La técnica se enmarca en el análisis de documentos referentes a la Defensa Legal y la entrevista sobre el nivel de conocimiento sobre los presupuestos y/o requerimientos de la Defensa Legal por parte del personal policial del Departamento de Unidades de Emergencia de Puno. En consecuencia, se ha establecido que existe un vínculo directo entre la responsabilidad penal y la aplicación de la Defensa Jurídica, es decir no habrá responsabilidad penal si se ha aplicado correctamente la Defensa Jurídica como causa de Justificación. Como resultado, en la investigación realizada con el personal policial del Departamento de Unidades de Emergencia de Puno, se llegó a la conclusión general que la responsabilidad penal como excusa tiene relación directa con la aplicación de la defensa jurídica, es decir, no habrá no ser criminal. responsabilidad de aplicar correctamente la Defensa Legítima como causa de Justificación.
Con la investigación se espera haber contribuido al reconocimiento de la importancia para el personal policial del pleno conocimiento del tema de la Legítima Defensa, comprobándose en este caso el desconocimiento de su conocimiento entre la mayoría de los policías.
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
FORMULACIÓN DEL PROBLEMA
- PROBLEMA GENERAL
- PROBLEMA ESPECÍFICO
¿Cuál es la relación que existe entre la legítima defensa como exención de responsabilidad penal para el personal policial en intervención policial? Qué aspectos se deben tener en cuenta en una intervención policial, para que el personal policial quede inmerso en una legítima defensa. Cuál es el nivel de responsabilidad penal que conllevaría el desconocimiento de los requisitos y/o presunciones de legítima defensa.
ANTECEDENTES
A NIVEL NACIONAL
El cual lleva por título: “Uso indebido de la legítima defensa y violación del principio de culpabilidad de los imputados del delito de homicidio en la provincia de Huánuco. Identificar cómo el uso indebido de la legítima defensa viola el principio de culpabilidad de los imputados de el delito de homicidio en el distrito de Huánuco. El objetivo es demostrar que la estructura normativa penal vigente en nuestro país es insuficiente para atribuir efectivamente responsabilidad penal a una unidad organizacional, pues existen inconsistencias normativas que deben ser superadas para no violar el principio de legalidad y debido proceso, primero, porque contamos con un derecho penal que mantiene vigente el principio de societas delinquere non ptest con construcciones dogmáticas de culpabilidad penal claramente inclinadas a la responsabilidad individual, que impiden conductas autónomas e ilegales llevadas a cabo por una organización. unidad de estar sujeta a los parámetros del concepto de actuación, que se establece en el art.
El objetivo de su investigación fue establecer criterios de responsabilidad penal entre menores reincidentes de entre 16 y 18 años.
A NIVEL INTERNACIONAL
Nosotros (Colmegna & Nascimbene, sin fecha) lo tenemos en el estudio titulado: La autodefensa y el policía, uso necesario o proporcionado de la fuerza. En el que el autor investiga el uso de la fuerza por parte de la policía en relación con la legítima defensa. Algo que no deja de ser importante si queremos que los funcionarios se comprometan con una violencia no abusiva y que esté dentro de los requisitos de los derechos humanos.
Estudio ubicado en la Universidad de Zaragoza, titulado: Crítica a las construcciones modernas de una denominada responsabilidad penal de la persona jurídica.
OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN
- OBJETIVO GENERAL
- OBJETIVOS ESPECÍFICOS
- EL DERECHO PENAL
- LA RESPONSABILIDAD PENAL
- PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD
- EL USO DE LA FUERZA
- LA IMPORTANCIA DE UNA EXIMENTE
- LA LEGÍTIMA DEFENSA
- NATURALEZA JURÍDICA DE LA LEGÍTIMA DEFENSA
- BIENES JURÍDICOS DEFENDIBLES
- REQUISITOS DE LA LEGÍTIMA DEFENSA
- CARACTERÍSTICAS DEL AGRESOR
- FUNCIÓN POLICIAL
- PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD
- USO DE LA FUERZA
- LA VIOLENCIA
Este principio es importante porque sopesa el daño causado por el uso de la fuerza y su proporción adecuada con el propósito preventivo. De esta manera, según el Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú en el artículo 4, inciso c, que define el Principio de Proporcionalidad en el Decreto Legislativo N, diciendo literalmente: El uso de la fuerza es proporcional cuando el nivel El tipo de fuerza utilizado para lograr el objetivo jurídico definido y/o requerido corresponde a la resistencia ofrecida y al riesgo que representa la persona a intervenir o según la situación a controlar. Página 1).
Uno de los conceptos que podemos mencionar para entender el uso de la fuerza en el marco de la Policía Nacional y entendido en sentido estricto, debemos: Podemos decir que la existencia de la autodefensa implica necesariamente una reacción que tiene como objetivo un objetivo real. , agresión inminente o injusta. En palabras de (Colmegna & Nascimbene, Sin fecha) “La legítima defensa es una de las causas de justificación que se analizan dentro de la ilegalidad en la estructura de la teoría del delito.
Además, según (Cerezo Mir, 2006), el fundamento de la defensa de la legítima defensa está ante todo en la necesidad de defender los bienes jurídicos frente a una agresión. El sujeto pasivo de la legítima defensa es aquella persona contra la cual es posible defenderse legítimamente. Por ello, se introducen limitaciones y restricciones a derechos y libertades, utilizando niveles de uso de la violencia para garantizar la convivencia social en el ejercicio del derecho.
