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DE LA PROVINCIA DE ALBACETE

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Námero 57 Lunes 12 de Mayo de 1913 25 céntimos

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BOLETÍN OFICIAL

DE LA PROVINCIA DE ALBACETE

pKüOiDS D33 SuscRiPCióíi.—Eu la Capital: Un trimestre, 4 pesetas.—Un semestre, 7 id.—Un año, 1 2 ‘5 0 id.—Fuera de la Capital: Un trimestre, 5 pesetas.—Unsemes-

9 id.—Un aüo, 1 5 id.—Los edictos y sentencias de los Juzgados y Tribunales que se publiquen, y no sean de olido, pagarán 2 5 céntimos de peseta por linea.

Precios de Anuncios.— Losanuncios particulares que se publiquen, previa licencia del limo. Sr. Gobernador, pagaráu: De una i sois lineas, 1 peseta.—Do siete á quince, 1 ‘50 id.—De diez y seis á treinta, 2 id.—Do treinta eu adelante, precio convencional.

Se publica Lunes Miércoles y Viernes.—Las reclamaciones al Director de la Imprenta.

Sección de la Gaceta

PRESIDENCIA DEL COÍÍSEJO DE JimiSTBOS

S. M. el R

ey

í>on Alfonso Xlií (que Dios guarde), S. M. la REINAD/ Vic­

toria Eugenia y SS. AA. RR. el Príncipe de Asturias é Infantes D. Jaime, Doña Beatriz y Doña María Cristina, continúan sin novedad en su importante salud.

De igual beneficio disfrutan las demús personas de la Augusta Real Familia.

{Oaceta U Mayo.)

MINISTERIO DE U GOBERNACIÓiN

REAL ORDEN

limo. Sr.: El Real decreto de 7 de F e b re ­ ro de 1912 ordenó el aplazaoiieuto de las elecciones de Vocales representantes de las clases patronal y obrera del Instituto de Re­

formas Sociales, á causa de no estar te rm i­

nado el Censo de Sociedades y Asociaciones, encomendado á dicho Instituto, y por la mis­

ma razón la Real orden de 19 de Noviembre último aplazó también las elecciones para la renovación de los Vocales en las Ju n tas lo­

cales y provinciales. L a Corporación men­

cionada, que lleva y a muy adelantados los trabajos preparatorios de tan im portante la ­ bor, se ha dirigido á este Ministerio signi­

ficando la necesidad de que, con la m ayor urgencia posible, se dicte una disposición que determine las reglas y los plazos p a ra la inscripción de las Sociedades que deseen ser incluidas eu el Censo, la formación y la rec­

tificación de las listas, la declaraciór,'. del de­

recho electoral, etcétera; en vísta de lo cual y conformándose con lo solicitado por el instituto,

S. M. el Rey (q. D. g.) se ha servido dis­

poner lo siguieule:

1.® Las Asociaciones profesionales, pa­

tronales, obreras ó mixtas que deseen ser inserita.s en eí Registro de Asociaciones del Instituto de Reformas Sociales para ejercer el derecho establecido en el artículo 2.® del Real decreto de 13 de Jun io de 1911, podrán solicitarlo verbalmorile ó por escrito del mencionado Instituto en el plazo de un mea, á contar desde la publicación de esta dispo­

sición en la Gaceta de Madrid, acom pañan­

do certificación en form a que acredite su existencia legal, con arreglo á lo preceptua­

do en el artículo 8.® de la vigente ley de Aso­

ciación, y además un ejemplar de los E sta­

tutos, Eeglamenros, Memorias, balances y otros documentos que se conceptúen nece­

sarios para fo rm ar juicio del funcionamien­

to y régimen de la Sociedad.

2. ® Terminado el plazo que S3 señala en el número anterior, el Instituto de Reformas Sociales, dentro de los quince días siguien­

tes, procederá á fo rm ar relaciones por pro­

vincias de las Asociaciones que h ayan sido inscritas en el Registro, y rem itirá dichas relaciones á los respectivos Gobiernos Civi­

les, con objeto de que se determine las Socie­

dades de cuya disolución tuviese conocimien­

to oficial. Los Gobernadores en el jilazo de otros quince días devolverán las listas al Instituto,

3. ® Recibidas las listas en el Instituto, se ab rirá otro plazo de un mes, en el cual se procederá á la rectificación de aqué!la.s, eli­

minándose todas las Sociedades que aparez­

can como disueltas eu los Registro.s de los Gobiernos Civiles, é incluyendo además las que no lo estén, las que, previa reclamación de parte interesada, el Instituto declare exis­

tentes ae hecho en juicio sum ario, en que las partes podrán aducir en pro y en contra de la Sociedad discutida lo que estimen per­

tinente, y ap o rta r cuantas justificaciones consideren necesarias

4 . ® Una vez que las listas h ayan sido de­

bidamente justificadas, el Instituto declara­

rá las Soci'^dades que deben tener derecho electoral para las renovaciones de la parte deleetiva del mismo y de las Ju n ta s do Re­

formas Sociales, y cuáles no deben tener aquel derecho por razón de su índole.

