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BOLETIN OFICIAL

de la provincia de Albacete

Lunes 21 de Marzo 1994 Número 34

SUMARIO

Anuncio del Gobierno Civil de Albacete

1

Edictos del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha

2

Anuncios de la Diputación de Albacete

3

ld.

de la Tesorería General de la Seguridad Social

5

Id. de varios Ayuntamientos

9

Edictos de varios Juzgados

/3

GOBIERNO CIVIL DE ALBACETE ANUNCIOS

Ignorándose el domicilio actual de don Joaquín Sánchez Carretero, anteriormente domiciliado en San Joaquín, 11-bajo de Albacete, y en cumplimiento de lo prevenido en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto para que sirva de notifica- ción de la resolución del expediente sancionador número 795/93, cuyo tenor literal es el siguiente:

Resolución sancionadora

Visto el expediente sancionador de las circunstancias siguien- tes:

Expediente número 795/93.

Denunciado: Don Joaquín Sánchez Carretero.

Domicilio: San Joaquín, 11.

Localidad: Albacete.

Denunciante: Comisaría de Policía de Albacete.

Fecha denuncia: 30/agosto/93.

Resultando: Que por este Gobierno Civil con fecha 7/octubre/

93 se acordó la incoación de expediente sancionador a don Joaquín Sánchez Carretero, por presunta infracción grave contra el artículo 25, párrafo 1, de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero

sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Este acuerdo que incluye la designación de Instructor y S ecretario y los demás pronunciamientos establecidos reg lamentariamente, se notificó al interesado, concediéndole el plazo de quince días para formular alegaciones y aportar docu- mentos o proponer los medios de prueba convenientes a su derecho.

Resultando: Que incoado acuerdo, se le concede el plazo legal Pira formular alegaciones, sin que haya ejercitado dicho derecho.

Resultando: Concluida la instrucción resultan probados e

imputados al denunciado los siguientes hechos:

Que a las 1545 horas del día 30/agosto/93 se encontraba en la acera de la calle Bilbao, s/n de Albacete y la fuerza denunciante le incautó del interior del vehículo C-15, matrícula AB-2697-J, 0600 miligramos de heroína.

Resultando: Que con fecha 4/enero/94 por la Instructora se formula la siguiente propuesta: P Se declare a don Joaquín Sánchez Carretero, responsable de una falta grave contra seguri- dad ciudadana, por tenencia de sustancias estupefacientes en lugar público, tipificada en el artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/

92, de 21 de febrero. 2`-" Imponerle una sanción de setenta mil pesetas. 3" Acordar la incautación definitiva y destrucción de la droga tóxica aprehendida.

Resultando: Que notificada dicha propuesta de resolución, el interesado no formula escrito de alegaciones.

Vistos: La Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero sobre Protec- ción de la Seguridad Ciudadana, la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Reglamento del Proce- dimiento aprobado por R. D. 1398/93, y demás normas concordantes y de general aplicación.

Considerando: Que los hechos probados constituyen una infracción tipificada como falta grave al artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, sobre Protección de Seguridad Ciudadana (B.O.E. 22/2/92).

Considerando: Que el artículo 29.1.d de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero atribuye al Gobernador Civ il la competencia para imponer sanciones de hasta un millón de pesetas.

Considerando: Que el procedimiento instruido se ha seguido conforme atas trámites del procedimiento ordinario regulado en el citado Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

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Lunes 21 de Marzo, 1994 B.O.P. número 34

Considerando: Que transcurrido el plazo reglamentario no ha formulado descargos, hay que atribuir veracidad y fuerza proba- toria a la denuncia (S.T.S. de 8-2-71, 5-3-79. 11-12-80).

Considerando: Que la realidad socioeconómica de la provin- cia y el hecho de constituir la tercera infracción cometida en esta materia por el inculpado son circunstancias que aconsejan graduar la multa en 70.000 pesetas, cuya cuantía resulta suficiente para garantizar la finalidad de lucha contra la droga perseguida por la Ley de Protección de Seguridad Ciudadana.

Este Gobierno Civil acuerda imponer a don Joaquín Sánchez Carretero, la sanción de setenta mil pesetas y la incautación definitiva y destrucción de la droga tóxica aprehendida, que

deberá hacer efectiva en este Centro en papel de pagos al Estado, dentro del improrrogable plazo de quince días, a contar desde el siguiente a la fecha de su notificación.

Le presente resolución no agota la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso ordinario ante el Ministerio del Interior, en el plazo de un mes, contado a partir de su notificación, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 114 de la Ley 30/

92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administra- ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Albacete 24 de febrero de 1994.—El Gobernador Civil, Virginio

Fuentes Martínez. 6.677

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA

EDICTOS

Don Enriqüe Roca Robles, Licenciado en Derecho, Secretario de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Adminis- trativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

Por el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Albacete. hace saber: Que por el Letrado don José Ramón Gallego Botija, en nombre y representación de Electrosur, S.C.L., se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo dein Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete de fecha 14 de diciembre de 1993 desestimatorio de los recursos de reposición interpuestos contra los de fechas 20 de julio de 1993 y 5 de octubre de 1993 sobre liquidación de gastos por ejecución subsidiaria.

Yen cumplimiento de lo previsto en los artículos 60 y 64 de la vigente Ley reguladora de esta Jurisdicción, se hace público para que sirva de emplazamiento a las personas que con arreglo a los artículos 29, párrafo 1) apartado b), y 30 de la indicada Ley, estén legitimadas como parte demandada y de las que tuvieren interés directo en el mantenimiento de la resolución recurrida y quisieren intervenir en el procedimiento como parte coadyuvante de la administración.

Dicho recurso ha sido registrado bajo número 01/0000191/

1994.

Dado en Albacete a 2 de marzo de 1994.—Enrique Roca

Robles. 6.470

Don José Pedro Rubio Paterna, Licenciado en Derecho, Secre- tario de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tri- bunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Sección

Segunda.

Por el presente anuncio que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Albacete, hace saber: Que por el Letrado don Juan Carlos Guerra Martínez, en nombre y representación de José Angel Iniesta Blázquez, se ha interpuesto recurso contencioso- administrativo contra el decreto dictado por la Ilma. Sra. Alcaldesa del Ayuntamiento de Albacete de fecha 28 de diciembre de 1993 recaido en los expedientes 27240/93 y 27263/93, por los que se impone al recurrente sanciones por infracción de tráfico.

Y en cumplimiento de lo previsto en los artículos 60 y 64 de la vigente Ley reguladora de esta Jurisdicción, se hace público para que sirva de emplazamiento a las personas que con arreglo a los artículos 29, párrafo 1) apartado b), y 30 de la indicada Ley, estén legitimadas como parte demandada y de las que tuvieren interés directo en el mantenimiento de la resolución recurrida y quisieren intervenir en el procedimiento como parte coadyuvante de la administración.

Dicho recurso ha sido registrado bajo número 204-2 de 1994.

Dado en Albacete a 3 de marzo de 1994.—José Pedro Rubio

Paterna. 6.584

José Pedro Rubio Paterna, Licenciado en Derecho, Secretario de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supe- rior de Justicia de Castilla-La Mancha, Sección Segunda.

