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CAPÍTULO II. MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA

2.5. Análisis e Interpretación de datos (gráficos y cuadros)

1.- ¿Conoce Ud. qué es la reparación integral en los delitos contra la propiedad privada, según la justicia indígena?

Tabla 1 Reparación integral en los delitos contra la propiedad privada, según la justicia indígena.

RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE (%) SI 8 4% NO 192 96% TOTAL 200 100%

Figura 1 Reparación integral en los delitos contra la propiedad privada, según la justicia indígena.

Elaborado por: Sánchez Perugachi Carlos Enrique

ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS

Respecto a la pregunta número uno el 96% de los indígenas encuestados responden que no saben qué es la reparación integral en los delitos contra la propiedad privada, según la justicia indígena; mientras que por otro lado el 4% indican que desconocen el tema porque no han presenciado éste tipo de sucesos en el entorno social y comunitario; además no saben si es que la reparación integral será un derecho o un delito.

SI 4% NO 96% SI NO

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2.- ¿Conoce Ud. si la reparación integral en la justicia indígena es de carácter obligatorio dentro de la resolución o sentencia comunitaria?

Tabla 2 La reparación integral en la justicia indígena es de carácter obligatorio dentro de la resolución o sentencia comunitaria.

RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE (%) SI 192 96% NO 8 4% TOTAL 200 100%

Figura 2 La reparación integral en la justicia indígena es de carácter obligatorio dentro de la resolución o sentencia comunitaria.

Elaborado por: Sánchez Perugachi Carlos Enrique

ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS

De la encuesta aplicada el 96% de los encuestados indican que si conocen que la reparación integral en la justicia indígena es de carácter obligatorio dentro de las sentencias, mientras que el 4% señalan que no conocen que la reparación integral en la justicia indígena es de carácter obligatorio dentro de las sentencias por la razón de que no han tenido que pasar por el problema judicial y que por lo tanto desconocen.

SI 96% NO 4% SI NO

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3.- ¿Considera Ud. que las resoluciones o sentencias comunitarias son admitidas por los jueces de la justicia ordinaria?

Tabla 3 Las resoluciones o sentencias comunitarias son admitidas por los jueces de la justicia ordinaria.

RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE (%) SI 130 65% NO 70 35% TOTAL 200 100%

Figura 3 Las resoluciones o sentencias comunitarias son admitidas por los jueces de la justicia ordinaria.

Elaborado por: Sánchez Perugachi Carlos Enrique

ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS

De la encuesta aplicada el 65% de los encuestados indican que si consideran que las resoluciones o sentencias comunitarias son admitidas por los jueces de la justicia ordinaria, acorde al delito contra el derecho a la propiedad cometido, mientras que el 35% señalan que las resoluciones o sentencias comunitarias no son admitidas por los jueces de la justicia ordinaria, por la razón de que no han tenido que pasar por el problema judicial. SI 65% NO 35% SI NO

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4.- ¿Sabe bajo qué criterios los jueces declinan para dictaminar la reparación integral a las víctimas de un delito que atenta contra su derecho a la propiedad privada según la justicia indígena?

Tabla 4 Bajo qué criterios los jueces declinan para dictaminar la reparación integral a las víctimas de un delito contra el derecho a la propiedad privada.

RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE (%) SI 196 98% NO 4 2% TOTAL 200 100%

Figura 4 Bajo qué criterios los jueces declinan para dictaminar la reparación integral a las víctimas de un delito contra el derecho a la propiedad privada. Elaborado por: Sánchez Perugachi Carlos Enrique

ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS

Respecto a la pregunta cuatro el 98% de encuestados responden que si saben con qué criterios los jueces declinan para dictaminar la reparación integral a las víctimas de un delito contra el derecho a la propiedad privada según lo establecido en el Código Orgánico Integral Penal porque establece que la reparación integral radica desde dos puntos; el primero: en el restablecimiento objetivo y simbólico en la medida de lo posible de las cosas a su estado anterior que no tiene una aplicación concreta; y, el segundo, el derecho y una garantía para interponer los recursos y las acciones dirigidas a recibir las restauraciones y compensaciones y el 2% consideran que no toman ningún criterio.

SI 98% NO 2% SI NO

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5.- ¿Considera Ud. que la inexistencia de las normas jurídicas en la justicia indígena, acerca de la aplicación de la reparación integral a las víctimas, provoca desconfianza del sistema judicial ordinario?

Tabla 5 La inexistencia de las normas jurídicas en la justicia indígena, acerca de la aplicación de la reparación integral a las víctimas, provoca desconfianza del sistema judicial ordinario.

RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE (%) SI 192 96% NO 8 4% TOTAL 200 100%

Figura 5 La inexistencia de las normas jurídicas en la justicia indígena, acerca de la aplicación de la reparación integral a las víctimas, provoca desconfianza del sistema judicial ordinario.

Elaborado por: Sánchez Perugachi Carlos Enrique

ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS

Del cien por ciento de encuestados el 96% consideran que si la inexistencia de las normas jurídicas en la justicia indígena, acerca de la aplicación de la reparación integral a las víctimas de estos delitos, provoca desconfianza del sistema judicial ordinario; y el 4% de encuestados responden que no existe tal desconfianza por cuanto confían en lo establecido en la ley suprema y por ende existe seguridad jurídica.

SI 96% NO 4% SI NO

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6.- ¿Dentro de las resoluciones y sentencias comunitarias dictaminadas por la asamblea general, en lo que se refiere a la reparación integral, existe igualdad en cuanto al resarcimiento que reciben las víctimas en la justicia indígena y ordinaria?

Tabla 6 Las resoluciones y sentencias comunitarias dictaminadas por la asamblea general, en lo que se refiere a la reparación integral, existe igualdad en cuanto al resarcimiento que reciben las víctimas.

RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE (%) SI 46 23% NO 154 77% TOTAL 200 100%

Figura 6 Las resoluciones y sentencias comunitarias dictaminadas por la asamblea general, en lo que se refiere a la reparación integral, existe igualdad en cuanto al resarcimiento que reciben las víctimas.

Elaborado por: Sánchez Perugachi Carlos Enrique

ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS

El 77% de encuestados sus respuestas son negativas; es decir que dentro de las resoluciones y sentencias comunitarias dictaminadas por la asamblea general, en lo que se refiere a la reparación no existe igualdad en cuanto al resarcimiento que reciben las víctimas; en cambio el 23% responden que si existe tal igualdad en cuanto al resarcimiento que reciben las víctimas.

SI 23% NO 77% SI NO

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7.- ¿Seleccione con una X los delitos más frecuentes que se cometen en su comunidad?

Tabla 7 Delitos más frecuentes que se cometen en su comunidad. Extorsión 5% Estafa 12% Abuso de

confianza

10% Robo 20%

Hurto 5% Abigeato 5% Usurpación 5% Adulterio 10% Maltrato intrafamiliar 6% Maltrato infantil 10% Insolvencia fraudulenta 0% Daño a bien ajeno 12%

Uso ilegal de suelo o tráfico de tierras 0%

Figura 7 Delitos más frecuentes que se cometen en su comunidad. Elaborado por: Sánchez Perugachi Carlos Enrique

ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS

Con respecto a la pregunta el 20% de encuestados afirman que el delito más frecuente en las comunidades indígenas es el robo; el 24% sumado el daño a bien ajeno y la estafa son los delitos más frecuentes, así mismo el 10% que sumado los tres delitos como el abuso de confianza, maltrato infantil y el adulterio son más frecuentes; el 6% corresponde al delito de maltrato intrafamiliar y finalmente entre los delitos de usurpación, abigeato, hurto y extorsión equivalente a otro 20% también so delitos más frecuentes en estas comunidades, lo que refleja de acuerdo a la tabla y el gráfico.

Extorsión 5% Hurto 5% Maltrato intrafamiliar 6% Estafa 12% Abigeato 5% Maltrato infantil 10% Abuso de confianza 10% Usurpación 5% Insolvencia fraudulenta 0% Robo 20% Adulterio 10% Daño a bien ajeno 12% Tráfico de tierras 0%

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8.- ¿Cree que es necesaria la existencia de una norma jurídica para la aplicación de los mecanismos de la reparación integral a las víctimas de este tipo de delitos en la justicia indígena?

Tabla 8 Es necesaria la existencia de una norma jurídica para la aplicación de los mecanismos de reparación integral en la justicia indígena

RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE (%) SI 196 98% NO 4 2% TOTAL 200 100%

Figura 8 Es necesaria la existencia de una norma jurídica para la aplicación de los mecanismos de reparación integral en la justicia indígena

Elaborado por: Sánchez Perugachi Carlos Enrique

ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS

Según la tabla y el gráfico de la pregunta ocho; el 98% de los encuestados consideran que si es necesaria la existencia de una norma jurídica para la aplicación de los mecanismos de reparación integral en la justicia indígena; pero el 2% de encuestados responden que no habría la necesidad de ninguna norma jurídica, por cuanto los mecanismos de reparación ya están establecidos en el Código Orgánico Integral Penal.

