe.iiiHeíUos, ia formes y demás g a sto sa que pueda dar lu­

gar la eomlucción, quedarán afectas las ina- deni.s; ahora bien, si í’i'rmuiatía una ó varias reclamaciones por entidades oficiales ó parti­

culares, el pelicionari; que al efecto será de ellas notificado, depositase previamente en pagaduría de Ooras publicas el importe de aquellas y del ]>resupnesli.» quy se le pasará por Jos gastos que h.ibrán deoiigiuAr los probables reconocimieutos é informes facui- tativo.s, este Gobierno, previa la tramitación conespondienle, dispondrá .se retiren las ma­

deras del punto de de.n-mbarque. Además, el concesionario depositaiá antes de empezar la flotación; la cantidad de 1.5UÜ peseías en la cajadti depósitos de esui provincia á disposi­

ción de cste^üobierno) Y acio seguido pre- sentaiáeu la pagaduri-'- Ue Obras públicas el corresptmdiente resguaruo que no le será de­

vuelto hasta que por medio de, información que .so abrirá en el oficial^ «c deter­

mine si .su han formula, lo ó no reciauíaciones contra la flotación y su cuantía.

7. " Bagará á ia Haoieada el impuesto del Timbre de la autorización y los‘derechos que por hi industria previene el Real decreto de 15 de Agosto de l9 ü l; y mediante la presen­

tación Ue la carta de pago, adquirirá de la Jefatura de Montes de la provincia ia guía para hacer la conducción.

8. '‘ Lo.s Alcaldes ciu los jmeblos ribere­

ños du Yeste, Lutur, T'crez, Socovos, Elche de la «ierra y Hellín \ la Guardia civil aten- deián cuantas reclamucioneM puedan presen­

tarse contra la flotación y prestarán también sus auxilios al concesiouario en defensa dei derecho que le asiste.

Habiéndose concedido con anterioridad á den iro Liniez Quijano autorización

j para -.«mbucir maderas por el mismo río Be-

! gura y h.usta el mismo punto de deaembar- i que, ei peticionario de. ia presente deberá po- I iierse de acuerdo con ei Señor Quijano á fin í de que la cabeza de la flotación de Don Alon- I so G a ici. conservo en iodo momento en el I río la distancia mínima de dos kilómetros j detrás de la cola de io autorizada á Don Je- j naro López Quijano; siendo p-esponsubles ios I respectivos conductores de las consecuencias j (jue se originen por inobservancia de io pre- i venido en esta condición

1 l.ü que se hace público para general co- 1 nociiniento.

: Albacete 9 de Agosto de 1915-— Ei Gober- I nador interino, Ernesto Esoat.

lefia.s bajas que se cita en la relación in se r­

ía á continuación, aníe el Alcalde eii cuyn íénnim» m unicipal radica el m onte, con sn joción al pliego de condiciones publicad’»

en el f>oíei}ii oficial dei día 2$ Je Ago.sfo úl­

tim o. á !a.^ jircscripciones ded Real decreto de 14 (h- Agnst > 1900, y á las (pie se in ser­

ían á conTinuoción (ie la ad ju n ta relación.

En (-1 «isn j|c. (jnedar dc.'iicrtas estas p r i­

mera-^ Mihasjas. los Señore.s Alcaldes reten- (lián ios respectivos expedientes p ara ceie- brat bis segundas diez días después de las prinn ras, bajo el mismo tipo y condiciones.

Aiha,c*"tc 10 de Agosto de 1915 —El Oele- or.'ido d<‘ H ícit.Mula. Antimio Sinvm et.

OondieiHnes especiales e.on sujeción á las cuales si; han dn en ajen ar ios nprovecha- mieiDos dn leñas compren.sivos <m la velación que preccd'o

P rim era El [dazo que se concede al rc- m atanie para (-1 aprovecham iento es el de tres muses, á p a rtir de ia fecha di^ entrega del misino a! rem atan te.

Segunda El tiem po d'.* duración del c o n ­ trato será d>’ cinco años y ia tasación que aparece en l i relación de subasta es la que corre.spoude á uii solo año.

Rc/íteión que se cita en el anuncio ztn- lerior.— Leñas bajas.

N úm cio del monte 3, nom bre de! m onte Ofiriitos. lérmimq' m unicipal Bonete, períf- uencia al pueblo, leñas bajas e.Htéreos 300, ta ­ sación 150 pesetas.

Núim.'ro dp] moutíí l. nom bre «Íel monte Los Bill!' sferns, térm ino m unicipal Albacete, pertenencia :il pueblo, lenas liijas estéreos 2.50. tíisació'i 126 pesetas.

Núm ero d>d m onte 16, nom bre del montt;

Oal(b df’ la (.hiesta. térm ino m unicipal Pozo Lorente, nert.eneiioia al pueblo, leñ.is bajas (‘stéreos .300, tasación 15() poaetii.s.

N um ero del m onte 2, nom bre de! monte El Sabinar, téim ino m unicipal Oarceién, per- temmeia dudosa, leñas bajas e.stéreos 30n, tasaci')ii 150 pesetas.

Número licl m onte 4, nom bre del monte (foliado d(¡ las .Vguaa, térm ino m unicipal L ieto r, pí'i teir.n cia ai pueblo, lenas bajas es téreo.s 20tl. tasncichi 100 pe.seta.^.

Albacpte 10 de Agosto de 1915,—El A y u ­ dan!»', J . de Dios Gallego.

üELEGACiON DE HACIENDA .

SECCION FALCULTATIVA DE MONTES REGION 14.

Anuncio.

A lo.s ijuince días de la publicación del presente anuncio en el Boletín oficial de )a provimña, tendrá lugar la primera subasta para lu enajenación del aprovechamiento de

Inspección provincial de Primera enseñanza.

Anuncio.

Kaiiáhdose vacantes por traslado de los Maestro.s pi'?q>ictarios qno las iUsempeñabatt la E<('U"!’i 'le niños establecida en la Plaza de Ran José, de esta capital; en Alman.sa una Escmda d^ niños y otra id. de niñas; en He- llhí una id. ;ie ninas y en Vílíarrobledo do.s id. do. niños. I.as cuales han de proveer.se por concnrsiUo entre los Maestros du las respec­

tivas localidades, de conformidad con io dis­

puesto en el apartado 0 ., regla 5 " délas complmneiitarias del Real decreto de 5 de Mayo de 1013, se íuiuncia [loi ul presente la lirovisión de las expresadas vacantes, á fin d(í que ios Maestros y Maestras que «e crean en condiciones legale.s para solicitarlas, pre­

senten en cata Inspección sus instancias y hojas díí servicios debidamente justificadas, en el improrrogable plazo de diez días, á con­

tar des(i(‘ la publicación d(é este anuncio en el B o k iin oficial de la provincia.