Por el presente anuncio que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Albacete, hace saber: Que por el Procurador don Luis Martínez Quintana, en nombre y representación de

«Canji, S.A.», se ha interpuesto recurso contencioso-administra- tivo contra la resolución dictada por el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Albacete, con fecha 27 de enero de 1994, en el expediente expropiatorio 24/93 que se sigue por la Jefatura Provincial de Unidad de Carreteras del M.O.P.U. con respecto a las obras de la Circunvalación Oeste de Albacete.

Y en cumplimiento de lo previsto en los artículos 60 y 64 de la vigente Ley reguladora de esta Jurisdicción, se hace público para que sirva de emplazamiento a las personas que con arreglo a los artículos 29, párrafo 1) apartado b), y 30 de la indicada Ley, estén legitimadas como parte demandada y de las que tuvieren interés directo en el mantenimiento de la resolución recurrida y quisieren intervenir en el procedimiento como parte coadyuvante de la administración.

Dicho recurso ha sido registrado bajo el núm. 206 de 1994-2.

Dado en Albacete a 3 de marzo de 1994.—José Pedro Rubio

Paterna. 6.586

José Pedro Rubio Patema, Licenciado en Derecho, Secretario de Por el presente .uncio que se publicara eitel Boletín Oficial la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supe- de la provincia de Albacete, hace saber: Que por el Procurador rior de Justicia de Castilla-La Mancha, Sección Segunda. don Luis Martínez Quintana, en nombre y representación de

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B.O.P. número 34 Lunes 21 de Marzo, 1994 3 Ferretería Candel, S.A., se ha interpuesto recurso contencioso-

administrativo contra la resolución del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Albacete de fecha 27 de enero de 1994, dictada en el expediente expropiatorio 26/93 que se sigue por la Jefatura Provincial de Unidad de Carreteras del M.O.P.U. con respecto a las obras de la Circunvalación Oeste de Albacete.

Yen cumplimiento de lo previsto cotos artículos 60 y 64 de la vigente Ley reguladora de esta Jurisdicción, se hace público para que sirva de emplazamiento a las personas que con arreglo

a los artículos 29, párrafo 1) apartado b), y 30 de la indicada Ley, estén legitimadas como parte demandada y de las que tuvieren interés directo en el mantenimiento de la resolución recurrida y quisieren intervenir en el procedimiento como parte coadyuvante de la administración.

Dicho recurso ha sido registrado bajo el núm. 205 de 1994-2.

Dado en Albacete a 3 de marzo de 1994.—José Pedro Rubio

Paterna. 6.588

DIPUTACION DE ALBACETE ANUNCIOS

Habiéndose recibido definitivamente las obras de Mejora del C.V. Casas de Juan Quílez al Pantano, Segundo Segregado, ejecutadas por la empresa Corviam, S.A., e iniciadas, en conse- cuencia, actuaciones para devolución de la fianza constituida por dicha empresa en garantía del contrato de referencia; en cumpli- miento de lo establecido en el artículo 88 del vigente Reglamento

de Contratación Local, se exponen al público las correspondientes actuaciones, en la Secretaría Provincial, por plazo de quince días hábiles, a efectos de reclamaciones.

Albacete 2 de marzo de 1994.—El Presidente, Juan Francisco

Fernández Jiménez. 6.463

Aprobada la recepción definitiva de la obra de abastecimiento de aguas (Plan 1991) en El Ballestero, ejecutada por el contratista Francisco Rodríguez Muñoz, e iniciado en consecuencia, el expediente de devolución de fianza de la expresada obra, se ha acordado publicar el presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, a fin de que ante el Ilmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de El Ballestero, término municipal afectado por dicha obra, puedan presentar las Corporaciones o particulares aquellas recla- maciones que estimen pertinentes en contra del contratista, por deudas de jornales o materiales, en el plazo de quince días hábiles, que se contarán desde el siguiente al que se publique este anuncio.

Las reclamaciones han de presentarse a la vez ante las autori- dades judiciales o tribunales que tengan competencia para resolverlas.

Durante los quince días siguientes del plazo anterior, el Ilmo.

Sr. Alcalde del Ayuntamiento de El Ballestero, remitirá a esta Excma. Diputación Provincial certificación de las reclamaciones presentadas y si no lo hiciere se entenderá que no las hubo y se procederá a la devolución de la fianza.

Albacete a 3 de marzo de 1994.—El Presidente, Juan Francisco

Fernández Jiménez. 6.670

Aprobada la recepción definitiva de la obra de pavimentación (Plan 1979) en Casas Ibáñez, ejecutada por el contratista José Navalón Pérez, e iniciado en consecuencia, el expediente de devolución de fianza de la expresada obra, se ha acordado publicar el presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, a fin de que ante el Ilmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Casas Ibáñez, término municipal afectado por dicha obra, puedan pre- sentar las Corporaciones o particulares aquellas reclamaciones que estimen pertinentes en contra del contratista, por deudas de jornales o materiales, en el plazo de quince días hábiles, que se contarán desde el siguiente al que se publique este anuncio.

Las reclamaciones han de presentarse a la vez ante las autori- dades judiciales o tribunales que tengan competencia para resolverlas.

Durante los quince días siguientes del plazo anterior, el Ilmo.

Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Casas Ibáñez, remitirá a esta Excma. Diputación Provincial certificación de las reclamaciones presentadas y si no lo hiciere se entenderá que no las hubo y se procederá a la devolución de la fianza. .

Albacete a 3 de marzo de 1994.—El Presidente, Juan Francisco

Fernández Jiménez. 6.671

Aprobada la recepción definitiva de la obra de infraestructura urbana (Proy. alumbrado) (Plan 1988) en Golosalvo, ejecutada por el contratista Cooperativa Eléctrica Cuvial, e iniciado en consecuencia, el expediente de devolución de fianza de la expre- sada obra, se ha acordado publicar el presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, a fin de que ante el Ilmo. Sr.

Alcalde del Ayuntamiento de Golosalvo, término municipal afectado por dicha obra, puedan presentar las Corporaciones o particulares aquellas reclamaciones que estimen pertinentes en contra del contratista, por deudas de jornales o materiales, en el plazo de quince días hábiles, que se contaran desde el siguiente al

que se publique este anuncio.

Las reclamaciones han de presentarse a la vez ante las autori- dades judiciales o tribunales que tengan competencia para resolverlas.

Durante los quince días siguientes del plazo anterior, el Ilmo.

Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Golosalvo, remitirá a esta Exenta. Diputación Provincial certificación de las reclamaciones presentadas y si no lo hiciere se entenderá que no las hubo y se procederá a la devolución de la fianza.

Albacete a 3 de marzo de I 994.—E1Presidente, Juan Francisco

Fernández Jiménez. 6.672

Aprobada la recepción definitiva de la obra de abastecimiento Francisco Rodríguez Muñoz, e iniciado en consecuencia, el de aguas (Plan 1991) en Viveros, ejecutada por el contratista expediente de devolución de fianza de la expresada obra, se ha

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Lunes 21 de Marzo, 1994 11.0.P. número 34 acordado publicar el presente anuncio en el Boletín Oficial de la

Provincia, a fin de que ante el Ilmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Viveros, término municipal afectado por dicha obra, puedan presentar las Corporaciones o particulares aquellas reclamacio- nes que estimen pertinentes en contra del contratista, por deudas de jornales o materiales, en el plazo de quince días hábiles, que se contarán desde el siguiente al que se publique este anuncio.

