LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL AÑO 1996
PARTIDA 12
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Sub·
T,tulo
OJ
O.
06 07 08 09 JO 11
2J 22 23 2.
25 30 3J 32 33 50 60 70 90
LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 1996
Partida: Ministerio de Obras Públicas Miles de $
CI:a:sil'iudon ECII,,6n>ka
INGRESOS
ingresos de Operadón Venta de Activos Transferencias Otros Ingresos Endeudamiento Aporte Fiscal
Operaciones Años Anteriores Saldo inicial de Caja
GASTOS
Gastos en Personal
Bienes y Servicios de Consumo Bienes)' Servicios para roroducción Prestaciones Prcvisionules
Transrerencias Corrienles
Inversión Sectorial de Asignación Regional lnversión Real
Im'ersion Financien), Tranderencias de Capitlll Servicio de la Deuda Pública Operaciones Años Anteriores Otros Compromisos Pendientes Saldo Final de Caja
Total
448.895.797 51.425.020 193.896 J9.407 J.641.269 JJ.070.745 382.270.324 4.000 271.136
448.895.797 30.151.724 4.068.700 67.095 629.224 95.118 26.982.840 297.426.789 -7.066.038 41.711.045 54.506.004 29.718 65.500 228.078
Sub·
Tf".l~
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LEY DE: PRESUPUESTOS AÑO 1996
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Op~t~rio"~ ,\¡¡OS .\I1'.r;o, ••
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~"Id" Inid"1 d. C.ja 12.000 :21.136 12.000
GASTOS J.t!li7.15N ~J!l790.JOj 4.218.9l1li
... 10. ~n 1'.c .... n~1 2.555.UH l~.'J(,n.h~" U71.07~
m,"d y SoC\"kiu. d. Cunsu,,,,, 70l.JJIl 2.805.155 255.603
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10.000 17L1J6
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54.50M.)45.000 29.118
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S.OilU lUl.U7N
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MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
PARTIDA 12 Secretaría y Administración General (01) CAPITULO 01PROGRAMA
,
01Sub- GIO!ia Moneda Nacional
Título Iltm Drnomlnacioncs
'"
MiltS de SINGRESOS 3.867.158
01 INGRESOS DE OPERACION 4.429
07 OTROS INGRESOS 9.779
79 Otros 9.779
09 APORTE FISCAL 3.840.950
91 Libre 3.840.950
11 SALDO INICIAL DE CAJA 12.000
GASTOS 3.867.158
21 GASTOS EN PERSONAL 02 2.555.052
22 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO 03 702.330
24 PRESTACIONES PREVISIONALES 4.602
30 Prestaciones Previsionales 4.602
25 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 87.330
31 Transferencias al S~tor Privado 87.330
001 Salas Cunas y/o );¡rdincs Infantiles 87.330
31 INVERSION REAL 495.844
50 Requisitos dc Inversión para Funcionamiento 115.174
51 Vehículos 49.804
53 Estudios para Inversiones 244.601
61 Inversión Región I 7.374
62 Inversión Región 11 7.373
63 Inversión Región 111 3.113
64 Inversión Región IV 1.373
65 Inversión Región V 7.373
66 Inversión Región VI 7.373
67 Inversión Región VII 7.373
68 lm'ersión Región VIII 7.373
69 Inversión Región IX 5.243
70 Invcrsión Región X 7.373
71 Invcrsión Región XI 7.373
72 Inversión Región XII 4.178
73 Inversión Región Metropolitana de Santiago 7.373
60 OPERACIONES AÑOS ANTERIORES 5.000
70 OTROS COMPROMISOS PENDIENTES 7.000
90 SALDO FiNAL DE CAJA 10.000
GLOSAS, 01
02
03
Dotación máxima de vehículos
Mediante resolución, el Ministro de Obras Públicas podrá reasignar las dotaciones máximas de vt'hículos definidas pa·
ra sus organismos dependientes, con copia a la Dirección de Apro,'isionamiento del Estado para los fines pertinentes.
