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lnFOTC:C - 'VP SGílADOS - Repositorio INFOTEC

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146 III.I.XI Lineamientos para la Armonización de la Protección de Datos en la Comunidad Iberoamericana. Normativa: Reglamento de la ley federal sobre protección de datos personales en posesión de particulares.

Cuadro 1 Principios en materia de protección de Datos Personales  Fuente: Elaboración propia con información de la LFPDPPP, su Reglamento, los
Cuadro 1 Principios en materia de protección de Datos Personales Fuente: Elaboración propia con información de la LFPDPPP, su Reglamento, los

La Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas

40 a través de medios electrónicos, así como factores de autenticación que permitan verificar la identidad tanto del cliente como del asegurador. Para la realización de operaciones y prestación de servicios a los clientes por parte del asegurador a través de medios electrónicos, existen diferentes regulaciones que son aplicables dependiendo de la naturaleza del uso, por lo que a continuación se mencionará la normativa aplicable en nuestro país.

La Circular Única de Seguros y Fianzas

La instalación y utilización de los equipos y herramientas señalados en el primer párrafo de este artículo se sujetarán a las disposiciones de carácter general que, en su caso, dicte la Comisión. 42 Los Capítulos de la CUSF que regulan la operación del asegurador y de los clientes a través de medios electrónicos, los cuales serán analizados más adelante, son el Capítulo 4.10 Del uso de medios electrónicos para la contratación de operaciones de seguro y garantía y el Capítulo 4.11 De la negociación de seguros de adhesión. productos. a través de medios electrónicos, tanto en relación con el Capítulo 4.1 Del registro de productos de seguros, ya que este último se refiere al registro en la CNSF de los productos de seguros que el asegurador pretende ofrecer al público y que han sido formalizados a través de contratos de adhesión, que a partir de el mencionado jefe. 4.10 se refiere a la inclusión de una cláusula que especifica, en términos generales, la opción del cliente de utilizar medios electrónicos, mientras que el Capítulo 4.11 se refiere a la inclusión de otra cláusula relativa a la entrega de documentación contractual para los productos de seguros de membresía comercializados a través de medios electrónicos. medio.

El Código de Comercio

En cuanto a la integridad de la información de un mensaje de datos, es posible rastrear cualquier cambio realizado en él después del momento de la firma. Mensaje de datos: Información generada, enviada, recibida o archivada por medios electrónicos, ópticos o cualquier otra tecnología.

El Código Civil Federal

Si la información debe ser presentada, o si la información puede ser mostrada a la persona a quien debe ser presentada. Para los efectos de este artículo, el contenido de un Mensaje de Datos se considerará completo si se ha mantenido completo y sin cambios, independientemente de los cambios que haya sufrido el soporte que lo contiene como resultado del proceso de comunicación, archivo o presentación. El grado de confiabilidad requerido se determinará de acuerdo con los fines para los cuales se generó la información y todas las circunstancias relevantes del caso.

Por último, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 bis, el momento de transmisión de un mensaje de datos se determina en el momento en que dicho mensaje ingresa en el sistema utilizado por el destinatario, por ejemplo, en los sistemas de los proveedores de servicios de datos. utilizados por los destinatarios, ya que el mensaje de datos se considera emitido cuando ingresa a un sistema de información que no está bajo el control del emisor o de un intermediario del mismo: “Artículo 91a.- Salvo acuerdo en contrario entre el emisor y el destinatario, un mensaje de datos se se considera emitida cuando ingresa a un sistema de información que no está bajo el control del Editor o del Intermediario.

El Código Federal de Procedimientos Civiles

Las Disposiciones de carácter general en materia de sanas

49 Registro de Contratos de Adhesión de Seguros62 de dicha Comisión, así como fijar una serie de observaciones para la formalización de la comercialización de seguros vía telefónica, notificación mediante el envío de mensajes de texto SMS con la descripción completa del producto contratado y la URL para que el El usuario con su clave de confirmación puede acceder a las características especiales del producto.63.

La Norma Oficial Mexicana NOM-151-SCFI-2016, Requisitos que

L AS OPERACIONES ELECTRÓNICAS

  • Las operaciones electrónicas de audio respuesta
  • Las operaciones electrónicas móviles
  • Las Operaciones Host to Host
  • Las operaciones electrónicas por Internet
  • Las operaciones telefónicas voz a voz
  • Las notificaciones a través de correo electrónico y envío de

51 la compañía aseguradora y los equipos informáticos propios de la compañía aseguradora, a través de los cuales esta última procesa la información para la realización de servicios y operaciones. Son “Las operaciones electrónicas realizadas a través de la red electrónica global denominada Internet, en el sitio web correspondiente a uno o más dominios de la entidad aseguradora, incluido el acceso a través del protocolo WAP o equivalente.”68. Son "Operaciones electrónicas mediante las cuales un usuario instruye telefónicamente a través de un empleado o representante de la compañía aseguradora autorizado por ésta, con funciones específicas, que puede operar en un call center, para que él mismo realice operaciones en nombre del usuario". 69 .

Instrucciones para la transferencia de fondos a cuentas de aseguradoras para el pago de primas;

L A ENTREGA DE LA DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL DE LOS PRODUCTOS DE

  • La documentación contractual
  • Entrega por correo electrónico
  • Puesta a disposición a través del portal de Internet de la aseguradora
  • La cláusula relativa a las formas de obtener la documentación

Prácticas comerciales - Requisitos a observar para la conservación de mensajes de datos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de junio de 2002, o el que lo sustituya. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93 bis del Código. de Comercio, "cuando la ley exija que la información se presente y conserve en su forma original, ese requisito se cumplirá respecto de un mensaje de datos", cuando exista una garantía fehaciente de que "se ha mantenido la integridad de la información, desde el momento en que se generó por primera vez, si existe una seguridad confiable de que la integridad de la información se ha preservado desde que se generó por primera vez en su forma final, como mensaje de datos o en alguna otra forma, y.

Si el último día de presentación de la documentación fuera inhábil, se entenderá que ésta deberá presentarse el día hábil inmediato siguiente;

L OS T ÉRMINOS Y C ONDICIONES DE USO DE MEDIOS ELECTRÓNICOS

Las condiciones de uso de los medios electrónicos a que se refiere este apartado deberán estar disponibles en el sitio web de la Institución o Asociación Mutual y deberá incluirse en la documentación contractual un enlace al sitio donde se pueda consultar esta información. 63 Existen, por tanto, fundamentos, pero no homogeneización, en cuanto al tenor de una cláusula o a las condiciones de uso de los medios electrónicos a que se refiere; Están integrados por aseguradoras que se limitan a referirse al capítulo CUSF, a otras que les aprueban con las condiciones de uso de su portal de Internet, por lo que en el Anexo VI de este informe contiene una recopilación de las condiciones de uso de los medios electrónicos disponibles para las aseguradoras a través de Internet plantea al público. Como se menciona en este capítulo, la LISF permite al asegurador realizar transacciones electrónicas y prestar servicios a sus clientes por medios electrónicos75, para lo cual deberá establecer en los respectivos contratos las bases para determinar, entre otras cosas: los mecanismos y procedimientos para que los usuarios identificación y autenticación, así como las responsabilidades del usuario y del asegurador respecto de la realización de operaciones electrónicas, para lo cual deberá incluirse una cláusula que especifique con carácter general la elección del cliente. contiene la URL donde el cliente puede consultar las condiciones de uso de los medios electrónicos.77.

Por lo tanto, con base en lo señalado en el Capítulo 4.10 de la CUSF titulado Sobre el uso de medios electrónicos para la contratación de operaciones de seguros e hipotecarios, el Anexo VII del presente informe se pronuncia.

PARA QUE LAS ASEGURADORAS

R EQUISITOS A CONSIDERAR EN LA ELABORACIÓN DEL PRODUCTO DE SEGURO

  • La entrega de la documentación contractual de los productos de
  • Los términos y condiciones de uso de medios electrónicos
  • Cláusula de medios electrónicos y términos y condiciones de uso
  • Comercialización por medios electrónicos (Internet)

En el caso de dispositivos móviles, se recomienda utilizar el [Nombre de la aplicación] actualizado. CARTA DE DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA, disponible en http://www.europarl.europa.eu/charter/pdf/text_es.pdf. DIRECTRICES PARA LA COORDINACIÓN EN PROTECCIÓN DE DATOS EN LA COMUNIDAD. http://www.redipd.es/activityes/encuentros/V/common/9_nov/Directrices_de_arm onizacion.pdf.

LEY DE SISTEMAS DE AHORRO PARA PENSIONES Y 91 DE LA LEY DE SOCIEDADES SOCIALES. https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/46783/DCG_Afores_y_Sociedade s_De_Inversion.pdf. DISPOSICIONES GENERALES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 226BIS DE LA LEY DE MERCADO, APLICABLES A LOS ASESORES DE INVERSIONES, disponibles en http://diariooficial.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=542cha.589&fe RESOLUCIÓN REFERIDA A LAS DISPOSICIONES GENERALES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 140 DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y EMPRESAS.