Las condiciones do, preferen.'da serán las que fija la Real orden de 27 de Noviembre de 1913.

Albacete 10 de Agosto de 1915.— El ins- pecíor Jete, .Auge! Lozano.

(3)

Albacete

! -

TESORKRIA DE HACTB^NDA Anuncio.

Providencia de apremio de prim er (pra­

do.— Con esta fecha se mnndan a! Arriendo lie las Ooutribucioiies unas certificaciones ex- jiedidas contra las entidades expresadas á continuación:

La Sociedad agna.s riegos de PJeniándeü d(* Hellín. timbre ni'gociación, pese­

tas.

La Agrupación Socialista del partifío obrero de Madrigueras, timbre, multa y rein­

tegro, 90‘34 pesetas.

Cuyos débitos, con el recargo del 5 p<jr lOO, pueden sati.'ífaoer los inreres^'dos dentr(j dei plazo decires días que señala, el artículo f)2 de !a Ins rncción de 20 de Abril de 11)00

Lo rpie eíí cumplimiento al artículo 5l de dich.a in.strucción se public i en el liolelin oficial de la provincia, para conocimiento de los deudores y demás fitjes reglanienfarios.

Albacete U de A.go.sto de 1 9 l5 ,—Bl! Teso­

rero de Hacienda, .losé S. Pizana,

V IL L A L aO R D O JUOAR

Don Daniel Ruiz ALirrím-z. Alcaide con.siitn- cíoiml de esta villa.

Hago saber: Que e! padrón mlicional que ha de servir para in mafrÍE'uIri industria] res­

pectiva al próximo año 19llJ. podrá exami narse y rociamarsu de agravios en esta 8e- cretana diir'inte el plazo de ocho día.s hábi* ; les, que se contarán desile el siguiente al de la fecim d(d lioleliii oficial í'n que este edicto sea publicado.

Viilalgordo d d Jiic ar 1) ib.' Agosto de ¡

MM.5.— Daniel Uuiz. I

ATJDIENOIA DE ALBACETE Vafíanles d« ea?'gos de Justicia munisipo!.

Lo e.stá el de Fiscal municipal de Molini-

OOS.

Lo que se anutteia en el tíoielin oficAalá fin de que les que aspiren al mismo presen­

ten solicitudes en papel d« 2 pesetas en la Secretaría de gobierna de mí cargo dentro del plazo de quince días, á contar desde la fecha del anuncio en el Boletín.

Albacete 10 de Agosto de 1915.— El Se­

cretario de gobierno, Maximiliano Martínez.

A Y U N T A M I E N T O S

LA RODA

ííon Manuel Ruiz Gonz/iii-z. Alc.iid;; accidioi- tai de esta villa,

Hace saber: Que halíándose termitmdo el padrón industrial d<í rstn término, :>ase líi-la matrícuSa p-rra el próxitno año de 1916. (jU'- da expuesto ai público en la Secretnrín de este Ayuntamiento por término de oche.

bál.nies, contados desde el .siguiente a! ie !;i in.sefciótt de este atinncii) en el Boletín ofídaí de la provincia, al objeto de qtie. los intere­

sados puedan presentar las reclamaciones que (síimen pertinentes.

I/i Roda 9 dtí Agosto de 1915.-—¡0! Aien!- de. .Manur! Ruiz.

ALBACETE

Don Erancisco Sánchez Silva. Alcaide cons-

titucionai de esta ciudad.

Hago saber: Que con esta fecha se ha nombrado por el Arrendatario de la recan- dacióti municipal, agentes ejecntivos auxi- íi:ires de la recaudación municipal á los Se ñores Don André.s y Ooti Eugenio Uonzález j (Liroía, de e.sfa vecindad.

Lo (juese hace público para conocimien­

to del público en general y de las Autorida- d'fi. cunípliendo lo que dispone ei sirtícuio 18 (b' la Instrucción de 26 Abrd de 1900.

Albacete'1 l de Agosto de 1915. — Ifríin- cisco Sánchez Silva.

OHm^HÍLLA

ÍOin Santos Soriano Sánohef., Ahvii ic' im.hs- titucional de esta cimlaci.

Bago saber: Que la recatidación volunta­

ria d'd tercer l.rime.-ífrc del pre.setite año de la contribución de f,ons!itnos v Hcjuiflos. t'-n- djá lugar en e.st.as Salas Don.sistoriales en io.s dias 22, 23, 24 y 25 dei actnal y hora ; de costumbre.

Los eontribuyentes <]uc no «atisf igan sus cuotas en loa días inJicados, podrán re.ili- zarias sin recargo alguno (les.ío <1 26 ni 31 deí mismo mes, que se señala como segundo jte.ríodo.

Ohitichilla 9 de Agosto de 1915 —Santos Soriano

iiH*

TOBARRA

Don Francisco Iniesta Laín, .Alcalde consti­

tucional de esta villa.

Hago saber: Que por reriuncia tlel que la dtísemueSaba como regente de los herederos del Farmacéutico Don Juan Zahala Castille­

jos, ae encuentra vacante ía plaza de Farma­

céutico titular de esta villa con el sueldo anual de 1.353 pesetas por residencia, hallán­

dose también consignado en pre.supucsto la cantidad de SOO peseta.s para ei suministro de medícamentüN á enfermos pobre.s de ao- leuuiidad, y habiendo acordado la Corpora­

ción de mi presidencia su provisión en pro­

piedad tnediante concurso,, de coufonniilad con lo que preceptúa e! artículo 31 del H#- glamcnto de 14 de Febrero de 1905, se con­

cede un plazo de veinte días, que em})ezarán a contarsch dowde el siguiente al en íjue este f^dicto aparezca inserto en el Boletín oficml de la provincia, á fin de que los aspirant-ís á di­

cho cargo presentes) sus so!icitmle.s tm l>i .Se­

cretaría del Ayuntamiento, aoomjsHñadas de ht cédula persoual y del título pi'ofesional ó tft.<íim<‘nio del mismo

Tob irra 9 de .Agosto de 1915.— Fsancis- co ínieshi.

