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RETIN OFICIAL IR LA NIMIA DE ALBACETE

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7 Por un trimestre.. Pesetas. 4

EN LA CAPITAL. . . . Por un semestre. • o 7 Por un año.. . . » 12 50 Por un trimestre.. D 5

FUERA DE LA CAPITAL. Por un semestre. . » 9 Por un año.. . . 1 15 Los edictos y sentencias de los Juzgados y Tribunales que se inserten en este periódico, y no sean de oficio, paga- rin 25 céntimos de peseta por línea.

PRECIOS DE ANUNCIOS

Los anuncios particulares que se quieran insertar en al BoLzris, previa licencia del Ilmo. Sr. Gobernador, pagarin:

De 1 it 6 lineas, primera vez Pesetas. 1

De 7 ä 15 id. e 150

De 16 30 id. o 2

De 30 en adelante, precio convencional; por cada repe- tición, la mitad.

Se publica los Lunes, Miércoles y Viernes. —Les recla- maciones al Director de la Imprenta Provincial.

Número 29 Viernes 8 de Marzo de 1901 25 céntimog

a

RETIN OFICIAL IR LA NIMIA DE ALBACETE

Sección de la Gaceta

PRESIDENCIA DEI, CONSEJO DE MINISTROS

SS.

MM .

el

RRY

y la

REINA

Regente

(Q.

D. G.) y Augusta Real Familia con- tinúan en esta Corte sin novedad en su importante salud.

((AcKTA del día 7 Marzo.)

MINISTERIO DE HACIENDA

REALES ÓRDENES

Ilmo. Sr.: En vista del expediente incoado en esa Dirección general á consecuencia de ha- ber solicitado D. Cipriano Larrañaga, consignata- rio de buques y mercancías en el puerto de Pa- sages, que se dicte una disposición de carácter general por la que se declare que el bacalao en fardos debe adeudarse con exclusión del peso de la paja con que, además de los sacos ó envueltas, acostumbra ä importarse para resguardarlo de la accion de agentes exteriores.

Resultando que el recurrende funda su pre- tension en que dicha forma de adeudo, que es la adoptada por la mayor parte de las Aduanas es- pañolas en el despacho del indicado producto, es la que mejor se acomoda ä las condiciones de un articulo que tanto se consume por las clases hu- mildes; y

Considerando que la paja de que se trata no constituye en realidad un empaque, toda vez que se presenta esparcida entre el género, pero sin servirle de envuelta, como por lo común su- cede con los papeles, virutas y otras diferentes materias que el comercio utiliza como tales em- paques;

El REY (Q . D. G.), y en su nombre la REINA

Regente del Reino, se ha servido disponer que el adeudo del bacalao que se importe en fardos se verifique con deducción de la paja que contengan, debiendo entenderse aclarado en este sentido el párrafo cuarto de la disposición 5. a del vigente Arancel.

De Real orden lo participo ä V. I. para su conocimiento y fines consiguientes. Dios guarde ä V. I. muchos arios. Madrid 23 de Febrero de 1901.

ALLENDESALAZAR Sr. Director general de Aduanas.

Ilmo. Sr.: Vista la instancia suscrita por D. A. León Alvarez, domiciliado en esta Corte, solicitando de ese Centro directivo que se le indi- que la partida del Arancel que corresponde apli- car ä un alcohol sólido en pastillas y en cajitas de hoja de lata y ä otro alcohol líquido desnatu- ralizado,

delos que

acompaña muestras, mani-

festando que el uso de dichos productos es como materia combustible:

Resultando del análisis practicado en el La- boratorio de ese Centro y de los datos aportados al expediente que el producto llamado alcohol sólido ó emerandine contiene 88 por 100 de alco- hol muy impuro de 87° centesimales, el cual está desnaturalizado con una materia colorante verde artificial, y que el otro producto es un alcohol igual al anterior, pero en estado líquido, mez- clado con corta cantidad de bencina:

Considerando que ínterin se proceda ä una revisión del Arancel que permita crear una par- tida nueva para el alcohol sólido de que se trata, debe éste adeudar, como el qua se presenta en estado líquido, por la partida 352 del Arancel, y que con el fin de facilitar la rapidez en los despa- chos y de que exista en éstos la debida uniformi- das en las Aduanas, evitando á la vez las dificul- tades que en ellas pudieran ofrecerse para la apli- cación de la citada partida, por la índole especial del producto, conviene dictar una regla de ca- rácter general para su aforo;

El REY (Q. D. G.), y en su nombre la REINA

Regente del Reino, conformándose con lo pro- puesto por esa Dirección general, ha tenido á bien ordenar:

1." Que ínterin se cree una partida especial para el alcohol sólido, adeude, tanto éste como el alcohol líquido desnaturalizado, por la partida 352 del Arancel, calculándose para el aforo, en cuanto al alcohol sólido, un litro por cada kilo- gramo de peso neto.

2.° Que ambos productos satisfagan además el impuesto de alcoholes de que trata la nota 73 del Arancel en su relación con la ley de Alcoho- les vigente; y

3.° Que á los envases de los mismos produc- tos se les apliquen las partidas que á su clase co- rresponda.