Incluye:
a) Dotación máxima de personal
No regirá la limitación estahlecida en el inciso segundo del artículo 9~ de la Ley N· 18.834, respecto de los empleos 11
contrata incluidos en esta dotación.
b) Horas extraordinarias año - Número dl' horas - MiI!'s de $
e) Autorización máxima para gastos tn viáticos, en territorio nacional
- Miles de S
d) Com'cnios con personas naturales - Miles de $
Incluye:
Capacitación y perrl'ccionamiento, Ley NU 18.575 - Miles de $
45
568
19.000 28.900
64.407 91.331
19.170
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
PARTIDA 12Sub·
Título
01 04 06
07 09
11
ItCII1
41 61
Dir«ción Gen(>ral de Obras Publicas (01) Administrución y Ejecución de Obras PUblicas (02)
Dtnominlldonrs
1NGRESOS
1NGRESOS DE OPERAClON VENTA DE ACT1VOS Activos Físicos
TRANSFERENCIAS
De Organismos del Sector Privado
001 Empresa de Obras Sanitarias de Val paraíso S.A.
OTROS INGRESOS
7. Otros
APORTE FISCAL
91 Libre
92 Servicio de la Deuda PÚ blica SALDO INICIAL DE CAJA
253
CAPITULO 02
PROGRAMA
,
01Gh. •• Moneda NadulIa!
'"
Mill'S d~ $59.913.969 9.045 12.514 12.514 19.407 19.407 19.407 94.339 94.339 59.748.664 56.625.306 3.123.358 30.000
21 22 24
30
JO
31 50 51 5.\
74 32
83
33 85
,O
91
60 70 90
GASTOS 59.913.969
GASTOS EN PERSONAL 03 4.770.402
HIENES y SERVICIOS DE CONSUMO 04 591.621
PRESTACIONES PREVISIONALES Prestaciones Prt'\isionales
INVERSION SECTORIAL DE ASIGNACION
14.377 14.377
REGIONAL 05 9.452.940
INVERSION REAL
Requisitos de Inversión para Funcionamiento Vehículos
Estudios para Inversiones Inversiones no Regionalizables lNVERSION FINANCIERA Anticipos a Contratistas 001 AnticIpos ¡¡ Con1ratistas
002 Recuperación de Anllcipos a Contratistas 003 Recuperación de AnticipoS de AilOS Anteriores
591.075 122.475 37.275 399.]75 31.950 -81.022 -81.022 72.750 -72.750 -81.022
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 06 41.428.500
Aportes al Sector Prh'ado 001 Empresas de Obras Sanitanas S.A.
002 Emprc~a Metro S.A.
SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA Deuda Pública Externa
001 Intereses 002 A lIlortizacioncs
OPERACIONES AÑOS ANTERIORES OTROS COMPROMISOS PENDIENTES SALDO FINAL DE CAJA
01 (Glosa común a los programas 02, 03, 04, 06 y 07 de la Direc·
ción General de Obras Públicas).
Los Decretos de identincación de asignaciones de proyectos que se formulen en el mes de diciembre de 1995, conforme a lo dispuesto en esta ley, podrán superar los montos asignados en los ítem 53 y 61 ul 75 del Subtítulo 31 INVERSION REAL, cuando se incluyan o complementen asignaciones derivadas de programas de inversiones de los ítelll 78 y 79 del mismo Subtí- tulo 31, debiendo procederse a su regularización presupuesta- ria en el mes de enero de 1996.
02 Comprende los re<:ul'SOS presupuestarios y dotaciones máximas que se indican, de las siguientes direcciones:
Administración y Ejecución de Obras Públicas
Fiscalía
Planeamiento y Urbanismo Contabilidad y Finanzas
Dotaciones máximas De personal De vehículos
497 65 147 420
8 1 18 17 Los estados mensuales de ejecución presupuestaria del año 1996 correspondientes a estas Direcciones, deberán ser infor·
mados a ninl del programa global referido.
41.428.500 2.662.500 38.766.000 3.123.358 3.123.358 2.071.615 1.051.743 2.718 10.000 10.000
03
04
Incluye:
a) Dotación máxima de personal
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 9° de 1 .. Ley N° 18.834, rt!specto de los empleos a contrata incluidos en esta dotación.
b) Horas e1:traordinarias ailo - Número de horas - Miles de S
e) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional.
- Miles de S
d) Connnios con personas naturales - Miles de S
Incluye:
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575 - Miles de $
05 Recursos destinados a realizar inversión en programas o pro- yectos de agua potable rural, incluido un monto máximo de
$ 800.000 miles para gastos de administración y supervisión asociados directamente con los sistemas de agua potable ru·
ral a nivel nacional. Por resolución del Ministerio, visada por la Dirección de Presupue.~tos, este ultimo monto se distri- buira a nivel regional confonne a los criterios técnicos)' pro- gramas que acucrdc el Ministerio con las empresas correspon- dientes.
En el mes de diciembre de 1995, el Ministerio de Obras PÚ- blicas comunicará a los Gobiernos Regionale.~ el monto de los recursos disponibles por Región para el año 1996, incluyendo las características de 105 proyectos a financiar; 105 crituios de elegibilidad que deben reunir; un listado de proyectos ya eva- luados que l'umplan dichos criterios; y los recursos comprome- tidos en proyectos tn ejccución y su identificación.
