UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ FACULTAD DE CONTABILIDAD
TESIS
PRESENTADA POR:
Bach. LAZO GUZMÁN KAREN MILAGROS
PARA OPTAR EL TÍTULO PROFESIONAL DE:
CONTADOR PÚBLICO
HUANCAYO – PERÙ 2012
“LOS LIBROS CONTABLES/TRIBUTARIOS Y EL PLAN CONTABLE GENERAL EMPRESARIAL, APLICADOS DENTRO DE UN ENTORNO COMPUTARIZADO EN LA EMPRESA DISTRIBUCIONES MÚLTIPLES
DEL ACERO SAC "
DEDICATORIA
Mi tesis la dedico con todo mi amor y cariño:
A mis padres Ernesto y Norma; por su gran ejemplo de determinación, entrega, esfuerzo y superación.
A mi hermano Jonathan por darme todo su apoyo y estar siempre conmigo.
AGRADECIMIENTO
A Dios por demostrarme tantas veces su existencia y por ello darme fuerzas para salir delante de cada tropiezo.
A mis docentes por su gran apoyo y motivación para la culminación de mis estudios profesionales y para la elaboración de esta tesis.
A mi padre Ernesto por ser ejemplo de perseverancia, por su constante apoyo e insistencia para que se concluya el trabajo iniciado.
A mi madre Norma por apoyarme en cada momento difícil, por sus consejos, sus valores y por ser la motivación constante para ser una persona de bien.
A todas las personas que colaboraron de forma desinteresada en la culminación de mi tesis A la Universidad Nacional del Centro del Perú y en especial a la Facultad de Contabilidad por permitirme ser parte de una generación de gente productiva para el país.
INDICE
DEDICATORIA AGRADECIMIENTO INDICE
RESÚMEN INTRODUCCIÓN
CAPÍTULO I
MARCO METODOLÓGICO DE LA INVESTIGACIÓN
Pag.
1.1 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA 10
1.2 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA 11
1.2.1. Problema principal 11
1.2.1. Problema específico 11
1.3 OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN 12
1.3.1. Objetivo general 12
1.3.2. Objetivo específico 12
1.4 JUSTIFICACIÓN 12
1.5 FORMULACIÓN DE HIPOTESIS 12
1.4.1. Hipótesis general 12
1.4.2. Hipótesis específica 13
1.6 OPERACIONALIZACIÓN DE VARIABLES 13
1.6.1. Variable independiente 13
1.6.2. Variable dependiente 13
1.6.3. Variable interviniente 13
1.7 METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN 13
1.7.1. Tipo de investigación 13
1.7.2. Métodos de investigación 13
1.7 3. Población y muestra 14
1.7.4. Técnicas de investigación 14
CAPÍTULO II
MARCO TEÓRICO DE LA INVESTIGACIÓN
2.1. LA EMPRESA 16
2.2.1. Concepto 16
2.2.2. Clasificación 17
2.2.3. Constitución 17
2.2.4. Normatividad 18
2.2.5 Estructura 20
2.2. LIBROS CONTABLES/TRIBUTARIOS Y EL PLAN CONTABLE EMPRESARIAL.20
2.2.1. Antecedentes 20
2.2.2. Resolución Nº 234-2006/SUNAT y Modificatorias. 21 2.2.2.1. Procedimiento de autorización de los libros y registros. 21 2.2.2.2. Forma en que deberán ser llevados los libros y registros
vinculados a asuntos tributarios. 21
2.2.2.3 Plazos máximos de atraso de los libros y registros vinculados
a asuntos tributarios. 24
2.2.2.4. Contabilidad completa 25
2.2.2.5. Información mínima a ser incluida en los libros y registros
vinculados a asuntos tributarios. 25
2.2.3 ANEXOS 34
2.2.4. El plan contable empresarial 38.
2.2.4.1. Generalidades 38
2.2.4.2. Clasificación y catálogo de cuentas 38
2.2.4.3.-Descripción y dinámica contable 41
2.2.4.4. Bases de Conclusiones 50
CAPITULO III
SISTEMA CONTABLE DE LA EMPRESA DISTRIBUCIONES MÚLTIPLES DEL ACERO S.A.C.
3.1. NATURALEZA DE LOS SISTEMAS CONTABLES EN LAS EMPRESAS 55
3.2. CONCEPTO DE SISTEMA CONTABLE 56
3.3. OBJETIVO DE UN SISTEMA CONTABLE 56
3.4. CLASES DE SISTEMAS CONTABLES 56
3.5. CARACTERISTICAS DE LOS SISTEMAS CONTABLES 57
3.6. ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA CONTABLE DE LA EMPRESA 57
3.7. NECESIDADES DE INFORMACION CONTABLE FINANCIERA Y TRIBUTARIA 57 CAPITULO IV
CASUISTICA DE APLICACIÓN PARA GENERAR LOS LIBROS Y REGISTROS TRIBUTARIOS APLICANDO EL PLAN CONTABLE GENERAL EMPRESARIAL
4.1 ANTECEDENTES 59
4.2 OPERACIONES 59
4.3 LIBROS AUXILIARES 71
4.3.1. Registro de Ventas 71
4.3.2. Registro de compras 97
4.3.3. Planilla de remuneraciones 101
4.3.4. Caja y Bancos 102
4.4 LIBROS PRINCIPALES 105
4.2.2. Diario 105
4.2.3. Mayor 148
4.3 ESTADOS FINANCIEROS 200
4.3.1. Balance General
4.3.2. Estado de Cambios en el Patrimonio Neto 4.3.3. Estado de Ganancias y Pérdidas.
CONCLUSIONES RECOMENDACIONES BIBLIOGRAFIA
ANEXOS
La presente tesis titulada “Los Libros Contables/Tributarios y el plan contable general empresarial aplicados dentro de un entorno computarizado en la empresa Distribuciones Múltiples del Acero SAC, se inició con la identificación de una gran debilidad en la empresa y sus directivos, ya que no se considera la gran importancia de la implementación y utilización de un sistema de contabilidad, esta situación es consecuencia del descuido de los directivos y la deficiente utilización de los recursos que ofrece el vertiginoso avance tecnológico, que ahora están al alcance de todas las organizaciones empresariales desde las mas complejas a las mas simples; conllevando por tal razón a formular la siguiente interrogante ¿Cuáles serían los mecanismos para que se implemente los libros contables/ tributarios y el plan contable general empresarial dentro de un entorno computarizado en la empresa Distribuciones Múltiples del Acero SAC? ante esta situación; como respuesta a esta problemática planteada, se propone como solución la siguiente hipótesis: los mecanismos para que se implementen los libros contable/ tributarios y el plan contable general empresarial, dentro de un entorno computarizado están contemplados en la RS N° 234- 2006/SUNAT y modificatorias. Para el efecto la presente tesis se ha orientado al cumplimiento del siguiente objetivo: desarrollar los mecanismos de la RS N° 234-2006/ SUNAT y modificatorias para que se implemente los libros contables tributarios y el plan contable general empresarial dentro de un entorno computarizado en la empresa Distribuciones Múltiples del Acero SAC.
En la parte metodológica se menciona que el tipo de investigación es aplicativa, el nivel de investigación es descriptivo- explicativo: asimismo; los métodos de investigación utilizados son la observación, el de análisis y síntesis, el descriptivo- explicativo. Las técnicas de investigación utilizadas son la recopilación, tabulación, tratamiento y análisis de datos. La población estuvo conformada por los trabajadores de la empresa Distribuciones Múltiples del Acero SAC.