De Real orden lo digo á V. I. para su cono- cimiento y efectos oportunos. Dios guarde ä V. I.

muchos arios. Madrid 23 de Febrero de 1901.

ALLENDESAL A ZAR

Sr. Director general de Aduanas.

Ilmo. Sr.: Visto el expediente instruido con el fin de estudiar la aplicación, en lo referente á los impuestos de alcoholes y azúcares, de la Real orden de 26 de Noviembre último, que dispuso la distribución por partes iguales de las multas correspondientes ä los Investigadores de Hacien- da cuando ocurra el caso de que dos ó más de ellos intervengan en la formación de unos mis- mos expedientes, sustituyendo este sistema al de la distribución en partes proporcionales al sueldo que determina el art. 33 del reglamento de Ins- pección de 4 de Octubre de 1895:

Visto el art. 63 del reglamento del impuesto de alcoholes y el 94 del de azúcares, en los que se previene que las distribuciones de multas por

faltas ó delitos contra los mismos se ajustarán las reglas prevenidas en el citado reglamento de la Inspección:

Resultando que si bien la segunda parte de este reglamento, que es la en que se hallan con- tenidos los preceptos á que se alude, fue dero- gada en conjunto por el vigente de Inspección de 30 de Enero de 1900, no lo han sido los artícu- los 63 y 94 de aquéllos, ni tampoco sustituidas las reglas ä que hacen referencia por las que de- ben éstas entenderse como vigentes, no obstante lo cual conviene esclarecer las dudas que por la citada circunstancia pudieran suscitarse, como se han suscitado en el ramo de Contribuciones, dando lugar ä la Real orden de 26 de Noviembre último antes citada:

Considerando que la diferencia de sueldo de los partícipes en una multa no debía aceptarse, de conformidad con lo resuelto en dicha soberana disposición, como base reguladora de la distribu- ción de aquélla; y

Considerando que hallándose ä cargo del ser- vicio de Aduanas la administración y cobranza de los impuestos de alcoholes, azúcares

y

achi- coria, así como su vigilancia especial, ninguna dificultad existe, antes bien es natural y lógico que en todo cuanto se refiere ä la división en partes alícuotas de los importes distribuibles en multas por faltas y delitos contra dichos impues- tos, que es el punto aislado y concreto que preci- saresolver, se apliquen las disposiciones genera- les del apéndice 5.° de las Ordenanzas del ramo, en donde de antemano se hallan consignados los principios de equidad ä que deben obedecer esta clase de recompensas;

El REY (Q. D. O.), y en su nombre la REINA

Regente del Reino, conformándose con lo pro- puesto por esa Dirección general, se ha dignado disponer que en cuanto se refiera ä la division en partes alícuotas de los importes distribui tsles en multas por faltas ó delitos cometidos contra los impuestos de alcoholes, azúcares y achicoria, se apliquen las reglas establecidas en la segunda parte del apéndice 5.° de las Ordenanzas gene- rales de Aduanas vigentes, acomodándolas á la naturaleza y circunstancias de analogía que en cada caso concurran, quedando en todo su vigor con respecto ä los demás extremos relacionados con las liquidaciones y distribuciones de las mul- tas de que se trata las prescripciones contenidas en los respectivos reglamentos y disposiciones que se hayan dictado para su ejecución.

De Real orden lo comunico á V. I. para su conocimiento y efectos oportunos. Dios guarde á V. I. muchos arios. Madrid 23 de Febrero de

1901.

ALLEN DESALAZAR

Sr. Director general de Aduanas.

Dirección general de Contribuciones.

A virtud de instancia presentada por la Cá- mara oficial de Comercio

é

industria de Jerez de

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(2)

2 Boletín Oficial de Albacete

Ja Frontera para que se aclaren los preceptos re- glamentarios referentes á los industriales, comer- ciantes, fabricantes, especuladores, criadores y cosecheros de vinos, evitando las diversas inter- pretaciones que en la actualidad vienen obser- vándose, no tan sólo por los contribuyentes, si que también por algunos agentes del Fisco;

Esta Direccion general, con fecha 22 del que rige, ha acordado que

'

para conocimiento gene- ral, se publique en el diario oficial, así como en los Boletines oficiales de las provincias, las si- guientes aclaraciones:

1.

a

Deben ser considerados cornos vinos ge- nerosos finos ó de lujo aquellos cuya graduación sea superior á 12 grados centesimales, que estén añejados ó preparados y que su precio exceda de 0'50 pesetas el litro; conceptuándose como vi- nos comunes los que no reunan ninguna de dichas condiciones.

2.' Que los comerciantes del núm. 47, hoy 38, de la tarifa 2.

a

, están autorizados para hacer las claras y trasiegos y encabezamientos necesa- rios para la conservacion de sus caldos; pero no para la crianza de los mismos.

3." Que los especuladores pueden remitir por su cuenta, dentro de la Península é islas adya- centes, los vinos objeto de su iudustria, no es- tando facultados para la manipulación de dichos caldos en forma alguna.

