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HISTORIA DE COSTA BICA - Fundación Ignacio Larramendi

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A LA HISTORIA DE COSTA RICA 33 V m d.Aquellas partes que en persona de V m d.Si se ofreciese a darme algunas personas para este fin. Por la presente ordenamos a los vecinos y personas que se mencionarán en este reparto, el del trigo o harina que tengan para el sustento de su pueblo y familias, luego y sin demora alguna, hacer doscientos quintales de viscocho, que serán n en el puerto de La Caldera en esta provincia en poder del lugarteniente de oidores oficiales de la real corte en la ciudad de Esparza y ​​dicho puerto, luego con ellos la galera y demás buques de guerra que en De están almacenados y vienen por orden de el Señor Presidente de la Real Audiencia de Panamá, Gobernador y Capitán General del Reino de T I e r r a F i r m e, en persecución del enemigo pirata, que actualmente ocupa las costas del Mar del Sur, y se sabe que está en Amapola encenada , y puesto a su cargo por Antonio Martín, Cabo y Gobernador de ellos, de acuerdo con carta del dicho Señor Presidente, su fecha en la dicha ciudad de Panamá, el tres de abril del presente año. seiscientos ochenta y siete, escrito a Vuestra Excelencia por el Sargento Mayor Don Miguel Gomes de L a r a, Gobernador y Capitán General de esta Provincia; y el que escribió el dicho Antonio Martín desde el dicho puerto de La Caldera, al veinticuatro de la corriente, pidiendo trescientos quintales de viscocho y doscientas cincuenta arrobas de carne salada, que hizo propuesta para su ejecución a este Cavildo, su merced del dicho gobernador y capitán general, para que se efectúen los dichos bienes. Costa R i c a y V a l e de M a t i na, de modo que si el enemigo Zambo de la Isla Mosquito quisiera invadirlo y saquearlo, como lo ha hecho en otras ocasiones, no podría lograrlo encontrando la debida defensa y resistencia; y si el dicho gobernador permaneciese en la provincia con el entendimiento de la defensa y seguridad del país, podrá aplicar cuantas otras disposiciones le parecieran convenientes, en el entendido de que sin este remedio la reducción de los indios que estaban tan adelantados, y que después de esta osadía sería, si no castigada, moralmente imposible continuarla, y considerando el riesgo a que estará expuesta la dicha provincia, de sufrir las hostilidades, robos y muertes que estos indios hicieron; y. En cuanto a la intención con que se dice que los Zambos de la Isla Mosquitos tuvieron que invadirla, puede enviar algunas de las declaraciones recibidas por el Gobernador de Costa Rica al Gobernador de Nicaragua, los 3 prisioneros que vinieron como refugiados de dicho Zambo. . , advirtiéndoles con tanto cuidado y vigilancia como es debido, que los dichos enemigos no logren sus designios en ningún lugar de su jurisdicción, y lo mismo sea ejecutado y avisado al gobernador de Costa Rica, digo, de Coma-y a g u a, Castellano del Golfo y Corregidor de Sacapa. Y habiendo continuado el Sumario contra dicho Presbere y los demás mencionados, según las Decisiones de quienes en él testificaron, se demostró que dicha Persona era el Instrumento principal de dicha Conspiración; y por lo tanto. Les ruego que tengan la amabilidad de enviarnos hachas y machetes para sus cosechas y 100 cabezas de ganado para su manutención, con cargo al Tesoro Real; y no dudo que el celo de un S. Ministro tan celoso por llevar a dicha población a dicho lugar, donde puedan ser administrados y confinados en el gremio de nuestro Papá Noel, que después de encontrarme con medios suficientes, no. han llegado hasta dejarlos poblados, y me gustaría mucho darles a qué me refiero.

Se le preguntó si sabía que nuestro Rey y Señor ha establecido su justicia real en todas sus ciudades, pueblos y países para premiar a los buenos y castigar a los malos: que al pie de ella firmé mi nombre, mientras lo hacía. Estuvieron presentes el escribano real, que eran los capitanes Francisco de la Madriz Linares y Juan Sancho de Castañeda, vecinos de esta ciudad. en esta causa declarada, según y según lo contenido en ella; y que ésta podrá hacerse constar cuando convenga, por orden de S. Quezuinaque, a los veintidós días del mes de septiembre del año mil setecientos once. Tan pronto como sea posible, tomaré las disposiciones que considero adecuadas para la defensa de esa provincia y de los lugares a los que apuntan los Mosquitos Zambos, en busca de armas y dinero para el pago de reconocimientos y otros equipos de municiones, en relación con el hecho. esa provincia necesita ambos; y también espero que, como me habéis favorecido mucho, como os rogué en otro caso mío, que mandéis a los oficiales que me paguen el salario que Dios os guarda) que habéis designado, para poder sustentarme y pagar lo que Con razón tengo, como espero de Tu gran justificación, la cual Dios conserva durante los muchos años que deseo y necesito. Que hay dos puertos en el Mar del Norte, Moyn Cove y Portete, capaces de botar a través de él cualesquiera barcos de todos tamaños; y que aunque hay otras, son peligrosas y se vuelven innavegables; y que en la mar del Sur y mar de la Caldera, a donde llegan naves mayores, y seis leguas de ella, a barlovento, otras dos llamadas la Manta y la Herradura, lindando por aquella parte con la provincia de Nicaragua, y que unas y otras son por tanto sin protección. DOCUMENTOS SOBRE LA HISTORIA DE COSTA RICA 149 estando abiertos y no fortificados, se encomiendan sólo a la custodia de los vigías, que en caso de necesidad de los enemigos, pueden avisar al Gobernador que puede usar oposición. posición que es posible.