Las reclamaciones han de presentarse a la vez ante las autori- dades judiciales o tribunales que tengan competencia para

resolverlas.

Durante los quince días siguientes del plazo anterior, el Ilmo.

Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Viveros, remitirán esta Excma.

Diputación Provincial certificación de las reclamaciones presen- tadas y si no lo hiciere se entenderá que no las hubo y se procederá a la devolución de la fianza.

Albacete a 3 de marzo de 1994.—El Presidente, Juan Francisco

Fernández Jiménez. 6.673

Aprobada la recepción definitiva de la obra de urbanización Avda. José Rodríguez (Plan 1990) en Almansa, ejecutada por el contratista Agr. Agl. Albac. y Ant. Serrano Aznar, e iniciado en consecuencia. el expediente de devolución de fianza de la expre- sada obni, se ha acordado publicar el presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, a fin de que ante el Ilmo. Sr.

Alcalde del Ayuntamiento de Almansa. término municipal afec- tado por dicha obra, puedan presentar las Corporaciones o particulares aquellas reclamaciones que estimen pertinentes en contra del contratista, por deudas de jornales o materiales, en el plazo de quince días hábiles, que secontarán desde el siguiente al

que se publique este anuncio.

Las reclamaciones hatt de presentarse a la vez ante las autori- dades judiciales o tribunales que tengan competencia para resolverlas.

Durante los quince días siguientes del plazo anterior, el Ilmo.

Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Almansa, remitirá a ésta Excma.

Diputación Provincial certificación de las reclamaciones presen- tadas y si no lo hiciere se entenderá que no las hubo y se procederá a la devolución de la fianza.

Albacete a4 de marzo de 1994.—El Presidente, Juan Francisco

Fernández Jiménez. 6.674

Organismo Autónomo Provincial de Gestión Tributaria de Albacete. Zona t. Albacete-Capital EDICTOS

Fernando Albaladejo Castellano. Jefe de la Zona expresada.

Hago saber: Que en las certificaciones de apremio cargadas a esta Zona Recaudatoria por la Tesorería de este Exento.

Ayuntamiento, de los sujetos pasivos que después se dirán, que no pagaron sus cuotas dentro del período voluntario que establece el artículo 20 del Reglamento General de Recaudación, figuran los que a continuación se expresan con los siguientes débitos a la Hacienda Municipal: Municipio: Albacete.

Año Contribuyente D.N.I. Concepto Importe

1990 Frío Industrial Ceno. SA. A7865162 Urbana 1.656.419

1991 Frío Industrial Ceno, S.A. A7865162 Urbana 1.739.240

En dichas certificaciones de apremio, el Sr. Tesorero Municipal de Albacete. dictó la siguiente:

Providencia.—En uso de la facultad que me confiere el apartado c) del número 3 del atículo 5`-' del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre. declaro incurso el importe de la deuda en el recargo del 20% y dispongo se proceda ejecutivamente contra el patrimonio del deudor, con arreglo a los preceptos del Reglamento General de Recaudación.»

Contra la transcrita providencia, y sólo en los casos a que se refieren los artículos 137 de la Ley General Tributaria y 99 del Reglamento General de Recaudación, procede recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo ante el Sr. Tesorero del Ayuntamiento de Albacete. en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 52.2 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa); bien entendido que el procedimiento de apremio.

aunque se interponga recurso, sólo se suspenderá en la forma y casos señalados en el artículo 101 del citado Reglamento.

Por el presente, se le advierte sobre la posibilidad de solicitar aplazamiento de pago, de acuerdo con los requisitos establecidos en el capítulo VII del libro I del Reglamento de Recaudación.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 108 del mismo Reglamento, se notifica a los deudores por el presente, advirtiéndoles que en caso de no efectuar el ingreso en los plazos que a continuación se indican, se procederá sin más al embargo de bienes o la ejecución de las garantías existentes, haciéndoles saber, igualmente, que les serán cobrados los intereses de demora que se devenguen legalmente.

Plazos de ingreso: Publicado el edicto entre los días 1 y 15 de cada mes, hasta el 20 de dicho mes, o inmediato hábil posterior.

Publicado el edicto entre los días 16 y último de cada mes, hasta el 5 del mes siguiente o inmediato hábil posterior.

De conformidad con Indispuesto en el artículo 103.6 del citado cuerpo legal, se invita a los deudores para que eitel plazo de ocho días, contados a partir del día siguiente al de esta publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, comparezcan por si o por medio de sus representantes legales , en el expediente ejecutivo que se les sigue para la realización de los descubiertos, bajo apercibimiento de que de co personarse se les tendrá por notificados de todas las sucesivas diligencias, hasta Yute finalice la sustanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que les asiste a comparecer.

Albacete 8 de marzo de 1994.—E1 Jefe de Zona. Fernando Albaladejo Castellano. 6.714 Zona n.. 7 de La Roda

Don Diego García Ruiz, Jefe de la Zona expresada:

Hago saber. Que en las certificaciones de descubierto colectivas de sujetos pasivos que no pagaron sus cuotas dentro del periodo

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B.O.E. numero 34 Lunes 21 de Marzo, 1994 5 voluntario de cobranza, figuran los que a continuación se expresan con los siguientes débitos a la Hacienda Municipal, Ayuntamiento de La Roda:

Contribuyente Conceptos Años Importe

Asesoría Técnica, C.B. I. actividades económicas 1992 99.219

Asesoría Técnica, C.B. Lcia. fiscal 1990 y 91 17.100

Miguel Ramírez Belmonte Tasas municip. 1992,93 33.735

Alfonso de la Rosa González Lcia. fiscal 1991 2.121

Alfonso de la Rosa González Tasas municip. 1992 y 93 7.868

Alfonso de la Rosa González Imp. circula. 1993 21.500

Carlos Rosa Muñoz Imp. circula. 1988 al 1993 112.203

Carlos Rosa Muñoz Tasas municip. 1992 y 93 7.868

José Rubio García I.B.I. urbana 1990 a 1993 212.779

José Rubio García Lcia. fiscal 1989 926

José Rubio García Tasas municip. 1991, 92 y 93 16.398

Antonio Saavedra Moreno Tasas municip. 1992 7.600

Manuel Tendero Rico Lcia. fiscal 1990 y 91 59.506

Antonio Toboso García Imp. circulac. 1990.91 y 92 52.500

En las correspondientes certificaciones de descubierto colectivas, el Sr. Jefe del Servicio Provincial de Recaudación de la Excma.

Diputación de Albacete para los años 1992 y anteriores, dictó la siguiente:

En la correspondiente relación de deudores para con la Hacienda Municipal para el año 1993 expedida por el Sr. Interventor del Organismo Autónomo Provincial de Gestión Tributaria el Sr. Tesorero del mismo, ha dictado la siguiente:

«Providencia.—En uso de la facultad que me confiere el artículo 5=', 3, c) del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, en concordancia con el artículo 106 del Reglamento General de Recaudación, y de conformidad con Indispuesto en el artículo 100 de dicho Reglamento, declaro incurso en el recargo del 20% el importe de las deudas incluidas en la anterior relación y dispongo se proceda ejecutivamente contra el patrimonio de los deudores, con arreglo a los preceptos de dicho Reglamento.»