4.° Que los vendedores por mayor se distin- gan do los especuladores en cuanto sólo pueden remitir por cuenta de los compradores y poder comerciar con todos los artículos que estén com- prendidos en clases inferiores dentro de la tarifa 1." por la cual tributan.

5.. Que por criadores del epígrafe 226 de la tarifa 3.° deben entenderse los industriales que para el ejercicio de su industria no emplean sus- tancia química alguna, y que cuando esto tenga lugar, tributen por el epígrafe 227 de dicha tari- fa; entendiéndose que unos y otros industriales no pueden fabricar vinos, ó sea practicar el pisado de las uvas sin pago de la cuota correspondiente, y estando facultados para remitir y exportar los caldos que crien o emboquen.

6. Que los fabricantes de vinos, ó sean los que emplean la uva como primera materia para su industria, no pueden criarlos ni prepararlos sin pago de la cuota respectiva y sí remitirlos y ex- portarlos en su estado natural; y que para la cla- sificación en vinos comunes y finos que especifi- can los epígrafes 228 y 229 de la tarifa 3.' se tenga en cuenta lo dispuesto en la primera acla- ración.

7." Que únicamente están incluidos en el nú- mero 29 de la tabla do exenciones los coseche- ros que exclusivamente fabriquen vinos con uvas de su cosecha sin facultad para la crianza y pre- paración de los caldos, pues esto constituye ope- raciones industriales sujetas ä tributación; y

Que los industriales no deben tributar por los loca l es destinados exclusivamente á almace- naje sin practicar en los mismos operaciones in- dustriales de ninguna clase, y sí por los en que se practique dichas operaciones.

Lo que comunico á V. S. para su conocimien- to, ä los efectos consiguientes, y para su publica- ción en el

Boletin

oficial de esa provincia, del que remitirá V. S. un ejemplar ä este Centro di- rectivo. Dios guarde á V. S. muchos años. Ma- drid 28 de Febrero de 1901.—E1 Director gene- ral, Cenón del Alisal.—Sr. Delegado de Hacien- da de la provincia de

(GACETA. del din 5 Marzo.)

Sección de la Provincia

C4-

O

13

1 El R.

1\T 0

01

-Cir

1

14

D. Carlos García Alix, Gobernador civil de esta provincia.

Hago saber: Que D. Federico Bushell, vecino de Hellin, ha presentado en este Gobierno de

provincia el día 23 de Febrero último una solici- tud pidiendo la propiedad de 94 pertenencias de una mina de mineral de azufre, 3. sección, que tendrá por nombre

Clotilde,

número 543, sita en el punto llamado Sierra de los Pollos, en el paraje nombrado Cenajo, término municipal de dicha ciudad.

El terreno registrado linda al Norte con mon- tes del Estado y terrenos de los herederos de D. Santiago 111;iz, al Saliente terrenos denuncia- dos para la mina Luisa, Mediodía para los de la mina

Grumis

y el río Segura y Poniente con los de esta última y montes de D. Rafael Cano Nú- ñez.

Designa las 94 pertenencias que solicita, en esta forma:

Se tendrá por punto de partida la segunda es- taca de la mina

Grumis;

desde él al Norte 100 metros, 1." estaca; de ésta al Saliente 1.700 me- tros, 2.'

1

; de ésta al Mediodía 1.200 metros, 3.';

de ésta al Poniente 700 metros, 4

a

; de ésta al Norte 1.100 metros

'

5.

a

; de ésta al Poniente 1.000 metros, 6.°, y de ésta ä la 1." estaca al Norte 100 metros, quedando así cerrado el pe- rímetro de las 94 pertenencias solicitadas.

Y habiendo admitido por mi decreto de fecha de ayer la solicitud de registro, he acordado se publique por medio de edictos en el

Boletin

ofi- cial de la provincia, en la tabla de anuncios de este Gobierno civil y en la de la Alcaldía de He- llín en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la ley de Minas de 6 de Julio de 1859, refor- mada por la de 4 de Marzo de 1868, con el fin de que los que se crean con derecho presenten sus oposiciones ä mi Autoridad dentro del plazo de sesenta días.

Albacete 6 de Marzo de 1901.—Carlos Gar- cía Mix.

D. Carlos García Alix, Gobernador civil de esta provincia.

Hago saber: Que D. Federico Bushell, veci- no de Hellín

'

ha presentado en este Gobierno de provincia el día 23 de Febrero último una soli- citud pidiendo la propiedad de 88 pertenencias de una mina de mineral de azufre, tercera sec- ción, que tendrá por nombre Luisa, núm. 542, sita en el punto llamado Las Lomas, continuacion de la Sierra de los Pollos y Collado Blanco, en el paraje titulado Cenajo, término municipal de di- cha ciudad.

El terreno registrado linda al Norte con mon- tes del Estado, al Saliente con los de D. José Precioso, al Mediodía las casas y ejidos de las mismas de los herederos de D. Santiago Ruiz, el río Segura y terrenos en cultivo de D. Feliciano Toboso y Poniente con terrenos denunciados para la mina

Clotilde.