A mas tardar en el mes de enero de 1996, el Consejo Regional debera resolver la distribución de Jos recursos disponibles para proyectos nuevos y su respectiva prioridad, sobre la base de la proposicion del Intendente. Dic_ha proposición podrá considerar proyectos distintos a los comunicados por el Ministerio, siempre y cuando cuenten con la naluación h~cnica -.:orrt"spcmdiente y cumplan con los criterios de elegibilidad comunicados. Los proyectos así definidos por el Gobierno Regional deberán ser comunicados al Ministerio, señalando asimismo la distribución de recursos regionales, comunales o dt-l sedor privado com- prometidos para participar en el financiamiento conjunto de proyectos que estimare procedente.
L~I inversión de los recursos de este Subtítulo podrá efectuarse directamente por el Ministerio o mediante convenios con las Empresas de Obras Sanitarias de la respectivo región o sus concesionarias.
Por Decreto del Ministerio de Obras Públicas, las obras o proyectos podnill ser cedidas o transferidas, a cualquier título a lits municipalidades correspondientes, a organizaciones sin fines de lucro de que formen parte los usuarios o beneficiarios,
255
1.129
99.200 79.100
76.6-'9 69.934
27.800
Sub·
Título
01 04 07 09 11
21 22
24
o entregadas en administración a la respectiva Empresa de Obras Sanitarias.
Con todo, 105 recursos correspondientes a los proyectos en ejecución al 31 de dicienlbre de 1995 serán distribuidos di·
rectamente por el Ministerio, conforme a la identificación y destinación que les dieron origen.
06 Con cargo a este ítem se transferirán a las Sociedades AnÓni·
mas de Servicios Sanitarios y a Metro S.A., los recursos desti- nados a financiar los programas de inversiones, en el sector sanitario en las direrentes regiones del país, y en el Proyecto Línea 5 de Metro S.A., respectivamente.
El monto de los recursos que corresponda a cada sociedad será determinado por Decreto Supremo del Ministerio de Obras Públicas, suscrito además, por el Ministro de Hacienda.
Durante el mes de diciembre de 1996, y mediante igual pro- cedimiento, se fijará el monto de los recursos efectivamente percibidos por cada Empresa de Servicios Sanitarios y por Metro S.A., las cuales 105 registrarán contablemente como fondos de resenas o aportes para futuras capitalizaciones por parte del Fisco y de la Corporación de Fomento de la Produc- ción, Id prorrata de sus int€'reses o participación social, a la fecha de la Junta General Extraordinaria de Accionistas que acuerde el correspondiente aumento de capital, y sin perjuicio de cumplir en su oportunidad con los estatutos y normas de la Ley N" 18.046 Y su reglamento.
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Direcdón Gt!neral de Obras Públicas Dirección de Arquitectuea (Ol)
PARTIDA CAPITULO PROGRAMA
,
12,
02 02Glosa Moneda Nacional
!lem D~nominacioncs N· Milt"Sd .. S
INGRESOS 4.198.279
INGRESOS DE OPERACION 9.798
VENTA DE ACTIVOS 8.201
4' Activos Físicos 8.201
OTROS INGRESOS 12.780
7. Oteos 12.780
APORTE FISCAL 4.157.500
91 Librt! 4.157.500
SALDO INICIAL DE CAJA 10.000
GASTOS 4.198.279
GASTOS EN PERSONAL 02 2.028.729
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO 03 187.657
PRESTACIONES PREVISIONALES 11.182
30 Prestaciones Pre\'isionales 11.182
31 50 51 53 62 63 65 68 70 71 72 73 74 32
83
001 002 003
60 70 90
GLOSAS:
01 02
03
INVERSION REAL
RequisitoS" de Inversión para Funcionamiento Vehículos
Estudios para Inversiones lnvt'l'"sión Región 11 Inversión Regio" nI Inv('rsión Región V Inversión Región VIII Inversión Región X Inversión Región Xl Inversión Región XII
Inversión Región Metropolitana de Santiago Inversiones no Regionalizables
INVERSION FINANCIERA Anticipos a Contratistas Anticipos a Contratistas
RecuperacIón de AnticIpos a Contratistas Recuperación de Ant.!.cipos de Años Anteriores OPERACIONES ANOS ANTERIORES OTROS COMPROMISOS PENDIENTES SALDO FINAL DE CAJA
Induye:
Dotación máxima de \'chículos Incluye:
a) Dotación máxima de personal
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del articulo 90 de la Ley NU 18.834, respecto de los em- pleos a contrata incluidos en esta dotación.