COTILLAS

D:iu Félix González \ ssior.-s, Al'tjiide C'sn.-^ti- luciom il dé esfíi villa.

Hsigo .saber: Que la recaudación vftbiüta- rio del tcicei' tj-imesíve de cou.sumí.»s dv <‘.sie pueblo y año actual, se verificará í-n su pri- mei’ pei'íodo los 'Iíhh 23 v' d.d con iv: o-, v por lo que re.spechi ai .o.-gundo dvad'- ei 27 al 31 del mismo.

Cotillas 4 de A ges'o de 1915. — B’élix (ton- zález.

ie MUÑERA

Don ,Fos« Antonio E-.rnés As- i¡ ls. ,\1 constitucional de esta villa.

Hago .sager: Que liabiéodose confeociomi- do el paurÓJi industrial de este término mu­

nicipal que ha de servir de base par?) !a for­

mación de ia matrícula que ha de regir en <d año próximo de 1916, qu:rda expuesto al pú­

blico en I'i Secretaría del Ayuntamiento por el plaza de ocho días, coJitados desdo que aparezca inserto este edicto en o] Boletín ofi- ciat de la provincia, en cuyo período pue<le ser examinado por quíi-ues á bbm tougan y foí’uiuhu’ l-is reclatnacioíies con.siguifcn!(»s.

Muñera 5 de Agosto de 1915.—E! Alcalde, José A. F'ornés.

la provincia correspondiente al 23 de Junio último, por el presente se anuncia el acto de s<'.gunda .subasta de dichas fincas con la re­

baja del 15 por 100 del precio que sirvió de base á la primera, el cual tendrá lugar en f.sta Sala Con.sistorial á ios veinte días del que aparezca inserto este anuncio en el Bo­

letín oficial.

Alborea 29 de Julio de 1915.— El Alcal­

de, Cecilio Eloiriaga. O

Don Cecilio Eiorriaga Escobar, Alcalde cotis- titucional de esta villa.

Hago saber: Que cumpliendo lo acordado por el Ayuntamiento á quien se ha concedi­

do f)or el Señor Gobernador civil de la pro­

vincia la autorización que e.'<tablece la regla 2 "■ artículo 85 do !a vigente ley Municipal, la primera snba.sr.a para llevar á efecto la onajenación del !^cal propiedad de! Munici­

pio conoci'lü por el nombre de Carnicería, sito en !a oille de Toya, número 1; que linda por ílnecha entrando con la calle de Toya, por ¡a izquierda con la cade del Arda! y por la espalda con Isidoro Alcaraz Parra, hoy Cecilio Eiorriaga. de 28 metros qu". mide (ie extensión .snperíicinl, se verificará ante esta AuMldía en la Gasa tlonaistorial á las íiiice del undécimo día siguiente al en que sea in­

serto oslo anuncio mi el Boletín oficial de ¡a pn.'vinoia por el tipv) de 350 peseta.s tt> que ha iido tasado previamente y con sujeción al pliego de condiciones que f)bra de maní- fi--Hto ;il púiiliou «ni la Secretaría.

Las propp.siciooes se harán en pliegos ce­

rrados durantí- ia primera media hora de la duración del acto, con Hujeoión al moiielo (|u ‘ á continuación se insertii, sin cuyo re­

quinto serán desechadas y se acompañará á ejiiis el resguardo (}ue. acredite haber depo- sitadí) en la Caja municipal el 5 por 100 del importe de la subasta y ia cédula personal corriente del iieitador.

Ca.so de no pre.sentiirsc ningún licitado»' á Ja primera, se celebrará una segunda á Igual lioj'íi y local, á los diez días de haberse celebrado la primera, sirviendo d«3 base á la.s misma.s ei j)ncgo de condiciones mencionado.

.-Vlhopoi 8 de Agoste de 1.915.— ÍC! Alcal-

«io, Cf'ciiio Eiorriaga.

Modelo de propoRiGiún.

Don... vecino de... mayor de edad, con cédula personal corriente de. ..., clase núnu-ro.. . , expedida en... do ... de 1915 qa^• acompaña, habiéndu.se enterado del anuMcio de subasta y del pliego de con- (iicioue.s «jue acepta, hace postura á la su­

basta í n vm;ta del local conocido por el nom­

bre de Carnicería, pj’opiedad del Mmücipiu, sito en la calle dé Toya, numero 1 ,y ofrece al efecto la cantidad de... pespitas (en letra).

^ (ITeeha y firma del interesado).

ALBOREA

Don Cecilio Eiorriaga Escohai', AUaM- tjtncifanal de e.^ta villa.

Hago .silbe» :. Qiu; anuiadíi por Si.ñor .feftí de la Sección de Pósitos la segunda su­

basta de nueve tincas de la pj'opiedad de es­

te Píi.sito que constan en el anuncio <le esTa Alcaldía publicado en d Boletín Qficiat <L*

BARRAX

Don Antonio Cano Poveda, Alcalde-consti­

tucional de esta villa.

Hago saber: Que el padrón adicional ó sea la reoíificación fiel padrón general indus­

trial de este término y año achia!, se halla terminado y expuesto ai público en la Secre­

taría dií i-síf yu»itíuníe»»to [lor término de ocho día-», á fin de oír rechiiunciones.

B.irriix 11 de Agosto de 1915,— Antotiio Cano.

I l)o»i Ignacio Roca Picazo, Recaudador de I Contribuciones (h? esta ciudad.

[ Hago saber: Que en lo.s expedientes que

¡ instruyo.con! ra Don Antonio Alfaro Rodrí- guez y Don Antojii«) Berruga Calvo, vecinos lii: chUi ‘.’iniiafl, por tlébdoadel concepto OOU-

(4)

tributivo y trimestres arriba i-xpresados, hc

ha dictado con fecha 23 y 30 deí actual la si- g^uiente providencia de subasta, de finca.