Designa las 88 pertenencias que solicita, en esta forma:

Se tendrá por punto de partida el ángulo N. E. de la casa principal de los herederos de D. Santiago Ruiz; desde él á Saliente 600 metros, primera estaca; de ésta á Norte 1.100 metros, segunda; de ésta á Poniente 800 metros, tercera;

de ésta á Mediodía 1.100 metros '

cuarta; de ésta ä Saliente 200 metros, quinta; y de ésta a la pri- mera estaca 600 metros, quedando así cerrado el perímetro de las 88 pertenencias solicitadas.

Y habiendo admitido por mi decreto de fecha de ayer la solicitud de registro, he acordado se publique por medio de edictos en el

Boletin

ofi- cial de la provincia, en la tabla de anuncios de este Gobierno civil y en la de la Alcaldía de He- llín en cumplimiento de lo dispuesto en el ar- ticulo 23 de la ley de Minas de 6 de Julio de 1859, reformada por la de 4 de Marzo de 1868, con el fin de que los que se crean con derecho presenten sus oposiciones ä mi Autoridad dentro del plazo de sesenta días.

Albacete 6 de Marzo de 1901.—Carlos Gar- cía Alix.

AYUNTAMIENTOS

ALBACETE

El Alcalde constitucional de esta ciudad

Hace saber: Que acordado por la Junta muni- cipal en sesión del día de ¡ayer declarar la vacan- te de una plaza de Médico titular del barrio rural del Salobral, por haberle renunciado el que la ve- nía desempeñando, y resuelto por la misma que se anuncie de nuevo su provisión en el Boletín oficial de la provincia, para llevarlo ä efecto se fijaron las condiciones siguientes:

1." La asistencia se prestará como máximum á 300 familias pobres.

2.' La duración del contrato será de cuatro años.

3. a

El sueldo que ha de disfrutar será el de 1.000 pesetas anuales que tiene consignado en el presupuesto del año corriente.

Las solicitudes se dirigirán ä la expresada Junta municipal por conducto del Sr. Alcalde Presidente, acompañando á las mismas los títulos profesionales expedidos por las Universidades del Reino.

El plazo para la admisión de las expresadas solicitudes espirará á los 30 días, contados des- de el siguiente al en que aparezca inserto este anuncio en el Boletín oficial de la provincia.

Lo que en cumplimiento de lo acordado, y en armonía con lo que preceptúa el art. 11 del re- glamento para el servicio benéfico sanitario de los pueblos, se anuncia por medio del presente para notoriedad de las personas que aspiren ä la men- cionada plaza.

Albacete 7 de Marzo de 1901.—G. Lodares.

TARAZONA

D. Galo Picazo Soriano, Alcalde Presidente del Ayuntamiento constitucional de esta villa.

Hago saber: Que para dar cumplimiento ä un precepto de ley, el Ayuntamiento y Juntas repar- tidoras de consumos y líquidos han acordado con- ceder un nuevo plazo de ocho días de exposición al público de los respectivos repartimientos, con- tados desde el en que aparezca inserto este anun- cio en el Boletín oficial de la provincia.

Tarazona 6 de Marzo de 1901.—Galo Picazo.

BARRAX

D. Antonio Cano Poveda, Alcalde constitucional de esta villa.

Hago saber: Que la cobranza voluntaria, en su primer período, del impuesto de consumos, líqui- dos y alcoholes y arbitrios extraordinarios del primer trimestre del presente ejercicio, tendrá lu- gar en esta Casas Consistoriales los días 12, 13 y 14 del mes de la fecha, y horas de las ocho á las diez y siete; y el segundo periodo voluntario es- tará abierto en el mismo local y horas de los cinco días siguientes.

Barrax 4 de Marzo de 1901.—Antonio Cano.

Extracto de los acuerdos adoptados por el Ayun- tamiento y Junta municipal de esta villa du- rante el tercer trimestre del presente ano de 1900, que se forma en cumplimiento y

d

los efectos de los' artículos 109 y 110 de la ley Mu- nicipal.

Acuerdos del Ayuntamiento.

MES DE JULIO Sesión ordinaria del dia I.°

1.° Se leyó y aprobó el acta de la anterior.

2.° Se leyeron también las Gacetas de Ma- drid y Boletines oficiales de la provincia de la semana última, acordando la Corporación que se preste á sus disposiciones el debido cumpli- miento.

3.° Se aprobaron tres cuentas con cargo al capitulo de imprevistos, capitulo 1. 0 , art. 2.° y ca- pítulo 5.°, art. 2. 0 del presupuesto vigente, por obras de reparación practicadas en el Matadero público, por material de Secretaría y por soco- rros domiciliarios, respectivamente.

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(3)

Boletín Oficial de Albacete

ñas, D. Pascual Martínez Cifuentes, D. José Ca-

no Martínez y D. Juan Garcia Candel; acordan- 1.° Se leyó y aprobó el acta de la anterior.