La principal conclusión a que se arribó en el presente trabajo de tesis es que el desarrollo de los mecanismos para la implementación de los libros de contabilidad/ tributarios y el plan contable empresarial dentro de un entorno computarizado comprendidos dentro de la R.S. N° 234- 2006/SUNAT y modificatorias constituyen una herramienta fundamental para el desarrollo de la organización.
La recomendación a la que se llegó es que la empresa Distribuciones Múltiples del Acero SAC debe desarrollar mecanismos para el diseño de un sistema de contabilidad, aplicando la R.S. N°
234-2006/SUNAT y modificatorias, a fin de obtener procesar y obtener información financiera para una mayor productividad y aprovechamiento de recursos.
INTRODUCCIÓN
La presente tesis titulada “Los Libros Contables/Tributarios y el plan contable general empresarial, aplicado dentro de un entorno computarizado en la empresa Distribuciones Múltiples del Acero SAC”, cuyo objetivo es desarrollar los mecanismos de la R.S. N° 234-2006/SUNAT y modificatorias para que se implementen los libros contables/ tributarios y el plan contable empresarial dentro de un entorno computarizado en la empresa Distribuciones Múltiples del Acero SAC, se desarrolló debido que la empresa Distribuciones Múltiples del Acero SAC, aún no logra ser competitiva en el mercado empresarial, pues no hace uso de los recursos que ofrece el vertiginoso avance tecnológico y que ahora está al alcance de todas las organizaciones empresariales desde las más complejas a las más simples.
Los sistemas contables ofrecen lineamientos para que la empresa Distribuciones Múltiples del Acero S.A.C. optimice sus recursos tecnológicos, ayudando a la obtención de la información financiera, contable y tributaria en menor tiempo y permitiendo la toma de decisiones operativas y financieras que ayuden a la mejor gestión del negocio, aprovechando su especialidad de dedicarse a la comercialización de materiales de construcción desde hace 3 años.
El trabajo se ha estructurado de la siguiente manera:
El capítulo I desarrolla el marco metodológico, expone la formulación del problema, objetivos, hipótesis y variables, métodos y técnicas de investigación, el universo y muestra.
El capítulo II contiene el marco teórico-conceptual, expone el marco teórico del tema y el estudio de las diferentes variables que sustentan la hipótesis de la investigación.
El capítulo III está referido al estudio de los sistemas contables en sus diferentes enfoques.
El capítulo IV está relacionado al desarrollo de un caso, aplicando las teorías que sustentan el desarrollo de la R.S. N° 234-2006/SUNAT en el que se implemente los libros contable/ tributarios y el plan contable empresarial dentro de un entorno computarizado en la empresa Distribuciones Múltiples del Acero SAC.
10
CAPÍTULO I
MARCO METODOLÓGICO DE LA INVESTIGACIÓN
1.1 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
La SUNAT, mediante la Resolución de Superintendencia N° 234-2006/SUNAT y modificatorias ha establecido disposiciones relacionadas con los libros y registros vinculados a asuntos tributarios, las cuales están vigentes a partir del 1 de julio de 2010, integrando así en un solo cuerpo legislativo las normas vigentes sobre la materia.
Las disposiciones para el tratamiento tributario de los libros y registros vinculados a asuntos tributarios están referidas a:
El procedimiento para la autorización de los mismos.
La forma en la cuál deberá ser llevados.
Los plazos máximos de atraso.
La pérdida o destrucción de los mismos.
La contabilidad completa - a partir de julio de 2010.
La información mínima contenida en ellos, así como los formatos que la integran - a partir de Julio de 2010.
Las disposiciones referidas a la contabilidad completa, así como la utilización de los formatos que debe contener cada libro o registro entrarán en vigencia a partir del 1 de julio de 2010, dejando a opción de los deudores tributarios poder llevarlos de acuerdo a las nuevas disposiciones antes de la referida fecha. Si hace uso de dicha opción, ya no se podrá volver llevar los libros y registros de acuerdo a la regulación anterior.
Por lo mismo, las exigencias de información cada vez son mayores y la contabilidad en su rol de instrumento administrativo destinado a cubrir las necesidades de información por parte de los usuarios, aún no es valorada en su exacta dimensión, observándose que gran parte de las empresas y sus directivos, no orientan su atención y preferencia hacia las bondades que ofrece un Sistema de Contabilidad, esta situación es consecuencia de la mala utilización de los recursos que ofrece el vertiginoso avance tecnológico y que ahora esta al alcance de todas las organizaciones
empresariales desde las mas grandes a la más pequeñas, el cual como es obvio permite alcanzar un alto nivel de competitividad y posibilidades de desarrollo.
Ante tales hechos, como producto de esta indagación he elegido como muestra de investigación, una empresa que tiene por objeto principalmente la comercialización de fierros, la que sin embargo, carece de un Sistema de Contabilidad que le permita generar los nuevos libros y reportes que la norma tributaria vigente exige, asimismo, que permita el control estricto del movimiento financiero de la empresa y por lo mismo requiere de manera urgente implementar lo dispuesto por la Resolución de Superintendencia N° 234-2006/SUNAT y modificatorias.
Consecuentemente la presente investigación se propone obtener un conocimiento adecuado de la actividad comercial de la entidad muestreada y de las transacciones financieras que realiza, todo con propósito de alcanzar una propuesta de sistema contable dirigido al control, medición y procesamiento contable de las operaciones inherentes a tal proceso así como de los rubros que permiten controlar la situación financiera de la empresa así como generar los libros y reportes tributarios establecidos por la normativa tributaria indicada, debiendo cumplirse con el estudio los objetivos que más adelante detallamos.
Este es el desafío que se plantea a la profesión contable, adecuar nuestros sistemas de información contable a la Resolución de Superintendencia N° 234-2006/SUNAT y sus modificatorias. La misma que va a cambiar el proceso contable tal como la conocemos y realizamos actualmente por otro que permita generar los libros y registros tributarios exigidos a partir del mes de julio de 2010 y se constituye para nuestro caso en el Objeto de Investigación.
1.2 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA
1.2.1. Problema principal
¿Cuáles serían los mecanismos para que se implemente los libros contable/tributarios y el plan contable empresarial dentro un entorno computarizado en la empresa Distribuciones Múltiples del Acero SAC?
1.2.1. Problema específico
¿Cuáles serían los efectos de no implementarse los libros contables/tributarios dentro de un entorno computarizado en la empresa Distribuciones Múltiples del Acero SAC de la provincia de Huancayo?
12 1.3 OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN
1.3.1. Objetivo general
Desarrollar los mecanismos para que se implementen los libros contable/tributarios y el plan contable empresarial dentro un entorno computarizado en la empresa Distribuciones Múltiples del Acero SAC de la provincia de Huancayo.
1.3.2. Objetivo específico
Analizar los efectos de no implementarse los libros contable/tributarios y dentro de un entorno computarizado en la empresa Distribuciones Múltiples del Acero SAC de la provincia de Huancayo.
1.4 JUSTIFICACIÓN
El estudio investigativo a realizar es importante y necesario fundamentalmente para el conjunto de empresas de la zona central del país y en general para aquellas que con frecuencia afrontan problemas en cuanto a información financiera oportuna y confiable que sirva para tomar decisiones así como la determinación de los costos de comercialización para establecer precios de venta competitivos con los que deben operar en el mercado.
En este contexto el presente trabajo de investigación va a cubrir vacíos o falta de información respecto a los procedimientos necesarios que deben considerar los sistemas de información que permitan cumplir la normativa tributaria, el trabajo adquiere aún más relevancia por cuanto nos permitirá conocer de manera precisa el papel que debe cumplir el Profesional Contable en la implementación y manejo de este tipo de sistemas.