5. ® Cumplidos los anteriores trámites, el Ministerio de la Gobernación señalará día para proceder á las citadas renovaciones, que habrán de verificarse con arreglo al Censo electoral elaborado conforme á las reglas que anteceden.

6. ® Esta disposición se insertará en los

Boletines oficiales^

y los Gobernadores ci­

viles procurarán que alcance la m ayor pu ­ blicidad para que llegue á conocimiento de cuantos se consideren interesados.

De Real orden lo digo á V. I. á los .afec­

tos oportunos. Dios guarde á V. I. muchos años. Madrid 5 de Mayo de 1913.

a l b a

Señor Subsecretario de este Ministerio.

M1NISTERÍ0J)E FOMENTO

REAL ORDEN

limo. Sr.: Comprometiéndose los A yun­

tamientos de Madriguera-s y Navas de Jor- quera á construir la parte que les corres­

ponde en lo que el Estado lo asigna en el c a ­ mino vecinal de Navas de Jorquera al o ri­

gen de la carretera de Madrigueras al kiló­

metro 145 de la de Cuenca á Albacete,

S. M. el Rey (q. D. g.) se ha servido dis­

poner que se segregue el mencionado cam i­

no del cuadro E de la Real orden de 9 de Noviembre último y pase á ocupar el sitio que le corresponde en el cuadro C de la

misma.

Lo que de Real orden comunico á V. I.

para su conocimiento y demás efectos. Dios guarde á V. 1 muchos años. Madrid 5 de Mayo de 1913.

VILLANÜEVA limo. Señor DirGOíor general de Obras P ú ­

blicas.

{Qactta 8 Mayo).

Sección de la Provincia

o i - v i r . D. Pablo Plaza Ruiz, Gobernador civil de

esta provincia.

Hago saber: Que previa Ja instrucción del expediente que previene el Reglamento de 7 de Octubre de 1904, con resultado f a ­ vorable, este Gobierno ha resuelto otorgar á D. Valentín N avarro Alcañiz, vecino de Valdeganga, concesión para instalar una línea eléctrica, que partiendo de la Central del río J ú ca r, denominada *E1 Henchidero», termine en Valdeganga, para el suministro del fluido á baja tensión á la citada pobla­

ción; habiéndose Jmpuesto con esta fecha al concesionario las condiciones siguientes;

1. ** El concesicnario se someterá á las le­

yes y reglamentos que rigen sobre instala- laciones eléctricas y á las que en los demás órdenes del derecho puedan afectarle.

2. ® El concesionario presentará: (a) El cálculo de los conductores de U línea de transporte, en cuanto á su resistencia mecá­

nica, calentamiento y pérdidas en el tran s­

porte. (b) El cálculo de los postes y soportes de línea, (c) Plano de los cruces de caminos y anotará eu el perfil longitudinal los puntos en que dichos cruces se verifican.

3. ®’ Las obras se someterán en su esen­

cia al proyecto aprobado por la J e fa tu ra de Obras públicas de esta provincia, cuyo p ro ­ yecto obra en el expediente y que será com ­ pletado con los elementos á que hace refe­

rencia la condición anterior y las modifica­

ciones que desee introducir.

4. ® En los arranques de las derivaciones de la red se pondrán en cada uno de los h i­

los cortacircuitos do seguridad adecuados á la carg a que lleven.

5. ® En los arranques de los hilos de las acometidas se instalarán un oortacircuito en cada uno de los hilos y calibrados de la ca-

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

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pacidad adecuada á la im po rtan cia de la instalación.

6. * La concesión se hace salvo el dere­

cho de propiedad y sin pcrjucio de tercero.

7. “’ Esta concesión no empece para que la Administración en uso de su derecho pue­

da hncí*r otras concesiones pava el mismo objeto en o;I pueblo precitado.

8 Si por cualquier motivo esta conce­

sión dificultara la ejecución ó explotación de una obra pública el concesionario se obliga á v a r ia r la línea })or su cuenta sin derecho á iinJemnización alguna.

9.'' íll plazo [)ara comenzar las obras es el de nn mea d p artir de la fecha de ia pu- hljcaclón en el

Boletín oficial

y tres nie.ses para ejecutar las obras.

Lo que se hace público por medio de e.s- te

Boletín oficial

para general conocimiento.

Albacete 6 de Mayo de 1913 —El Gobcr- r.ador, Pablo Plaza.

Listas electorales de Compromisarios para Senadores que form an los Ayuntamientos de esta provincia á virtud d» lo prescripto en el art. 25 de la ley de 8 de febrero de 1877.

NOMBRE Y APELLIDOS Contribución satisfacen.quo

HOYA GONZALO Concejales.

D. José Fernández Núrioz

José M'iva Abellán >

Alejo Jiménez Cantos »

Alfonso Corredor García *

Francisco Navarro Moya »

Pedro Davia Molina Miguel Forra Sánchez José Martínez Cebrián

Lorenzo Millán González »

Mayores contribjiyentes.