ä 2.° Se leyeron también las Gacetas de Ma- do asimismo, que el señor Alcalde procediese

la inmediata constitución de precitada Corpora-

drid

y Boletines oficiales de la provincia de la

ción. semana última, acordando la Corparación que se

4.° Se aprobó una relación de dietas deven- preste á sus disposiciones el debido cumpli- gadas por el Secretario de este Ayuntamiento miento.

D. Domingo Poveda, acordando su pago con car- 3.0 Se examinó y aprobó con cargo al capítu- go al capítulo 1. 0 , art. 8.° del presupuesto vi- lo de imprevistos una cuenta presentada por

gente. Santiago Culebras García, importante 14'32 pe-

Sesión ordinaria del dia 15. setas, por las obras de reparación practicadas en No se celebró por falta de número suficiente el local de la Escuela de niños.

o 4.0

Se leyó y aprobó el extracto de los acuer- de Sres. Concejales.

Sesión ordinaria del dia 22. dos adoptados por este Ayuntamiento y J unta

1.

0 Se leyeron y aprobaron el acta de la an- municipal en el segundo trimestre del presente año natural, acordando la Corporación que se re- tenor y la diligencia de no haberse celebrado la

del día 15 de este mes. mita al Sr. Gobernador civil á los efectos de los artículos 109 y 110 de la ley Municipal.

2.° Se leyeron también las Gacetas de

Ma-

5.°

Se acordó, á petición del interesado, rele- drid y Boletines oficiales de la provincia de las

var de las funciones de Vocal de la Comisión de dos semanas últimas, acordando la Corporación

que se preste á sus disposiciones el debido cum- Hacienda al Concejal D. Juan Martínez Haro, y plimiento. se nombró para sustituirle ä D. Miguel Quintani-

lla Cifuentes.

3.° Se acordó comisionar á D. Emiliano Al- 6.° Se nombró Regidor Interventor de fondos guacil y Alguacil para el ingreso en Caja de los

mozos declarados soldados en la última revisión, municipales al Concejal D. Juan García Tebar y suplente ä D. Miguel Qaintanilla Cifuentes.

Sesión ordinaria del día 29.

No se celebró por no haber concurrido sufi- Sesión ordinaria del dia 9.

1.° Se leyó y aprobó el acta de la anterior.

ciente número de Sres. Concejales.

2.° Se leyeron también las Gacetas de

Ma-

MES DE AGOSTO

drid

y Boletines oficiales de la provincia, acor-

Sesión ordinaria del dia 5.

dando la Corporación que ,se preste ä sus disposi- Tampoco se celebró por no haber asistido nú- ciones el debido cumplimiento.

mero suficiente de Sres. Concejales. 3.° Se aprobó con cargo al cap. 1. 0 , artículo Sesión extraordinaria del dia 7. 8.° del presupuesto de gastos, una cuenta de 45 Se acordo proceder ejecutivamente contra los pesetas, presentada por el Secretario de esta Cor- deudores al Posito municipal que no han efectua- poración D. Domingo Poveda.

do los reintegros de las sumas que adeudan al Sesiones ordinarias de los dias 16 y 23.

4.° Se aprobaron las subastas celebradas en Sesión ordinaria del dia 19.

28 de Junio último para el arriendo de los arbi- No se celebró por no haber concurrido núme

trios municipales de pesas y medidas de uso yo- -

ro suficiente de Sres. Concejales.

luntario y Cuarto del Matadero por el período que

comprende desde el día de hoy al 31 de Diciem- Sesión ordinaria del dia 26.

bre de 1901, adjudicando los respectivos remates 1.0 Se leyeron y aprobaron el acta de la or- ä D. Pedro Garví Romero y D. José Ibáñez Be- dinaria anterior y la diligencia de no haberse ce- rruga, en las sumas de 750 y 60 pesetas. lebrado la del diez y nueve de este mes.

Sesión ordinaria del dia 8. 2.° Se leyeron también las Gacetas de Ma-

drid

y Boletines oficiales de la provincia de las

l.° Se leyó y aprobó el acta do la anterior.

2.° Se leyeron también las Gacetas de

Ma-

dos semanas últimas, acordando la Corporación

drid

y Boletines oficiales de la provincia de la que se preste ä sus disposiciones el debido cum- plimiento.

semana última, acordando la Corporación que se

3.0 Se acordó autorizar al señor Presidente preste ä sus disposiciones el debido cumplimiento.

3.° En cumplimiento de la Real orden de 9 para practicar varias obras de reparación en el lo- cal de la Escuela de niños.

de Junio último, y no habiendo concurrido los pa-

4.° Se examinó y aprobó el proyecto de pre- tronos y obreros convocados oportuna y conve-

nientemente para la designación de los individuos supuesto ordinario de ingresos y gastos de este que debían componer la Junta local de Reformas Municipio para el próximo ejercicio de 1901, acor- sociales, se acordó proceder en el mismo acto al dando

su

fijación al público por quince días, según

ordena la ley Municipal.

nombramiento de dicha Junta; y practicado el

5•0 Quedó enterada la Corporación del falleci- oportuno sorteo, quedaron designados, como pa- miento del Concejal D. Juan

Poveda, acordando tronos, D. Juan Martínez Haro, D. Julián Alba-

ladejo Cifuentes, D. Juan García Quintanilla, Don se haga constar su profundo sentimiento, y levan- tóse la sesion.