1.5 FORMULACIÓN DE HIPOTESIS
1.4.1. Hipótesis general
Los mecanismos para que se implementen los libros contable/tributarios y el plan contable empresarial, dentro de un entorno computarizado en la empresa Distribuciones Múltiples del Acero SAC, están contemplados para un mejor nivel de análisis en la R.S. N° 234- 2006/SUNAT y modificatorias.
1.4.2. Hipótesis específica
Los efectos de no implementarse los libros contable/tributarios, traerían consigo contingencias tributarias e información financiera irreal en perjuicio de la empresa en estudio.
1.6 OPERACIONALIZACIÓN DE VARIABLES
1.6.1. Variable independiente
Libros contables/tributarios y el plan contable empresarial X 1.6.1.1. Indicadores
Libros contables/ tributarios XI
PCGE X2
1.6.2. Variable dependiente
Sistema computarizado Y
1.6.2.1. Indicadores
Sistemas de información Y1
Sistemas contable Y2
1.6.3. Variable interviniente
Empresa Distribuidores Múltiples del Acero SAC Z
1.6.3.1 .Indicadores
Organización y estructura Z1
Sistema operativo Z2
1.7 METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN
1.7.1. Tipo de investigación
Aplicada
1.7.2. Métodos de investigación
Para desarrollar el presente trabajo de investigación, se utilizará de manera interrelacionada e interactiva de los métodos de investigación indicados a continuación:
a) MÉTODO DE OBSERVACIÓN.
Proceso de conocimiento por el cual se perciben deliberadamente ciertos rasgos existentes en el objeto de conocimiento.
14 b) MÉTODO DE ANÁLISIS.
Es el proceso de conocimiento que se inicia por la identificación de cada una de las partes que caracterizan una realidad. De esta manera se establece una relación causa-efecto entre los elementos que componen el objeto de la investigación.
c) MÉTODO DE SÍNTESIS.
Es el proceso de conocimiento que procede de lo simple a lo complejo, de la causa a los efectos, de la parte al todo, de los principios a las consecuencias.
d) MÉTODO DESCRIPTIVO-EXPLICATIVO
Comprende la descripción, registro, análisis e interpretación de la naturaleza actual, composición o procesos de los fenómenos. El enfoque se hace sobre conclusiones dominantes, o sobre una persona, grupo o cosa, se conduce o funciona en el presente.
1.7 3. Población y muestra 1.7.3.1. Población
Empresa Distribuidores Múltiples del Acero SAC
1.7.3.2. Muestra
La Empresa Distribuciones Múltiples cuenta con 07 trabajadores.
1.7.4. Técnicas de investigación
En el desarrollo práctico de los métodos anteriormente indicados, haremos uso de las técnicas siguientes en la recolección de información de fuentes primarias y secundarias:
a) Recopilación de datos:
Que comprende los procedimientos de:
Fichaje Bibliográfico y de Hemeroteca.
Visitas y observaciones de campo.
Asistencia a eventos profesionales.
b) Tabulación y Selección de Datos:
Procedimiento de ordenación y clasificación de las fuentes de datos recopiladas.
c) Tratamiento de la Información.
Consiste en estructurar los datos procesados de acuerdo con el esquema tentativo.
d) Análisis, Interpretación.
El análisis y la interpretación de datos consistirá en:
La comparación de los datos obtenidos acerca del objeto de estudio con respecto a estándares u objetivos teóricos, tecnológicos, técnicos y administrativos según corresponda.
16
CAPÍTULO II
MARCO TEÓRICO DE LA INVESTIGACIÓN
2.1. LA EMPRESA 2.1.1. Concepto
Ricardo Romero, autor del libro "Marketing", define la empresa como "el organismo formado por personas, bienes materiales, aspiraciones y realizaciones comunes para dar satisfacciones a su clientela"1
Santiago García Echevarría en su libro “Introducción a la economía de la empresa”; define a la empresa como “la institución que dispone de recursos escasos, de la forma y tecnología con la que los integra para lograr productos y/o servicios de los que va a depender el éxito o fracaso de la institución así como el resultado del conjunto de la economía de un país”2
Julio García y Cristóbal Casanueva, autores del libro "Prácticas de la Gestión Empresarial", definen la empresa como una "entidad que mediante la organización de elementos humanos, materiales, técnicos y financieros proporciona bienes o servicios a cambio de un precio que le permite la reposición de los recursos empleados y la consecución de unos objetivos determinados"3
Para Simón Andrade, autor del libro "Diccionario de Economía", la empresa es "aquella entidad formada con un capital social, y que aparte del propio trabajo de su promotor puede contratar a un cierto número de trabajadores. Su propósito lucrativo se traduce en actividades industriales y mercantiles, o la prestación de servicios4
En síntesis La empresa es una entidad conformada básicamente por personas, aspiraciones realizaciones, bienes materiales y capacidades técnicas y financieras; todo lo cual, le permite dedicarse a la comercialización o producción y transformación de productos y/o la prestación de servicios para satisfacer necesidades y deseos existentes en la sociedad, con la finalidad de obtener una utilidad o beneficio".
1 Del libro: Marketing, de Ricardo Romero, Editora Palmir E.I.R.L., Pág. 9.
2 Del libro: Introducción a la economía de la empresa, Ediciones Díaz de Santos, Pág 19
3 Del libro: Prácticas de la Gestión Empresarial, de Julio García del Junco y Cristóbal Casanueva Rocha, Mc Graw Hill, Pág. 3.
4 Del libro: Diccionario de Economía, Tercera Edición, de Andrade Simón, Editorial Andrade, Pág. 257.
2.1.2. Clasificación
De acuerdo al giro del negocio se clasifican en:
Industriales: La actividad de este tipo de empresas es la producción de bienes mediante la transformación o extracción de materias primas. Y Estas a su vez se clasifican en:
Extractivas. Cuando se dedican a la explotación de recursos naturales. Como son las pesqueras, madereras, mineras, petroleras, etc.
Manufactureras. Son empresas que transforman las materias primas en productos terminados.
Comerciales:Son intermediarias entre productor y consumidor; su función primordial es la compra- venta de productos terminados. Pueden clasificarse en:
Mayoristas: Cuando efectúan ventas en gran escala a otras empresas (minoristas), que a su vez distribuyen el producto directamente al consumidor.
Minoristas o detallistas: Las que venden productos al "menudeo", o en pequeñas cantidades, al consumidor.
Comisionistas. Se dedican a vender mercancía que los productores les dan a consignación, percibiendo por esta función una ganancia o comisión.
Servicio:Como su denominación lo indica, son aquellas que brindan un servicio a la comunidad y pueden tener o no fines lucrativos.
2.1.3. Constitución
La empresa Distribuciones Múltiples del Acero Sociedad Anónima Cerrada, conocida con la abreviatura DIMACER SAC, tiene una duración indeterminada e inicia sus operaciones el 14 de Junio del 2009, fue inscrita en el Registro de personas jurídicas N° 2009- 000002345, fue constituida por manifestación de libre voluntad entre los socios García Ledesma Jenny Lisbeth con DNI N°
44840972 y García Ledesma Jonathan con DNI N° 46769124. El monto de capital inicial social fue de S/ 50,000.00 representado por acciones nominativas de valor nominal de S/ 10.00 cada una, suscritas y pagadas en efectivo.
Fue inscrita ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria el 27/07/2009 con RUC N° 20487121771; fijándose como representante legal a Jenny Lisbeth García Ledesma identificada con DNI N° 44840972, se declara como su domicilio fiscal Prolongación Tarapacá Nº 102. Inicia actividades de venta de materiales de construcción el 01/08/2009.
18 A partir del 30 de Marzo del 2010, la empresa establece como su domicilio fiscal el Jirón 03 de Febrero Nº 793-Lima y declara dos establecimientos anexos en la ciudad de Huancayo; ubicados en Prolongación Tarapacá N° 102; donde realiza sus actividades económicas de venta de materiales de construcción y Angaraes N° 219, establecimiento utilizado como depósito de los materiales.