Contra la transcrita providencia de apremio y sólo en los casos a que se refieren los artículos 137 de la Ley General Tributaria y 99 del Reglamento General de Recaudación, procede recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo ante el Organismo, en el plazo de un mes, contados partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia; bien entendido que el procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso, solamente se suspenderá en la forma y casos señalados en el artículo 101 del citado Reglamento.

Por el presente, se le advierte sobre la posibilidad de solicitud de aplazamiento de pago, conforme y con los requisitos establecidos en el capítulo VII del libro I del mencionado Reglamento.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 108 del mismo Reglamento, se notifica a los deudores por el presente, advirtiéndoles que en caso de no efectuar el ingreso en los plazos que a continuación se indican, se procederá sin más al embargo de bienes o la ejecución de las garantías existentes.

Plazos de ingreso: Publicado el edicto entre los días 1 y 15 de cada mes, hasta el 20 de dicho mes, o inmediato hábil posterior.

Publicado el edicto entre los días 16 y último de cada mes, hasta el 5 del mes siguiente o inmediato hábil posterior.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 103.6 del citado cuerpo legal, se invita a los deudores para que en el plazo de ocho días, contados a partir de esta publicación, comparezcan por sí o por medio de sus representantes, en el expediente ejecutivo que se les sigue para la realización de los descubiertos, bajo apercibimiento de que de no personarse se les tendrá por notificados de todas las sucesivas diligencias, hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que les asiste a comparecer.

La Roda a 3 de marzo de 1994.—E1 Jefe de Zona, Diego García Ruiz. 6.570 TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Dirección Provincial de Albacete ANUNCIOS

Se pone en conocimiento de las empresas del Régimen Esp. Agrario-Jomadas Reales, que se relacionan, que al intentar la notificación de los descubiertos que le fueron practicados, mediante requerimiento o notificación, por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social de Albacete, se constató que las citadas empresas se hallaban ausentes del último domicilio conocido, sin dejar señas de otro, por lo que de conformidad con lo dispuesto eitel artículo 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958, y para que sirva de notificación, se remite para su inserción eitel Boletín Oficial de la provincia de Albacete, así como al Excmo.

Ayuntamiento para que sean expuestos en el tablón de anuncios del mismo.

Haciéndoles saber que según establece el Real Decreto 716/1986, de 7 de marzo, se les concede un plazo de 15 días siguientes a la fecha de publicación, para acreditar el pago o impugnar el requerimiento o notificación referido, ante la Tesorería Territorial de la Seguridad Social de Albacete, previniéndoles que transcurrido dicho plazo, se expedirá conforme a lo dispuesto en el artículo 81.4 del citado Real Decreto, la oportuna certificación de descubierto, título ejecutivo suficiente para iniciar la vía de apremio.

Relación de descubiertos de empresas

Empresa Ultimo domicilio conocido Roto. Periodo Pesetas

Agropecuaria La Era Plaza Mayor 02327, Pozuelo 93/900755-87 I a 12/92 182.550 Joaquín Monteagudo Jaén C/ Rosario, 86.02003 Albacete 93/900761-93 8 a 12/92 95.077

Albacete, marzo de 1994. 5.818

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6 Lunes 21 de Marzo, 1994 B.O.P. número 34 Se pone en conocimiento de las empresas que a continuación se relacionan, que una vez declarados sus débitos incobrables por resolución del Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de fecha 27 de octubre de 1993, si no comparecen en el plazo de diez días ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Albacete (Avda. de España, número 27), se entenderá cumplido el trámite de comunicación del cese de la empresa en su actividad y la baja de sus trabajadores, en su caso, de conformidad con lo establecido en el artículo 170.2 de la Orden de 8 de abril de 1992(8.0.E. de 15-4-92), que desarrolla el Real Decreto 1517/1991, de 1 1 de octubre (B.O.E. 25-10-91), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Régimen Especial de Trabajadores Autónomos

C.C. cotiz.ac. Nombre o razón social Débito Período

Valero Girón, Manuel 691.077 03/90 a 08/92

Fernández González, Dolores 56.300 05/88 a 12/88

Lozano Navarro, Juan Antonio 478.837 01/89 a 12/90

Prieto Rosillo, Concepción 3.445 11/91 a 11/91

Carretero Lozano, Esperanza 60.120 03/89 a 05/92

Fustel Parra, Pedro 206.701 01/91 a 12/91

García Valverde, M. Guadalupe 137.800 07/91 a 12/91

Albacete 25 de febrero de 1994.—El Director Provincial, Bartolome López Torres.—PO.: El Subdirector Provincial de Inscripción,

Afiliación, Altas y Bajas, Julio R. Grafulla Cabau. 6.240

Se pone en conocimiento de las empresas que a continuación se relacionan, que una vez declarados sus débitos incobrables por resolución del Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de fecha 08 de noviembre de 1993, si no comparecen en el plazo de diez días ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Albacete (Avda. de España, número 27), se entenderá cumplido el trámite de comunicación del cese de la empresa en su actividad y la baja de sus trabajadores, en su caso, de conformidad con lo establecido en el artículo 170.2 de la Orden de 8 de abril de 1992 (B.O.E. de 15-4-92), que desarrolla el Real Decreto 1517/1991, de 11 de octubre (B.O.E. 25-10-91), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Régimen Especial de Trabajadores Autónomos

C.C. cotizac. Nombre o razón social Débito Período

02/720394 Aragonés López, Manuela 317.731 " 08/88 a 12/89

02/720946 Heras Gómez, José 73.675 11/88 a 03/89

02/719482 López García, Manuel 35.520 01/82 a 12/88

30/407528 López García, Manuel 543.978 01/82 a 02/86

02/722334 Martínez Gil, Ricardo 19.077 02/90 a 02/90

02/725333 Martínez Raba, Miguel A. 41.968 11/90 a 12/90

02/724692 Monje Fernández, José 192.823 06/90 a 02/91

50/748419 Monje Fernández, José 261.802 07/87 a 09/88

021723150 Montoya Hernández, Enrique 41.968 06/90 a 12/90

Albacete 25 de febrero de 1994.—El Director Provincial, Bartolome López Torres.—PO.: El Subdirector Provincial de Inscripción.

Afiliación. Altas y Bajas, Julio R. Grafulla Cabau. 6.241

Se pone en conocimiento de las empresas que a continuación se relacionan, que una vez declarados sus débitos incobrables por resolución del Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de fecha 08 de noviembre de 1993, si no comparecen en el plazo de diez días ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Albacete (Avda. de España, número 27), se entenderá cumplido el trámite de comunicación del cese de la empresa en su actividad y la baja de sus trabajadores, en su caso, de conformidad con lo establecido en el artículo 170.2 de la Orden de 8 de abril de 1992(8.0.E. de 15-4-92), que desarrolla el Real Decreto 1517/1991, de 11 de octubre (B.O.E. 25-10-91), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Régimen Especial de Trabajadores Autónomos

C.C. cotizac. Nombre o razón social . Débito Período

02/705035 02/714464 02/715953 02/721326 02/721631 021724603 02/726681

02/725054 Moreno Cuesta, Juan Carlos

02/710469 Ruiz Bueno, Juan M.