Antonio Amas Poveda y D. Francisco González

Jiménez; y en representación de la clase obrera, MES DE SEPTIEMBRE D. Pedro Garvi Romero, D. Julián Escribano Vi-

Sesión ordinaria del dia 2.

3

Acuerdos de la Junta municipal.

MES DE SEPTIEMBRE

Sesión del dia 14.

1. 0 Se examinó, discutió y aprobó definitiva- mente el presupuesto municipal ordinario para el próximo ejercicio de 1901, acordando se re- mita con su copia al Sr. Gobernador civil,

2.° Se formo y acordó proponer al Gobierno de S. M. la tarifa de arbitrios extraordinarios pa- ra cubrir el déficit de 2.579'75 pesetas, que re- sulta en el antedicho presupuesto ordinario.

Sesión del din 15.

Se acordó, en cumplimiento del articulo 259 del reglamento vigente de Consumos, que para hacer efectivo el e n cabeiarniento de este pueblo en el próximo ejercicio de 1901, se ensayen por su orden y con preferencia al l'opado, los enca- bezamientos parciales ra gremiales por un año, el arriendo á venta libre por un período de uno ä cinco años y el arriendo también á la exclusiva por uno solamente de los grupos de líquidos y carnes, haciéndose el llamamiento de gremios y anuncios de subastas correspondientes, y nom- brando la Comisión encargada de practicar las diligencias ä que todo ello diere lugar.

El precedente extracto ha sido examinado y aprobado por el Ayuntamiento en su sesión or- dinaria del día

4

del actual.

Barrax 10 de Noviembre de 1900.-EI Se- cretario, Domingo Poveda.-V.° B.°-EI Alcal- de, Cano.

mismo, dentro del período voluntario que al efec-

No se celebraron por no haber concurrido

to se,les tenia señalado, declarando procedente el número suficiente de Sres. Concejales.

apremio de primer grado, y

se

noinbró Agente

ejecutivo ä D. Miguel Carcelén López. Sesión ordinaria del día 30.

Sesión ordinaria del día 12. 1.0 Se leyeron y aprobaron el acta de la an- 1. 0

Se leyeron y aprobaron el acta de la an- tenor y las diligencias de no haberse celebrado MES DE FEBRERO tenor y las diligencias de no haberse celebrado las de los días 16 y

23

de este mes. Ordinaria del dia 4.

las de los días 2.° Se leyeron también las 29 de Julio y 5 de este mes.Gacetas de

Ma- drid

2.° y Boletines oficiales de Se leyeron también las la provincia de las Gacetas de

Ma-

cepciones La Corporación se ocupó de revisar las ex-de mozos correspondientes ä los tres

.drid

y Boletines oficiales de la provincia de las tres semanas últimas, acordando la Corporación reemplazos anteriores.

tres semanas últimas, acordando la Corporación que se preste á sus disposiciones el debido cum- Extraordinaria del dia 8.

prestar ä sus disposiciones el debido cumplí- plirnient0. 1.0 Aprobar el acta de la anterior.

miento.

3.0 Se aprobó y acordó el pago con cargo al 2.° Informar una solicitud al Sr. Delegado 3.° Se acordó, por último, requerir al Recau- capítulo 5.0, art. 2.° del presupuesto de gastos, de Hacienda, suscrita por D. Serapio Parras, en dador Agente ejecutivo de consumos, líquidos y de una cuenta de 75 pesetas, presentada por el nombre y representación de su hermano D. Juan alcoholes, para que imprima la mayor actividad ä Depositario municipal D. Plácido Andrés. Francisco Parras, pidiendo sea eliminado del re-

los procedimientos ejecutivos que incoa contra los 4.0 Se aprobó y acordó el pago con cargo al parto de consumos de este pueblo y año 1899 contribuyentes morosos por dichos coneptos, ä fin capítulo 1. 0, art. 2.° del mismo presupuesto, de 900, acordando que dicha reclamacion es impro- de poder solventar dentro de este mes el todo ó una cuenta de 306'25 pesetas, presentada por el cedente y extemporänea,

la mayor parte del débito que se hace al Tesoro Secretario de esta Corporación D. Domingo Po- ! Ordinaria del dia 11.

público.

veda. I.° Aprobar el acta de la anterior.

LIETOR

Extracto de los acuerdos tomados por este Ayuntamiento y Junta municipal durante el primer semestre del

ailo

1900.

MES DE ENERO Ordinaria del dia 7.

1.° Se aprobó el acta de la anterior.

2.° Fueron aprobadas las listas de compro- misarios que han de regir durante el año actual, acordando que se libre certificación de las mis- mas y se remita al Sr. Gobernador para su in- sercion en el

Boletin

3.°

Cumplimentar cuantas disposiciones con- tienen los Boletines oficiales de la semana.