D. Francisco Ni'iñez Ortiz 225 45

Juan Náñez Millán 151 50

Francisco González Cuenca 136 80

Pascual Núñez Millán 130 83

.luán Fernández Núñez 114 70

Miguel Cuenca Benet 105

Pascual Fernández N.iiQez 85 88

JuRji Montongudo García 84 10

Pedro Almendros Molina 83 26

Manuel Verdejo Martínez 79 95

Antonio Palacios Millán 77 23

Pedro Fernández Requena 64 88

Juan Behnonte Ziiñiga 5j 05

Gabriel Molina Núñez 46 97

Pedro Behnonte Fernández 46 38

Podro Flores Córcoles 44 65

Antonio Núñez Corredor 43 72

Martín García Martínez 40 64

José Fernández Núñez 39 95

Fernando Núñez Ortiz 38 40

Ramón López Hernández 38 07

Agustín Cautos Martínez 37 71

Aniceto Molina Núñez 36 80

Manuel Muñera López 33 35

Diego González Martínez 32 17

Luis Navarro Moya 37 72

José Núñez Almendros 27 63

Juan Sáoz Hernández 27 19

Miguel García Alcázar 26 83

Juan Ramón García Núñez 26 79

José Belmente Monteagudo 26 45

Andrés Toledo Jiménez 26 25

Martín Núñez Núñez 25 65

Juan Fernández Almendros 25 33

Pedro Ramón Cebrián García 24 85

Narciso Tobarra Corredor 24 53

Y para que consto y se publique en el Boletín ofi- Cía/do la provincia, en armonía con lo establecido en el artículo 29 do la ley de 8 de Febrero de 1877, libro la presente con el visto bueno dol Sr. Alcalde en Ho- ya Gonzalo á iO de F'ebrero de 1913.—-El Secretario, B^raiicisco N. Ortiz,— V.“ 3 .”— El Alcalde, José Fer- uández.

JUNTA PROVINCIAL DE BENEFICENCIA C i r c u l a r .

No habiendo remitido los Señorea Alcal­

des que al final se relacionan la memoria relativa á la beneficencia que interesaba en mi circular de fecha 11 de Abril, inaorta en el

Boletín oficial

número 45, si en el im pro­

rrogable plazo de diez día.s, no remiten la indicada metnoria, les impondré el máximum de la multa que señala el artículo 184 de la ley Mui)ic:[ial, con la que desde luego quedan conminado.^.

Albacete 10 de Mayo de 1 9 í3 ,—El Go- bernador-PresidMitc, Pablo Plaza.

Relación que se cita.

Abengibro, A lboria, Alcadozo, Alcalá del J á c a r , Alman-'^a, Alj)cra, B u h a de Vés, Ba- rrax, Bieuservida, Bonete, Bonillo, Cauris Ibáñez, Casas de lu án Núñez, Casas de Lá- za)'o, Cenizatn, Oorralrubio, Chinchilla, El­

che de ia Sierra, Eerez, Fuentoálamo, La Gi- ncta, Higneruela, Hoya Gonzalo, Jo rq u era, Letur, Lieíor, Madriguera^, Mahora, Moli- nicos, IMontealegre, Povedilia, Recueja, San Pedro, Vableganga, Villaíoya, Albatana, Ma>u'güso, M inaya, Moutalvos, Motilieja, P o ­ zo Lorentí-, P a tern a, Peñas de San Pedro, P o ­ zuelo, Riop.'sr. Robledo, Roda (La), Socovos, Tarazón a, Villamalea, Villapalaoios, Villa- verde, Vi veros y Yest;-.

INTERVEN; ION DE HACIENDA C irc u la r.

Se hace saber por la presente á ios in d i­

viduos de Clases jjasivaa que tienen c onsig­

nado el pago de sus haberes cu ia Tesorería de H acienda de esta provincia y residen en los pueblos de la iniama, que para co b ra r los que )e.s correspondan jjor el mes actual, deberán exhibir sus cédulas personales dei año corriente; advirtiéndoles que en lOsS casos en que las ))ensíon:.s ó haberes se dis­

fruten por dos ó má.s personas en c o p a rti­

cipación, cual sucede con varias de Mon­

tepío m ilitar y algunas otras, han de p re ­ sentarse las cédulas de todo.s ios interesados.

Esta circular, que no afecta á los pen- sionistRvS domiciliados en e.'d,a capiiai, puesto que aún no se oxpeden en la misma las cédulas, encargo á los Síes. Alcalde.s pro­

curen tenga la míiyor publicidad, p ara que enterados los interesado.^, puedan c u m p lirlo (]ue se previene, evitándose así el consi­

guiente perjuicio.

Albacete 8 de Mayo de 1913.—El In te r­

ventor do H acienda, Manuel Avanda.

SDfíliííISTñiCIOü DE PEOPIEOilDES £ IftlPOESTOS

Impuestos sobre pagos.

C irc u la r.