2.1.4. Normatividad
La empresa se rige por normas generales como:
Ley N° 26887 Ley General de Sociedades, en conformidad con lo dispuesto en la Sección Séptima, Título I de la ley; ya que fué constituida como Sociedad Anónima Cerrada.
Decreto Supremo N° 179-2004-EF, Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto a la Renta.
Resolución de Superintendencia Nº 234-2006/SUNAT y modificatorias, que establece las normas referidas a Libros y Registros vinculados a asuntos tributarios.
Resolución de Superintendencia N° 007-99/SUNAT, Reglamento de Comprobantes de Pago.
Así mismo la empresa tiene normas internas y de cumplimiento obligatorio como:
El Estatuto de la Empresa
Manual de Organización y Funciones
Integración de Puestos
Gerencia General
Departamento Comercial-Jefe de Ventas
Caja
Vendedores
Departamento Comercial-Jefe de Almacén
Funciones
Gerencia General
Mantener el correcto funcionamiento de los sistemas y de la empresa en general.
Representar jurídica y legalmente a la empresa ante terceros.
Dirigir y controlar las funciones administrativas de la empresa.
Realizar estrategias para el cumplimiento de las metas.
Analizar los informes de las áreas.
Coordinar la programación de actividades.
Departamento Comercial - Jefe de Ventas
Promover las ventas en toda la región.
Establecer contacto con los distribuidores para satisfacer la demanda del mercado.
Distribuir el producto en el momento necesario
Supervisar la atención a los clientes para que estos queden satisfechos con el servicio otorgado.
Informar semanalmente al gerente general los resultados de las operaciones realizadas.
Departamento Comercial - Cajero
Registra los movimientos de entrada y salida de dinero.
Realiza depósitos bancarios.
Realiza arqueos de caja.
Chequea que los montos de ingresos a caja coincidan con las ventas realizadas.
Realiza conteos diarios de depósitos bancarios, dinero en efectivo, etc.
Departamento Comercial - Vendedor
Proporcionar la atención adecuada a los clientes con un servicio amable, oportuno y honesto.
Asesoramiento al cliente
Departamento Comercial - Jefe de Almacén
Verificar la existencia del producto para la confirmación de pedidos.
Llevar un perfecto control de los pedidos, preparación y entrega de los mismos.
Verificar la calidad de las mercaderías ingresadas.
20 2.1.5 Estructura
La estructura organizativa de la empresa para el desarrollo de sus actividades económicas, se da de la siguiente manera:
.
2.2. LIBROS CONTABLES/TRIBUTARIOS Y EL PLAN CONTABLE EMPRESARIAL.
2.2.1. ANTECEDENTES
El artículo 65º del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, establece los libros y registros que como mínimo han de llevar los contribuyentes generadores de rentas de Tercera Categoría según el volumen de ingresos obtenidos. El artículo 35° del Reglamento del TUO de la Ley del impuesto a la Renta establece la obligación de llevar Inventarios y Costos de acuerdo al monto de ingresos brutos.
En concordancia con ello, la Resolución Nº 234-2006/SUNAT y modificatorias, entre otros aspectos, aborda en sus artículos 12º y 13; acerca de la definición de Contabilidad Completa así como de la información mínima que deben contener cada uno de los libros y registros vinculados a asuntos tributarios, respectivamente.
El PCGE ha sido homogenizado con las NIIF, contemplando aspectos relacionados con la presentación y revelación de información. En la parte final de la descripción y dinámica contable de cada cuenta, se ha incluido referencias a las NIIF, las que corresponden al modelo contable vigente en el Perú, a partir del cual las empresas seleccionan y aplican políticas contables.
GERENCIA GENERAL
JEFE DE VENTAS JEFE DE
ALMACEN
CAJA VENDEDO
RES
DEPARTAMENTO COMERCIAL
AYUDANTE
El PCGE se ha dividido en cuatro partes y dos anexos. En la primera parte se identifican cuatro secciones: la Sección A referida a los objetivos; la Sección B, en la que se establece las disposiciones generales para su uso; la Sección C, en la que se indica los procedimientos de actualización y vigencia; y la Sección D, en la que se mencionan los aspectos fundamentales de la contabilidad, entre ellos, la base teórica, una breve descripción de las NIIF y las referencias
al Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de los Estados Financieros.
La segunda parte, incluye un cuadro de clasificación, que separa las cuentas por elementos de los estados financieros, y el catálogo de cuentas. Este catálogo se encuentra desarrollado a un nivel de cinco (05) dígitos, y contempla una desagregación básica de cuentas de acuerdo con su naturaleza, la misma que podrá ser incrementada de acuerdo con las necesidades de cada entidad.
La tercera parte, sobre la Descripción y Dinámica Contable, presenta el contenido, de cada cuenta, de las subcuentas que lo conforman, y una breve descripción de los aspectos de reconocimiento y medición. También se incluye la dinámica de la cuenta; comentarios que buscan orientar al usuario en la aplicación de las cuentas y subcuentas descritas; y, por último, referencias a las NIIF e interpretaciones relacionadas.
Las bases de conclusiones se incluyen como la cuarta parte del Plan Contable General Empresarial.
Aquí, se exponen los principales temas generales debatidos en el desarrollo del PCGE, y las conclusiones a las que se llegó. Es el caso de la conveniencia de utilizar cinco dígitos, la interpretación de la esencia contable de un hecho económico antes que la formalidad o lo dispuesto por las leyes; la necesidad de utilizar y/o desagregar algunas cuentas; la acumulación versus la presentación de las cuentas o rubros, entre otros asuntos.
2.2.2. RESOLUCIÓN Nº 234-2006/SUNAT Y MODIFICATORIAS.
2.2.2.1. Procedimiento de autorización de los libros y registros.
Los libros y registros vinculados a asuntos tributarios serán legalizados por los notarios o, a falta de éstos, por los jueces de paz letrados o jueces de paz, cuando corresponda, de la provincia en la que se encuentre ubicado el domicilio fiscal del deudor tributario. Los notarios o jueces colocarán una constancia en la primera hoja de los mismos, con la siguiente información:
Número de legalización asignado por el notario o juez, según sea el caso;
Apellidos y Nombres, Denominación o Razón Social del deudor tributario, según sea el caso;
22
Número de RUC;
Denominación del libro o registro;
Fecha de la incautación del libro o registro anterior de la misma denominación y la autoridad que ordeno la diligencia de ser el caso;
Número de folios de que consta;
Fecha y lugar en que se otorga; y,
Sello y firma del notario o juez, según sea el caso.
El notario o juez, según sea el caso, sellará todas las hojas del libro o registro, las mismas que deberán estar debidamente foliadas por cada libro o registro, incluso cuando se lleven utilizando hojas sueltas o continuas.
En ningún caso el número de legalización, folios o de registros podrá contener adicionalmente caracteres distintos, tales como letras.
OPORTUNIDAD DE LA LEGALIZACIÓN
Los libros y registros vinculados a asuntos tributarios deberán ser legalizados antes de su uso, incluso cuando sean llevados en hojas sueltas o continuas.
DEL EMPASTE DE LOS LIBROS Y REGISTROS
Los libros y registros vinculados a asuntos tributarios que se lleven utilizando hojas sueltas o continuas deberán empastarse, de ser posible, hasta por un ejercicio gravable, no será de aplicación cuando el número de hojas sueltas o continuas a empastar sea menor a veinte (20), en cuyo caso el empaste podrá comprender dos (2) o más ejercicios gravables.