«No habiendo satisfecho Don A.ntonio Alfa- i'o Rodt’iVuez V í)on .\ntortio Berrnga Calvo sus descubiertos (jue se les tie?ten reclamados í’U este expedíáule. ni podido realizarse los misinos j)oi‘ el embargo y venta fie bienes muebles y semovienti'.s. se acuerda h enaje­

nación en pública íu!)asta del iumm-ble ó in- muel)le.s pet fenecientes á dichos deudores, cu­

yo acto se v-o’iticaiá bajo mi incsuleiicia el di t H) de Agosto jiróximo y hora d>.‘ las dies de su luauiuta cu esta oficina ri cauuatoría, » sieu'io posturas admisibles en la subasta las que cubran las dos terceras partes del i:nj>or- te (Je la cai)iiali/aoión.

Notifiques^ esta [>rnviilem*ia á ios reft-ri- dos demloiojs, y al acreedor <> acnorloreK lii- pofecarios e.n su caso, v anúnciese al público por medio de edictos en las Casas (Consisto­

riales y Holütin oficial de la provincia.

Lo «jue hago público por medio de) pre­

se.ife anuncio, advirticm.lo para, conocimien­

to de ios (jtte deseen tomar j}arte ou la subas­

ta anunciada, que ésta se celebrará en el lo­

cal, día y li'oa que exort’s.i dicha providen­

cia, y qu¡:* se establecen las siguif nfc.s con.di- ciones en cumplimiento de lo dispuesb» en el artículo 1)5 J ' la instrucción de 2b de Abril de 1 9 0 0.

1.^' Que los bienes trabados y á cuya ena­

jenación se ha de proceder, son los tmmpren- didos en la siguiente relación:

Iñnca í’ú.v/íca de Don A ntom o A lfa ro RodrU^ae^.

Clase, cabid i y situación d(^ la, finca pro- pi«:fin iu de un predio rú-itico. térmi'.m de es­

ta ciud id. piraje partido de l^ezaza; (|m‘ Mu­

da al Novt-* do^é Berdú de Barco y Fulgen- c.io Cantero Martínez, Salieut*' Ignacio Mar­

tínez Cantero, .losé López Gallego y Rita Ííópey. (THllego, Mediodía Kniilio .liim'm'z Ra­

mírez y 1 tiego Gómez Gómjz y Poní ¡Me. An­

tonio 'Martím-z .Martínez, cultivo regadío constanltí, cereales de 4 "" cíase, una superfi­

cie (b* 54 áreas y un líquido imponible de 40'7.5 pesetas, capitulizacióii de ia misma 99.^' péselas, cargas que gravan los inmue­

bles ninguna, valía para la subasta 99.5 )»e- sefas.

Fincas rústicas de D )n Antonin Berrnga Calvo.

Clase, cabida y situación de la ñuca pro­

pietario de unos predios rústicos término de esta ciudad paraje camino de P*»» Rubio;

linda al Norte Tomás García Collado, á Su- lieiite camino de Pozo Rubio, Mediodía -José Tevar Aparicio y Poniente Jenaro García Sánchez; cultivo viña de sexta cbsvsc, una su- perficie de diez y siete áreas y cincuenta y una centiáruas,'líquido iiuponible tí,38 pese­

tas, capitalización de la misma, 127,fiO pese­

tas, cargas que gravan los inmue.ble'i, nin-

<ruti:i, valor para la sulh-.stH, 127'G0 pesidas.

Ciase, cabida y situación de la finca otro predio, término de esta ciudad paraje camino de Pozo Rubio; linda Norte Pedro Lloren Linares, Saliente, camino de i^izo Ru­

ido, Mediodía ./eiiaro García Sáiiciiez y Po- nienlíí Juan Ramirez Colindo, cultivo viña (le sexta clase, una superficie, de di(-z y .siete jirens y cincuenta y una ceutiáreas, líquido imponible tí'38 pesetas, cipitalización de la misma, 127‘íJO pesetas, oarga.s (jue gravan los inmuebles ninguna, valor para la subasta, 127MU pesetas.

Ola.se, cabida y situación de la tinca, otro jiredio término de esta ciudiid, j)a- r.ijí'í Pílente de las Escalerillas; linda Norte carretera de Albacete á Cuenca, Saliente Di- putaciÓ!) provincial, Mediodía Antonio Pé- í’íiz Oauo y Poniente Miguel ! ópez Holdán

y el Estado, cultivo cereales de .séptima cía- ¡ se, una superficie de vrdntimieve áreas y diez j y nueve centiáreas, líijuido imponible 15'36 j pe.setns, capitalizació i de la misma. 271‘20 { pe.setns, mv»'ga>i qm* gravan io.^ inmuebles i ninguna, valor par í ¡ i. snoa-ni, 271 20 pe- ;

setas. !

ÍNas;', cabida y situación de la finca, ; otro predio término do esta ciudad, paraje | Hoya Rama: linda Norte Oarimm fSerua Ca- | rraso'í, Saliente Iiioceucio Padilla 7iilalba, • Mediodía Miguel ]\Iiranda Moraga y í’onien- níente Juan de Dios (iallego y herederos de Clotilde Tejada Martínez, cultivo cervales de once clase, una .superficie lie cincuenta y odio áreas y indnt.a y ocln> centiáreas, lí­

quido imponible 12\')2 pe.setas, capitaliza­

ción de la misma 250‘-l-0 pesetas, carga.s que gravan los imundiles ninguna, valor para la .subasta, 250’40 pe-si.’t.a-!.

Uliise cabida y sitación de !a finca otro predio paraje camino á los .^Ioiinos, térmi­

no de esta ciudad; linda Norte, camino de lo.s Molinos, Saliente Giegorio Arcos Aroca, Mediodía Pedro Martínez Correa y Poniente Ana Martínez Escribano, cultivo cereales de trece clase, una superficie de cincuenra y dos áreas y cincuenta y cuatro centiáres. líquido impoifibíe 9‘17 pesetas capitalización de la míssam, 183‘40 pesetas cargas (jue gravan los inmuebles ninguna, valor para ia sub.as- ta, 183'40 pesetas.

Clase, cabida y situación de la finca otro predio [>araje Hoya Ttama de esUi término munieipai; linda Ñort»*. carril y Pablo Mar- ciibi Wijriauü, Saliente Manuel Esparcía Ma­

teo y Mariano A gullai, Mediodía edificios y Poniente herederos de Agustín Lagaapi, cul­

tivo cereales de diez y .siete clase, unasujs-r ficie de 29 áreas y 11 eeiuiáreas, líquido im­

ponible 2 34 pesetas, cajiít ilización de la misma 46'80 peseia.s, eargri.s (jue gravan los iüuiuí'blv.i ninguna, valor para ¡a subasta 46‘80 pesetas.

