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I. Composición del Tribunal

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Academic year: 2023

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Como intérprete supremo de la Constitución, la Corte es independiente de los demás órganos constitucionales y está sujeta únicamente a la Constitución y su ley orgánica, y sus miembros son inquebrantables en el ejercicio de su mandato y de la jurisdicción auténtica que ejercen. Durante el año se ha celebrado el 200 aniversario de la primera constitución española —y una de las primeras del mundo—, la Constitución de Cádiz de 1812.

Secretaría General, Letrados,

D. Luis Medina Alcoz, Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense de Madrid. EM. Margarita Beladíez Rojo, Catedrática de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense de Madrid.

Acuerdos normativos del Pleno y otras resoluciones de carácter general 20

Actividad jurisdiccional 21

Datos generales

Procesos de inconstitucionalidad y conflictos constitucionales A) Preliminar

Procesos de amparo A) Preliminar

La actividad judicial del Tribunal Constitucional durante el año 2012 se resume en unos datos, cuyo detalle se incluye en el Anexo III de este Informe. En los apartados siguientes se da cuenta de los relacionados con la pretensión de justicia constitucional, con las penas impuestas, con el resto de la actividad judicial y con el proceso de admisión de los recursos.

La demanda de justicia constitucional

En cuanto a su origen, se mantiene el predominio tradicional de los recursos de amparo interpuestos en relación con resoluciones de los órdenes penal y jurisdiccional. Finalmente, en 1.027 recursos de amparo se impugnaron resoluciones dictadas en primera o única instancia (14,25 por ciento).

Las sentencias

La restante actividad jurisdiccional

En ATC 106/2012, de 22 de mayo, el Pleno manifestó que hubo un funcionamiento anómalo en el examen del recurso de amparo. En ATC 30/2012, de 8 de febrero, la Sección Primera declaró la nulidad de lo actuado en juicio de amparo.

El trámite de admisión de recursos

Así, se resolvieron 324 recursos de amparo más de los recibidos; lo que equivale a la resolución definitiva de 104.49 recursos de amparo por cada 100 admitidos.

Balance estadístico del año

La Sala declaró inadmisibles 3.373 (todos por sentencia; como ya se mencionó, se revocó una decisión de inadmisibilidad al estimar el recurso del fiscal) y archivó 38 recursos pendientes de admisión (mediante 14 autos y 24 pronunciamientos). La Sala declaró cesados ​​por desistimiento tres juicios de amparo, y otros 21 fueron invocados por el pleno.

La pendencia de asuntos

Procesos de inconstitucionalidad y conflictos constitucionales

Preliminar

Las causas de inconstitucionalidad resultaron en 31 sentencias dictadas por el Pleno y diez por las Salas. Por otra parte, en dos sentencias dictadas por el Pleno, se acordó extinguir el objeto de las cuestiones individuales de inconstitucionalidad (SSTC 147/2012, de 5 de julio; y 151/2012, de 5 de julio).

Leyes y disposiciones con fuerza de ley del Estado

81 del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial y el art. La STC 228/2012, de 29 de noviembre, aprueba parcialmente el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno de la Generalitat Valenciana sobre los distintos principios de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, por la que se regula el régimen de las sociedades anónimas.

Leyes y disposiciones con fuerza de ley de las Comunidades Autónomas

La sentencia llevó a cabo una interpretación conforme a la Constitución de diversas disposiciones de la ley impugnada. Sentencia que lleva a cabo una interpretación conforme a la Constitución de diversas directivas de la ley autonómica impugnada.

Conflictos constitucionales

Procesos de amparo

El ATC 9/2012, por su parte, rechazó el recurso de amparo interpuesto por dos diputados en relación con las diversas resoluciones y acuerdos adoptados por el pleno y la mesa del congreso con motivo de la reforma del artículo 135 constitucional. Por otro lado, se emitieron 50 autos aceptando el desistimiento de la actora en otros tantos recursos de amparo.

Igualdad y prohibición de discriminación (art. 14 CE)

En siete procesos se acordó mantener la suspensión acordada por las Salas en la decisión de admitir el recurso de amparo, en uso de la facultad que les otorga el art. El demandante en el juicio de amparo, resuelto por la STC 189/2012, de 29 de octubre, denunció que se vulneró su derecho a la igualdad por la decisión administrativa de descontar del importe de la pensión de invalidez, por la que no se cotizan, lo que reconoció, deduce el monto de la pensión alimenticia que se le proporcionó en la prisión en la que estuvo recluido.

Integridad física y moral (art. 15 CE)

La STC 175/2012, de 15 de octubre, denegó el amparo solicitado por una empresa de transporte marítimo que fue sancionada por pactar precios con otros operadores y que entendió lesionado su derecho a la igualdad con la misma multa pecuniaria si en relación con las demás empresas, cuyo volumen de negocio sería muy superior, sanción que en todo caso se consideró desproporcionada frente a los precedentes administrativos. La primera de estas denuncias fue desestimada, reiterando el Tribunal su consolidada doctrina de que el principio de igualdad no puede justificar una denuncia de discriminación por falta de diferenciación y la segunda porque la demandante no cumplió con la carga que le correspondía de satisfacer la idoneidad de esos precedentes, porque son términos homogéneos de contraste respecto de los cuales puede verificarse el juicio de igualdad.

Libertad personal y habeas corpus (art. 17 CE)

La sentencia declara que, si bien el actor del amparo ha sido legalmente privado de su libertad, una vez fijado el límite de la pena por el órgano judicial encargado de su ejecución, nos hemos privado de su libertad fuera de los casos en que siempre que hubiera caducado el título que la legitimaba; de manera que el exceso de tiempo en prisión representa una privación de libertad que no tiene fundamento legal y que vulnera el derecho fundamental a la libertad personal proclamado en el art. Mediante STC 140/2012, de 2 de julio, se concedió el amparo en relación con un auto que había acordado ampliar la prisión preventiva a la mitad de la pena impuesta por sentencia de su defensa en casación.

Se dictaron tres sentencias ejecutivas sobre otros tantos recursos de amparo que tenían por objeto prevenir posibles vulneraciones de uno de los derechos fundamentales consagrados en el art. Finalmente, el 17 de diciembre, la STC 241/2012 rechazó un recurso de amparo invocando los derechos fundamentales a la intimidad y al secreto de las comunicaciones en el ámbito de las relaciones laborales.

Libertades de expresión e información (art. 20 CE)

Así, la STC 106/2012, de 21 de mayo, rechazó el recurso de amparo interpuesto por un preso que invocaba sus derechos fundamentales a la intimidad y la integridad domiciliaria en relación con los controles diarios de su celda, realizados sin su presencia. Teniendo en cuenta lo alegado por el recurrente, la sentencia precisó que la periodicidad de los allanamientos a su celda fue consecuencia de la aplicación de lo dispuesto en el Reglamento sobre el cumplimiento de la pena de los reclusos que cumplen pena en régimen cerrado en un departamento de aislamiento. y que la Falta de ella respondía a estrictas razones de seguridad, debido al grado de peligrosidad del recluso.

Derecho de asociación (art. 22 CE)

La SSTC 107/2012, de 21 de mayo, y la 230/2012, de 10 de diciembre, se ocuparon de dos recursos de amparo interpuestos por el mismo interno en relación con la constante intervención administrativa de sus comunicaciones escritas con el juzgado correccional, intervenciones que, como se destaca en ambas resoluciones, es prohibido constitucionalmente. En el caso de Sortu, las declaraciones recogidas en sus estatutos y las demás hechas públicamente por sus promotores en los expedientes de presentación del partido suponen una contraindicación de solidez suficiente para menoscabar la eficacia probatoria de otros elementos de los que podría deducirse la consideración de la nueva. partido político como simple instrumento para burlar la sentencia que en su momento ilegalizó a Batasuna.

Participación en asuntos públicos (art. 23 CE)

Tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE)

La STC 155/2012, de 16 de julio, reiteró la inadmisibilidad del concepto estrictamente revisado de jurisdicción contencioso-administrativa y concedió el amparo. Con el mismo resultado se resolvió el exhorto promovido por el Gobierno de la Generalitat Valenciana, que fue resuelto en la STC 18/2012, de 13 de febrero.

Garantías procesales (art. 24.2 CE)

En todas estas sentencias se concedió amparo por la vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva y a la libertad personal, mientras que en la sentencia STC 62/2012, de 29 de marzo, a la que se ha hecho referencia en los apartados anteriores, sólo se amparo el primero de estos derechos. declarado fue vulnerado en cuanto al derecho a la inviolabilidad de las sentencias judiciales firmes. Finalmente, la ya reseñada STC 169/2012, de 1 de octubre, que reitera la doctrina establecida en la sentencia 145/2011, de 26 de septiembre, declara una resolución administrativa sancionadora contraria al derecho de defensa, en la que.

Legalidad penal y sancionadora (art. 25 CE)

Libertad sindical (art. 28 CE)

Secretaría General. Los Servicios del Tribunal

  • Servicio de Estudios, Biblioteca y Documentación
  • Servicio de Doctrina Constitucional
  • Servicio de Informática
  • Servicio de Gerencia

El objeto de la Biblioteca es, en sentido estricto, servir a los miembros de la Corte y abogados. Estas becas fueron otorgadas por Resolución de la Presidencia de la Corte, de fecha 28.09.2012 (publicada en el “Boletín Oficial del Estado” núm. 240, de fecha 8 de octubre).

Presupuesto

Relaciones institucionales

20 - 24 de febrero: Visita de trabajo del Tribunal Constitucional de Albania, en el marco del proyecto "Euralius" de la Unión Europea. 17 de diciembre: Visita de trabajo de una delegación de jueces y magistrados egipcios, en el marco del programa “Masar” de la AECID.

Otras actividades

Presentado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en relación con el art. Convocada por la Sala Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de Canarias. Promovido por D. Raúl Ibáñez Díez en relación con los autos de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional sobre Permisos Definitivos.

Promovida por la Sra. Itziar Martínez Sustatxa sobre las resoluciones de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional sobre licencias definitivas.

Estadísticas jurisdiccionales

Cuadros generales

Procedimientos de inconstitucionalidad, conflictos constitucionales, impugnaciones y declaraciones

Datos comparados (2008-2012)

CUADROS GENERALES

PROCEDIMIENTOS DE INCONSTITUCIONALIDAD, CONFLICTOS CONSTITUCIONALES, IMPUGNACIONES Y DECLARACIONES

RECURSOS DE AMPARO

Asuntos ingresados durante el año

Meses Pleno Salas Totales

Asuntos ingresados durante el año, clasificados según el tipo de proceso

Asuntos ingresados en el Pleno

5 Cuatro sentencias de inadmisibilidad fueron revocadas en apelación: tres por la Sala Primera y una por la Sala Segunda.

Sentencias dictadas en los distintos procesos (y asuntos resueltos 1 )

Relación entre asuntos ingresados, admitidos y resueltos

Pleno 14

Conflictos jurisdiccionales positivos - Conflictos jurisdiccionales negativos - Conflictos entre órganos constitucionales - Conflictos en defensa de la autonomía local 2 Impugnación de disposiciones sin fuerza de Reg y.

Pleno: asuntos ingresados según el promotor

Litigiosidad territorial durante el año, por Comunidades Autónomas (*)

Resoluciones dictadas y asuntos resueltos, según el tipo de proceso (*)

Clasificados por tipo de recurso

Clasificados por Comunidad Autónoma (*)

Origen de los recursos de amparo ingresados

Recursos de amparo

ART. 24.1

ART. 24.2

Recursos de amparo interpuestos,

Resoluciones judiciales anuladas

Resoluciones dictadas y amparos resueltos 1

Datos comparados 2008-2012

Admisión en el Pleno

Admisión en las Salas

Sentencias en el Pleno

Sentencias en las Salas

Pendientes de sentencia en las Salas

Pendientes de admisión en las Salas

Resumen del Pleno

Resumen de las Salas

  • Artículo 2: Derecho a la vida
  • Artículo 3: Prohibición de tratos inhumanos y degradantes
  • Artículo 6: Derecho a un proceso equitativo
  • Artículo 7: Legalidad penal
  • Artículo 8: Derecho a la vida privada y familiar
  • Artículo 1 del Protocolo núm. 1: Derecho de propiedad

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos rechazó que existiera causalidad en la pérdida de la imparcialidad subjetiva, pero apreció la existencia de un sesgo objetivo, que establecía la vulneración del derecho a un juez imparcial. En cuanto a la denuncia sobre la ineficacia de la investigación por la muerte del familiar de los reclamantes, el art.

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CUADRO Nº 5

Referencias

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