b) Horas extraordinarias año - Número de horas - Miles de $
e) Autorización máxima para gastos en viáticos. en territorio nacional
- Miles de $
d) Convenios con personas naturales - Miles de $
Incluye:
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575 - Miles de $
257
2.0.36.281 34.187 50.481 71.568 49.523 71.355 47.925
5.506 470.198 369.129 393.411 207.174 265.824 -83.070 -83.070 251.340 -251.340 -83.070 2.500 5.000 10.000
40 409
18.045 6.613
49.000
2.356
4.300
Sub·
Título
01 04 07
08
09
11
21
22 2.
31
32
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
II~m
41 75 79 84
002 91 92
30 50 51 52 53 5.
61 62 63 6.
65 66 67 68 69 71 72 73 7.
78 83 001
002 003
Dirección General de Obras Públicas Direr.:ción de Riego (01)
llcnl>minaci .. llu
INGRESOS
INGRESOS DE OPERACION VENTA DE ACTIVOS Activos Físicos
OTROS INGRESOS Donaciones
Otros
ENDEUDAMIENTO
Préstamos Externos de Largo Plazo Crédito O.E.C.F. - Japón -Laja Diguillín APORTE FISCAL
Libre
Servicio de la Deuda Pública SALDO INICIAL DE CAJA
GASTOS
GASTOS EN PERSONAL
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO PRESTACIONES PREVISIONALES Prestaciones Previsionales
INVERSION REAL
Requisitos de Inversión para Funcionamiento Vehículos
Terrenos y Edificios Estudios para Jnnrsiones
Maquinarias ~' Equipos Dirt!ctamente Productivos In\'crsión Región 1
Inversión Región 11 Inversión Región III Inversión Región IV Inversión Región V In \'ersión Región VI Inversión Región VII lnnrsión Región VIII Inversión Región IX IlIl'ersión Región XI Inversión Región XII
Inversión R~gión Metropolihma de Santiago Inversiones no Rcgionalizables
Programas de Inversiones de Carácter Nacional INVERSION FINANCIERA
Anticipos a Contratistas Anticipos a Contratist:l.s
Recuperación de Amicipos a Contratistas Recuperac1ón de Anticipos de Años Allleriores
PARTIDA
,
12 CAPITULO,
02PROGRAMA . 03
GI05a i\loneda Nacional
N" Milt's de S
26.369.716 11.715 97.392 97.392 460.826 401.399 59.427 3.195.000 3.195.IJOO 3.195.000 22.585.147 22.055.429 5-29.718 19.636 26.369.716 02 1.827.629 03 249.211 29.288 29.288 24.287.325 47.459 36.210
O.
5.3251.107.600 12.780 197.025 224.715 25.560 1.221.555 703.965 99.045 1.054.350 807.270 88.395 25.560 398.310 1.660.000
OS
90.52516.481.676 -852.000 -852.000 1.065 -1.065 -852.000
33 86
001 002 003
50 91
001
60 70 90
GLOSAS, 01
02
03
04
05
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL Aportes a Organismos del Sector Público Comisión Nacional de Riego
Oficina de Estudios y Políticas Agranas Subsecretaría de AgTlculTura
SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA Deuda Pública Externa
Intereses
OPERACIONES AÑOS ANTERIORES OTROS COMPROMISOS PENDIENTES SALDO FINAL DE CAJA
Incluye:
Dotarión IIHixima de vt'hículos Incluye:
a) Dotación máxima de personal
No rt'girá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 9° de la Ley N° 18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos ell esta dotación.
b) Horas t'xtraordinarias año - Número de horas - l\'1iIes de $
e) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional
- Miles de $
d) Convenios con personas naturales - Miles de $
Induye:
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575 - Miles de $
Recursos destinados al pago de expropiaciones correspondien- tes a obras ejecutadas antes del 30 de junio de 1984. Además, con cargo a este ítem se podrá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo NU 751 del Código de Procedimiento Civil, res- pecto de las sentt"ncias ejecutoriadas atinentes a este organis- mo sohre la maleria.
Induye $ 53.250 miles, para gastos derivados de las funciones del servido en la aplicación de la Le)' N° 18.450. Estos gastos, deberán ser visados trimestralmente por la Secretaría Ejecuti- va de la Comisión Naciunal de Riego.