Ciase, cabida y .situación de la finca, otro proilio, paraje E Molinico, término de esta ciu'iad: linda No¡ te (.¡ataiina Martínez Gil, Caliente Juan G ircía López. Medio­

día Anastasio Cano Garijo, Antonio Cano Moreno, Alfonso Lojá i Mariínez (hijo) y Po­

niente Miguel Picazo ' ’ataláii, cultivo cerea­

les de 18 clase, una superficie de 23 áreas y 35 eertiárea.-», líquido imponible l ‘G4 pese­

tas, capitalización de la misma 36'80 peseta», cargn.-í ijue gravan, lo.s inmueble.» ninguna, valor pa.il ía Hubasta 33'80 peseta»

2. ^ Q'm lo.» íl-udoi'cs ó su.» causahabien- tes, V ¡os acreedores hipotecarios e n su caso, pueden librar las fincas hasta el momento de celebrarse la subasta, pagando el principal, recargo.» ó dietas, costa.» y demás gastos del proc-rdimieuto.

3. '' Q \i{i los títulos de propiedad de loa iimiucbl(.-s están de manifiesto en e.sta oficina hasta el d í i d e la celelimción de aípud acto, V qu<’ los licitadore» deberán confurm’irse : con (dios y no íendrán ilereciio á exigir nin j ganos oíros.

I 4 “ Que será requisito indispensabie pura i tomar parteen la subasta, que los licítado- } res depo.siten prevíaunmle en la mesa de la Presidimcia el 5 por KlO de! valor líquido de jos bienes que intenten rematar.

oA Que es obligación dd rematante en­

tregar en e! acto la diferencia entre el im­

porto did depósito constituido y precio de la adjudicación; y

G.'" Que si hecha é.sta no pnidiera ultimar­

se la venta por negarse el adjudicatario á la entrega del precio del remute, se aeoretará la pérdida del depósito que ingresará en ar­

ca.» del Tesoro.

Albacete 31 de Julio de 1915.— E! Recau­

dador, Ignacio Roca.— V.'^ B.®— E! Arrenda- É tariq, P. P., Pujalte.

MONTEALKGRE

Rústica.—prim er trim esire de J 9 0 9 al segundo de 1914.

Don Francisco García Ibarrobi. Recaudador del Avrien-lu provincial de contribuciones.

Hago saber: Que el el expediente que ins­

truyo por débitos del citado concepto, co- rreapondieiUí^» ul exprosado período, se en­

cuentran comprendido» l').s deudores que á continuación .so relacionan, sin que consti^

tengan en esta localidad persona que les r('- j)re»ente. j)o r lo que expongo el j)re.seníc edicto para i|ue pueda llegar á conocimiento de ¡o.» mismos, que con fecha 25 dei actual he dictado la siguiente provideticia:

jEu cumplimifínto de la providencia dic­

tada por usía oficina, notificada ¡í V. e.n los párrafos 3.® y 4.® del artículo 142 de la Ins­

trucción <b; 2G de Abril de 1900, quedan eni- barga<los ]iar;i el cobro del importe de su dé­

bito por el concepto y período que ante.» sv expresan, los bienes .síguienip.» que han .sido deaignado» al efecto.

Númet’íí 7.700, sección E , polígono 11.

una finca rúsiiea deatiuada á cereales de 2.“

en esie término municí|fal y en el paraje de­

nominado-Las Hoyas; que linda por el N oj- te Juan García Villarrubia, (.4 dueño y otros, Levante Pedro Hernández García y Juai- García Villarrubia, Sur Pedro .Muñoz Milán y Poniente Francisco Pinero Verdejo; la mencionada finca tiene una superficie de una hectárea G7 área.» y 17 centiáreas, y figura con una riqueza ó líquido imponible de 29‘9G pesetas.

Número 9.9Í3G, sección E., polígono 21, otra finca de 2.“ también destinada á ceren- le.» en «d paraje denominado Similla; que lin­

da Norif Jos;.fa Romero Gaudín y Santo»

Iháfiez Hom nbia y L6vant(3 Santos Tbáñez v caminn. Sur carretera v Poniente Josefa Ro­

mero Gandía; dicha tinca tiene una superfi­

cie de 61 áreas y 40 ceiitiáreas; y figura con una riqu' ZH ólíquido im)>onib!e de 11 peseta»

Otra finca de 3.'*' en el mGrno paraje; que linda Nuríe canetera, Levanio Santos Ihá- fiez Uonrubia. Snr camino de la Casa de Escobar y Poniente »Jo.sefa Romero Gandía:

la iiKíncioimda finca tiene una superficie de una hectárea, 77 áreas y 28 centiáreas v figura C on una riqueza ó líquido imponible de 11*74 pesetas.

Otra fi:íC i en el mismo paraje destinada

;il cultivo de viña de 3.“: que linda Nort»' Juana García Villarrubia, Levante Eugenio Hernández García, Sur carretera y Poniente Pedro Hernández García; la mencionada v i­

ña tiene una extensión superficial de 85 área»

y 80 ct^fitiáreas y figura con una riqueza ó líquido im[)ouibie de 13‘69 pesetas.

Otra finca rústica también destinada al cultivo '.íc viña de 3.* en el mismo paraje;

que linda Norte carretera, Levante camino de Las Hoya», Sur Eugenio Hernández García y Píiscual Campos Delicado, Poniente Euge-

; nio Hernández García; la mencionada finca tiene um* superficie de 25 áren» y 30 centiá­

reas y figura con una riqueza ó líquido im­

ponible de 3'72 pesetas.

Así, pues, en cumplimiento de lo precep­

tuado en lo.» párrafos 3.® y 4.® de! artículo 142 de la Intrucción de 26 de Abril de 1900, se ])ubiica y fija el presento edicto en )o.s punto.» de costumbre, firmando el Señor Al­

caide ('1 duplicado de les cédulas de notifica­

ción, con du» tcHtigos designados por el iuíh- uio, para que surta lo» oportunos efecto.» y además se insertará en el Roletin oficial de la provincia y Oaceta de Madrid^ entregan­

do en Tesorenía de Hacienda ios ejemplares necesarios.»

