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LOS ARANCELES DIOCESANOS 631) ¿Significa, entonces, que el sacerdote no debe

cobrar por los servicios de los sacramentos que realiza?

Una cosa es cobrar por los servicios que el sacerdote presta, y otra, es comerciar con lo sagrado.

Por el servicio, es lógico que debe recibir una remuneración para su justo sustento, para vivir con dignidad. Y está en su derecho. Pero, el cobrar por el hecho de confesar es un abuso. Más, si cobra por cada individualidad que se confiesa.

632) ¿Qué se puede y se debe hacer en esos casos de abusos que se pueden presentar, y, que, lamentablemente, se está poniendo de moda?

- Primero: ser justos: reconocer el servicio que el sacerdote está prestando y valorarlo con justicia.

- Segundo: ayudar a que el sacerdote se sienta recompensado por su tiempo y dedicación, porque es su tiempo y su trabajo.

- Tercero: ayudar a que el sacerdote no comercie con lo sagrado y sepa comprender, que sin sentirse instrumentalizado, pueda ejercer a cabalidad, y en justicia, su auténtico ministerio.

633) ¿Pero, hay casos muy concretos de parroquias, donde se cobra, en el caso de los bautizos, por cada padrino una cierta cantidad, y, a veces son más de dos padrinos?

Es un abuso. Es un exabrupto.

634) ¿Para evitar abusos la Iglesia utiliza algún instrumento a nivel diocesano, como, por ejemplo, alguna tasa o regla general para las parroquias y lo sacerdotes en su justicia remunerativa, sin menoscabo de su ministerio y trabajo?

Sí. Todas las Diócesis aprueban con regular frecuencia, de acuerdo con los cambios sociales y económicos, lo que se llama “Aranceles”.

635) ¿Qué cosa son los “Aranceles”?

Es una lista de lo que se debe cobrar por cada uno de los servicios del sacerdote: de los bautizos, de las exequias, de los matrimonios, de las misas, y de otros servicios propios de su ministerio. Pero, no dice nada respecto a las confesiones o del servicio de la unción de los enfermos. Todo lo demás, está estipulado y depende de la carestía de la vida y de las situaciones circunstanciales de cada momento y época. Porque también el sacerdote sufre esos cambios a la hora de adquirir cualquier servicio para su vida y su dignidad, como persona.

636) ¿Pero, no aparece en los Evangelios que Jesús cobrara, y, por qué, entonces, tiene que cobrar el sacerdote por los servicios que presta y para los que ha sido llamado por Dios?

Dos cosas son ciertas: Jesús no cobró nunca nada. No tenía necesidad de ello. Y, otra, el sacerdote, en cambio, vive de su trabajo. No tiene otra fuente que su trabajo, que es su

ministerio y oficio, por el que vive, y del que vive. Es cuestión de justicia, nada más.

637) ¿Pero, los sacerdotes no reciben un sueldo del gobierno o del Obispo?

Los sacerdotes, gracias a Dios, no son empleados del gobierno, por lo tanto, no reciben ningún sueldo del gobierno. Tampoco reciben un sueldo del Obispo, quien también se halla en las mismas circunstancias tratadas aquí.

638) ¿Por qué dice que “gracias a Dios, los

sacerdotes no son empleados del gobierno”?

Porque de serlo, tendrían que estar a expensas de tantos intereses políticos. Y tendría que estar sometido a tantos caprichos cambiantes, como cambiantes, son los gobiernos. Además, no estarían siendo servidores de la Iglesia, ni de Cristo, ni de las cosas espirituales. Dios los libres de semejante atrocidad.

EL EXORCISMO

639) Hablemos del exorcismo: ¿La Iglesia aplica el exorcismo?

Diariamente, a través del sacramento de la penitencia y de la celebración de la Eucaristía.

640) ¿O, sea, que los sacramentos de la penitencia y de la Eucaristía son el mejor exorcismo que pueda existir?

Sin ninguna duda.

No debemos olvidar que el sacramento de la penitencia tiene funciones curativas de nuestros mundos mentales negativos. Y la Eucaristía es la vida espiritual propiamente dicha.

641) ¿Entonces, el sacramento de la penitencia nos ayuda a fortalecer nuestra conciencia recta?

Sin ninguna duda.

Y nos ayuda a llevar una vida con alegría espiritual, libre de toda atadura mental, muchas veces fantasiosa.

642) ¿O sea, que lo que se llama comúnmente exorcismo y posesión de espíritus malos, no es otra cosa que fruto mental propio del que experimenta esas sensaciones?

Definitivamente, sí.

643) Pero, ¿en la televisión y en el cine pasan muchas películas de exorcismo y de poseídos por el diablo y por los espíritus malos?

Eso pertenece al mundo de la ciencia ficción y de la imaginación de los que hacen esos programas. Además, no podemos olvidar que son actores que interpretan papeles específicos asignados. No son casos reales. Es actuado.

644) Pero, ¿a diario se ven casos de gente poseída, ya en el vecindario, en la calle, entre conocidos, y muchos han tenido experiencias de casos similares?

Precisamente, por falta de formación y de criterios sanos, y por no tener sentido crítico y analítico de todo lo que nos dan.

Allí está, justamente, la necesidad de acercarnos al misterio de Cristo, resucitado, liberador de toda atadura de pecado. Y liberador de nuestras conciencias de pecado y de todo sentimiento de culpa.

645) ¿Pero, se ha visto que les echan agua bendita y les enseñan una cruz para quitarles los malos espíritus?