282.545 282.545 127.800 51.546 103.199 529.718 529.718 529.718 1.000 5,000 10.000
51 434
27.927 32.586
147.352 10
13.750
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
PARTIDA 12Sub·
Título Itrm
01
Dircccion General de Obras Públicas
Dir~ción de Vialidad (01)
Dcnomin~cioncs
INGRESOS
INGRESOS DE OPERACION
259
CAPITULO
,
01PROGRAMA 04
Glos~ Moneda Nadotlwl
N" Miles de $
297.270.204 51.123.195
04 141
VENTA DE ACTIVOS 58.575
Activos Físicos 53.250
42 Activos Financieros 5.325
07 OTROS INGRESOS 1.031.014
79 Olros 1.031.014
08 ENDEUDAMIENTO 7.902.300
84 Préstamos E"lernos de Largo Plazo 7.902.300
008 Programa Sectorial PICMV 1II 7.902.300
09 APORTE FISCAL 237.025.120
91 Libre 187.364.607
92 Servicio de la Deuda Pública 49.660.513
11 SALDO INICIAL DE CAJA 130.000
GASTOS 297.270.204
21 GASTOS EN PERSONAL 02 14.420.877
22 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO 03 1.352.341
24 PRESTACIONES PREVISIONALES 532.500
30 Prestaciones Previsionales 532.500
30 INVERSION SECTORIAL DE ASIGNACION
REGIONAL 04 17.529.900
31 INVERSION REAL 218.449.034
50 Requisitos de Im'ersión para Funcionamiento 85.200
~2 Terrenos y Edificios 05 10.650
53 Estudios para Inversiones 1.609.748
54 Maquinarias y Equipos Directamente Productivos 06 191.700
61 Inversión Región 1 3.810.570
62 Inversión Región 11 8.960.378
63 Inversión Región III 3.292.767
64 Inversión Región IV 7.662.356
65 Inversión Región V 12.039.932
66 Inversión Región VI 12.443.673
67 Inversión Región VII 14.792.318
68 Inversión Región VIJI 17.996.370
69 In\'t~rsión Región IX 18.140.678
70 Inversión Región X 18.848.051
71 Inversión Región XI 4.510.808
72 InHrsión Región XII 5.681.775
73 Im'ersión Región Metropolitana de Santiago 19.531.526
7" Inversiones no Rl'gionalizables 15.371.997
75 Otros Gastos de Inversión Real 07 2.991.585
78 Programas de Inversione.s de Carácter Nacional 43.446.952
7' Convenios de Programación 7.029.000
32 INVERSTON FINANCIERA -4.804.961
83 Anticipos a Contratistas -4,804.961
001 Anticipos a Contratistas 6.391.065
002 Recuperación de Anticipos a Contratistas -1.439.880 003 Recuperación de Anticipos Años Anteriores -9.756.146
50 SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA 49.660.513
91 Deuda Púhlica Externa 49.660.513
001 Intereses 20.540.3 to
002 AmonizaC1QneS 29.120.203
60 OPERACIONES AÑOS ANTERIORES 10.000
70 OTROS COMPROMISOS PENDIENTES 20.000
90 SALDO FINAL DE CAJA 100.000
01 02
03
Induye:
Dotación máxima de ",ehículos Incluye:
a) Dotación máxima de personal
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 9° de la Ley N° 18,834, respecto de Jos empleos a contrata incluidos en esta dotación.
b) Horas extraordinarias año - Número de horas - Miles de $
e) Autorización máxima para gastos en ",iáticos, en territorio nacional
- Miles de $
d) ConYenios con personas naturales - Miles de $
Incluye:
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575 - Miles de $
04 En el mes de diciembre de 1995, el Ministerio comunicará a los Gobiernos Regionales las características de los proyectos a financiar con cargo a estos recursos, pudiendo incluir pro- yectos financiados en conjunto: los criterios de elegibilidad que deben reunir; un listado de proyectos ya c"'aJuados a nivel regional o central que cumplan dichos criterios; Jos recursos comprometidos en proyectos en ejecución y su identificación; y el monto de recursos definido para proyectos nUHOS.
A más tardar en el mes de enero de 1996, el Consejo Regional deberá resolver la distribución de los recursos disponibles para proycctos nuevos y su prioridad, sobre la base de la proposición del Intendente. Dicha proposición podrá considerar proyectos distintos a los comunicados por el Ministerio, siempre y cuan·
do cuenten con la evaluación técnica correspondiente y cumplan con los criterios de elegibilidad comunicados. Los proyectos asi definidos por el Gobierno Regional deberán ser comunicados al Ministerio, señalando asimismo la contribución de recursos regionales, comunales o del sector privado comprometidos para participar en el financiamiento conjunto de aquellos proyectos que estimare procedente.
