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ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA

In document Temario oposiciones (página 136-141)

Las Situaciones Administrativas

TEMA 9 Acceso a la Función Pública.

1. ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA

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Como ha sido expuesto en temas anteriores, mediante la Oferta de Empleo Público se cubren las necesidades de personal mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso.

En las Ofertas de Empleo Público se debe reservará un cupo no inferior al 7% de las vacantes para que las cubran personas con discapacidad, Para ello, deben superar los procesos selectivos, acreditar su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas.

De ese total de plazas reservadas, al menos, el 2% de las plazas ofertadas deberán ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual.

Cabe destacar que en Andalucía, el Decreto 93/2006, de 9 de mayo, regula el ingreso, la promoción interna y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad en la Función Pública de la Administración General de la Junta de Andalucía, inspirándose en los principios de igualdad de oportunidades, no discriminación, accesibilidad universal y compensación de desventajas.

El Estatuto Básico del Empleado Público establece los Principios aplicables a la selección del personal:

 Todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo

con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

Las Administraciones Públicas seleccionarán a su personal funcionario y laboral mediante procedimientos en los que se garanticen los siguientes principios.

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2. Transparencia.

3. Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección.

4. Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de

selección.

5. Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o

tareas a desarrollar

6. Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección.

1.1. Requisitos

Para el acceso a la función pública, será necesario reunir los siguientes requisitos:

1. Tener nacionalidad española.

2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

3. No haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública en virtud

de sanción disciplinaria ni inhabilitado para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

4. Poseer la titulación exigida.

1.2. Convocatorias

Las convocatorias, contendrán las bases que regularán el proceso selectivo, se publicarán en el BOJA. Deberán contener, entre otras, las siguientes circunstancias:

1. Número y características de las plazas convocadas.

2. Requisitos exigidos a los aspirantes para presentarse a las pruebas.

3. Sistema selectivo y formas de desarrollo de las pruebas y de su calificación.

4. Programas que han de regir las pruebas si se trata de oposición o concurso-

oposición.

5. Baremos de valoración, si es que se trata de concurso o concurso-oposición.

6. Composición del órgano de selección.

7. Calendario para la realización de las pruebas.

8. Duración máxima del proceso de celebración de los ejercicios.

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convocados.

Los sistemas selectivos de funcionarios de carrera son la oposición, el concurso-oposición

y el concurso, que pasamos a definir.

La oposición consiste en la celebración de una o más pruebas para determinar la

capacidad y aptitud de los aspirantes y establecer el orden de prelación.

El concurso consiste en la comprobación y calificación de los méritos de los aspirantes y en

establecer orden y prelación de los mismos.

El concurso-oposición consiste en la celebración de los dos sistemas anteriores, primero

la fase de oposición, con carácter eliminatorio, y, posteriormente, la fase de concurso, con la valoración de los méritos.

Con carácter general para la selección del personal funcionario de carrera se utilizarán la oposición y el concurso-oposición que deberán incluir, en todo caso, una o varias pruebas para determinar la capacidad de los aspirantes y establecer el orden de prelación.

Sólo con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos.

Y en cuanto a los sistemas selectivos de personal laboral fijo, son los de oposición, concurso-oposición, y concurso de valoración de méritos.

Las Comisiones de Selección: su composición debe ajustarse a los principios de

imparcialidad

La solicitud para participar en los procedimientos de ingreso, debe presentarse en el plazo

de 20 días hábiles a partir del siguiente al de publicación de la convocatoria respectiva en el BOJA.

Una vez presentadas las solicitudes, se publicarán las listas provisionales de admitidos y

excluidos, y las causas de exclusión. Y se señalará un plazo para subsanar los defectos

que hayan motivado su exclusión u omisión de las listas de admitidos y excluidos.

Posteriormente, se publicarán los listados definitivos de aspirantes admitidos y el lugar y fecha del comienzo del primer ejercicio

Una vez realizados los ejercicios y terminada la calificación de los aspirantes, los órganos de selección publicarán la relación de aprobados por orden de puntuación, para su

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nombramiento como personal funcionario.

Con posterioridad, se realizará la oferta de vacantes a los aspirantes aprobados, que deberá ser publicada en el BOJA y contendrá la relación de plazas vacantes para que sean elegidas por los que hayan aprobado el proceso selectivo.

Los aspirantes propuestos deberán aportar en plazo la petición de destino y los documentos que acrediten las condiciones de capacidad y los requisitos exigidos en la convocatoria.

La adjudicación de puestos de trabajo a los funcionarios de nuevo ingreso se efectuará de acuerdo con las peticiones de los interesados, según el orden obtenido en el proceso selectivo.

Se procederá al nombramiento de funcionarios a los aspirantes que cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria. Los nombramientos deberán publicarse en el BOJA, determinando la fecha de inicio del plazo de toma de posesión en los respectivos destinos.

A Los funcionarios, al incorporarse a su puesto de trabajo, les informará su superior inmediato de los fines, organización y funcionamiento de la unidad administrativa en la que se integra y de, sus deberes, sus responsabilidades, etc.

1.3 . Adquisición de la condición de Funcionario de Carrera

Para obtener La condición de funcionario de carrera se deben cumplir los siguientes requisitos:

1. Superar el proceso selectivo.

2. Obtener el Nombramiento por la autoridad competente, que se publicará en el

Diario Oficial correspondiente.

3. Acatar la Constitución y, en su caso, del Estatuto de Autonomía correspondiente y

del resto del Ordenamiento Jurídico.

4. Tomar posesión dentro del plazo que se establezca.

1.4. Pérdida de la condición de Funcionario de Carrera

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Renuncia.

Pérdida de la nacionalidad española.

La pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público.

Sanción disciplinaria de separación del servicio. Jubilación.

Recuerda

 En las Ofertas de Empleo Público se reservará un cupo no inferior al 7% de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, siempre que superen los procesos selectivos, acrediten su discapacidad y la

compatibilidad con el desempeño de las tareas.

 Con carácter general para la selección del personal funcionario de carrera se utilizarán la oposición y el concurso-oposición que deberán incluir, en todo caso, una o varias pruebas para determinar la capacidad de los aspirantes y establecer el orden de prelación.

 Sólo, con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos.

 Y en cuanto a los sistemas selectivos de personal laboral fijo, son los de oposición, concurso-oposición, y concurso de valoración de méritos.

 .Los aspirantes propuestos deberán aportar en plazo la petición de destino y los documentos que acrediten las condiciones de capacidad y los requisitos exigidos en la convocatoria.

 La adjudicación de puestos de trabajo a los funcionarios de nuevo ingreso se efectuará de acuerdo con las peticiones de los interesados, según el orden obtenido en el proceso selectivo.

 Para obtener la condición de funcionario de carrera se deben cumplir los siguientes requisitos:

 Superar el proceso selectivo.

 Obtener el Nombramiento por la autoridad competente, que se publicará en el Diario Oficial correspondiente.

 Acatar la Constitución y, en su caso, del Estatuto de Autonomía correspondiente y del resto del Ordenamiento Jurídico.

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