Mdntealegre 30 de Julio de 1915.—El Re­

caudador, Francisco García,— V.® B.®—Ei Arrendatario, P. P.. Pujalte.

^ Señor Doq Serafiu Hernández García.

(5)

5

RECAÜhAGlON MQNÍOIPAÍ; O E H E L L IN Don Ram ón Puj^ Aivaredfu Recmidadov d«

consum as fiel ííxcm o. A vunfam iento de H ellín.

Hag'o saber: Que el pen'oilu volunf.ai io do cobranza del terc-n* trírúeslro de cnnsum<H de) año corrieurv-, r.endrá lu g a r en la oflcíím de recaudación, plaza de Ló;?az O hicheri, núm em 3. duranlo los días 15 al 25 do Ins oorrieiiles y horas do nueve á una y de tres á seis dfi la tarde

HclUn T de Agoslo de 1915 —El Hecau dadf)r, H. l ’uiff.

J U Z G A D O S

AIjÍJ a NiSA Cedida de <-d-u'Uni.

Poj- la p res-n te v on oin'u 1 j J N, dispues­

to por o! Señor Juez iush'ucción de es'e partido., mi pi'tividencia de hoy, dictada .^n cnm[)l!mieivío d.-; cart-i orden do ia Exo-Ien- lísim a Audiencia provineiol .le Allnieuf-e, ¡iro- o,('dent(í de )a ca»isa seguida en este •ru/.''"'idü con el iiúm ejo 14 fiel corriente año, coir.ra

Antonio Alboreas Om illas, sobro, hu rto , se c i­

ta al testigo Ju an H errero M iralles, vecino de l e d a , para (]ue ei día 31 del corriefUe mes y hora de las nueve, com parezca an te dicha Audiencia, con objeto do co n cu rrir al ju icio oral qu ; ' .on irá lugar en dicho día, bajo la

prevenció 1 d que in c u rrirá en la m ulta de cinco á cincuenia p ísntas si dejase de com ­

parecer sin causa justificada.

Oado en AIm:ius;i á 9 de Agosto de 1915.

El Secretario judiíjial, Pedro Mancebo.

L’ V I C I O i i T o i i o m i c o

ESÍ'ADO Life/ irrecío nxedia qae haa obíeaido m esta'procbu'iu ii>s ar¡tx-u¡uí< úi vu-hi^i^'ntü Jiflio úlihno.

Secíáón de A lb a c e te

'file á coniinnac'ió'n se ecvpresan en el m es de

PUEBLOS

CABEZAS n r . PA RT ID O

’ ! ORANOS _ CALDOS ; ; CARNES , PAJA

■j—■' ■ ,

100 KILOGRAMOS : . fifi KilÉrg, ; LITRO KILOGRAMO ji III ElUsrsi»!!.

Albacete . . Alcaraz. . . Almansa.. . Oasas Ibáfiez.

Chinchilla. . Hellín. . . La Roda. . Teste. . .

¡‘^redo medie.

Trigo I Cebada ICenteno Avena : Maíz iGarbaiuns

P e setas. Pcéiotaa. i Pe.setaa. j Pesota.s. | P e se ta s. | P esetas.

33 32 32‘85' 30 ‘55Í 34‘50:

35

20 24 14‘25 19‘22 15‘50 15

18 ¡ 18 501 2 0 ‘28

24 '

1919:

20

18-50 18 28

34‘08i 16‘40 24 20-83

Arroz j Acoite

P ese ta s, jj P e se ta s, ■

ÍÍO i; 135 56‘50Ü109‘50 5 2 ‘1.5'JOO 45‘66¡^121‘50

50

¡ n o 40 , 9G 60 ::140 65^21 :i08 69 , 37-49, 24-98 23‘95 27 08' 30 5 9 i 73-87

3 2 ‘80 18‘()6- I9 ‘09 1T‘70 25^9^ 94-60- 53‘6 S n i 5 ‘08-

Vino Carnero Vaca Tocino 1

ÍDe trigoDe cebada1 l ’osetas. Po.'.etns. j POBCt»S. . Pesetae. P ese tas. P ese tas. P esetas.

0 ‘20 0 ‘70 ' 2 ! y> 2 3 5 0 5 ‘50

0 ‘29 l i ‘50 1 ILO 2 ‘50 4 4

0 ‘25 0 ‘9o i 2‘25 ! 2 ‘2f) 2 ‘25 1‘75

0M5 0-45 ! L75 i 2 ‘25 2 ‘17 1‘74

0 ‘20 0-50 i L75 ¡ ft 2 ‘17 ' 2 2

0 ‘2.5 1 2 ! 2‘50 2 1‘75 2

0 ‘25 » * 2 i 2-.50 1‘80 L80

0 ‘3I 1 ' 1-25 1 2 5 5 '

íV23 0-80 ^ LSI ' L8;> 2‘20 ‘

...i 2'80 2^72

'I r i ffú..

Cebada.

\ P recio m áxim o.

/ Idein m ín im o . .

\ Precio m áxim o.

I Idem m ín im o . .

Itti Kilojífattiui.

Pesetas Cts.

37-4.9 ; 30555 ' 24‘98 ' 14‘25 '

I.OC/'.LIDADKS

Xe.Hlv

t bisas Ibáiltz .álm iii.sa Aliiacete 7 de Agosto de 1 9 :5 .— El Ingeniero. Eladio Morales.

A U D IE N C IA T E R R IT O R IA L D E A L B A C E T E

S E C R E T A R IA D E G O B IE R N O

Listas definitivas 'le los Jurados (^ne han de aeiear em esta Andñ',\- ('ia dvrante el año 'próximo de 19 1 6 .

P a rtid o ju d ic ia l d e L a Roda.

CA B E Z A S D E FA M ILIA

Nombres y apellidos. Profesión. \Vcinda<i.

