RESUMEN DE TEORÍA POLÍTICA II UNIDAD
Texto 3: BONETTO – PIÑERO – “Las transformaciones del Estado”
Concepto de Estado de Derecho
El Estado de derecho hace referencia a un Estado cuya actividad y poder son controlados por la ley, oponiéndose al Estado absoluto.
Surge como una oposición al absolutismo monárquico, a través de un ordenamiento jurídico eficaz, buscando reconocer los derechos fundamentales del hombre. Este proceso de afianzamiento de la concepción jurídica del Estado se denomina constitucionalismo (Siglo 18 y 19) y busca establecer las relaciones entre los hombres y el Estado, sus derechos y obligaciones.
Dentro del Estado de Derecho, su fase inicial es el llamado Estado de Derecho Liberal y es el que vamos a analizar.
Estado de Derecho Liberal
Cabe distinguir los tres momentos dentro del Estado de Derecho:
Estado Liberal: Estado constitucional que aprisiona al poder absoluto. Estado Liberal-democrático: es más constitucional que democrático.
Estado democrático-liberal: el poder popular prevalece sobre el poder limitado.
El Estado de Derecho es un triunfo del mundo moderno (básicamente después de la Rev. Francesa). Acompañado de la exaltación de la razón, del avance de la ciencia, la física, la matemática, el Derecho vino a restringir el poder despótico de los gobernantes, ya no basándose en limitaciones ético-religiosos o iusnaturalistas, sino en ordenamientos jurídicos positivos, claros y tajantes.
El racionalismo Ilustrado, el liberalismo económico y el liberalismo político propios de este Estado liberal, nos permiten ver claramente cual es la clase social que se encuentra en su apogeo y que desarrollaría este tipo de Estado: la burguesía.
La educación política de Europa proviene, en el siglo XIX, básicamente de 3 países: Francia, el cual aporta las ideas revolucionarias de la soberanía popular (Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano); Inglaterra, que aporta las ideas del Parlamentarismo, las limitaciones al poder, la división de poderes; y Alemania, como cuna del marxismo y eje de las reformas sociales estatales.
Supuestos político-ideológicos
Derechos del hombre:
Los derechos del hombre son aquellos que tienen por naturaleza y que toda persona debe respetar. Son leyes cognoscibles por la razón (iusnaturalismo racionalista).y permiten limitar al poder absoluto.
El aseguramiento de estos derechos nos lleva también al contractualismo social, como método eficaz de limitar el poder y garantizar el aseguramiento de los derechos. El poder político es legítimo solamente si existe consenso entre las personas que son gobernadas.
División de poderes
Consiste en la organización de división del trabajo estatal, otorgándole una función a cada órgano (Ejecutivo Monarca, Legislativo dos cámaras, una representa la Nobleza y otra la Burguesía, Judicial investido por el estamento de toga).
Proviene de autores como Locke y Montesquieu, justificando un sistema de frenos y contrapesos.
Valores fundamentales del modelo
Los valores fundamentales del modelo son:
Derechos individuales
Seguridad jurídica
Igualdad de los hombres frente a la ley
Libertad
Propiedad privada
Participación de los ciudadanos en la formación de la voluntad estatal.
Supuestos económicos
Liberalismo económico
Con la influencia de Adam Smith, el libre cambio se superpone al mercantilismo afianzado en las distintas naciones.
El interés individual y privado es el que conduciría al máximo bien público y la competencia puede garantizar el mejor funcionamiento posible de la economía.
El mercado permite autorregular y equilibrar la sociedad, por lo que el Estado no debe inmiscuirse en este orden autorregulado, ya que destruyen la armonía.
El sujeto nada debe a la sociedad y la propiedad es el derecho fundamental del hombre. Lo político y lo económico se retroalimentan: el Estado de derecho constitucional, a través del liberalismo político (división de poderes, por ej.), permite que se resguarden los derechos humanos fundamentales que permitirán al hombre desenvolverse con plenitud de derechos y garantías en una economía de mercado, sin ver violados su seguridad jurídica, su libertad, etc. (Claramente podemos observar como el Estado de derecho constitucional termina protegiendo la libertad personal en nombre de la economía de mercado y no en nombre de la dignidad humana, conduciendo a que el poder económico se haya hecho más poderoso que el poder estatal).