Ordinaria del dia 14.

1. 0 Aprobación del acta de la anterior.

2.° Se diö cuenta de la R. O. de la Dirección de Contribuciones pera señalar los nuevos cupos de consumos y se acordó cumplir con cuanto so ordena en dicha Real disposición para la confec- ción del reparto adicional.

3.0 Fué aprobado el extracto de acuerdos co- rrespondiente al segundo trimestre de 1899 ä 900.

Ordinaria del die 21.

Fué aprobada el acta de la anterior.

2.° Que por la Comisión de Hacienda se pro- ceda sin dilación a formular el proyecto de pre- supuesto adicional y refundido para el año 1900.

3.° Cumplir con las disposiciones contenidas en los últimos Boletines oficiales.

Dia 28.

No se celebró sesión por no concurrir sufi- ciente número de Concejales.

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

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4 Boletin Oficial de Albacete

municipal durante el año 1901, acordando la pu- blicacion del resultado y que se participe por cé- dula á los interesados; y después de aprobar va- rias cuentas, se levanto la sesion.

Hellín 31 de Enero de 1901.-Eloy Gil.-

Y.° B.°-El Alcalde, F. Montesinos.

JUZGADOS

ALBACETE

D. Miguel García Albero, Juez de instrucción de este partido.

En el expediente de ejecución de sentencia de la causa seguida en este Juzgado sobre lesio- nes contra Francisco de Paula Cebrián Correoso (a) el Tejero, se ha acordado se celebre tercera y última subasta y sin sujeción á tipo de una casa que le fué embargada para las responsabilidades pecuniarias; valorada, con un tejar que tiene den- tro, en 1.378 pesetas 25 céntimos, y eslasiguiente:

Una casa, sin número de orden, en la pedanía de Pozobueno, término de Chinchilla; que linda por la derecha entrando con Antonio José Medra- no Tomás y por la izquierda y espalda con Fe- lipe Martínez Narro, con inclusión del tejar que se halla dentro de su circuito.

Y en su consecuencia se hace saber á fin de que las personas que deseen interesarse en la su- basta, que tendrá lugar sin sujeción ä tipo, como queda expuesto, y bajo las condiciones que se de- terminan en el art. 1.506 de la ley de Enjuicia- mento civil, el 22 de Marzo proximo, á las doce de la mañana, en la sala audiencia de este Juzga- do, comparezcan.

Dado en Albacete á 27 de Febrero de 1901.

Miguel García.-D. S. O., Benigno Sánchez.

NACIDOS SIN VIDA NACIDOS VIVOS

y muertos antes dese' tomaos «e

wee.

HELLÍN

Extracto de los acuerdos adoptados por esta

bó el acta de la anterior. Quedaron formadas las listas de electores con derecho á elegir compromi- sario, acordando su exposicion al público por 20 días. Quedó hecha la distribucion é inversión de fondos para el presente mes. Quedaron designa- dos, en conformidad con la consignación en pre- supuestos, los sueldos del Archivero municipal, Maestro de la aldea de Cancarix y barrendero mu- nicipal, levantándose la sesión.

rior y del extracto de los acuerdos adoptados du- rante el mes de Diciembre; y con la formación de las secciones de contribuyentes, entre los cuales se hanAe elegir por sorteo los Sres. Asociados, se presente mes, que forma el Secretario de la Excma. Corporación municipal durante el misma, conforme y á los efectos del art. 109 de la vigente ley Municipal.

Sesión del día 1.0 da Enero.-En ella se apro-

Sesión del dia 7.-Aprobación del acta ante-

levantó la sesión.

Sesión del día 14.-En ella se aprobó el acta anterior, y varias cuentas, levantándose la sesión.

Sesión del día 21.-En ella se aprobó el acta anterior y varias cuentas. Con la designación de locales para constituir las mesas en la elección del Diputado á Cortes, se levantó la sesión.

Sesión del día 28.-Se aprobó el acta de la anterior y varias cuentas, entre ellas las del Pósi- to de esta ciudad, correspondientes al ario 1900.

1

Se llevó á efecto el sorteo de los Asociados que

IMPRENTA PeOVINOUld conce

con el Ayuntamiento han de constituir la Junta 2.° Autorizar al Secretario de la Corporación

ä fin de que pase á la capital de la provincia, y con los datos que existen en esta Secretaría, compulse los que arrojen los libros de la Inter- vención de Hacienda, al objeto de probar la im- procedencia con que el Agente de esta zona sigue expediente ä la Corporación por débitos de con- sumos que están satisfechos.

3.0 Se aprobó el estado de distribución de fondos para este mes.

Dias 18 y 25.

En dichos días no se celebró sesión ordinaria por no concurrir suficiente número de Concejales.

MES DE MARZO Extraordinari a del dia 2.

I.° Fue aprobada el acta de la anterior.

2.° Visto el presupuesto adicional y refundido para 1900, se acordó aprobarle y que se exponga al público en la forma que proviene la ley Muni- cipal para someterle ä la discusión y aprobación definitiva de la Junta municipal.

Dia 4.