02/722065 Ruiz Martínez, Joaquín

02/716132 Ruiz Tébar, Ignacio

02/724661 Tárraga Burgos, María Llanos

02/722080 Tébar Telar, José Joaquín

02/720582 Villanueva Córdoba, Agustín

02/715745 Villena Ruiz, Marcelino

Albacete 25 de febrero de 1994.—El Director Provincial, Bartolome López Torres.— PO.

Afiliación, Altas y Bajas, Julio R. Grafulla Cabau.

152.837 08/90 a 03/91

286.833 03/89 a 12/91

62.953 10/90 a 12/90

108.187 01/87 a 12/87

338.554 05/90 a 12/91

22.966 12/91 a 12/91

463.898 01/89 a 12/90

249.906 01/90 a 12/90

: El Subdirector Provincial de Inscripción, 6.242

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B.O.P. numero 34 Lunes 21 de Marzo, 1994 7 Se pone en conocimiento de las empresas que a continuación se relacionan, que una vez declarados sus débitos incobrables por resolución del Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de fecha 25 de octubre de 1993, si no comparecen en el plazo de diez días ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Albacete (Avda. de España, número 27), se entenderá cumplido el trámite de comunicación del cese de la empresa en su actividad y la baja de sus trabajadores, en su caso, de conformidad con lo establecido en el artículo 170.2 de la Orden de 8 de abril de 1992 (B.O.E. de 15-4-92), que desarrolla el Real Decreto 1517/1991, de 11 de octubre (B.O.E. 25-10-91), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Régimen Especial de Trabajadores Autónomos

C.C. cotizar. Nombre o razón social Débito Periodo

02/517698 Gómez Gabaldón, Jaime B. 174.253 03/90 a 12/90

112/724264 Rosa López, Basilio 22.966 01/91 a 01/91

Albacete 24 de febrero de 1994.—El Director Provincial, Bartolome López Torres.—PO.: El Subdirector Provincial de Inscripción,

Afiliación, Altas y Bajas, Julio R. Grafulla Cabau. 6.243

Se pone en conocimiento de las empresas que a continuación se relacionan, que una vez declarados sus débitos incobrables por resolución del Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de fecha 27 de octubre de 1993, si no comparecen en el plazo de diez días ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Albacete (Avda. de España, número 27), se entenderá cumplido el trámite de comunicación del cese de la empresa en su actividad y la baja de sus trabajadores,

en su caso, de conformidad con lo establecido en el artículo 170.2 de la Orden de 8 de abril de 1992(8.0.E. de 15-4-92), que desarrolla el Real Decreto 1517/1991, de 11 de octubre (B.O.E. 25-10-91), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Régimen Especial Agrario

C.C. cotizar. Nombre o razón social Débito Periodo

02/124800 Membrilla García, Juan Pedro 70.810 02/90 a 12/90

02/165762 López Nava, Eugenio 76.231 01/90 a 11/90

02/313381 Cano Martínez, Francisco 68.323 01/89 a 11/89

02/320801 Lezcano Calero, Manuela 7.792 02/90 a 03/90

02/328249 Vitoria Cano, Enrique 6.211 11/89 a 11/89

02/333304 Garrido Sevilla, Pilar 28.008 06/90 a 09/90

02/333676 Robles Sánchez, María Fea. 21.636 07/90 a 12/90

12/306227 Campos Rodríguez, José 135.609 08/87 a 08/89

13/444610 Castillo Cuchillo, Rafael 14.004 03/90 a 04/90

17/523574 García Soriano, José Luis 97.441 01/87 a 01/90

43/193850 Marín Cano, Román 62.112 03/89 a 12/89

Albacete 25 de febrero de 1994.—El Director Provincial, Bartolome López Torres.—PO.: El Subdirector Provincial de Inscripción,

Afiliación, Altas y Bajas, Julio R. Grafulla Cabau. 6.244

Se pone en conocimiento de las empresas que a continuación se relacionan, que una vez declarados sus débitos incobrables por resolución del Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de fecha 25 de octubre de 1993, si no comparecen en el plazo de diez días ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Albacete (Avda. de España, número 27), se entenderá cumplido el trámite de comunicación del cese de la empresa en su actividad y la baja de sus trabajadores, en su caso, de conformidad con lo establecido en el artículo 170.2 de la Orden de 8 de abril de 1992 (B.O.E. de 15-4-92), que desarrolla el Real Decreto 1517/1991, de 11 de octubre (B.O.E. 25-10-91), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Régimen Especial Agrario

C.C. cotizac. Nombre o razón social Débito Periodo

02/259544 Sánchez Jiménez, Pedro 34.219 02/90 a 08/90

Albacete 25 de febrero de 1994.—El Director Provincial, Bartolome López Torres.— PO.: El Subdirector Provincial de Inscripción,

Afiliación, Altas y Bajas, Julio R. Grafulla Cabau. 6.245

Se pone en conocimiento de las empresas que a continuación se relacionan, que una vez declarados sus débitos incobrables por resolución del Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de fecha 27 de octubre de 1993, si no comparecen en el plazo de diez días ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Albacete (Avda. de España, número 27), se entenderá cumplido el trámite de comunicación del cese de la empresa en su actividad y la baja de sus trabajadores, en su caso, de conformidad con lo establecido en el articulo 170.2 de la Orden de 8 de abril de 1992 (ROE. de 15-4-92), que desarrolla el Real Decreto 1517/1991. de 11 de octubre (B .0.E. 25-10-91). por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

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Lunes 21 de Marzo. 1994 B.O.P. numero 34 Régimen Especial Agrario-Cuenta Propia

C.C. cotizar. Nombre o razón social Débito Período

02/164551 Cano Sánchez, José 277.163 01/89 a 12/90

02/278512 García Sánchez, Juan Manuel 59.968 01/90 a 05/90

Albacete 25 de febrero de 1994.—El Director Provincial, Bartolome López Torres.—PO.: El Subdirector Provincial de Inscripción,

Afiliación. Altas y Bajas, Julio R. Grafulla Cabau. 6.246

Se pone en conocimiento de las empresas que a continuación se relacionan, que una vez declarados sus débitos incobrables por resolución del Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de fecha 27 de octubre de 1993, si no comparecen en el plazo de diez días ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Albacete (Avda. de España, número 27), se entenderá cumplido el trámite de comunicación del cese de la empresa en su actividad y la baja de sus trabajadores, en su caso, de conformidad con lo establecido en el artículo 170.2 de la Orden de 8 de abril de 1992 (B.O.E. de 15-4-92), que desarrolla el Real Decreto 1517/1991, de 11 de octubre (B.O.E. 25-10-91), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Régimen Especial de Empleados del Hogar