Las hojas sueltas o continuas correspondientes a un libro o registro de una misma denominación, que no hubieran sido utilizadas para el registro de operaciones del ejercicio del que se trate, podrán emplearse para el registro de operaciones del ejercicio inmediato siguiente.
De realizarse el empaste en varios tomos, cada uno incluirá como primera página una fotocopia del folio que contenga la legalización del libro o registro al que corresponde.
2.2.2.2. Forma en que deberán ser llevados los libros y registros vinculados a asuntos tributarios.
FORMA DE LLEVADO
Los libros y registros vinculados a asuntos tributarios que los deudores tributarios se encuentran obligados a llevar, deberán contar con los siguientes datos de cabecera:
denominación del libro o registro, período y/o ejercicio al que corresponde la información registrada, número de RUC del deudor tributario, Apellidos y Nombres, Denominación y/o Razón Social de éste.
Registrar las operaciones en orden cronológico, correlativo, legible, sin espacios en blanco, ni enmendaduras.
Los totales acumulados en cada folio, serán trasladados al folio siguiente precedidos de la frase "VAN". En la primera línea del folio siguiente se registrará el total acumulado del folio anterior precedido de la frase "VIENEN". Culminado el período o ejercicio gravable, se realizará el correspondiente cierre registrando el total general.
De no realizarse operaciones en un determinado período o ejercicio gravable, se registrará la leyenda "SIN OPERACIONES" en el folio correspondiente.
Llevarse en moneda nacional y en castellano, salvo excepciones del Codigo Tributario.
Contener folios originales, no admitiéndose la adhesión de hojas o folios.
Tratándose del Libro de Inventarios y Balances, deberá ser firmado al cierre de cada período o ejercicio gravable, según corresponda, por el deudor tributario o su representante legal, así como por el Contador Público Colegiado o el Contador Mercantil responsables de su elaboración.
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ANEXO 2: PLAZOS DE ATRASO DE LOS LIBROS Y REGISTROS VINCULADOS A ASUNTOS TRIBUTARIOS
CÓDIGO LIBRO O REGISTRO VINCULADO A Máximo atraso Acto o circunstancia que determina el inicio del ASUNTOS TRIBUTARIOS permitido plazo para el máximo atraso permitido 1 LIBRO CAJA Y BANCOS Tres (3) meses Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en
que se realizaron las operaciones relacionadas con el ingreso o salida del efectivo o equivalente del efectivo.
2 LIBRO DE INGRESOS Y GASTOS Diez (10) días Tratándose de deudores tributarios que obtengan rentas hábiles de segunda categoría: Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que se cobre, se obtenga el ingreso o se haya puesto a disposición la renta.
Tratándose de deudores tributarios que obtengan rentas de cuarta categoría: Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que se emita el comprobante de pago.
3 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES Tratándose de deudores tributarios pertenecientes al Régimen General del Impuesto a la Renta:
Tres (3) meses Desde el día hábil siguiente al cierre del ejercicio gravable.
(*)
Tratándose de deudores tributarios pertenecientes al Régimen Especial del Impuesto a la Renta:
Diez (10) días Desde el día hábil siguiente al del cierre del mes o del hábiles ejercicio gravable, según el Anexo del que se trate.
4 LIBRO DE RETENCIONES INCISOS E) Y F) DEL Diez (10) días Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en ARTÍCULO 34° DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA hábiles que se realice el pago.
5 LIBRO DIARIO Tres (3) meses Desde el primer día hábil del mes siguiente de realizadas
las operaciones.
6 LIBRO MAYOR Tres (3) meses Desde el primer día hábil del mes siguiente de realizadas
las operaciones.
7 REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS Tres (3) meses Desde el día hábil siguiente al cierre del ejercicio gravable.
8 REGISTRO DE COMPRAS Diez (10) días Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que hábiles se recepcione el comprobante de pago respectivo.
9 REGISTRO DE CONSIGNACIONES Diez (10) días Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que hábiles se recepcione el comprobante de pago respectivo.
10 REGISTRO DE COSTOS Tres (3) meses Desde el día hábil siguiente al cierre del ejercicio gravable.
11 REGISTRO DE HUÉSPEDES Diez (10) días Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que hábiles se emita el comprobante de pago respectivo.
12 REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE EN Un (1) mes (**) Desde el primer día hábil del mes siguiente de realizadas
UNIDADES FÍSICAS las operaciones relacionadas con la entrada o salida de
bienes.
13 REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE Tres (3) meses Desde el primer día hábil del mes siguiente de realizadas
VALORIZADO (**) las operaciones relacionadas con la entrada o salida de
bienes.
14 REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS Diez (10) días Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que hábiles se emita el comprobante de pago respectivo.
15 REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS - ARTÍCULO 23° Diez (10) días Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° hábiles se emita el comprobante de pago respectivo.
266-2004/SUNAT
16 REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PERCEPCIONES Diez (10) días Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquel en que hábiles se emita el documento que sustenta las transacciones
realizadas con los clientes.
17 REGISTRO DEL RÉGIMEN DE RETENCIONES Diez (10) días Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que hábiles se recepcione o emita, según corresponda, el documento
que sustenta las transacciones realizadas con los proveedores.
18 REGISTRO IVAP Diez (10) días Desde la fecha de ingreso o desde la fecha del retiro de los
hábiles bienes del Molino, según corresponda.
19 REGISTRO(S) AUXILIAR(ES) DE ADQUISICIONES - Diez (10) días Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que ARTÍCULO 8° RESOLUCIÓN DE hábiles se recepcione el comprobante de pago respectivo.
SUPERINTENDENCIA N° 022-98/SUNAT
20 REGISTRO(S) AUXILIAR(ES) DE ADQUISICIONES - Diez (10) días Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que INCISO A) PRIMER PÁRRAFO ARTÍCULO 5° se recepcione el comprobante de pago respectivo.
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° hábiles 021-99/SUNAT
21 REGISTRO(S) AUXILIAR(ES) DE ADQUISICIONES - Diez (10) días Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que INCISO A) PRIMER PÁRRAFO ARTÍCULO 5° hábiles se recepcione el comprobante de pago respectivo.
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N°
142-2001/SUNAT
22 REGISTRO(S) AUXILIAR(ES) DE ADQUISICIONES - Diez (10) días Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que INCISO C) PRIMER PÁRRAFO ARTÍCULO 5° hábiles se recepcione el comprobante de pago respectivo.
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N°
256-2004/SUNAT
23 REGISTRO(S) AUXILIAR(ES) DE ADQUISICIONES - Diez (10) días Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que INCISO A) PRIMER PÁRRAFO ARTÍCULO 5° hábiles se recepcione el comprobante de pago respectivo.
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N°
257-2004/SUNAT
24 REGISTRO(S) AUXILIAR(ES) DE ADQUISICIONES - Diez (10) días Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que INCISO C) PRIMER PÁRRAFO ARTÍCULO 5° hábiles se recepcione el comprobante de pago respectivo.
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N°
258-2004/SUNAT
25 REGISTRO(S) AUXILIAR(ES) DE ADQUISICIONES - Diez (10) días Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que INCISO A) PRIMER PÁRRAFO ARTÍCULO 5° hábiles se recepcione el comprobante de pago respectivo.
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N°
259-2004/SUNAT
(*) Tratándose de deudores tributarios que en el ejercicio anterior hayan obtenido ingresos brutos menores a 100 Unidades Impositivas Tributarias, y que hayan optado por llevar el Libro de Inventarios y Balances de acuerdo a lo establecido por la Resolución de Superintendencia N°
071-2004/SUNAT (salvo lo referido al “Anexo 3 – Control mensual de la cuenta 10 – Caja y Bancos”, “Anexo 5 – Control mensual de los bienes del Activo Fijo propios” y "Anexo 6-Control mensual de los bienes del Activo Fijo de Terceros"; según corresponda), deberán registrar sus operaciones con un atraso no mayor a diez (10) días hábiles contados desde el día hábil siguiente al del cierre del mes o ejercicio gravable, según el Anexo del que se trate.
(**) Si el contribuyente elabora un balance para modificar el coeficiente o porcentaje aplicable al cálculo de los pagos a cuenta del régimen general del Impuesto a la Renta, deberá tener registradas las operaciones que lo sustenten con un atraso no mayor a sesenta (60) días calendario contados desde el primer día del mes siguiente a enero o junio, según corresponda.
2.2.2.3 Plazos máximos de atraso de los libros y registros vinculados a asuntos tributarios
2.2.2.4. Contabilidad completa
Para efectos del inciso b) del tercer párrafo del artículo 65° de la Ley del Impuesto a la Renta, los libros y registros que integran la contabilidad completa son los siguientes:
1. Libro Caja y Bancos.
2. Libro de Inventarios y Balances.
3. Libro Diario.
4. Libro Mayor.
5. Registro de Compras.
6. Registro de Ventas e Ingresos.
Asimismo, los siguientes libros y registros integraran la contabilidad completa siempre que el deudor tributario se encuentre obligado a llevarlos de acuerdo a las normas de la Ley del Impuesto a la Renta:
1. Libro de retenciones incisos e) y f) del Articulo 34° de la Ley del Impuesto a la Renta.
2. Registro de Activos Fijos 3. Registro de Costos
4. Registro de Inventario Permanente en unidades físicas 5. Registro de Inventario Permanente valorizado.
2.2.2.5. Información mínima a ser incluida en los libros y registros vinculados a asuntos tributarios.
Los libros y registros vinculados a asuntos tributarios deberán contener, adicionalmente a lo establecido en el artículo 6°, determinada información mínima, y de ser el caso, estarán integrados por formatos, de acuerdo a lo señalado a continuación:
1. LIBRO CAJA Y BANCOS
En este libro se debe registrar mensualmente toda la información, proveniente del movimiento del efectivo y del equivalente de efectivo.
En caso el deudor tributario lleve sus libros o registros utilizando hojas sueltas o continuas, se encontrará exceptuado de llevar el Libro Caja y Bancos siempre que su información se encuentre contenida en el Libro Mayor.
Estará integrado por los siguientes formatos:
26 a) FORMATO 1.1: "LIBRO CAJA Y BANCOS – DETALLE DE LOS MOVIMIENTOS DEL
EFECTIVO", incluirá la siguiente información mínima:
Número correlativo del registro o código único de la operación.
Fecha de la operación.
Descripción de la operación registrada, que indique su naturaleza. De tratarse de saldos, inicial o final, indicarlo en ésta columna. En caso la(s) operación(es) se encuentre(n) centralizada(s) en otro libro o registro vinculado a asuntos tributarios será necesario únicamente su referenciación.
Código y denominación de la(s) cuenta(s) contable(s) asociada(s) que es(son) el origen o destino de la operación, según el Plan de Cuentas utilizado, tratándose de libros o registros llevados en forma manual.
Saldos y movimientos: deudor y acreedor
Totales.
b) FORMATO 1.2: "LIBRO CAJA Y BANCOS – DETALLE DE LOS MOVIMIENTOS DE LA CUENTA CORRIENTE".
Se deberá incluir como datos de cabecera adicionales a los contemplados en el literal a) del artículo 6°, la siguiente información:
Nombre de la entidad financiera.
Código de la cuenta corriente.
Número correlativo del registro o código único de la operación.
Fecha de la operación.
Medio de pago utilizado.
Descripción de la operación; opcionalmente se podrá consignar en esta columna, en forma literal, el medio de pago utilizado.
Apellidos y Nombres, Denominación o Razón Social del girador o beneficiario. En esta columna se indicarán los saldos, inicial o final, y de tratarse de operaciones múltiples se podrá consignar como concepto el término "varios".
Número de la transacción bancaria, número del documento sustentatorio o número de control interno de la operación.
Saldos y movimientos
2. LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES
Los deudores tributarios facultados por norma expresa a utilizar un Plan Contable, Manual de Contabilidad u otro similar distinto al Plan Contable General vigente en el país deberán consignar en cada formato la información solicitada en cada uno de ellos. Este libro está integrado por los siguientes formatos:
a) FORMATO 3.1: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – BALANCE GENERAL": Se deberá incluir información contable del Activo, Pasivo y Patrimonio; indicando la denominación de la cuenta respectiva.
b) FORMATO 3.2: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 10 – CAJA Y BANCOS". No es de uso obligatorio para el caso en que el deudor tributario lleve el Libro Caja y Bancos o cuando el Libro Mayor contenga la información de dicho libro.
c) FORMATO 3.3: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 12 – CLIENTES".
d) FORMATO 3.4: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 14 – CUENTAS POR COBRAR A ACCIONISTAS (O SOCIOS) Y PERSONAL ".
e) FORMATO 3.4: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 16 – CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS".
f) FORMATO 3.6: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 19 – PROVISIÓN PARA CUENTAS DE COBRANZA DUDOSA".
g) FORMATO 3.7: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 20 – MERCADERÍAS Y LA CUENTA 21 – PRODUCTOS TERMINADOS": No será obligatorio para aquellos deudores tributarios que lleven el Registro de Inventario Permanente Valorizado.
h) FORMATO 3.8: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 31 – VALORES".
i) FORMATO 3.9: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 34 – INTANGIBLES".
28 j) FORMATO 3.10: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE
LA CUENTA 40 – TRIBUTOS POR PAGAR".
k) FORMATO 3.11: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 41 – REMUNERACIONES POR PAGAR".
l) FORMATO 3.12: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 42 – PROVEEDORES".
m) FORMATO 3.13: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 46 – CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS".
n) FORMATO 3.14: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 47 – BENEFICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES".
o) FORMATO 3.14: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 49 – GANANCIAS DIFERIDAS".
p) FORMATO 3.16: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 40 – CAPITAL".
q) FORMATO 3.17: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – BALANCE DE COMPROBACION”
r) FORMATO 3.18: “LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO” El siguiente formato es de uso obligatorio de acuerdo a lo siguiente: A partir del 2010 para los deudores tributarios que en el ejercicio anterior hayan obtenido ingresos brutos mayores a (1500) UITs.
r) FORMATO 3.19: “LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO DEL 01.01 AL 31.12” El siguiente formato es de uso obligatorio de acuerdo a lo siguiente: A partir del 2010 para los deudores tributarios que en el ejercicio anterior hayan obtenido ingresos brutos mayores a (1500) UITs.
r) FORMATO 3.20: “LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – ESTADO DE GANANCIAS Y PERDIDAS POR FUNCION DEL 01.01 AL 31.12”
3. LIBRO DIARIO: FORMATO 5.1
Se deberá incluir asientos de: apertura del ejercicio gravable, operaciones del mes, ajuste de operaciones de meses anteriores, de ser el caso, ajuste de operaciones del mes y cierre del ejercicio gravable. Asimismo mensualmente se deberá incluir :
Numero correlativo del asiento contable o código único de operación.
Fecha de la operación.
Glosa o descripción de la naturaleza de la operación registrada, de ser el caso.
Cuenta contable al nivel máximo de dígitos utilizado
Denominación de la cuenta contable.
Movimiento: debe y haber
Totales
4. LIBRO MAYOR: FORMATO 6.1
Se deberá incluir mensualmente la siguiente información:
Fecha de operación
Numero correlativo de la operación en el Libro Diario
Cuenta contable asociada a la operación: Código de cuenta y denominación.
Glosa o descripción de la naturaleza de la operación realizada
Saldos y movimientos de la cuenta: saldo deudor y saldo acreedor.
Totales.
5. REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS
Se deberá registrar anualmente toda la información proveniente de la entrada y salida de activos fijos, así como la depreciación respectiva. Estará integrada por los siguientes formatos:
FORMATO 7.1 “ REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS- DETALLE DE LOS ACTIVOS FIJOS”.
FORMATO 7.1 “ REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS- DETALLE DE LOS ACTIVOS FIJOS REVALUADOS”.
FORMATO 7.1 “ REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS- DETALLE DE LA DIFERENCIA DE CAMBIO”.
30
FORMATO 7.1 “ REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS- DETALLE DE LOS ACTIVOS FIJOS BAJO LA MODALIDAD DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO AL 31.12”
6. REGISTRO DE COMPRAS: FORMATO 13.1
Deberá contener, en columnas separadas, la información mínima que se detalla a continuación:
Número correlativo del registro o código único de la operación de compra.
Fecha de emisión del comprobante de pago o documento.
Fecha de vencimiento o fecha de pago en los casos de servicios de suministros de energía eléctrica, agua potable y servicios telefónicos, telex y telegráficos, lo que ocurra primero. Fecha de pago del impuesto retenido por liquidaciones de compra. Fecha de pago del impuesto que grave la importación de bienes, utilización de servicios prestados por no domiciliados o la adquisición de intangibles provenientes del exterior, cuando corresponda.
Tipo de comprobante de pago o documento, de acuerdo a la codificación que apruebe la SUNAT
Serie del comprobante de pago o documento.
Año de emisión de la Declaración Única de Aduanas o de la Declaración Simplificada de Importación.
Número del comprobante de pago o documento o número de orden del formulario físico o formulario virtual donde conste el pago del impuesto, tratándose de liquidaciones de compra, utilización de servicios prestados por no domiciliados u otros, número de la Declaración Única de Aduanas, de la Declaración Simplificada de Importación, de la Liquidación de Cobranza u otros documentos emitidos por SUNAT que acrediten el crédito fiscal en la importación de bienes.
Tipo de documento de identidad del proveedor
Número de RUC del proveedor, o número de documento de identidad; según corresponda.
Apellidos y Nombres, denominación o razón social del proveedor. En caso de personas naturales se debe consignar los datos en el siguiente orden: apellido paterno, apellido materno y nombre completo.
Base imponible de las adquisiciones gravadas que dan derecho a crédito fiscal y/o saldo a favor por exportación, destinadas exclusivamente a operaciones gravadas y/o de exportación.
Monto del Impuesto General a las Ventas correspondiente a la adquisición registrada
Base imponible de las adquisiciones gravadas que dan derecho a crédito fiscal y/o saldo a favor por exportación, destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación y a operaciones no gravadas.
Monto del Impuesto General a las Ventas correspondiente a la adquisición registrada.
Base imponible de las adquisiciones gravadas que no dan derecho a crédito fiscal y/o saldo a favor por exportación, por no estar destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación.
Monto del Impuesto General a las Ventas correspondiente a la adquisición registrada.
Valor de las adquisiciones no gravadas.
Monto del Impuesto Selectivo al Consumo, en los casos en que el sujeto pueda utilizarlo como deducción.
Otros tributos y cargos que no formen parte de la base imponible.
Importe total de las adquisiciones registradas según comprobantes de pago.
Número de comprobante de pago emitido por el sujeto no domiciliado en la utilización de servicios o adquisiciones de intangibles provenientes del exterior, cuando corresponda.
Número de la constancia de depósito de detracción, cuando corresponda.
Fecha de emisión de la constancia de depósito de detracción, cuando corresponda.
Tipo de cambio utilizado conforme lo dispuesto en las normas sobre la materia.
En el caso de las notas de débito o las notas de crédito, adicionalmente, se hará referencia al comprobante de pago que se modifica, para lo cual se deberá registrar la siguiente información:
(i) Fecha de emisión del comprobante de pago que se modifica.
(ii) Tipo de comprobante de pago que se modifica (según tabla 10).
(iii) Número de serie del comprobante de pago que se modifica.
Totales.
32 7. REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE EN UNIDADES FÍSICAS- FORMATO 12.1
Registra toda la información, por cada tipo de existencia, proveniente de la entrada y salida física de las mismas en cada almacén.
En el formato se deberá incluir como datos de cabecera, la siguiente información:
a) Información del Establecimiento donde se ubican las existencias.
b) Código de la existencia.
c) Tipo de existencia
d) Descripción de la existencia.
e) Código de la unidad de medida (según tabla 6).
Se deberá incluir la siguiente información mínima:
a) Fecha de emisión del documento de traslado, comprobante de pago, documento interno o similar.
b) Tipo de documento de traslado, comprobante de pago, documento interno o similar (según tabla 10).
c) Número de serie del documento de traslado, comprobante de pago, documento interno o similar.
d) Número del documento de traslado, comprobante de pago, documento interno o similar.
e) Tipo de operación (según tabla 12).
f) Entradas en unidades, adicionalmente considerar en esta columna la información del saldo inicial.
g) Salidas en unidades.
h) Saldo final en unidades.
i) Totales.
8. REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS FORMATO 14.1
Deberá contener, en columnas separadas, la información mínima que se detalla a continuación:
a) Número correlativo del registro o código único de la operación de venta.
b) Fecha de emisión del comprobante de pago o documento.
c) En los casos de empresas de servicios públicos, adicionalmente deberá registrar la fecha de vencimiento y/o pago del servicio.
d) Tipo de comprobante de pago o documento
e) Número de serie del comprobante de pago, documento o de la máquina registradora, según corresponda.
f) Número del comprobante de pago o documento, en forma correlativa por serie o por número de la máquina registradora, según corresponda.
g) Tipo de documento de identidad del cliente
h) Número de RUC del cliente, cuando cuente con éste, o número de documento de identidad; según corresponda.
i) Apellidos y Nombres, denominación o razón social del cliente. En caso de personas naturales se debe consignar los datos en el siguiente orden: apellido paterno, apellido materno y nombre completo.
j) Valor de la exportación, de acuerdo al monto total facturado.
k) Base imponible de la operación gravada. En caso de ser una operación gravada con el Impuesto Selectivo al Consumo, no debe incluir el monto de dicho impuesto.
l) Importe total de las operaciones exoneradas o inafectas.
m) Impuesto Selectivo al Consumo, de ser el caso.
n) Impuesto General a las Ventas y/o Impuesto de Promoción Municipal, de ser el caso.
34 o) Otros tributos y cargos que no forman parte de la base imponible.
p) Importe total del comprobante de pago.
q) Tipo de cambio utilizado conforme lo dispuesto en las normas sobre la materia.
r) En el caso de las notas de débito o las notas de crédito, adicionalmente, se hará referencia al comprobante de pago que se modifica, para lo cual se deberá registrar la siguiente información:
(i) Fecha de emisión del comprobante de pago que se modifica.
(ii) Tipo de comprobante de pago que se modifica (según tabla 10).
(iii) Número de serie del comprobante de pago que se modifica.
(iv) Número del comprobante de pago que se modifica.
El monto ajustado de la base imponible y/o del impuesto o valor, según corresponda, señalado en las notas de crédito, se consignará respectivamente, en las columnas utilizadas para registrar los datos vinculados al valor facturado de la exportación, base imponible de la operación gravada e importe total de la operación exonerada o inafecta.
El monto de la base imponible y/o impuesto o valor, según corresponda, señalados en las notas de débito, se consignarán respectivamente en las columnas indicadas en el párrafo anterior.
s) Totales.