No habiendo remitido los Sres, Alcaldes decios pueblos de esta provincia que se rela­

cionan á continuación las certificaciones de los pagos realizados d urante el prim er t r i ­ mestre del año corriente, se les j)reviene por medio de la presente que, si en el im p ro rro ­ gable plazo de cinco días, contados desde el siguiente al en que aparezca inserta la p re ­ sente circular en el

Boletín oficial,

no re m i­

ten á esta Administratdón el referido docu­

mento, se p ropondrá al Sr. Delegado de H a ­ cienda la imposición de la m ulta que esta­

blece el artículo 19 del Reglamento del im ­ puesto, y además se n o m brará un comisio­

nado plantón, con dietas de 7‘50 pesetas diarias, que ppise al j)Uublo á recogerlos, y cuyas dietas le serán abonada.s del peculio particular de los Sres. Alcaldes, quedando desde luego conminados con dichas respon­

sabilidades.

Pueblos cuyos Sres. Alcaldes no han remi­

tido las certificaciones.

Alpeia, Bulazote, Balsa de Vés, Bonillo Oarcelén, Casas Ibáñez, Casas de Lázaro’

Chíiíchilla, Fuunsania, Fuentcálam o, Hoya Gonzalo, Jnvquora, Madriguera.^, Mahnni Ma.segoso, M inaya, Moiinicos, Paterna,

Y\.

llamalen, Vibatoya y Yeste.

Albacete 3 de Mayo de 1913.—El Adnii- nisfrador, Julio González.

TESORERIA DE H.VCIENDA

Providencia de apremio de primer gra­

do

— Con esta fecha se mandan al arriendo de las coiifribuciones unas certifitíaciones ex­

pedidas contra los individuos expresados á ronfinuaoión:

Ramón Martí Aguilar, vecino de Elche de la Sierra, derc(d)os reales, 23 40 pesetas,

Rosario López, id. de id , id., 41‘14 pc- .setas.

Sofía Ocaña López, id. de id., id., 53‘69 pe-'^eías.

Elias Ocaña I.ópez, id. de id., id., 53‘68 pesetas.

Migmd Abellán Lorente, id, de Ontur

id., 135‘40 pesetas. ’

Alonso Parra.s Rocí e, id. de Hellín, id.

3 0 T 2 pesetas. ’

Ju an Almendros García, id. de Tobaría

id., 6‘GO pesetfis. ’

Cuyos débitos, con el recargo del 5 por 100, pueden siitisfacer los intere.sados dentro del plazo de tres días que señala el artículo 52 de la In.strucción de :í6 de Abril de 1900.

Lo que en cum|)]imicnl,o al artículo 51 de dicha instrucción se publica en d

Boletín oficial

de la provincia jmra conocimiento de los deudores y demás fiue.s reglamentario:^.

Albacete 8 de Mayo do 1913.—El Tesore­

ro de Hacienda, José S. Pizaua.

PO VEDILLA

D. Antonio Buendía P rio r, Alcalde con.sti- tucional de estfi vida.

A los contribuyentes por los conceptos de riqueza rústica y u rb a n a en este término municipal, hago SEiber: Que por todo el pre­

sente mes, los contribuyentes que su riqueza h a y a tenido alteración, presentarán en la Se­

cretaría de este Ayunl.-iuiiento las corres- pondiente.s hojas aclaratorias acompañadas de los justificantes y cartas do pago de ha­

ber sati.yfeoho los derechos reales en las oñ- cinas liquidadoras de Hacienda, á fin de ha­

cer los apéndices al catastro, registro fiscal y amillaniiiúento, bases p ara la formación de les repartim ientos corre.spondieutes

A

próximo año 1914.

Lo que se hace público por medio de es­

te edicto en el

Boletín oficial

de la provincia, advirtiendo que tran cu rrid o el plazo cmis- signado no se a d m itirá nirjguna.

Povedilla 4 de Mayo de 1913.—El Alcal­

de, Antonio Buendía.

Á LPER A

D. Noé G arcía Díaz, Alcalde constltacional de esta villa,

Hace saber: Que por t.ónnino de diez días hábiles, contados desde el siguieiRe al en que aparezca inserto este anuncio en el

Bolcin^

de Albacete, puede solicitarse la pla­

za de Depositario de fondos municipales de este distrito, la cual se halla dotada con sueldo anuíU de SCO pesetas pagaderas

por irimestres vencidos y con la obligación de cum p lir las condioiones fijadas por el A y u ntam iento.

Alpera 7 de Mayo ds 1913.—Noé García-

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

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Boletín Oficial de Albacete

Mil- illo, oya f»ni

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D. Noé García Díaz, Alcalde coDstitucioiial de esta villa,

Hace saber: Que para proveer en legal forma la plaza de Recaudador agente eje­

cutivo do repartimientos locales con sujf^- cióu á las condiciones fijadas por el Ayunta- mioiito, puede solicitarse en térmi:<o do díoz días hábiles y por medio de instancia por cuantos se consideren aptos para desempe­

ñarla cumplidamente.