Don Bernardíno Aguirre López 48 Carnicero La Rodil Restituto Afi-uado Herrero 32 Comerciante Idem

Rafael Barco Torres 46 Carpintero Idem

José Borrás Gallego 57 Vidriero Idem

Víctor Belmente Cuenca 50 Herrero Idem

Julián Blanco Belmonte 38 Comercianttí Idem

Justo Blanco Carrilero 62 Buñolero Idem

Antonio Castillo Berruga 49 Electricista Idem

Juan Gebrián Escudero 53 Tejero Idem

Julián Céspedes Carretero 58 Propietario Idem

Eduardo Cebrián Escudero 44 Tejero Idem

Pedro Cebrián Escudero 40 Idem Idem

-losé Cebrián Chacón 52 Idem Iden]

Félix Cisneros Arenas 36 Zapatero Idem

Antonio Cisneros zirenas 40 Propietario Idem

friego Castillo Berruga 40 Tonelero Idem

■losé Lonate VíUodre 40 Jornalero Idem

Lcmginos Escudero Cebrián 48 Carpintero Idem Vicente Escribano Onsurbe 48 Propietario Idem

Francisco Escobar Jiménez 50 Idem Idem

José-Grande Martínez 60 Idem Idem

X o m b res y npcll.'dos.

Don Joaquín García Sánchez .íuan Gallar Belmonto

Antonio García Casas Juan Garrido Piqueras Pedro Lacoba Visvdo Hércules Lacoba López Mario López Blázquez Antonio Llorens Tébar Nicolás Martínez Jiménez Cecilio Martínez Paños Ventura Martínez Já\-aa:a Diego Muñoz Cuchillo Roque Navarro Tomás Ciríaco Oüatc Maríínez Asensio Ortega Molina, Francisco Ortíz Moreno Constantino Romero León Juan Ramírez Arce Joaquín Rubio López Pascual Rubio López Juan Sotoca Tébar Julio Simarro Ruiz Francisco Sala Miret Gabino Talayera Simarro Félix Talayera Ramírez Daniel Ureña Carbonel!

.lesús Vento Gil

Tomás Valcárcel Belniontc Félix Ibáñez Labrador Antonio Zalve Gabaldón Canuto García González Leonardo González Jiménez

P rofeaiói).

Tejedor Escribiente Comerciante Barbero Aperador Calderero Propietario Idem Herrero Barbero Propietario Idem Empleado Comerciante Zapatero Comerciante Aperador Idem Herrei-o Propietario Sastre Comercian ( o Idem Propietario Comerciante Sillero Comerciante Empleado Sastre Comerciante Albañil Comerciant«

Vecindad.

La Roda Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem ídem Idem Idem Idem Idem Idem Minaya Idem Idem

(6)

Nombres! y ap e llid o s.

Don Juan Esteso Cano José Jiménez (javcía

Vicente Jiménez (JabaMóii Sebastián Orlioa Guijarro He.rimrdo Perona Riiiz

■ Alfonso Télmr Calero Fliginio Torrente Rueda Mario Ationza Castillejo .Vlfonsü Akiuiiz Molina Jjucas Blázquez Blázquez

Pedro Buendía López Antonio Cari-ascosu Roldúu Mcmiicl Cmitrems Díaz Paulino Díaz Bcrrugii ];iego Fernández Redondo Luis Gómez Martínez Xomesio (iniindo (Jrnzco Luis Gómez Girón

l-’edro Herrero ILmit'-z Bernardo l.óprz l’eniández Conrado Ltqiez NaTiiL'ii 1-iiis 1/ipez (¡airía Pedi’o Morcuo lC.scudt'ro JoM- Maríínoz Kuidáii Krue.'^ío Mmilova Sandowi]

[Atriein .Mormio Podrígnez Franci.sco Moivno Rosillo Bartolomé Martínez Lóp('z Felipe Moreno Acacio . Miguel Melero Martínez Marcos Montero Romei'"

Juan Navarro Moreno Enrique Navarro Collado Antonio Navarro Fernández Pedro Ortega Domínguez Antonio Arca Monrenl Emilio Pérez Lázaro Abelardo Pérez Parra Mamiel Pascual Parra Joaquín Pérez Ortiz

Manuel Ramos Torrente José Rosillo Martínez Ovidio Rubio Sánebez Carlos Rubio Fernández Arturo Sandoval Mnllerá.s Pedro Simdoval Mnllerás Jesús Segovia Cantero Constantino Sarrión Ricu Honorio Sánchez Doval Pedro Tobarra Monteagiulu Julián Girón Carretero José Blázquez Juan

•losé Antonio Blázquez Vacas Pedro Blzüqm.-z Fenuíndez Amonio Córcoles Vülorti Teófilo Galletero Víllr.ra Darío Moya Buedo

Francisco Paños Morcillo Enrique Fernández Martínez Pedro Martínez Rodríguez Juan Ortega Abendafto José Carnel Sánchez

Pedro Jiménez Jiméiu-z Amós Jiménez Moreno i'T’ancisco lirrea Jiménez Amlvés Aibarruiz Alcahud Juan Antonio Atieiiza Pieazo Emiliano Córdoba Frías Eutimio Ciuirtero Picazo Abel Garrido Romero Florencio Herreros Piqueras .Alfonso Martínez Serraim Conrado Martínez López Alberto Martínez Picazo Gerardo Nohales Molina vSanLiagü Picazo PA’ías

Rogelio Piqueras Picaz<í

•losé Pareja Lucas Lorenzo Rniz Castill"

Tomás Senabre Soriano .fuan Solei’U Aroca José Vila García .Vdolto Vicente Serrano Mateo Fuentes Suliuquillo Quintín Fuente.s Denia Gasto García Fuentes OinsUntiuo (.Tiirví (.'órdoba Octáviano Ortiz Aíerino Venancio Roldan Descalzo

