Dado que los hechos expuestos constituyen un delito menos grave, el cual está tipificado como falta leve en el artículo 26, inciso e) de la citada ley. Resolución aprobada por el Director Regional de la Tesorería General de la Seguridad Social de 27. Resolución—Autorización del Director Regional de la Tesorería General de la Seguridad Social de 16/1/.
Motivo de la concesión: Cambio de la zona de captación y características del uso inscrito en el Registro de Aguas. el diario oficial de la provincia; Queda entendido que el procedimiento de ejecución, aunque se interponga recurso de apelación, sólo se suspenderá en la forma y en los casos previstos en el artículo 101 del citado Reglamento. el diario oficial de la provincia; Queda entendido que el procedimiento de ejecución, aunque se interponga recurso de apelación, sólo se suspenderá en la forma y en los casos previstos en el artículo 101 del citado Reglamento.
Declaro en embargo el bien inmueble como la Biblioteca Digital de Albacete "Tomás Navarro Tomás". 137 de la Ley General Tributaria, procede el recurso de sustitución dentro del plazo de un mes antes de que el Sr.
S. JUAN DE LA CRUZ 3 CADA 7
GUARDIOLA 55 ROSARIO 151
STA. TERESA JESUS 7 TENERIFE 14
FUSTER TENDERO, MARIA ISABEL GABARRE MORENO, RAMON GALAN RODRIGUEZ, LUISNDO GALLEGO ROZALEN, MILAGROS GANDIA DIEZ, JUAN LUIS GANDIA MONTEAGUDO, JOSE GARCIA ALCARAZ, JOSE GARCIA ANDUJAR, JOSE GARCIA CASTRO, M. GARCIA DIAZ, JAVIER GARC IA GARIJO, ISABEL GARCIA IBAÑEZ, JOSE JORGE GARCIA JIMENO, OSCAR DAVID GARCIA LORENZO, JUAN GARCIA MARCOS, ERNESTO EL MISMO. GARCIA MIRALLES, SONIA GARCIA OÑATE, JUAN GARCIA PIERNA, BERNARDO GARCIA SANCHEZ, LORETO GARCIA SIMARRO, JOSE LUIS GARCIA TOMAS, ECO JAVIER GARCIA VALDELVIRA, ANA BELEN GARRIDO OLIDEN, LUISA MARTA GIL ROCA, ENCARNACION GOGARMA, S. L.
MACHADO 62 ECO. PIZARRO 45
F. GARCIA LORCA 26
11 A. CONANGLA 36
DE ARAGON I CRT VALENCIA 10
DE. MOLINA 18
PINO 19
- TOMAS NAV. TOMAS 7 CACERES 33
3°.- Que la mesa en el acto del primer concurso, en caso de ser abandonada, podrá optar por la mesa, si lo considera pertinente, la celebración de un segundo concurso que será anunciado inmediatamente, con admisión de propuestas que sean del nuevo tipo. de la subasta cubre el cual será el 75% del precio de la subasta en la primera oferta, para lo cual se abrirá un plazo de media hora para que quienes quieran ofertar realicen depósitos que cubran al menos el 20% del nuevo precio de la subasta. 5°.- Los postores podrán enviar o presentar ofertas en sobre cerrado, desde el anuncio de la subasta, hasta una hora antes de su inicio. 6°.- Que la subasta previa a la valoración de los bienes quedará suspendida si se hace efectivo el pago de los descubiertos.
Recursos. Reposición por el tesorero municipal, en el plazo de un mes, según lo previsto en el artículo 14 de la Ley 39/88, que regula las haciendas locales. Si existiera gravamen preferencial en el lado derecho del erario municipal, el precio de remate se mantendrá y no se aplicará a su extinción, por quedar subrogado. 2do. Todos los postores deberán realizar un depósito por adelantado, en efectivo o mediante cheque certificado, ante la mesa de subasta de al menos el 20% del tipo de venta, depósito que perderá si una vez realizada la adjudicación no completan el pago. y la diferencia entre el depósito formado y el precio de la subasta inmediatamente o dentro de los cinco días hábiles siguientes, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurrirán por el mayor daño causado por la ineficacia del arbitraje sobre el monto del depósito.
3°.—Que la mesa durante la primera licitación, si se abandona, podrá decidir, si lo considera conveniente, realizar una segunda licitación, que será publicada inmediatamente, y aceptar propuestas que abarquen un nuevo tipo de subasta, que ascienden al 75% de los tipos de interés de la subasta en la primera subasta, para lo cual estará abierta durante media hora para que aquellos que deseen pujar hagan depósitos que cubran al menos el 20% del nuevo tipo de interés de la subasta. 6.—Que la subasta se suspenderá temporalmente antes de la sentencia de fondos, si el pago de los descubiertos fuera válido. Fuentes.—Reposición ante el tesorero municipal en el plazo de un mes, según lo previsto en el artículo 14 de la Ley 39/88, que regula las haciendas locales.