Practicar y emitir informes penales oficiales para procesos judiciales y otros derivados de la función policial; Vigilar el cumplimiento de las normas de tráfico por parte de los usuarios de la infraestructura vial; y, de manera subsidiaria, la normativa de transporte en la red nacional de carreteras. Así tenemos (Decreto Legal que Regula el Uso de la Fuerza por la Policía Nacional del Perú, 2015) Artículo 4, inciso c): Principio de Proporcionalidad; “El uso de la fuerza es proporcionado cuando el nivel de fuerza utilizado para lograr el fin jurídico perseguido corresponde a la resistencia ofrecida y al peligro que representa la persona a intervenir o la situación a controlar (regla anterior).
Decreto Legislativo No. 1186 que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú.
MARCO CONCEPTUAL .1 CICR
34; La violencia es la presión psicológica o el abuso de la fuerza que se ejerce sobre una persona con el fin de lograr un objetivo en contra de la voluntad de la víctima.” Martín, DIRTEPOL Escuela de Educación Continua San, 2014).
ZONA DE ESTUDIO
TAMAÑO DE MUESTRA
MÉTODOS Y TÉCNICAS
IDENTIFICACIÓN DE VARIABLES
MÉTODO O DISEÑO ESTADÍSTICO
MATERIALES Y EQUIPO
En este capítulo se presentará y analizará los resultados obtenidos mediante el instrumento de recolección de datos (entrevista) respecto de la defensa jurídica dirigida contra el personal policial del Departamento de la Unidad de Emergencias de Puno, así como el instrumento (análisis documental) Responsabilidad penal. Así, la estructura de este capítulo se desarrolla de acuerdo al objetivo general y objetivos específicos de esta investigación.
ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE LOS RESULTADOS
ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE LOS RESULTADOS DE LA ENTREVISTA
La Figura N°7 nos muestra en porcentajes que el 71% del “Personal policial” entrevistado desconoce los aspectos que se deben tomar en cuenta en una investigación policial, por lo que el personal policial se encuentra inmerso en la legítima defensa, lo cual los encuestados en la Mayoría dijo: Que la vida del individuo está en peligro, y para asegurar la integridad de los demás, también se refirieron al uso de la fuerza, reducción, derechos humanos, además de esto algunos también prefirieron dejar fuera dicha pregunta, simplemente indicando que no lo saben. Asimismo, la figura también nos muestra que el 29% del “personal policial” encuestado conoce los aspectos a considerar en una investigación policial, por lo que el personal policial se encuentra inmerso en la legítima defensa, a lo que esta minoría respondió: Una buena intervención, cumplimiento de las normas y leyes mencionaron también la necesidad racional de los medios utilizados para prevenirla o repelerla, el uso proporcionado de la fuerza y la situación, combinado con esto el cumplimiento irrestricto de las reglas establecidas en una intervención policial para la legítima defensa. Asimismo, la figura también nos muestra que el 38% del “personal policial” entrevistado conoce el nivel de responsabilidad penal que implica desconocimiento de los requisitos y/o presupuestos para la legítima defensa, a lo que respondió esta minoría:
De igual forma, la figura también nos muestra que el 9% del “personal policial” entrevistado conoce cuáles son los requerimientos y/o presupuestos para la legítima defensa, también. que esta minoría respondió: Que son 3, necesidad racional de los medios utilizados, agresión ilegítima y falta de provocación suficiente. Imagen no. 12 nos muestra en porcentajes que el 85% del “personal policial” entrevistado desconoce cuál es el procedimiento de intervención policial que se utiliza para la autodefensa, a lo que la mayoría respondió que: el uso de la verbalización, negociación e intervención, algunos afirmaron que es necesario utilizar un arma de fuego en caso de peligro mortal, otros simplemente optaron por no responder, afirmando que no estaban entrenados y no se daban cuenta. ¿QUÉ SUGERENCIAS HARÍA PARA PREVENIR LA POSIBLE RESPONSABILIDAD PENAL QUE SURGIERA POR EL IGNORANCIA DEL DECRETO LEGISLATIVO 1186 SOBRE EL USO DE LA FUERZA POR PARTE DE POLICÍAS?
PRIMERO: Dado que se confirma que la responsabilidad penal como defensa está directamente relacionada con la aplicación de la Legal Defensa, con base en esta premisa se recomienda capacitar al personal policial del Departamento de Unidades de Emergencia. Diario Oficial el Peruano. Decreto Legislativo No. 1186 que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú. 2017). Implicación del uso de la fuerza conforme a la resolución legislativa 1186 y responsabilidad penal en DIVPOL Norte 1, Los Olivos.
Decreto legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú. Ley que reforma el inciso c) del artículo 4 del Decreto Legislativo 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú. Legislación que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú.
Ley que modifica el inciso c) del artículo 4 del decreto legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú.
ENTREVISTA ESTRUCTURADA
EDAD
¿Sabes qué aspectos se deben tener en cuenta durante una intervención policial, para que el personal policial quede inmerso en la legítima defensa? ¿Sabe usted qué nivel de responsabilidad penal resultaría del desconocimiento de los requisitos y/o supuestos de la legítima defensa? ¿Sabe qué significa el requisito de agresión ilegal y cómo se aplica a la legítima defensa?
¿Puede definir la falta de requisito de provocación suficiente y cómo se relaciona con un motín legítimo?