C.C. cotizar. Nombre o razón social Débito Período

02/501346 Ortega Rodríguez, Cristóbal 114.819 01/91 a 07/91

Albacete 25 de febrero de 1994.—El Director Provincial, Bartolome López Torres.—PO.: El Subdirector Provincial de Inscripción,

Afiliación. Altas y Bajas. Julio R. Grafulla Cabau. 6.247

Se pone en conocimiento de las rempresas que a continuación se relacionan, que una vez declarados sus débitos incobrables por resolución del Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de fecha 25/2/94, si no comparecen en el plazo de diez días ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Albacete (Avda. de España, número 27), se entenderá cumplido el trámite de comunicación del cese de la empresa en su actividad y la baja de sus trabajadores, en su caso, de conformidad con lo establecido en el artículo 170.2 de la Orden de 8 de abril de 1992 (B.O.E. de 15-4-92), que desarrollad Real Decreto 1517/1991, de 11 de octubre (B.O.E. 25-10-91), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Régimen General

C.C. cotizar. Nombre o razón social Débito Período

02/0008082/85 José Panadero Herrero 20.571.205 07/81 a 12/90

02/0023572/55 Pedro y Benito López Aragón 554.310 10/81 a 02/83

02/0029552/21 Julián Moreno García 541.270 01/83 a 10/88

02/0030952/63 Virginio Jávega Céspedes 3.966.390 11/80 a 02/89

02/0034611/36 Pedro López Aragón 839.267 03/83 a 06/88

02/0034986/23 José Navarro Navarro 5.934.751 05/85 a 12/92

Albacete 1 de marzo de 1994.—El Director Provincial, Bartolome López Torrres. 6.577 Unidad de Recaudación Ejecutiva n.' 3 de Albacete

EDICTO

Se hace saber: Que por haber sido devuelta la notificación de embargo de inmuebles por domicilio desconocido contra el deudor El Robledal Agrícola, de Viveros, por medio del presente edicto se notifica lo siguiente:

En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social contra El Robledal Agrícola, de Viveros, del Régimen Agrario, se ha procedido con fecha 21 de diciembre de 1993 al embargo de bienes inmuebles de su propiedad. Lo que se le notifica en calidad de deudor para su debido conocimiento y efectos, significándole que podrá nombrar perito tasador en el plazo de veinticuatro horas, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta notificación.

Relación de bienes embargados

Rústica.—Tierra de secano cereal al sitio Casa Nueva del Robledal, con una extensión de 40 Ha., 31 a., y 93 ca., de las que I Ha., 75 a., y 50 ca., situadas al Sur se destinan a huerto.

Inscripción: folio 64, libro 98 de Alcaraz, finca n. Q 7.529, Contra el acto notificado cabe interponer recurso ante la Dirección Provincial de la Seguridad Social en el plazo de ocho días hábiles, a contar del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, conforme a lo dispuesto en el artículo 187 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 761/1986, de 7 de marzo (B.O.P. de 16-4-86).

Albacete 3 de marzo de 1994.—El Recaudador Ejecutivo,

ilegible. 6.459

Unidad de Recaudación Ejecutiva n.5 2 de Almansa ANUNCIO DE SUBASTA DE BIENES INMUEBLES

El Recaudador Ejecutivo de la Unidad de Recaudación Ejecutiva Hace saber: Que en expediente administrativo de apremio que 02/020 de esta ciudad, se instruye en esta Unidad contra don Francisco Pinar Davia, por

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

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11.0.P. número 34 Lunes 21 de Marzo, 1994 9

débitos a la Seguridad Social que importan 589.050 pesetas, incluido recargo de apremio y costas presupuestadas, se ha dictado con fecha 10/03/94, la siguiente:

Providencia.—Autorizada por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social con fecha 08/03/94, la subasta de bienes inmuebles propiedad de don Francisco Pinar Davia, embargados por diligencia de fecha 08/07/93 en procedi- miento administrativo de apremio seguido contra dicho deudor, procédase a la celebración de la citada subasta el día 06/06/94 a las 10,00 horas, en Cámara Agraria de Hellín, calle Del Carmen, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 137, 138, 139 y 140 del Reglamento General de Recau- dación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Notifíquese esta providencia al deudor y en su caso al depo- sitario a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y al cónyuge del deudor—Almansa a 10 de marzo de 1994.—El Recaudador Ejecutivo, Francisco Jiménez Muñoz.

En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente:

1.—Que los bienes a enajenar son los siguientes:

Lote 1:

Finca inscrita a nombre de don Francisco Pinar Davia para la sociedad de gananciales con su esposa doña Gloria Cuartero Marín.

Vivienda número cuatro A-1, situen calle Parque de Albacete, del poblado de Cariada de Agra, en término de Hellín, de 130 metros cuadrados construidos, sobre un solar de 525 metros cuadrados.

Inscrita al tomo 995, libro folio 195, inscrip. primera, finca 32.064.

Tipo para la subasta en primera licitación, 6.500.000 pesetas.

Tipo para la subasta en segunda licitación, 4.875.000 pesetas.

2.—Que todo licitador habrá de constituir ante la mesa de subasta fianza, al menos, del 25% del tipo de aquélla, depósito éste que se ingresará en firme en la Tesorería si los adjudicatarios no hacen efectivo el precio del remate, sin perjuicio de la respon- sabilidad en que incurrirán por los mayores perjuicios que sobre el importe de la fianza origine la inefectividad de la adjudicación.

Constituido el depósito, se considerara que el depositante ofrece la postura mínima que corresponda al tipo de la subasta.

3.—Que desde el anuncio de la subasta hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado ante la mesa de la subasta consignando el depósito de garantía referido en el

punto anterior, que serán abiertos al iniciarse la licitación, surtien- do los mismos efectos que las posturas que se realicen en dicho acto.

4.—Que la subasta se suspenderá antes de la adjudicación, si se realizara el pago de los descubiertos perseguidos.

5.—Que el rematante deberá entregar en el acto de la adjudica- ción definitiva de los bienes o al siguiente día hábil, la diferencia entre el precio de adjudicación y el importe del depósito consti- tuido.

6.—Que los licitadores se conformaran cantos títulos existen- tes en el expediente, sin derecho a exigir otros, encontrándose de manifiesto en esta U.R.E. hasta una hora antes de la celebración de la subasta.

7.—Que los licitadores, al tiempo del remate, podrán manifes- tar que lo hacen en calidad de ceder a tercero, cuyo nombre precisarán en el acto o, en todo caso, antes de efectuar el pago del precio de adjudicación.

8.—Que la Dirección Provincial de la Tesorería General se reserva el derecho de pedir la adjudicación de loS inmuebles que no hubiesen sido objeto de remate, conforme determinad artículo 147 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

9.—Que la Dirección Provincial de la Tesorería General podrá ejercitar durante el plazo de treinta días, el derecho de tanteo a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social, anuncián- dolo públicamente inmediatamente después de la adjudicación de los bienes al mejor postor.

10.—Que las cargas anteriores que hubiere, quedarán subsis- tentes y note destinara a su extinción el precio de adjudicación, quedando subrogado el adquirente en las mismas.

Advertencias: A los deudores desconocidos y en rebeldía, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, forasteros y descono- cidos y en su caso al cónyuge del deudor de tenerlos por notificados con plena virtualidad legal a todos los efectos por medio del presente anuncio.