En este día no se celebró sesión ordinaria por no concurrir suficiente número de Coneejales.

Ordinaria del dia 11.

1.0 Se aprobó el acta de la anterior.

2.° Prestar su conformidad á la resolución dada por la Administración de Hacienda en el expediente de reclanaación de agravios por con- sumos, instruídoä petición del Sr. Parras y resuel- to de conformidad al informe de esta Corporación.

Ordinaria del dia 18.

1.0 Aprobacion del acta anterior.

2.° Discusión y aprobación definitiva del pre- supuesto adicional y refundido para el año 1900, y que se remita al Sr. Gobernador civil de la provincia.

Dia 25.

En este día no se celebró sesión ordinaria por no concurrir suficiente número de Conce- jales.

MES DE ABRIL Ordinaria del dia 1.0

1.

0 Aprobación del acta de la anterior.

2.° Cumplimentar cuantas disposiciones con- tienen los últimos Boletines oficiales.

3.° Que para la formación del apéndice al amillaramiento de este pueblo y año 1901, se pre- senten solicitudes de altas y bajas por los contri- buyentes que hayan sufrido alteración en su ri- queza, anunciándolo en la forma prevenida por el

reglamento del ramo.

Dia 8.

No se celebró sesión por tener que asistir la Corporacion ä la función religiosa de este día.

Ordinaria del dia 15.

1.0 Aprobar el acta de la anterior.

2.° Que en cumplimiento de la circular núme- ro 49 del Gobierno civil de esta provincia, se re- tiren de aquellas oficinas cien guías de caballerías, y que se anuncie en este pueblo la obligación que impone aquella disposición ä todo el que compre ó venda alguna caballería.

Ordinara del din 22.

aprobada el acta de la anterior 1.° Fue

sesión.

2.° Dada cuenta de las disposiciones conteni- das en los Boletines oficiales, se acordó su más exacto cumplimiento.

Ordinaria del dia 29.

1 .° Aprobación del acta de la anterior sesión.

2.° Cumplimenta r cuantas disposiciones con- tienen los Boletines oficiales ultimamente reci-

bidos.

MES DE MAYO Ordinaria del dia 6.

1.° Aprobar el acta de la anterior.

2.° Previa lectura de las disposiciones conte- nidas en los últimos Boletines, se acordó su más

exacto cumplimiento.

Día 13.

No se celebró sesión ordinaria por no rrir suficiente número de Concejales.

Ordinaria del dia 20.

1.0 Aprobación del acta de la anterior.

2.° El Ayuntamiento y Junta pericial acuerda entablar recurso de alzada ante la Dirección de Contribuciones, en virtud del acuerdo recaído en el expediente instruido en la Administración de Hacienda á instancia de D. Pedro Fernández Fal- cón, sobre reclamación de contribuciones.

Ordinaria del dia 27.

1.° Fué aprobada el acta de la anterior.

2.° El Ayuntamiento en Junta municipal, to- ma diferentes acuerdos para COntrareSLrar el re- curso de alzada interpuesto por D. Serapio Parras en virtud del fallo dado por la Administración de Hacienda ä su reclamación por consumos del año próximo pasado.

MES DE JUNIO Ordinaria del dia 3.

1.0 Aprobación del acta de la anterior.

2.° Fue aprobado el estado de distribución de fondos para este mes.

3.0 Autorizando á D. Antonio Lara, Regidor Interventor, para que en nombre y representación del Ayuntamiento concurra ä la Alcaldía de He- llín el día en que aquella Corporacion proceda al examen y aprobacion de las cuentas por gastos carcelarios de los años 98 ä 99 y 99 á 900.

Dias 10 y 17.

En estos días no se celebró sesión ordinaria por no concurrir suficiente número de Concejales.

Ordinaria del día 24.

1.° Aprobación del acta de la anterior.

2.° Dando cuenta de la resolucion dada por la Dirección general de Contribuciones al recurso de alzada interpuesto por el Ayuntamiento sobre el acuerdo de la Administración de Hacienda al re- solver el expediente sobre baja de contribuciones instruido ä instancia de D. Pedro Fernández Falcon.

Extraordinaria del dia 29.

1.0 Aprobación del acta de la anterior.

2.° Discusión, votación y aprobación del dic- tamen del las cuentas municipales de los años desde 1889 á 90 hasta el 98-99 y primer semes- tre de 1899 ä 900.

Certifico: Que el presente extracto fué apro- bado por el Ayuntamiento en sesión ordinaria del día de hoy. Y para que conste expido la presen- te, visada y sellada por el Sr. Alcalde, en Lietor ä 23 de Septiembre de 1900.-El Secretario, Ni- colás G. Lara.-V." B.°-EI Alcalde, Garrido.

JUZGADO MUNICIPAL DE ALBACETE Nacimientos registrados en este Juzgado duran-

te la primera decena de Febrero de 1901.

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la primera decena de Febrero de 1901.

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FALLECIDOS

Albacete 11 de Febrero de 1901.-El Juez mu- nicipal, Máximo García.--Ricardo Martínez, Se-

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Referencias

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