A!j)era 7 de Mayo de 1913.—Noé García PATERNA

Los contribuyentes que h a y an sufrido alteración en su riqueza territorial y quieran que se hagan las oportunas variaciones en el Registro fiscal de la riqueza rústica y en el amillaramiento de la urbana, deberán presentar en la Secretaría de este .Ayunta­

miento por todo el mSvS corriente las corres­

pondientes declaraciones debidamente docu­

mentadas.

Transoarrido el día 31 se procederá sin levantar mano á la confección do los apén­

dices coii las declaraciones hasta entonces presentadas, dejando de admitirse para este año ias que se pr<3senton después de dicho

día.

P a te rn a l.° de Mayo de 1913.—El Al­

calde, Toribio LuCvas.

FUENSANTA

D. Julián U rrea García, Alcalde constitu­

cional de esta villa,

Hace saber: Que debiendo procederse á la formación de los apéndices de la riqueza rústica y urbana que ha de servir de base á ios documentos cobratorios del próximo año 1914, se invita por el presente á todos los contribuyentes de este término municipal que h a y an sufrido alteración en sus bienes, presenten las reclamaciones de alta ó baja, coa documentación justificativa en la Secre­

taría del A yuntam iento d urante el presente mes de Mayo, advertidos que term inado el plazo señalado no se adm itirán ningunas.

Fuensanta 8 de Mayo de 1913.—Ju lián Urrea.

ELCHE DE LA SIERRA

Se hace saber: Que hasta el día 28 del actual, los contribuyentes de este término municipal que ha;yaii sufrido alteración en sus riquezas rústica y urbana, pueden pre­

sentar en la Secretaría de este Ayuntam iento las oportunas relaciones de alta y baja debi­

damente justificadas.

Elche de la Sierra 6 de Mayo de 1913.—

El Alcalde*, Godofredo de Mora.

JUZGADOS

}ía.

CHINCHILLA

D. José María de la Llave y Corral, Juez de prim era instancia de esta ciudad de Chin­

chilla y su partido.

En virtud del presente prim er edicto hago saber: Que en este Juzgado el P ro c u ­ rador Don José Soriano Sánchez, en nombre de Don Ju an Gómez Cautos, mayor de edad, casado, propietario y vecino de Pétrola, ha promovido expediente para acreditar é ins­

cribir en el Registro de la Propiedad del partido el dominio que su representado tiene sobre los once inmuebles siguientes.

Urbana en la mlla de Pétrola.

1.“ Una casa habitación, situ a­

da en la villa de Pétrola y su calle Mayor, señalada con el uámero tres de orden de población, compuesta de pm tal de entrada, cocina, dos cuartos, una cuadra y corral pe-

Ptas. Ota.

queños y encamarado sobre los cuartos y la cocina; mide una ex­

tensión superficial de ochenta me­

tros; y linda por la derecha casa de Angela Ju an Amat, izquierda la de José Gallardo Molina y espalda este mismo y María Josefa Núñez G ar­

cía: valorada e n ... 1.650

Rústicas correspondientes á la labor lia-

mada de la Cabrera, radicantes en el tér­

mino municipal de Chinchilla.

2. * Un trozo de labor y mont?, su cabida diecisiete almudes, un celemín y dos cuartillos, equivalen­

tes á seis hectáreas, cuatro áreas, veintiséis oenliáreas y veintisiete decímetros; que linda á Saliente Doña Josefa Núñez Flores y Núñez- Oortés, Mediodía el interesado Juan Gómez Cantos, Poniente ejidos de la casa labor y Norte Manuel Gó­

mez Cantos: valorada e n ... 185 3. ® Uii bancal tierra secano á cereales llamado del Ruedo de las Carretas, su cabida dos almudes, tres celemines y dos cuartillos, equi­

valentes á noventa áreas, cuarenta y nueve ceiitiáreas y diez decíme­

tros; que linda á Saliente Manuel Gómez, Mediodía la vereda, Po­

niente J u a n Gómez Cantos y N or­

te José María García Hoyos: su va­

lo r... 168 4 . '‘ Otro bancal situado á la de­

recha del camino de la Morena, su cabida seis almudes y un cuartillo, igual á dos hectáreas, once áreas, sesenta y tres centiáreas y dos de­

címetros; que linda á Saliente Ma­

nuel Gómez, Mediodía camino de servidumbre, Poniente camino de la Morena y Norte camino de los Arrieros: valorada en... 100

Otro bancal conocido por el (le la Llanada, su cabida cuatro al­

mudes, cuatro celemines y dos cuartillos, igual á una hectárea, se­

senta y seis áreas, treinta y ocho centiáreas y sesenta y tres decíme­

tros; que linda á Saliente Manuel Gómez Cantos, Mediodía herederos de Matías Gómez, Poniente Ju an Gómez Cantos y Norte camino de