Recursos: Reclamación en el plazo de ocho días siguientes a la publicación en el B.O.P. de este anuncio, ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Albacete según se establece en el artículo 187 del Reglamento General de Recaudación mencionado, siendo suspendido el pro- cedimiento únicamente en los términos contemplados en su artículo 190.

Almansa a 10 de marzo de 1994.—E1 Recaudador Ejecutivo,

Francisco Jiménez Muñoz. 7.148

AYUNTAMIENTOS ALBACETE

ANUNCIOS

Habiéndose aprobado inicialmente la modificación de la Ordenanza reguladora del uso y aprovechamiento de las vías públicas municipales, en sesión celebrada por el Excmo. Ayun- tamiento Pleno en fecha 24 de febrero de 1994, por el presente y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/

85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete a información pública el expediente instruido al efecto pot

un plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto, pudiendo examinarse dicho expediente en el Negociado de Actas de este Ayuntamiento, sito en la planta tercera de la Casa Consistorial.

Albacete 2 de marzo de 1994.—La Alcaldesa.—P.D., el Tenien-

te de Alcalde, ilegible. 6.665

Habiéndose aprobado inicialmente la Ordenanza reguladora de febrero de 1994, por el presente y en cumplimiento de lo de la graduación de las sanciones por infracciones de trafico, en establecido en el artículo 49 de la Ley 7/85, de 2 de abril, sesión celebrada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en fecha 24

reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete a informa-

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

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0 Lunes 21 de Marzo, 1994 11.0.P. número 34 ción pública el expediente instruido al efecto por un plazo de en la planta tercera de la Casa Consistorial.

treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la Albacete 3 de marzo de 1994.—La Alcaldesa.—P.D., elTenien- publicación del presente edicto, pudiendo examinarse dicho te de Alcalde, ilegible. 6.663 expediente en el Negociado de Actas de este Ayuntamiento, sito

Se hace público para general conocimiento y demás efectos que se ha modificado para 1994 y lo sucesivo la siguiente:

Ordenación del precio público por ocupación de terrenos de dominio público con mesas y sillas con finalidad lucrativa

Artículo 1.—Concepto.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 41 y 48 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento modifica el precio público existente, el cual se regirá por la presente Ordenación, cuyas normas atienden a lo prevenido en el artículo 117 de la citada Ley 39/

1988.

Las concesiones a que se refiere esta Ordenanza se regirá por lo prevenido en la Ordenanza reguladora del uso y aprovecha- miento de las vías públicas municipales.

Artículo 2.—Obligados al pago.

Están obligados al pago del precio público regulado en esta Ordenación las personas o entidades a cuyo favor se otorguen las licencias, o quienes se beneficien del aprovechamiento, si se procedió sin la oportuna autorización.

Artículo 3.—Cuantía.

1.La cuantía del precio público reculado en esta Ordenación será la fijada en las tarifas contenidas en el apartado siguiente, atendiendo a la superficie ocupada por los aprovechamientos expresados en metros cuadrados.

Si, como.consecuencia de la colocación de toldos, marquesi- nas, separadores, barbacoas y otros elementos auxiliares, se delimita una superficie mayor a la ocupada por mesas y sillas se tomará aquélla como base de cálculo, realizando la proyección de los toldos o marquesinas sobre el suelo.

2. Las tarifas del precio público serán las siguientes:

Categoría de las calles donde se instalen mesas y sillas.

Cuota por m2. o fracción y año:

Especial. 5.000 pesetas.

Primera, 3.500 pesetas Segunda, 1.500 pesetas.

Tercera, 500 pesetas.

Cuarta, 250 pesetas.

Se podrá renunciar a toda o parte de la concesión dentro de los diez días siguientes a la notificación de la misma, siempre que no se haya ocupado la vía pública en la parte que se renuncia.

En las categorías especial, primera y segunda se les bonificará la superficie en el 30, 25 y 17 por 100 en consideración a los espacios libres que deben dejar para paso de peatones y otras servidumbres.

Artículo 4.—Normas de gestión.

1.Las cantidades exigibles con arreglo atas tarifas se liquida- rán por cada aprovechamiento solicitado o realizado y serán irreducibles por el período anual o de temporada autorizado.

2. Las personas o entidades interesadas en la concesión de aprovechamientos regulados en esta Ordenación deberán solici- tar previamente la correspondiente licencia y formular declaración en laque conste la superficie del aprovechamiento y los elementos que se van a instalar, así como un plano detallado de la superficie que se pretende ocupar y de su situación dentro del municipio.

3.El Ayuntamiento concederá la superficie que estime conve- niente al interés público cuando sea menor a la solicitada, indicándole el emplazamiento.

4. No se autorizarán aprovechamientos a quienes tengan pendiente de pago débitos atrasados por este concepto.

Artículo 5.—Plazos de cobro.

Se exigirá el previo pago del precio público para poder ocupar el dominio público pudiendo practicarse autoliquidación.

Disposición final

Las presentes normas entrarán en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y serán de apli- cación a partir de tal fecha, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

Albacete 18 de febrero de 1994.—La Alcaldesa, Carmen Belmonte Useros.

Diligencia.—Para hacer constar que las presentes normas han sido aprobadas por el Ayuntamiento Pleno el día 24 de febrero de 1994.—E1 Secretario general, ilegible. 6.801 EL

BONILLO

EDICTO

El pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria de fecha 9 del presente mes, tomó, entre otros, el acuerdo de aprobación provisional modificación de la ordenanza reguladora del impues- to de actividades económicas en el sentido de no establecer el índice de situación.

Lo que se expone al público durante el plazo de treinta días a

los efectos de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar reclamaciones, en su caso, contra dicho acuerdo, todo ello en cumplimiento de lo establecido en Li artículo 17 de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales.

El Bonillo a 10 de marzo de 1994.—El Alcalde, Juan Gil

Gutiérrez. 7.055

CASAS DE JUAN NUÑEZ EDICTO

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el pasado día 28 de febrero, adoptó el acuerdo provisio- nal de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Lo que se expone al público por plazo de treinta días a efectos

de examen y reclamaciones, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales.

Casas de Juan Núñez 1 de marzo de 1994.—El Alcalde,

ilegible. 6.447

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B.O.P. número 34 Lunes 21 de Marzo, 1994 11 CENIZATE

EDICTO

Terminada la rectificación anual del padrón municipal de habitantes referida a 1 de enero de 1994, se expone al público por un período de quince días para que los intereados puedan formular

las reclamaciones que estimen oportunas.

Cenizate 8 de marzo de 1994.—El Alcalde, ilegible. 6.806

MINAYA

EDICTO

Transcurrido el plazo de exposición al público a efecto de reclamaciones y sugerencias del acuerdo de aprobación provisio- nal de la modificación de tarifas de la Ordenanza fiscal de saneamiento que han de regir a partir del 1 de enero de 1994, sin que durante dicho plazo se presentara reclamación alguna, y aprobado definitivamente dicho acuerdo en sesión del pleno celebrada el 5 de noviembre de 1993, conforme a lo dispuesto en el artículo 17.3 de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, se inserta a continuación el texto íntegro de la correspondiente modificación de tarifas:

Uso doméstico.