2.2.3 Anexos
CÓDIGO DENOMINACIÓN COMPLETA
00 Otros (especificar)
01 Factura
02 Recibo por Honorarios 03 Boleta de Venta 04 Liquidación de compra
05 Boleto de compañía de aviación comercial por el servicio de transporte aéreo de pasajeros 06 Carta de porte aéreo por el servicio de transporte de carga aérea
07 Nota de crédito 08 Nota de débito
09 Guía de remisión – Remitente 10 Recibo por Arrendamiento
11 Póliza emitida por las Bolsas de Valores, Bolsas de Productos o Agentes de Intermediación por operaciones realizadas en las Bolsas de Valores o Productos o fuera de las mismas, autorizadas por CONASEV
12 Ticket o cinta emitido por máquina registradora
13 Documento emitido por bancos, instituciones financieras, crediticias y de seguros que se encuentren bajo el control de la Superintendencia de Banca y Seguros
14 Recibo por servicios públicos de suministro de energía eléctrica, agua, teléfono, telex y telegráficos y otros servicios complementarios que se incluyan en el recibo de servicio público
15 Boleto emitido por las empresas de transporte público urbano de pasajeros
16 Boleto de viaje emitido por las empresas de transporte público interprovincial de pasajeros dentro del país
17 Documento emitido por la Iglesia Católica por el arrendamiento de bienes inmuebles 18 Documento emitido por las Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones que se
encuentran bajo la supervisión de la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
19 Boleto o entrada por atracciones y espectáculos públicos 20 Comprobante de Retención
21 Conocimiento de embarque por el servicio de transporte de carga marítima 22 Comprobante por Operaciones No Habituales
23 Pólizas de Adjudicación emitidas con ocasión del remate o adjudicación de bienes por venta forzada, por los martilleros o las entidades que rematen o subasten bienes por cuenta de terceros
24 Certificado de pago de regalías emitidas por PERUPETRO S.A
25 Documento de Atribución (Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, Art. 19º, último párrafo, R.S. N° 022-98-SUNAT)
36 26 Recibo por el Pago de la Tarifa por Uso de Agua Superficial con fines agrarios y por el pago
de la Cuota para la ejecución de una determinada obra o actividad acordada por la Asamblea General de la Comisión de Regantes o Resolución expedida por el Jefe de la Unidad de Aguas y de Riego (Decreto Supremo N° 003-90-AG, Arts. 28° y 48°)
27 Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo 28 Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto
29 Documentos emitidos por la COFOPRI en calidad de oferta de venta de terrenos, los correspondientes a las subastas públicas y a la retribución de los servicios que presta 30 Documentos emitidos por las empresas que desempeñan el rol adquirente en los sistemas
de pago mediante tarjetas de crédito y débito 31 Guía de Remisión – Transportista
32 Documentos emitidos por las empresas recaudadoras de la denominada Garantía de Red Principal a la que hace referencia el numeral 7.6 del artículo 7° de la Ley N° 27133 – Ley de Promoción del Desarrollo de la Industria del Gas Natural
34 Documento del Operador 35 Documento del Partícipe
36 Recibo de Distribución de Gas Natural
37 Documentos que emitan los concesionarios del servicio de revisiones técnicas vehiculares, por la prestación de dicho servicio
50 Declaración Única de Aduanas - Importación definitiva 52 Despacho Simplificado - Importación Simplificada 53 Declaración de Mensajería o Courier
54 Liquidación de Cobranza 87 Nota de Crédito Especial 88 Nota de Débito Especial
91 Comprobante de No Domiciliado
96 Exceso de crédito fiscal por retiro de bienes 97 Nota de Crédito - No Domiciliado
98 Nota de Débito - No Domiciliado
99 Otros - Consolidado de Boletas de Venta
TABLA 1: TIPO DE MEDIO DE PAGO
2.2.4. El plan contable empresarial.
N° DESCRIPCIÓN
001 DEPÓSITO EN CUENTA 002 GIRO
003 TRANSFERENCIA DE FONDOS 004 ORDEN DE PAGO
005 TARJETA DE DÉBITO 006 TARJETA DE CRÉDITO
007
CHEQUES CON LA CLÁUSULA DE "NO NEGOCIABLE", "INTRANSFERIBLES",
"NO A LA ORDEN" U OTRA EQUIVALENTE, A QUE SE REFIERE EL INCISO F) DEL ARTICULO 5° DEL DECRETO LEGISLATIVO.
008
EFECTIVO, POR OPERACIONES EN LAS QUE NO EXISTE OBLIGACIÓN DE UTILIZAR MEDIOS DE PAGO
009 EFECTIVO, EN LOS DEMÁS CASOS
010 MEDIOS DE PAGO DE COMERCIO EXTERIOR 011 LETRAS DE CAMBIO
101 TRANSFERENCIAS - COMERCIO EXTERIOR 102 CHEQUES BANCARIOS - COMERCIO EXTERIOR 103 ORDEN DE PAGO SIMPLE - COMERCIO EXTERIOR
104 ORDEN DE PAGO DOCUMENTARIO - COMERCIO EXTERIOR 105 REMESA SIMPLE - COMERCIO EXTERIOR
106 REMESA DOCUMENTARIA - COMERCIO EXTERIOR 107 CARTA DE CRÉDITO SIMPLE - COMERCIO EXTERIOR
108 CARTA DE CRÉDITO DOCUMENTARIO - COMERCIO EXTERIOR 999 OTROS MEDIOS DE PAGO (ESPECIFICAR)
38 2.2.4.1. Generalidades
El Plan Contable General para Empresas (PCGE) tiene como objetivos: la acumulación de información sobre los hechos económicos que una empresa debe registrar según las actividades que realiza, de acuerdo a un modelo contable oficial en el Perú, que corresponde a las Normas Internacionales de Información Financiera - NIIF6, proporcionar a las empresas los códigos contables para el registro de sus transacciones, que les permitan, tener un grado de análisis adecuado; y con base en ello, obtener estados financie6ros que reflejen su situación financiera, resultados de operaciones y flujos de efectivo y proporcionar a los organismos supervisores y de control, información estandarizada de las transacciones que las empresas efectúan.
El Plan se encuentra desarrollado hasta un nivel de cinco dígitos, de acuerdo a la información que se pretende identificar como detalle: elemento, rubro o cuenta, subcuenta, divisionaria y subdivisionaria. Las empresas deben establecer en sus planes contables hasta cinco dígitos, en algunos casos, y por razones del manejo del detalle de información, las empresas pueden incorporar dígitos adicionales según sea necesario.
De acuerdo con el Marco Conceptual, la responsabilidad de la preparación y presentación de estados financieros recae sobre la gerencia de la empresa, consecuentemente la adopción de políticas contables para una presentación razonable de la situación financiera, resultados de gestión y flujos de efectivo es parte de esa responsabilidad. La Ley General de Sociedades atribuye al gerente, responsabilidad sobre la existencia, regularidad y veracidad de los sistemas de contabilidad, los libros que la ley ordena llevar, y los demás libros y registros que debe llevar un ordenado comerciante7. Por su parte, el Directorio, de acuerdo con la Ley General de Sociedades, debe formular los estados financieros finalizado el ejercicio8.
6Las NIIF son oficializadas en el Perú mediante resoluciones del Consejo Normativo de Contabilidad.
7Ley General de Sociedades, Artículo 190º
8Ley General de Sociedades, Artículo 221º.
2.2.4.2. Clasificación y catálogo de cuentas
2.2.4.2.1. Clasificación de Cuentas
2.2.4.2.1. Catálogo de Cuentas
ELEMENTO DESCRIPCIÓN
1 ACTIVO DISPONIBLE Y EXIGIBLE