Albacete: valorada en... 237 50 6. ^ Otro bancal á la izquierda del camino de la Morena, su cabida siete almudes, tres celemines y dos cuartillos, equivalentes á dos hec­

táreas, cuarenta y ocho áreas, once centiáreas y noventa y nueve decí­

metros; que linda á Saliente Ju an Gómez Cantos, Mediodía Angela Gómez Cantos, Poniente Manuel Gómez y Norte camino de la Mo­

rena: su valor... 80 7. *' Un trozo de terreno desti­

nado é cereales en secano, denomi­

nado L a Machorra, su cabida trein­

ta almudes, equivalentes á diez hec­

táreas, cincuenta áreas, ochenta y siete centiáreas y treinta y cinco decímetros; que linda á Saliente J u a n Gómez Cantos, Mediodía camino de Albacete, Poniente Ma­

nuel Gómez y Norte camino de los Arrieros: valorado en... 1.200

8. “ Un bancal tierra secano á cereales, denominado la Cañadica, su cabida diecisiete almudes, equi­

valentes á cinco hectáreas, noventa y cinco áreas, cincuenta centiáreas y cincuenta y tros decímetros; que linda á Saliente Aquilino López

Ptas. Ota.

Sánchez, Mediodía loma de los herederos de Matías Gómez, P o ­ niente herederos de Nicolás R o ­ dríguez y Norte camino de Alba­

cete: valorado en...255 9. Otro bancal tierra Secano á cereales, en el sitio Cruz de Liimesa, su cabida catorce almudes y tres celemines, equivalentes á cuatro hectáreas, noventa y siete áreas, noventa y dos centiáreas y treinta y tres decímetros; que linda á Sa­

liente Pedro Gómez Cantos, Medio día Camino de la Losilla. Poniente

y Norte Manuel Gómez Cantos

camino de los Arrieros: valorado e n ...

10. * Una suerte de tierra secano á cereales, conocida por la del La- bajo, .su cabida ocho celemines y dos cuartillos, equivalentes^'á cua­

renta y nueve áreas, sesenta y dos ceiitiáreas'y cincuenta y nueve de­

címetros; que linda á Saliente eji­

dos de la aldea, Mediodía Manuel Gómez, Poniente y Norte Pedro Gómez Cantos: valorada en. . . .

11. * Un trozo de loma, su cabida setenta y cinco almudes, equivalen­

tes á veintiséis hectáreas, veintisiete ár(*as, quince centiáreas y noventa y cuatro decímetros; que linda á Saliente Doña Emilia López de Ha- ro y Maza de Lizana, Andrés Gó­

mez Zamora y Salvador Pérez, Me­

diodía el Ju an Gómez Cantos, P o ­ niente ejidos de la^ casa labor y Norte Manuel Gómez Cantos: valo­

rado e n ...

217 50

50

900 Lo que“He anuncia al público p ara cono­

cimiento de ia.s personas á quienes pueda perjudicar la inscripción que se solicita, con­

forme al artículo cuatrocientos de la vigente ley Hipotecaria, y que comparezcan si lea conviniere á deducir y defender sus derechos sobre tales inmuebles, en el término de ciento ochenta días, contados desde el si­

guiente al de la inserción de este edicto en el

Boletín oficial

de la provincia.

Dado en Chinchilla á tres de Mayo de mil novecientos trece.—José M. de la ¿lav e.

El Secretario, Francisco S. Ortíz.

D. José María de la Llave y Corral, Juez de prim era instancia de esta ciudad de Chin­

chilla y su partido.

En virtud del pre.sente prim er edicto hago saber: Que en este Juzgado, por Don iMánuel Gómez Cantos, m ayor de edad, casado, labrador y vecino de Pétrola, se ha promovido expediente para acreditar é ins- c?’ibir en el Registro de la propiedad de este partido el dominio que tiene sobre los nueve inmuebles que se pasan á describir, situados en la labor denominada «La Cabrera», de este término municipal, descritos en la forma siguiente:

Ptas. Cts.

1. ° Un trozo de labor y monte, su cabida diez y siete almudes, un celemín y dos cuartillos, equiva­

lentes á seis hectáreas, cuatro áreas, veintiséis centiáreas y veintisiete decímetros; que linda á Saliente Doña Josefa 5lúñez Florea y Ndñez Cortés, Mediodía J u a n Gómez Cau­

tos, Poniente ejidos de la casa labor y Norte Pedro Gómez Cantos: v a ­ lorado e n ...185

2. ® Un bancal tierra secano á cereales, llamado del Ruedo de las Carretas, su cabida dos almudes, tres celemines y dos cuartillos,

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

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Pías. Ct3.

equivalentes á noventa áreas, c u a ­ re n ta y nueve centiáreas y diez decímetros; que linda á Saliente el reourrentí-, Mediodía la vereda, P o ­ niente J u a n Gómez Cautos y Norte Aquilino López Sánchez: su valor. 1G8

8.® Otro Ivnical situado á la de­

recha dei cam ino do la Morena, su cabida seis almudes y un cuartillo, igual

ii

dos hectáreas, once áreas,

«rseuta y. tres centiáreavS y dos de­

címetros; que iiiída á Saliente el recurrente, Mediodía y Poniente J u a n Gómez Caní.o.s v Norte c a ­ mino de los Arrieros: valorado en. .100

4. ° Otro banca! conocido por el de la L lanada, su cabida cuatro almudcH, cuatro celemines y dos cuarlillos, equivalentes á una In c- lárea, sesenta y seis áreas, trein ta y ocho centiáreas y sesenta y tres de­

címetros; que linda á Saliente Aqui­

lino López Sátichez, Mediodía here­

deros de Matías Gómez, Poniente J u a n Gómez Cantos y Norte camino

de Albacete: valorado en. . . • 237 50 5. “ Otro bancal á la izquierda del camino de la Morena, su cabida siete almudes, tres celemines y dos cuartillos, equivalentes á dos hec­

táreas, cuarenta y ocho áreas, once centiáreas y noventa y nueve de­

címetros; que linda á Saliente Juan Gómez Cantos, Mediodía Pedro Gómez Cantos, Poniente Alfonso fíam írez Cebrián y iNorte canáno de loa Arrieros: »u valor. . . . 80

6. " Un trozo de terreno des- tii’.ado á cereales, en secano, de­

nominado La Machorra, su cabida doce almudes, equivalentes á cuatro hectáreas, veinte áreas, tre in ta y cuatro centiáreas y catorce decí­

metros: que linda á Saliente Juan Gómez Cantos, Mediodía camino de Albacete, Poniente Pedro Gómez y Norte camino de los Arrieros: v a ­ lorado e n ...

7. ” Otro bancal tierra secano á cereales, en ei sitio Cruz de Linuesa, su cabida dieciocho almudes, equi­

valentes á seis hectáreas, treinta áreas, cincuenta y dos centulreas V uu decímetro; que linda á Saliente J u a n Gómez Cantos, Mediodía ca­

mino de L a Losilla, Poniente Al­

fonso Ram írez Cebrián y Norte camino de los Arrieros: valorado en 270

8. ° Una suerte de tierra secano á cereales, conocida por la de' Labajo, su cabida cuatro celeminea y tres cuartilUis, ó sea veintisiete áreas, setenta y tres centiáreas y veintiún decímetros; que linda á ÍSalieiite y Mediodía camino que conduce á Pasa-Consol, Poniente Pedro Gómez Cautos y Norte Ju an Gómez Cantos; valorada en. . . 30

9. ® Un trozo de loma, su cabida cimrenta y cinco almudes, equi­

valentes á quince hectáreas, ochen­

ta áreas, veintiocho centiáreas y diez y nueve decímetro.'?; que linda á Saliente Andrés Gómez Zamora y Salvador Pérez, Mediodía Ju an Gómez Cantos, Poniente ejidos de la casa labor y Norte Pedro Gómez Cantos: valorado e n ... 540

Lo que se an u n cia al público p ara co­

nocimiento de las personas á quienes pueda periudicar la insorip.cióu que se solicita, conforme al artículo cuatrocientos de la virreute ley H ipotecaria, y que comparezcan

si les conviniere á deducir y defender sus derechos sobre tales inmuebles, en e! término de ciento ochenta días, contados desde el siguiente al de la inserción de este edicto en el

Boletín oficial

de la provincia.

Dado en Chinchilla á cinco de Mayo de mil novecientos trece.—José M- de la Llave.

El Secretario, Francisco S. Ortíz.

D. José María de la Llave y Corral, Juez de prim era instancia de esta ciudad de Chinchida y su partido.

En virtud del presente prim er edicto h a ­ go saber: Que en este Juzgado, por Don P e ­ dro Gómez Cantos, m ay o r de edad, casado, labrador y vecino de Pétrola, se ha ]>romo- vido expediente para acreditar é in scrib ir en el Registro de la [)iopieclad de e.stc partido el dominio (jue tiene sobre los cinco inmuebie.s que se jiasan á dcscidbir, situados en la labor denom inada «La Cabrera», de c.ste término m unicipal, descritos en la form a siguiente:

Ptas. Cts.

Un bancal tierra vseenno á cerea­

les, denominado de la R am bla, su cabida diez almudes, equivalentes á tres hectáreas, cincuenta áreas, veintiocho centiáreas y cu aren ta y cinco decímetros; que linda á Sa- tíeíito Alfonso Ramírez, Mediodía Angela Gómez Cantos, Poniente y Norte camino de la Losilla: valoia- do e n . ... 150

U na .suerte de tierra dcnooiiua- da del Labajo, su cabida tres a l­

mudes y dos cuartillos, igual á vein­

te áreas. cuarenta y tres ceníiá- reas y cu aren ta y un decímetro.^, que se halla en los ejidos de la c a ­ sa labor y linda á Saliente camino que conduce á Pasa Consol, Medio­

día el mismo camino, Poniente ban­

cal del Colmenar y N orte Labajo:

valorada en. ...25 Un trozo de loma, su cabida dieciocho almudes, equivalentes á seis hectárea.s, trein ta áreas, c in ­ cuenta y dos centiáreas y uu decí­

metro; que liúda á Saliente Andrés Gómez Zam ora y Salvador Pérez, Mediodía Manuel Gómez Cantos, í*oniente camino de Chinchilla y Norte Alfonso Ramírez: en. . . . 216.