Cuota fija de servicio, 45,50 pesetas/abonado/mes.

Cuota de consumo.

Hasta 5 m3./abonado/mes, 11,20 pesetas.

De 5 a 10 m3./abonado/mes, 15,50 pesetas.

Más de 10 m3./abonado/mes, 25,00 pesetas.

Uso industrial.

Cuota fija de servicio, 252 pesetas.

Cuota de consumo (igual a consumo doméstico).

Contra dicha modificación, así como contra el acuerdo defi- nitivo de imposición, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo por los interesados legítimos en la forma y plazos que se establecen en la Ley Reguladora de dicha jurisdicción.

Minaya 3 de marzo de 1994.—E1 Alcalde, Justiniano Muñoz

Sánchez. 6.550

HIGUERUELA

EDICTOS

El Pleno de esta Corporación, en sesión celebrada el pasado día 25 de febrero de 1994, adoptó acuerdo provisional de modi- ficación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Lo que se expone al público durante el plazo de treinta días para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que consideren oportunas en cum-

plimiento de lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, conside- rándose definitivamente adoptado el acuerdo provisional si durante dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones.

Higueruela 2 de marzo de 1994.—El Alcalde. Martín González

Martínez. 6.547

De conformidad con lo dispuesto por acuerdo del Ayunta- miento Pleno del día 25 de febrero de 1994, se anuncia concurso público para la enajenación de dos solares propiedad del Ayunta- miento sitos en las calles Ctra. Bonete y en proyecto, con destino a la construcción de viviendas de protección oficial.

Durante los ocho primeros días de la licitación se admitirán reclamaciones contra el pliego de condiciones. Sin perjuicio de la resolución de las mismas, se anuncia la licitación del concurso bajo las siguientes condiciones:

1.—Los solares que salen a concurso y los precios de venta son:

—Solar número 1: 300 m2., 600.000 pesetas.

—Solar número 2: 187 m2., 374.000 pesetas.

Estos precios podrán ser mejorados al alza por los licitadores.

2.—E1 pliego de condiciones se encuentra de manifiesto cola Secretaría General de este Ayuntamiento hasta el día anterior al de la licitación en unión de los demás documentos que obran en el expediente.

3.—Las garantías provisionales y definitivas exigidas son las que figuran cola cláusula séptima del referido pliego de condicio- nes.

4.—Las proposiciones para tomar parte en el concurso se presentarán cola Secretaría General de este Ayuntamiento dentro de los veinte días hábiles siguientes al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, y se ajus- tarán al modelo establecido en la cláusula octava del pliego de condiciones, debiendo acompañar la documentación exigida en la misma.

5.—La apertura de plicas tendrá lugar en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, sita en la calle Juan Carlos I, número 1.

a las 13,00 horas del quinto día hábil posterior al de finalización de presentación de proposiciones.

Higueruela 2 de marzo de 1994.—E1 Alcalde, Martín González

Martínez. 6.548

MAHORA ANUNCIO

Aprobada provisionalmente por este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 14 de marzo de 1994 la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre actividades eco- nómicas, habiéndose suprimido el índice de situación, se expone al público esta modificación de acuerdo con lo dispuesto en el

artículo 17 de la Ley 39/88. de 28 de diciembre, durante el período de 30 días, para que aquellas personas legitimadas puedan exami- nar el expediente y presentar las reclamaciones que estimaren oportunas.

En Mahora a 15 de marzo 1994.—El Alcalde, ilegible. 7.416

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(12)

12 Lunes 21 de Marzo, 1994 B.O.P. numero 34 Aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación, en

sesión celebrada el día 14 de marzo de 1994, el presupuesto general para el ejercicio 1994, se expone al público durante el plazo de 15 días hábiles el expediente completo a efectos de que los interesados que se señalan en el artículo 151 de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, puedan examinarlo y presentar las reclama-

ciones ante el Pleno de la Corporación por los motivos que se indican en el apartado 2 del citado artículo.

En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no se presentaran reclamaciones:el presupuesto se entenderá definiti- vamente aprobado.

Mahora a 15 de marzo de 1994.—E1 Alcalde, ilegible. 7.416 POZUELO

ANUNCIO

Aprobada inicialmente por este Ayuntamiento la propuesta de modificación del Proyecto de Delimitación del Suelo Urbano, se abre un período de información pública de un mes, contado a partir del día siguiente a la inserción del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete a fin de que todas aquellas personas interesadas en el expediente puedan examinar la documentación correspondiente que estará a su disposición en la Secretaría de este Ayuntamiento en horario de oficina y

presentar las alegaciones que estimen oportunas.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 114 del R.D.L. 1/92, de 26 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.

Pozuelo 1 de marzo de I 994.—E1 Alcalde, Juan Francisco

Moreno Tébar. 6.551

VALDEGANGA ANUNCIO

Confeccionados los padrones fiscales correspondientes al impuesto de circulación de vehículos de 1994, agua, basura y alcantarillado del 2Y semestre de 1993 y alcantarillado del primer semestre de 1993, se exponen al público en este Ayuntamiento durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día

siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia a efectos de que los interesados puedan examinarlos y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Valdeganga 4 de marzo de 19942—El Alcalde, Ernesto López

Navarro. 6.555

VILLALGORDO DEL JUCAR EDICTO

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de febrero de 1994. por unanimidad. aprobó inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre actividades económicas, en cumplimiento de lo determina- do en el artículo 8 de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, de medidas fiscales de reforma del régimen jurídico y protección de desempleo.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley

39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Loca- les, se expone al público ya los interesados a los que se refiere el artículo 28 de dicha Ley, para que durante el plazo de treinta días puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Villalgordo del Júcar, a 2 de marzo de 1994.—E1 Alcalde, Feo.

Javier Urrea Ballesteros. 6.452

VILLAPALACIOS EDICTOS

Aprobado provisionalmente por este Ayuntamiento, en se- sión celebrada el día 4 de marzo de 1994 la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre actividades eco- nómicas, referida al establecimiento de categorías de calles en relación con su índice de situación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, se expone al

público y a los interesados a que se refiere el artículo 18 de la mencionada Ley, para que, durante el plazo de treinta días, pueda ser examinada y presentar las reclamaciones o sugerencias que consideren oportuno formular.

Villapalacios 9 de marzo de 1994.—E1 Alcalde, ilegible.

7.142

Aprobada la rectificación anual del padrón municipal de las reclamaciones que consideren oportunas.

habitantes, referida a 1-1-1994, se expone al público por espacio V illapalacios 9 de marzo de 1994.—E1 Alcalde, ilegible.

de quince días, a fin de que los interesados puedan interponer 7.142

VILLAVALIENTE ANUNCIO

Aprobado inicialmente por este Ayuntamiento en sesión para el ejercicio de 1994 y no habiéndose presentado reclamacio- celebrada el día 22 de diciembre de 1993 el presupuesto general nes, se considera definitivamente aprobado, por lo que de

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Referencias

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" L o que se inserta en el boletin oficial de esta provincia para conocimient o de las autoridades y habit antes de la misma.. Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro