Legislación y normativa en materia de seguridad y salud en el trabajo 1 Ley de prevención de riesgos laborales 2 Normativa de los servicios preventivos 3 Etiquetas. Real Decreto de 5 de septiembre por el que se confirman las disposiciones mínimas en materia de protección de la seguridad. Con el fin de promover la coordinación de los avances en materia de seguridad y salud de los trabajadores en los estados miembros, la Comunidad Europea aprobó la Directiva del Consejo 89/391/CEE, de 12 de junio, que fue trasladada a nuestro ordenamiento jurídico por la Ley 31/1995, de 8 de noviembre en materia de prevención de riesgos laborales, cuyo artículo 16, apartado 1, prevé la adopción de directivas específicas en diversas materias.
El presente real decreto tiene por objeto la conversión de la Directiva 92/104/CEE, del Consejo, de 3 de diciembre, sobre las disposiciones mínimas encaminadas a la protección en materia de seguridad y salud de los trabajadores de las industrias extractivas o a la mejora del subsuelo. , a los que se les aplica íntegramente lo dispuesto en la citada Ley de Prevención de Riesgos Laborales, así como las contenidas en la referida normativa, en cuanto no contradigan las disposiciones más exigentes o específicas de este Real Decreto. De conformidad con, a propuesta del Ministro de Industria y Energía, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión de 5 de septiembre de 1997,.
Disposiciones generales
Objeto
Definiciones
Obligaciones del empresario
Obligaciones generales
Dicho documento estará a disposición de las autoridades sanitarias y laborales así como de los delegados de prevención como representantes de los trabajadores en materia de seguridad y salud. El documento de seguridad y salud deberá estar elaborado antes del inicio de los trabajos y deberá ser revisado en caso de grandes modificaciones, ampliaciones o transformaciones en el lugar de trabajo. Cuando en un mismo centro de trabajo se encuentren trabajadores de varias empresas, cada empleador será responsable de todos los aspectos bajo su control, salvo lo establecido en las disposiciones aplicables a los casos de subcontratación.
El empleador, que es titular del centro de trabajo, coordinará la aplicación de todas las medidas relacionadas con la seguridad y salud de los trabajadores, y determinará el objeto, las medidas y los modos de aplicación de dicha coordinación y control en la ley de seguridad y salud. y supervisará su implementación. cumplimiento por parte de otros empresarios que operan en el centro. La armonización no afectará a la responsabilidad de los distintos empresarios individuales y autónomos, que se determina reglamentariamente. El patrón deberá informar a la autoridad minera competente dentro de las veinticuatro horas siguientes todos los accidentes mortales y graves que se produzcan y cualquier situación de grave peligro, sin perjuicio de cualquier otra notificación o obligación de notificación que se le pueda imponer. legislación laboral aplicable.
Si es necesario, el empleador actualizará el documento de seguridad y salud y tomará nota de las medidas tomadas para evitar que se repita.
Protección contra incendios, explosiones y
Medios de evacuación y salvamento
Sistemas de comunicación, alerta
Información a los trabajadores
Vigilancia de la salud
Las actividades y servicios de vigilancia de la salud a que se refiere este artículo podrán mantener la colaboración con el Sistema Nacional de Salud de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38 del Reglamento en materia de prevención de riesgos laborales, aprobado por el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero.
Consulta y participación de los trabajadores
Disposiciones mínimas de seguridad y salud
Deberán mantenerse en buen estado, eliminando o controlando todas las sustancias o depósitos peligrosos para que no pongan en peligro la seguridad y salud de los trabajadores. Deberán redactarse instrucciones escritas para cada centro de trabajo que establezcan las normas que deben seguirse para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y el uso seguro de los equipos e instalaciones. Estas instrucciones también contienen instrucciones sobre el uso de equipos de rescate y las medidas a tomar en caso de calamidades en el lugar de trabajo o en sus inmediaciones.
El empresario deberá organizar controles periódicos de las medidas adoptadas en materia de seguridad y salud de los trabajadores, incluido el sistema de gestión de seguridad y salud, para garantizar el cumplimiento de los requisitos de este real decreto. Los controles periódicos de las medidas de seguridad y salud y el documento de seguridad y salud estarán a disposición de las autoridades competentes así como de los representantes de los trabajadores. Cuando no sea posible este acondicionamiento de los puestos de trabajo, se utilizará el equipo de protección personal.
2. Los lugares de trabajo deberán disponer, en la medida de lo posible, de luz natural suficiente y, teniendo en cuenta las condiciones meteorológicas, estar dotados de dispositivos que permitan una iluminación artificial adecuada para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores. 3. Las instalaciones de alumbrado de los lugares de trabajo y vías de comunicación deberán colocarse de forma que el tipo de alumbrado previsto no suponga un riesgo de accidente para los trabajadores. Si las circunstancias lo requieren (por ejemplo, sustancias peligrosas, humedad, suciedad o malos olores), los casilleros para ropa de trabajo deben estar separados de los casilleros para ropa de calle.
Deben instalarse lavabos suficientes y adecuados con agua fría y caliente cerca de los lugares de trabajo y vestuarios. Los lugares de trabajo en los que se instalen puestos de trabajo deberán disponer de un aislamiento térmico suficiente en función del tipo de trabajo y actividad física de los trabajadores. En los lugares de trabajo cerrados, es necesario garantizar que los trabajadores tengan una cantidad suficiente de aire saludable, teniendo en cuenta los métodos de trabajo y las condiciones físicas a las que están expuestos.
Debe existir un sistema de control que indique cualquier falla siempre que sea necesario para la salud de los trabajadores. 1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del apartado 3, el empresario que tenga la responsabilidad del centro de trabajo a que se refiere esta parte C deberá asegurarse de que el documento de seguridad y salud demuestre que se han tomado todas las medidas adecuadas para garantizar la seguridad a proteger. y la salud de los trabajadores tanto en situaciones normales como en situaciones críticas. 1. Las instalaciones de transporte deberán ser construidas, puestas en servicio y mantenidas de forma que se garantice la seguridad y salud de los trabajadores que conduzcan, utilicen o se encuentren en sus inmediaciones.
2.º El transporte de trabajadores por medios mecánicos estará sujeto a un adecuado acondicionamiento e instrucciones escritas particulares. Después de cada inspección, el responsable de su ejecución dejará constancia de la fecha y los resultados obtenidos en un acta, que será comunicada a los representantes de los trabajadores. El alumbrado, la soldadura y otras actividades análogas sólo podrán realizarse excepcionalmente, con medidas específicas para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores.
2.º En las minas con sustancia inflamable, se aplicará mutatis mutandis lo dispuesto en los artículos 8.6 y 8.7 de esta parte C.