Un tj-ozo de terreno de labor y monte, su cabida uno.s d o c e 'a lm u ­ des, ó sea cuatro hectáreas, veinte áreas, treinta y cuatro centiáreas y catorce decímetros; que linda á Sa­

liente Doña Josefa Marín Barnue- vo, Mediodía y Poniente Alfonso Ramírez y Norte camino de Chin- chiüa: valorado e n ...144

U na suerte de tierra á cereales, que formó parte del bancal llama do Cruz de Linuesa, su cabida tres almudes y tres celemines, equiva­

lentes á una hectárea, veintidós áreas, sesenta centiáreas y veinte decímetros; que linda á Saliente ca­

mino de la Lo.siila, Mediodía y Po­

niente J u an Gómez Cantos y N or­

te camino de los Arrieros: en. . . 52 .50 Lo que se anuncia al público para cono­

cimiento de las persona.s á quienes pueda perjudicar la inscripción que se solicita, con­

forme al artículo cuatrocientos de la vigen te ley H ipotecaria, y que comparezcan si les conviniere á deducir y defender sus derechos

«obre tales inmuebles, en el térm ino de cien­

to ochenta días, contados desde el siguiente el de la inserción de este edicto en el

Boletín

!

oficial

de la provincia.

Dado en Chinchilla á cinco de Mayo de mil novecientos trece.— Jo.sé María de la L lave.— El Secretario, F icn cisco S.

Ortíz.

ALMANSA

O.’ Pablo Manuel vSánchez Silva, Juez de ins­

trucción de este partido.

Por el presente edicto á virtud de ig.

novarse el domie-ilio de Manuel García Frai- jón, hijo de Nicolá< y Asunción, de 5 0 anos, .soltero, rem endador de porcelana, natural de Málaga; Ildefonso F c rra ira M oratalla, hi­

jo de Francisco y M'íriana, m ayor de edad, soltero, rem endador de ymrcelana, natural de Cáceres; J u an Riilz Carreño, do 52 años, hijo de J u an y Teresa, casado con Isabel Berna, jornalíMo; Manuel F e rra ira Movata- lia, hijo de Francisco y Mariana, de 19 años, remendador de porcelana, soltero, natural de Cácerc's, y losé Duran B arrena, de 19 años, hijo de Manuel y María, soltero, hoja­

latero, n a tu ra l de Aracenn; se cita á los su­

jetos relacionados pura que el día 11 del pró­

ximo mes de Julio y h ora de las nueve, comparezcan ante la Audióncia provinoiai de Albacete, con objeto de co n cu rrir al ju i­

cio oral que tendrá lugar en dicho día en la causa seguida contra los mismos en este Juz­

gado, sobre hurto de metálico, bajo la pre­

vención de que podrá decretarse la prUión provisional de los mismos si dejaren de com­

parecer sin causa justiñeada.

Dado en Almansa á 8 de Mayo de 1913.

Pablo M- Sánchez —P. S. M., Pedro Man­

cebo.

CASAS IBAÑEZ

D Adolfo Ortíz Casado y Orejón, Juez de instrucción del partido de Casas Ibáñez.

Hago saber: Que en cumplimiento del art. 31 de la Ley del Ju rad o , he acordado se proceda el día 20 del corriente á las diez de su m añana, al sorteo de los seis vocales que bajo mi presidencia y en concepto de maj’ores conlribuventes, cuatro por territo­

rial y dos por industrial, han de constituir la J u n ta de este partido para la formación de las listas de J u rad o s del presente año.

Dado en Casas Ibáñez á 5 de Mayo de 1913.— Adolfo Ortíz Casado.— P . S. M., Agustín Descalzo.

Sección de fuera de la Provincia

Juzgado de primera instancia de Aio á za r de San

Juan

D. Pablo Calleja de la Cuesta, Juez de ins­

trucción de esta ciudad y su partido.

P o r la presente requisitoria se cita, lla­

ma y emplaza, al procesado Eulogio López García, de 24 años de edad, soltero, quinca­

llero, hijo de Isidro é Isabel, domiciliado úl­

tim am ente eii Mota del Cuervo, cuyo actual paradero se ignora, para que en el término de diez días comparezca ante este Juzgado a la práctica de diligencia, en causa que se le sigue por disparo de a rm a de fuego, bajo apercibim iento d e q u e si no comparece será declarado rebelde y le p a ra rá el perjuicio á que hubiere lugar con arreglo á derecho.

Al propio tiempo ruego y encargo ú to­

das las Autoridades y agentes de la policía judicial, procedan á la busca y captura de dicho procesado y la conducción del mismo á la prisión preventiva de este partido á dis­

posición de este Juzgado.

Dado en Alcázar de San J u an á 5 de Ma­

yo de 1 9 1 3 .~ P a b :o Calleja.— P.

S.

M., Pa­

trocinio Corrales.

I M P R E N T A P R O V I N C I A L

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Referencias

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