Ahí es donde está el problema. No es la cruz ni el agua bendita lo que les quita la posesión. El significado es que es Cristo el que quita todos esos males. En la medida en que nos acerquemos a ÉL y a su experiencia de amor infinito, a través del acercamiento personal, se nos quitarán todas las posesiones, que no son, sino invenciones mentales, como consecuencia del sentimiento de culpa por nuestros errores no asumidos con dignidad y respeto. Y, entonces, muchos se han quedado con la simbología de la cruz y del agua bendita, y no han dado el paso siguiente, que quiere decirnos esa simbología. Es decir, el acercarse a la experiencia de Cristo resucitado que nos libera y nos devuelve la alegría de la libertad de los Hijos de Dios. El agua bendita y la cruz no van a quitar nada. Quien libera es Cristo y su experiencia de resurrección. No otro elemento. Ni más, ni menos. Y, en ese proceso de acercamiento, juega un papel muy importante el sacramento de la confesión o penitencia, acompañado al Sacramento de la Eucaristía que es la fuente de toda bendición y amor de Dios.

646) ¿Pero, se ha visto caso de sacerdotes que aplican exorcismos, y, algunos, hasta son famosos y los buscan para estos servicios?

Lamentablemente, se han dado casos. Pero, es más protagonismo personal, que auténtico sentido de Iglesia. Y, muy en el fondo, es ignorancia de lo que prescribe las normas de la Iglesia.

647) ¿Qué dice el Derecho Canónico respecto al exorcismo?

#1.Nadie puede legítimamente realizar exorcismos sobre los posesos, sin haber obtenido peculiar y expresa licencia del Ordinario del lugar.

#2.El Ordinario del lugar concederá esta licencia solamente a un presbítero dotado de piedad, ciencia, prudencia e integridad de vida.

No hay otro número del Derecho Canónico que hable del exorcismo.

Se supone que el asignado para esas tareas tiene que ser lo suficientemente inteligente para poder llevar y comprender que se trata de un proceso de liberación interior integral. No se habla de agua bendita ni de cruz, ni de procedimientos, para exorcizar, sino de la única experiencia válida: Cristo y todo lo que conduzca a ÉL. Por eso dice que dotado de piedad, ciencia, prudencia e integridad de vida.

Muy en el fondo de comprender la psicología de la persona humana.

648) En otras palabras, ¿el único que libera es Cristo y su experiencia, y acercarse a ÉL en experiencia de vida, es el exorcismo que vale?

Ni, más; ni, menos.

Fuera de esa realidad es una pura fantasía. O, una simple actuación de hechizo, al estilo de los antiguos brujos de muchas culturas, que limpiaban a los hechizados de toda fuerza malévola. Pero, eso es falso ritualismo y jugar con la persona humana. Pretender aplicar ese ritualismo es enfermar verdaderamente a la persona y crear confusión. Cristo lo es todo. Y ya Cristo ha dado todas las herramientas de liberación, a través de la experiencia de la Iglesia, utilizada por el mismo Cristo para liberar al hombre.

Por eso el Derecho Canónico, dice, que, dotado de piedad, ciencia, prudencia e integridad de vida.

649) Pero, ¿en la Biblia hay algunas citas concretas donde se prohíbe el exorcismo, luego, significa que si existe?

El ritualismo del exorcismo, sí. Pero, el hecho de la posesión real, no.

650) Pero, ¿en los Evangelios se nos cuenta que Jesús aplicó el exorcismo?

En ningún pasaje de los Evangelios se nos cuenta que Jesús aplicara algún rito de exorcismo.

Habla de que Jesús curó a muchos de espíritus inmundos y poseídos de malos espíritus, imponiéndoles las manos, por ejemplo. Jesús con su seguridad y personalidad les devolvía la seguridad perdida a los enfermos de tales mundos mentales. Ese es el sentido de las curaciones. Les devolvía la seguridad perdida y les restituía la integridad como persona. No habla de que aplicara algún rito como tal de exorcismo. Además, según la mentalidad de los mismos evangelistas, después de cada curación de espíritus inmundos, Jesús, les decía que fueran en paz y que no pecaran más. Tiene una connotación liberadora interior.

651) ¿Cómo se podría explicar lo que dice el Derecho Canónico lo de “dotado de piedad, ciencia,

prudencia e integridad de vida”?

- Dotado de piedad: que tenga la suficiente humildad para reconocer que Dios creó todo a la perfección, y que, a veces, el ser humano le da otras explicaciones distintas a la perfección de lo creado (Véase página 56).

- Dotado de ciencia: que tenga los suficiente conocimientos de las ciencias, aún, de los espirituales, para no tergiversar lo creado.

- Dotado de prudencia: que reconozca los límites y no se crea que es un dominador de lo creado, tipo hechicero, con sus rituales de magia.

- Integridad de vida: que no olvide que es criatura y que jamás tiene poderes para-normales o cosas parecidas para hacerse auto-portador de poderes que no existen.

652) Si, pero, ¿”de que vuelan, vuelan”, se dice, para querer decir, que no se cree en brujas, pero, que no deja de quedar una sospecha de que las brujas existen, e, igual, se podría decir en el caso del exorcismo?

Se trata de la libertad de los Hijos de Dios.

Y se trata, igualmente, de exponer el sentido de la Iglesia respecto a estos temas. Queda todo ya a la libertad. Y a la libertad de los Hijos de Dios, que nos libera de toda atadura que nos entorpece y paraliza. Si quiere seguir creyendo en esas realidades, se trata de su libertad. Pero la verdadera libertad de los Hijos de Dios es liberadora, definitivamente.

Una auténtica experiencia de Dios, a través de Cristo Resucitado, es integralmente liberadora.

LA LIBERTAD DE LOS HIJOS DE DIOS