Con todo, los recursos correspondientes a proyectos en ejecución al 31 de diciembre de 1995 serán distribuidos directamente por el Ministerio, conforme a la identificación y destinación que les dieron origen.
05 Recursos destinados al pago de expropiaciones correspondientes a obras ejecutadas antes del 30 de junio de 1984. Además, con cargo a este ítem se podrá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo N° 752 dd Código de Procedimiento Ch'H, respecto de las sentencias ejecutoriadas atinentes a este organismo so- bre la materia.
06 Con cargo a este ítem se podrán destinar recursos para la adquisición de maquinarias que serán entregadas en comodato
261
780 4,400
531.036 398.198
647.802 10
81.000
Sub- Título
01 04 07 08
09
11
21 22 24 31
a las corporaciones mencionadas en el artículo
r
de la LeyN~ 19.265, con el propósito de que sean utilizadas en la con- servación de la red ,ül de las regiones VI y VII, conforme lo autoriza el artículo 5-de dicha ley.
07 Comprende obras en la X y XI Regiones. Los proyectos per- tinentes se identificarán confonne a lo dispuesto en la presen- te ley.
Para cumplimiento de estos fines, y sin sujeción 8 lo dispuesto en el artículo 16" de la Ley NQ 18.091, se podrá poner fondos a disposición de dependencias de otros organismos del Sector Público. Estos re<'Ursos, se entregarán a trnés de la Dirección General de Obras Públicas y no se incorporarán a los presu- puestos de los organismos receptores. No obstante, éstos dehe- rán informar mensualmente a dicha Dirección sobre el gasto efectivo y avance físico de las obras que se tjecuten.
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Dirección Gencral de Obras Públicas Dirección de Obras Portuarias (01)
PARTIDA CAPITULO PROGRAMA
,
12,
02 06Glosa MQllcdll NlIcional
Item D~nominadones N" MilesdeS
INCRESOS 17.472.471
INGRESOS DE OPERACION 85.200
VENTA DE ACTIVOS 1.598
41 Actims Físieos 1.598
OTROS INGRESOS 21.305
7? Otros 21.305
ENDEUDAMIENTO 1.973.445
84 Préstamos Externos de La rgo Plazo 1.973.445
DOI Crédito BIRF 3426 CH Infraestructura 1 1.973.445
APORTE FISCAL 15.373.423
91 Libre 14.181.008
n
Servicio de la Dt'uda Pública 1.192.415SALDO INICIAL DE CAJA 17.500
GASTOS 17.472.471
GASTOS EN PERSONAL 02 897.797
UIENES y SERVICIOS DE CONSUMO 03 134.194
PRESTACIONES PREVISIONALES 24.495
30 PrestacioneS l'revisionales 24.495
INVERSION REAL 16.452.120
50 Requisitos de IDl'ersión pa.ra Funcionamiento 37.275
51 Vehículos 10.650
53 Estudios para Inversiones 266.250
31 61 62 63
64
65
••
67 68 .9 70 71 72 7.
78 32
83 003
SO
91 001 60
70 90
GLOSAS, 01 02
03
Inversión Región I Im'crsión Región 11 1R\'ersión Región 1II Inversión Región IV Inversión Región V Inversión Región VI Inversión Región VII Inversión Región
vm
Inversión Región IX Inversión Región X Inversión Región XI hn'crsión Región XII
InvCTsiont"s no Regionalizables
Programas de lnversioll{"s de Carácter Nacional INVERSIQN FINANCIERA
Anticipos a Contratistas
Recuperación de Anuclpo~ de Años Anteriores SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA Deuda Pública Externa
Intereses
OPERACIONES AÑOS ANTERIORES OTROS COMPROMISOS PENDIENTES SALDO FINAL DE CAJA
IndUJe:
Dotación máxima de vehículos Incluye:
a) Dotación máxima de personal
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del articulo 9° de la Ley N~ 18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos en esta dotación.
b) Horas extraordinarias año - Número de horas - Miles de $
e} Autorización máxima para gastos ('n ,'iáticos, en t('rritorio nacional
- Miles de $
d) Con\'enios con personas naturales - Miles de $
Induye:
Capacitación)' perfeccionamiento, Ley N° 18.575 - Miles de S
263
128.865 248.145 228.975 534.6.'0 497.480 3.195 29.820 1.041.570 43.665 1.621.705 169.335 417.480 133.125 11.039.955 -1.246.050 -1.246.050 -1.246.050 1.192.415 1.192.415 1.192.415 500 7.000 10.000
17 217
7.095 3.725
33.402 10
6.410
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
PARTIDA,
12Sub-
Títulu lleno
01 04
41 07
7.