Confío también en vuestra señoría para que tome las disposiciones necesarias, para que ningún embarque procedente de esta isla o de sus apéndices llegue a la colonia de los indios Zambos Mosqui. sotavento y sotavento a cambio de armas, municiones, hierro y otros artículos, también da estos bienes por picos de halcón y caparazones de tortuga, cura que se hace en todos los veranos con los dichos mosquitos; quienes, como están en el país español, acosan a otras partes de la nación, porque son ayudados y protegidos por los jamaiquinos y sus aliados. PARA LA HISTORIA DE COSTA KICA 157 por razón CLÍÍÜ renunciaron a la obediencia a mi rey y se-. Por favor envíelo como objeto de búsqueda en uno de los barcos de tráfico de asentamientos negros, tomando nota también de que ordeno a dicho Gobernador que envíe a dichos indios por este camino, para que puedan llegar a este lugar. Por tanto, si no conviene, se los llevará al puerto de Malina, y si tal caso se da, todos los gastos de su mantenimiento que surjan de la herencia del Rey serán ciertamente ciertos y verdaderos, reparados y pactados, a lo que Me refiero; que sucedió en la ciudad de Cartago, el día ocho del mes de octubre del año mil setecientos veintidós; Pasa por mí y por los testigos presentes por falta de notario, y está escrito en este papel común por falta de sello, lo cual doy fe. Cartago, 20 de agosto de 1723. Un poco de tiempo esperaréis en el puerto de La Caldera para pasar a la corte de S a i i t i a g o en Guatemala, a tomar los cargos que Dios os guardará) fue bueno que os concediéramos esto en el paso que hemos dedicado con toda diligencia al servicio del Rey, hemos experimentado resultados adversos, contrarios y despreciables, como lo definen los motivos, causas y razones que exponemos a la alta inteligencia de VE, para quienes favorecen nosotros, reconocemos y protegemos lo siguiente, sin segundo explícito:

A la llegada del veinte de enero, se puso el estandarte real bajo palio y colocado en el corredor de la casa del Cabildo, con el decoro y guardia necesarios, encomendado que fuera sacado por el Maestro de Campo de esta dicha Provincia. D.34; Francisco Bruno Serrano de Reyna, con qué fin. En la mañana del día veintitrés, lo mismo que en las dos anteriores Costa del Sargento Mayor Don Manuel de Alvarado continuó en la Santa Iglesia, habiendo predicado en los tres días señalados, tres sermones del dicho don Antonio de Guevara. , y en la tarde de dicho día el dicho señor Manuel de Alvarado mantuvo el juego del ring y entregó premios de cintas a los aventureros que entraron a la batalla, y dulces y bebidas en general. Cartago, capital de la provincia de Costa Rica, a los tres días del mes de febrero del año mil setecientos veinticinco, y firmamos que sólo lo certificamos.

Ese día se tomó testimonio de la cédula anterior para enviarla a S. T h o m á s L ó p e z del Corral, entonces lugarteniente de oficiales reales en esta provincia. A este estado de guerra se sumó también la rama de tributos reales pagados por los pueblos originarios; y al día de hoy es tan notorio su estado deplorable, que sólo pagan doscientos veinte pesos al año en plata, por la naturaleza de las dos subastas, y a cuenta del total, los dichos pueblos pagan quinientos ochenta pesos. de cacao, porque su dicha deplorable condición, la miseria y la falta de comercio en esta provincia fueron razones suficientes para el despacho presentado por estos pueblos para concederles que el pago del dicho tostón no sería en plata, sino en cacao, y al presente Hoy en día, incluso obtenerlo de esta manera, es de mayor importancia para los oficiales reales, ya que la pobreza en la actualidad es mayor, por lo que no se pueden excusar algunas demoras, como en otros tiempos también hay evidencia de ellas—en este Caja real para los escritos que en ella pasaban. ; hacer saber a los parientes que tales escrituras no son ejecutables, cuando lo habitual no está disponible, ni los vecinos pueden comprar a los deudores indios. 186 DOCUMENTOS PARA LA HISTORIA DE DK COSTA RICA de este informe, estas actas fueron trasladadas a esta real hacienda por mi cargo, donde queda constancia; y en su virtud lo doy fe en toda forma de ley, para que conste en su caso; y firmo en este palco real en mi despacho estando y residiendo en esta ciudad de Cartago en la provincia de Costa Rica, a los veintisiete días del mes de febrero de mil setecientos treinta y un ños. Bendición de Dios y Cabo Vicioso, y por el curso de Sur a Norte hay costa de ochenta leguas, y de este Cabo va hacia Tmjillo y Punta de B a l i s, y el curso de Este a Oeste es de 160 leguas, que con Arriba Son doscientas cuarenta leguas de costa. Mar del Norte; y desde el punto dicho de Balis la montaña gira cincuenta leguas tierra adentro al sur y sudoeste hasta Ja Segobia, y de este lugar gira, girando al sudeste y al este hasta su nacimiento, que tiene en la laguna de Granada, el dicho río San Juan, que tiene setenta leguas de largo, y de esta fuente corre cincuenta leguas hacia el Este hasta la dicha Mar del Norte, de la cual, según parece, consiste la circunferencia de la dicha montaña. cuatrocientas diez leguas. i) Archivo Nacional de Costa Rica.-Sección Histórica.

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