A. Profesión. Vwámind

55 Jornalero Minaya

37 Zapatero ídem

30 Sastre Idem

ti 40

Labrado]- Idem

ídem Idem

51 42

ídem Idem

Empleado Idem

38 Idem Villarrobledo

37 Labrador Idem

57 Propietario Idem

45 Empleado Idem

55 Propietario Idem

40 Idem Idem

40 Idem Idem

44 Labrador Idem

47 37 32

Comerciante ídeiu

Idem Idem

Barbero Idem

59 Tinajero Idem

50 Corredor Idem

30 Idem ídem

30 Guarnicionero ídem

52 Pi’Opiecario Idem

42 Idem Idem

44 Idem Idem

42 \’iiiatoru Idem

37 Comisionista Idem

37 38

Aperador Idem

Labrador Idem

'i8 Buñolero Idem

33 Molinero Idem

56 Albañil Idem

44 Empleado ídem

60 Empresario teatro Idem i

Propietario

Empleado ídem

ídem

47 Tinajero Idem

40 Idem Idem

33 Relojero Idem

34 Tinajero Idem

55 Empleado Idem

46 Albañil Idem

39 Carpintero Idem

39 Alpargatero Idem

39 Propietario Idem

37 Idem Idem

54 Guarnicionero Idem

32 Comerciante ídem

35 Sastre Idem

55 Bodeguero Idem

57 Comerciante Idem

49 Propietario Muñera

38 Idem Idem

50 Idem ídem

37 Labrador Idt^m

4) Propietario ídem

4o Idem hleni

41 Comerciante Idem

43 Propietario Léziua

4i Idem ídem

45 Empicado Idem

43 Comercian u- Fuensanta

47 Empleado Idem

4o Propietario Idem

30 Labrador Idem

58 Propietario Tarazona

55 Sombrerero Idem

3i Propietario Idem

31 Idem Idem

33 ídem Idem

47 Idem Idem

44 Carpintero Idem

39 Chocolatero Idem

38 Escribiente Idem

41 Chocolatero Idem

38 Empleado Idem

37 Comerciante Idem

30 Propietario Idem

51 Fondista Idem

50 Pi'opietario ídem

51 Comerciante Idem

51 Idem Idem

41 Herrero Idem

48 Comerciante Madriguera.^

16 Escribiente Idem

38 Propietario Idem

45 Idem Idem

35 Labnidor Idem

36 Carretero Idem

Nombres j apellidos.

Don Rafael Alvarez Jiménez Tomás Cebrián Gabaldón Fermín Gabaldón López Bartolomé Jiménez López Lino Mondéjar Paños Enrique Sahuqnillo Pérez Raimando Sierra de Santiago Juan Julián Jiménez Jiménez

Capacidades Don Abel Aznar Pardo Pío Belmonto Garví

Wenceslao Cebrián Ballestero Luis Escobar Jiménez Manuel García Sánchez Justo Hortelano Martínez Diego Muñoz López de líaro .luán Charco Aranda

Manuel Martí Tébar Herminio Picazo Oñate b'rancisco Pérez Valles Manuel Ruiz González Juan Sánchez Lucas Julián Viñas Siniarro José María Vento Gil Joaquín Carretero Alarcón .fosé González Bemalte

•íuliáii Gonzitláz Massó José Herraiz Galindo Jesús Peinado Reolid Clemente Saíz García Federico Torrente Collado Pedro Acacio Sandoval Antonio Berruga Villodi e.

José Carrascosa Abarca Marcelino Fernández Pei tusa Cándido Girón Blanco Luis Martínez Herreius Luis Lodares Portillo

Benito Martínez García Jesús Martínez Martínez Angel Moya Roidán Luis Portillo Acacio Alfredo Portillo Acacio Enrique Ruescas Alcaraz Germán Sandoval Romero Eduardo Santos Martínez Emilio Santos Martínez Leopoldo Sandoval Acacio Pedro Saiz Padilla Eloy Torrente Quílez Felipe Blázquez Arenas Pedro Blázquez Rosillo Felipe Blázquez Rosillo Francisco Rosillo Arenas Pablo Venciaiia An güera Domingo Arce Hueseas Ernesto Audújar Marín Manuel Jiménez García Ricardo García Garda Joaquín Ortega Tendero Román Ruiz Martínez Virginio Escribano Paños José Arce .Cano

Segundo Díaz Aranda Ciríaco García Rueda Vicente Jiménez Sahuqnillo Casimiro Parreiio García Juan Antonio Aguilar Ramírez:

Miguel Denia Picazo Federico Ferrer Frías Antonio Gómez Picazo Alfredo Martínez López Matías Muñoz Palacios Julián Saiz Picazo Emilio Cambonero Toboso Rosendo Fuentes Ortiz Ponciano Larrey Molina León Paños Roidán León Roidán Fuentes Pascual Aroca Gabaldón Antonio Aremio Sahuqnillo Vicente Fernández Sahuquillo Ramón Martínez Simarro Agustín Toledo Gabaldón

Profesión. Víoiodad.

Comerciante Villalgordo

Tejero Idem

Jornalero Idem

Mesonero Idem

Propietario Idem

Comerciante Idem

Barbero Montalvos

Labrador Idem

Bachiller La Roda

Ex-Coucejal ídem

Concejal Idem

Farmacéutico 'ídem

Ex-Concejal Idem

Veteriiiafio Idem

Abogado Idem

Practicante Idem

Sobrestate ídem

Ex-Concejai Idem

Concejal Idem

Idem Idem

Farmacéutico ídem

Concejal Idem

Ex'Conc.ejñl ídem

Idem Minaya

Concejal Idem'

Ex-Coucejal ídem

Idem Idem

Concejal Idem

Farmacéutico Idem

Concejal Idem

Ex-Alca Idé Villarrobledo

Idem Idem

Licenciado Filosofía Idem

Bachiller Idem

Médico Idem

Farmacéutico Idem

Bachiller Idem

Idem Idem

Licenciado Filosofía Idem

Maestro Idem

Bachiller Ideiri

Idem Idem

Notario Idem

Bachillei Idem

Idem Tdem

Idem Idem

ídem Idem

Idem ídem

Idem Idem

Concejal Muñera

Ex-Concejal Idem

Bachiller ídem

Concejal Idem

ídem Idem

, Ex-Concejal Lezuza

Idem ídem

: Idem Idem

Abogado Idem

Concejal Idem

; Idem Idem

Idem Montalvo»

Ex-Concejal Fuensanta

Idem Idem

Concejal Idem

Ex-Concejal Idem

Concejal Idem

Idem Tarazona

Ex-Concejal Idem

Idem Idem

Concejal Idem

Ex-Concejal Idem

Idem Idem

Concejal Idem

Ex-Concejal- Madrigueras

Idem Idem

Idem Idem

Idem Idem

Idem Idem

Idem Villalgordo

Concejal Idem

Ex-Concejal Idem

Idem Idem

Idem Idem

Albacete 30 de Julio de L915..—El Secretario de gobierno. Maximiliano tínez.

IMPRENTA PROVINCIA

Referencias

Documento similar

Luis Moreno, Beatriz Martínez Ferrer, María Moreno Castillo, Juan Carlos Navarro García, Ana María Padilla Pérez, Diego Pedregosa Nieto, Clara Pérez Carmona, Laura Pina