SI 98% NO 2% SI NO

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9.- ¿Considera Ud. Que la víctima de un delito contra la propiedad en la justicia

indígena se satisface con la reparación integral establecida dentro de la resolución o sentencia comunitaria?

Tabla 9 La víctima de un delito contra la propiedad en la justicia indígena se satisface con la reparación integral establecida dentro de la resolución o sentencia comunitaria.

RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE (%)

SIEMPRE 148 74%

RARA VEZ 32 16%

NUNCA 20 10%

TOTAL 200 100%

Figura 9 La víctima de un delito contra la propiedad en la justicia indígena se satisface con la reparación integral establecida dentro de la resolución o sentencia comunitaria.

Elaborado por: Sánchez Perugachi Carlos Enrique

ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS

Respecto a la pregunta nueve el 74% de los encuestados consideran que no siempre la víctima de un delito contra la propiedad en la justicia indígena se encuentra satisfecha con la reparación integral establecida dentro de la resolución o sentencia comunitaria; el 16% en cambio responden que rara vez y finalmente el 10% restante afirman que nunca la víctima se encuentra satisfecha con la reparación integral.

SIEMPRE 74% RARA VEZ 16% NUNCA 10% SIEMPRE RARA VEZ NUNCA

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10.- ¿Cree Ud. que con la elaboración de una normativa jurídica sobre la reparación integral como un derecho de las personas de las comunidades indígenas del Cantón Cotacachi sobre los delitos contra la propiedad privada generaría confianza en la justicia indígena?

Tabla 10 Elaboración de una normativa jurídica sobre la reparación integral como un derecho de las personas de las comunidades indígenas del Cantón Cotacachi.

Respuesta Frecuencia Porcentaje (%)

SI 196 98%

NO 4 2%

TOTAL 200 100%

Figura 10 Elaboración de una normativa jurídica sobre la reparación integral como un derecho de las personas de las comunidades indígenas del Cantón Cotacachi

Elaborado por: Sánchez Perugachi Carlos Enrique

ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS

El 98% de los encuestados si creen que con la elaboración de una normativa jurídica sobre la reparación integral como un derecho de las personas de las comunidades indígenas del Cantón Cotacachi sobre los delitos contra el derecho a la propiedad privada generaría confianza en la justicia indígena; mientras que el 2% estiman que no es necesario; por la razón que ya existe la normativa tipificada tanto en la Constitución de la República como en el Código Orgánico Integral Penal.

SI 98% NO 2% SI NO

57 2.6. Conclusiones parciales del capítulo

 Para dar cumplimiento al primer objetivo de la investigación, correspondiente a diagnosticar los casos de delitos contra la propiedad con sentencia ejecutoriada se procedió a obtener datos estadísticos en donde se demostró que los índices de cometimiento de estos delitos son realmente altos, tanto en la provincia como a nivel nacional, la Fiscalía y la Policía Nacional consideran que los principales delitos son el robo, hurto y estafa, los mismos que son tratados con especial dedicación porque tienen alto impacto social.

 La información que se pudo obtener de las encuestas y en lo que se refiere a los casos de delitos contra el derecho a la propiedad privada, sirve para proponer una normativa jurídica así como también su procedimiento; a la vez crear políticas nacionales y buscar soluciones a problemas que se pueden estar manifestando, si se considera que es uno de los principales delitos cometidos; entonces se está hablando de que en el país cientos de personas deben recibir una reparación integral, el inconveniente aparece cuando se considera que cada persona es reparada de forma distinta, a pesar de que ocurran circunstancias similares; y en las comunidades indígenas estos son flagrantes, lo que le da una ventaja a la víctima porque no necesita de un proceso investigativo, únicamente debe brindar las facilidades dentro del juicio para llegar a una resolución comunitaria.

 En cuanto a la aplicación de las formas de reparación según los delitos de propiedad privada es aplicada de forma diferente según la justicia indígena; de tal manera que una persona no puede tener certeza de cómo será reparada en su juicio y los abogados no pueden señalar con seguridad como el juez aplicará los mecanismos, quedando demostrado que uno de los principales delitos que ocurre en el país son los delitos contra la propiedad, y que la reparación dentro de los mismos no es similar entre un caso y otro, cuando debería ser así para generar una cultura de justicia restaurativa en el país; y así tener con certeza una seguridad jurídica de la víctima; de ahí radica la importancia de tener un instrumento eficaz que sea de ayuda para el sistema judicial.

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CAPÍTULO III. DESARROLLO DE LA PROPUESTA