2".-Todos los postores deberán depositar por adelantado, en efectivo o mediante cheque certificado, ante la mesa de subasta, un depósito de al menos el 20% del tipo de venta, depósito que se perderá si, una vez hecha la adjudicación, no completen el pago, y entreguen la diferencia entre el depósito constituido y el precio de remate, inmediatamente o dentro de los cinco días hábiles siguientes, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurrirán por el daño mayor causado por la ineficacia de la tasación en el importe de la fianza.».- Que la mesa en el acta de la primera licitación, en caso de ser desierta, podrá optar por celebrar, si lo considera pertinente, una segunda licitación que se anunciará a partir de entonces. Recursos.-Suplemento ante el Tesorero Municipal, en el plazo de un mes, según lo previsto en el artículo 14 de la Ley 39/88, por la que se regulan las Haciendas Locales.
Convocatoria de licitación para la adjudicación de las obras de construcción del drenaje de la ciudad de E.D.A.R.
AYUNTAMIENTO DE ALMANSA EDICTOS
AYUNTAMIENTO DE ALPERA
AY UNTAMIENTO DE BALAZOTE EDICTO
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 60 y 64 de la actual ley que regula esta jurisdicción, se hace pública para servir de citación contra las personas que, de conformidad con el artículo 29, inciso 1) inciso b). D. Enrique Roca Robles, Licenciado en Derecho, Secretario de la Sala Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de Castilla-La Mancha. Secretario de la Sala Primera del Tribunal Contencioso-Administrativo de Justicia del Tribunal Supremo de Castilla-La Mancha.
Por el presente auto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Albacete, se hace saber: Que por los recurrentes D. Luis Alcalá Monsalve, Juan H. Alcantud 1.6pez, Ambrosio Alfaro Oliver, Juan Antonio Arjona Cambronero, Daniel Aroca del Rey. Señor. Enrique Roca Robles, Licenciado en Derecho, Secretario de la Sala Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo de Castilla-La Mancha. Señor. Enrique Roca Robles, Licenciado en Derecho, Secretario- . de la Sala Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de Castilla-La Mancha.
Por medio de este decreto se anuncia: que en la "Propuesta para la provincia de la señora Secretaria, se tienen por hechas en orden las declaraciones contenidas en el anexo 20 de la demanda. Y para servir de aviso y convocatoria de la resolución previa en la Casa Gitana de Oficios, y cuyo domicilio actual se desconoce, a quien se le notifica que debe comparecer a la celebración de las actas de reconciliación y juicio y que.
No se aceptarán ofertas que no cubran dos tercios del precio de la subasta y los bienes se adjudicarán al mejor postor. Quinto.— Que la primera subasta tendrá como tipo el valor de tasación de las mercancías. Sexto.- Que en la segunda subasta, si procede, los bienes se reducirán en el veinticinco por ciento de la tasa de valoración.
Séptimo.— Que en la tercera subasta no se aceptarán ofertas que no excedan el 25% del importe en que fueron tasados los bienes. 4.—En la segunda subasta, en su caso, los bienes se reducirán en el 25% de la valoración. 5.—En la tercera subasta no se aceptarán ofertas que no excedan el 25% del importe en que fueron valoradas las mercancías.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE ALBACETE
Sólo la adquisición o la sentencia a favor de los albaceas o de los administradores legales mancomunados o subsidiarios podrán hacerse en calidad de traspaso de la subasta a un tercero.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 2 DE ALBACETE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 3 DE ALBACETE
1.- Que la valoración de las mercancías servirá a la norma para la primera subasta, con una reducción del 25% en la segunda subasta y sin sujeción a la norma en la tercera. 5.- Que las ofertas podrán formularse por escrito en documento cerrado, desde el anuncio de la subasta hasta su celebración, depositando en la mesa del tribunal, junto a ella, el recibo de verificación de la carga en la instalación designada para ello. este propósito. 3.- Las declaraciones podrán hacerse por escrito, en documento cerrado, desde el anuncio de la subasta hasta su celebración, depositando el 20% en la mesa del Tribunal, junto con la subasta.
La subasta se llevará a cabo en la sala de audiencias de este tribunal de la siguiente manera. Segundo.—Para poder participar en la primera o en la segunda subasta, se requerirá una cantidad igual o superior a. Para participar en la tercera subasta se deberá presentar el 20% que sirvió de base para la segunda.
En la tercera subasta, si en la segunda no hubo postores y no se solicitó la asignación del actor conforme a la ley, Biblioteca Digital de Albacete "Tomás Navarro Tomás". Segundo - Que para participar en la primera o segunda subasta se deberá enviar previamente en la empresa designada al efecto una cantidad igual o superior al 20% de la tasa de la subasta. 1.-Que la tasación de los bienes servirá como tipo para la primera subasta, con una reducción del 25 por ciento en la segunda, y sin estar sujeta a tipo en la tercera.
6.-Que los cargos anteriores y preferentes, si los hubiere, al crédito del actor, se mantendrán estables, en el entendido de que los postores los acepten y sean restituidos en su responsabilidad, sin fijar el precio de la subasta hasta que se extingan. 1.-Que la valoración de los bienes servirá de tiempo para la primera subasta, con una reducción del 25% en la segunda y sin sujeción a la tasa en la tercera. 3.—Que los postores que deseen participar deberán enviar previamente una cantidad igual al menos al 20% del valor de la mercancía que sirva de tipo para la subasta.
5.—Que las pujas podrán formularse por escrito en documento cerrado desde el anuncio de la subasta hasta su celebración y depositarse en la mesa del tribunal.
BOLETÍN OFICIAL