NORMATIVIDAD A NIVEL NACIONAL POR SECTOR FINANCIERO

120 Se aplican las disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 95 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito. Casas de bolsa: Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 212 de la Ley del Mercado de Valores.124. Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 124 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular. 127.

Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 91 de la Ley de Fondos de Inversión.129.

DATOS Y DOCUMENTOS QUE INTEGRAN EL EXPEDIENTE DE

DATOS Y DOCUMENTOS CON LOS QUE SE DEBE INTEGRAR EL

  • D ATOS
  • D OCUMENTOS

Compañías de seguros: Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 140 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutuales de Seguros.121. Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 95 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito aplicable a las Casas de Bolsa.125. Ver artículo 10, fracción I, de la Ley Federal de Protección de Datos Personales de los Particulares.

DATOS Y DOCUMENTOS CON LOS QUE SE DEBE INTEGRAR EL

156 Véase el artículo 16, Título III, de la Ley Federal de Privacidad, y el Lineamiento Vigésimo, Títulos X y XI, de los Lineamientos del Aviso de Privacidad. 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Acta presentada al Senado el 25 de septiembre de 2007. Reforma al artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de junio de 2009.

Reforma al Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 2009. Derecho a la Protección de Datos Personales; Regulación de la videovigilancia en México”, Ley en la Era Digital, México, Porrúa, 2013, p. La empresa garantiza la protección y confidencialidad de los datos proporcionados por el solicitante, el contratista o el asegurado a través de la página electrónica para la contratación del seguro. .

199  Tabla elaborada con base en el curso Aviso de Privacidad impartido por el INAI  en el 2013 a la Asociación Mexicana de Administradoras de Fondos para el Retiro,  actualizada a la Aseguradora
199 Tabla elaborada con base en el curso Aviso de Privacidad impartido por el INAI en el 2013 a la Asociación Mexicana de Administradoras de Fondos para el Retiro, actualizada a la Aseguradora

E L IDENTIFICADOR DE USUARIO Y LOS FACTORES DE AUTENTICACIÓN

  • E L IDENTIFICADOR DE USUARIO
  • L OS FACTORES DE AUTENTICACIÓN
  • M ECANISMOS Y PROCEDIMIENTOS DE SEGURIDAD EN LA AUTENTICACIÓN

M EDIDAS DE SEGURIDAD QUE DEBE IMPLEMENTAR LA ASEGURADORA EN LA

  • E QUIPOS ELECTRÓNICOS DE LA ASEGURADORA PARA LA REALIZACIÓN DE
  • M EDIDAS DE SEGURIDAD EN LA TRANSMISIÓN , ALMACENAMIENTO Y
  • C ONTROLES PARA EL ACCESO A LAS B ASES DE D ATOS
  • I NCIDENCIAS , FALLAS O VULNERABILIDADES DETECTADAS EN LAS
  • R EGISTROS , BITÁCORAS Y HUELLAS DE AUDITORÍA DE LAS O PERACIONES
  • R EPORTES DE ROBO O EXTRAVÍO DE D ISPOSITIVOS DE A CCESO O DE
  • R EVISIONES PERIÓDICAS DE SEGURIDAD
  • P ÉRDIDA O EXTRAVÍO DE INFORMACIÓN SENSIBLE DEL U SUARIO
  • E VENTOS FUERA DEL PARÁMETRO DE USO HABITUAL DEL U SUARIO

COMERCIALIZACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS Y

C ONTRATACIÓN U O PERACIÓN SIN CONTRATACIÓN DE MEDIOS ELECTRÓNICOS

  • E N LAS CONDICIONES GENERALES DE LAS PÓLIZAS DE SEGURO
  • E N EL PORTAL DE I NTERNET DE LA ASEGURADORA
  • R ECABAR EL CONSENTIMIENTO

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Cuadro 1 Principios en materia de protección de Datos Personales  Fuente: Elaboración propia con información de la LFPDPPP, su Reglamento, los
199  Tabla elaborada con base en el curso Aviso de Privacidad impartido por el INAI  en el 2013 a la Asociación Mexicana de Administradoras de Fondos para el Retiro,  actualizada a la Aseguradora
Cuadro 5 Modalidades del aviso de privacidad.

Referencias

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