O.
91 11
21 22
24 31
'O
50 51 53 62 63 65 68 69 70 71 72 73 74 78 60 70 90
GLOSAS,
01 02
Dirección Gencal de Obras Públicas Dirección de Aeropuertos (01)
CAPITULO
,
02PROGRAMA 07
Dl:nominacionu
INGRESOS
INGRESOS DE OPERACION VENTA DE ACTIVOS Acti\'os Físicos
OTROS INGRESOS Otros
APORTE FISCAL Libre
SALDO INICIAL DE CAJA GASTOS
GASTOS EN PERSONAL
DlENES y SERVICIOS DE CONSUMO PRESTACIONES PREVISIONALES I)restaciones Previsionales
INVERSION REAL
Requisitos de In\'ersión par¡¡ Funcionamiento Vehículos
Estudios para lm'ersiones Inversión Región JI Inversión Región 111 Inversión Región"
Inversión Región VIII In\'ersión Región IX lm'ersión Región X Invcrsión Región XI Inversión Región XII
lm'crsión Rcgión Metropolitana de Santiago Inversiones no Regiomllizubles
Programas de Inver§iones de Carácter Nacional OPERACIONES ANOS ANTERIORES OTROS COMPROMISOS PENDIENTES SALDO FINAL DE CAJA
Incluye:
Dolación máxima de vehículos Incluye:
a) Dotación máxima de personal
GIMa
N'
02 03
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 9G de la Ley N° 18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos en esta dotación.
Monrda Nacional Miles dr S
6.830.652 1.704 1.345 1.345 2.663 2.663 6.814.940 6.814.940 10.000 6.830.652 802.246 119.729 12.780 12.780 5.880.397 29.442 J8.105 9,034 143.070 19.803 168.109 168.092 95.668 38L437 845.023 175,768 198.026 57,056 3.571.764 1.000 4.500 10,000
22 180
Sub- Titulo
09
11
21 22 31
32
90
03
b) Horas extraordinarias año - Número de hOras - Miles de $
e) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional
- Miles de $
d) Con,'enios con personas naturales - Miles de $
Induye:
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N- 18.575 - Miles de $
6.531 6.676
18.648
10
10.650
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
PARTIDA 12lI~m
91
50 53 74 82 83
001 002
Dirección General de Obras Públicas Administración Sistema Concesiones
D"nominadOIl~
INGRESOS APORTE riSCAL Libre
SALDO INICIAL DE CAJA GASTOS
GASTOS EN PERSONAL
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO INVERSION REAL
Requisitos de ln~'ersión para Funcionamiento Esludios para Inversiones
Inversiones no Regionalizables
Expropiadones Sistema de Concesiones INVERSION FINANCJERA
Anticipos a Contratistas
AntiCipos a Contratistas
Recuperación de Anticipos a Contratistas SALDO FINAL DE CAJA
265
CAPITULO
,
02PROGRAMA
,
08Gl<1Sa
,.
M"n~da Miles de S Nado"",126.735.112 26.725.112 26.725.112 10.000 26.735.112
01 213.000
170.402 26.340.645 31.950 6.794.700 18.874.995 639.000 1.065 1.065 373.815 -372.750 10.000
GLOSA:
01 Incluye:
a) Dotación máxima de pe~ollal
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 99 de la Ley W 18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos en esta dotación.
bJ Horas extraordinarias año - Número de horas - Miles de $
e) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional
- Miles de S
d) Convenios con personas naturales - Miles de
S
23
100 800
500 21.600
MINISTERIO DE OBRAS PUBU CAS
PAf~TIDA,
12Dirección Generr,ll dí' Aguas (01) CAPI11JLO
O ,
PROG~A"'fA
,
01Sub· Glosa Moneda Narional
Titulo IItm DtnominaciOIltl>
,-
Miles de $INGRESOS 4.218.986
01 INGRESOS DE OPERACION 13.749
O ,
VENTA DE ACTIVOS 6.81641 Acti,'os Físicos 6.816
07 OTROS INGRESOS 6.923
79 Otros 6.923
09 APORTE FISCAL 4.179.498
91 Libre 4.179.498
11 SALDO INICIAL DE CAJA 12.000
GASTOS 4.218.986
21 GASTOS EN PERSONAL 02 1.671.076
22 mENES y SERVICIOS DE CONSUMO 03 255.603
3\ INVERSION REA L 2.279.307
50 RNluisitos de ln\'ersion para Funcionamií'nto 31.950
51 Vehículos 40.470
53 Estudios para In\'crsiones 437.385
54 Maquinarias y Equipos Dirí'ctamente Productivos 77.585
74 Inversiones no Regionalizables 1.691.917
60 OPERACIONES AÑOS ANTERIORES 1.000
70 OTROS COMPROMISOS PENDIENTES 2.000
90
SALDO fiNAL DE CAJA 10.000GLOSAS, 01 02
03
Dotaci(jn máxima de vehículos Incluye:
a) Dotación máxima de personal
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 9G de la Ley N° 18.834, respecto de los empleos a contrAta incluidos en esta dotación.
b) Horas extraordinarias año - Número dr horas - Miles de S
e) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional
- Miles de $
d) Convenios con personas naturales - Miles de $
Incluye:
Capacitución y perfeccionamiento, Ley N° 18.575 - Miles de $
56 412
8.400 10.500
94.136
lO
12.800
MINISTE RIO DE OBRAS PUBLICAS
PARTIDA 12Instituto Nacional de Hidráulica (OI) CAPJTULQ
,
05PROGRAMA : 01
Sub· Glosa Moneda Nadanal
Tilulo Ittm D~norninlldonl'S N° Miles de S
lNGRESOS 439.555
01 lNGRESOS DE OPERACION 166.185
04 VENTA DE ACTIVOS 3.195
41 Activos Físicos 3.195
07 OTROS iNGRESOS 575
79 Otros 575
09 APORTE FISCAL 255.600
91 Libre 255.600
10 OI'ERACIONES AÑOS ANTERIORES 4.000
11 SALDO iNICIAL DE CAJA 10.000
GASTOS 439.555
21 GASTOS EN PERSONAL 02 255.600
23 BIENES Y SERVICIOS PARA PRODUCCION 03 67.095
25 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 6.882
34 Transft'rcncias al Fisco 6.882
001 Impuestos 6.882
31 INVERSION REAL 63.900
S O
R~quisitos de Inversión para Funcionamiento 36.21054 Maquinarias y Equipos Directamente Pl"oductivos 18.105
267
31 73 60 70
'"
01 02
03
(n versión Región Metropolitana de Santiago OPERACIONES AÑOS ANTERIORES OTROS COMPROMISOS PENDIENTES
SALDO FINAL DE CAJA
Dotación máxima de vehículos Incluye:
a) Dotación máxima de personal b) Horas extraordinarias año
- Número de horas - Miles de $
c) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional
- Miles de $
d) Convenios con personas naturales - Miles de $
La autorización máxima para viáticos no incluye aquellos ori- ginados directamente por estudios que le sean encargados al Instituto. Asimismo, el Instituto podrlÍ pagar gastos de perso- nal contratado temporalmente para estudios específicos.
Estos gastos se imputarán al Subtítulo 23.
Incluye:
Capacitación y peñeccionamiento, Ley N° 18.575 - Miles de $
9.585 1.000 2.000 43.078
5 56 7.500 5.100
3.400 7.300
5.540
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
pARTJDA,
12 Superintendencia de Servicios Sanitarios (01) CAPrruLO 07PROGRAMA
,
01Sub- GLO!08 Mon~da N.donaL
TítuLo Ltfm OtnOmLmilcio.¡nes
..
MiLes dt $INGRESOS 1.579.695
04 VENTA DE ACTIVOS 4.260
41 Activos Físicos 4.260
07 OTROS INGRESOS 1.005
79 Otros 1.065
09 APORTE FISCAL 1.564.370
91 Libre 1.564.370
11 SALDO INICIAL DE CAJA 10.000
GASTOS 1.579.695
21 GASTOS EN PERSONAL 02 709.316
22 25
31
34 31
50 51 53 60 70 90
001 001
01 02
03
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO TRANSFERENCIAS CORRIENTES Transferencias al Sector Privado Salas Cunas ylo Jardmes Infantiles Transfenmcias al Fisco
Impuestos
lNVER510N REAL
Requisitos de Inversión para Funcionamiento Vehículos
Estudios panl Inversiones
OPERACIONES ANOS ANTERIORES OTROS COMPROMISOS PENDIENTES SALDO FINAL DE CAJA
Dotación máxima de vehículos Incluye:
a) Dolación máxima de personal b) Horas extraordinarias año
- Número de horas - Miles de $
03
e) Autorización máxima para gastos en "ilÍticos, en territorio nacional
- Miles de $
d) Convenios con personas naturales - Miles de $
Inclu)'t':
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575 - Miles de $
269
305.612 906 533 533 373 373 550.861 31.950 11.715 507.196 5.000 3.000 5.000
4
82 4.320 11.000
38.000 74.000
6.820