Estructura de funcionamiento de derecho liberal
La sociedad civil según el liberalismo
La sociedad ya no es un hecho natural, sino un cuerpo artificial creado por los sujetos para la satisfacción de intereses.
Se distinguen las estructuras normativas y burocráticas del Estado y la “sociedad civil” que, en su comienzo, es solamente la burguesía.
La lucha contra el poder despótico y el absolutismo del monarca, los lleva a liberarse de estos, pero a la vez, la burguesía también se libera de la política, en pos de asegurar los goces privados. La libertad buscada era en todos los aspectos: económica, social, política.
Se crea así una ideología consistente en la existencia de una sociedad armónica, equilibrada por las fuerzas naturales de un mercado. Esta ideología buscaba la igualdad y libertad jurídica, pero a la vez, en lo concreto, no hacía más que justificar como natural la dominación de clase de la burguesía sobre las demás.
Estado. Sus funciones en relación a la sociedad civil
Se buscaba un estado no interventor, un Estado que asegurase las mínimas condiciones para que la sociedad y la economía actuaran de acuerdo a su propio orden, el orden de la
Un Estado mínimo, con funciones y poderes limitados, impediría que el mismo intervenga
negativamente en la esfera de la burguesía. Sin embargo, dejaba desprotegidos a los sectores que no eran burgueses.
Los límites ya no se fijaban en función de la libertad moral y política, sino ahora en función de la economía.
Los órganos del Estado estaban ocupados en ese entonces, en su mayoría, por miembros de la burguesía, con sus competencias y diferentes intereses. Si bien venimos hablando de un Estado mínimo, esta cualidad refiere a su cantidad de funciones, sin embargo, continuaba representando un Estado fuerte y centralizado por ejemplo en su función de monopolizador del uso legítimo de la fuerza. Comprendía un estado fuerte y centralizado.
Las discusiones públicas y las instituciones representativas
El Estado de derecho liberal exige el debate público y la confrontación de opiniones a través de ciertas instituciones representativas, como es el caso del Parlamento, donde se discuten y sancionan leyes, más allá de que en el mismo no participen ni tengan opinión la gran mayoría de la población.
La cuestión del sufragio universal
La aceptación del sufragio fue precedida de una larga resistencia de la parte del pueblo (burguesía) que perdía con esta extensión sus privilegios. Fundamentaban su postura en que los propietarios y contribuyentes tenían más derecho de legislar que los no propietarios o no contribuyentes. Se desconfiaba del juicio político de aquellos que no eran económicamente libres o independientes.
Sin embargo, era sabido que el negar este derecho natural (sufragio) a una persona implicaría que el derecho positivo se vea afectado y apartado del camino del progreso a la justicia. La instrucción obligatoria (alfabetización de los asalariados), la revolución industrial (la formación de opiniones políticas por parte de los asalariados) y la Revolución Francesa (con sus ideales de libertad e igualdad), fueron tres condiciones fundamentales para que el voto universal y obligatorio (aunque en realidad comenzó por una ampliación del sufragio masculino) se instalara en las sociedades.
Presupuestos jurídicos-institucionales
Ley
La ley es una manifestación de la voluntad popular que permitía despersonalizar el poder y limitarlo para que no sea utilizado arbitrariamente.
La voluntad de Dios o los dictados de la naturaleza fueron reemplazados por un Estado de Derecho constituido por un conjunto de leyes con validez y vigencia, las cuales permiten orientar y ordenar de manera precisa y efectiva la actividad política, impidiendo que los órganos estatales atenten y modifiquen ciertos derechos (en función de la posición legal de los mismos: si son constitucionales es mucho más complicado que sea alterado por un gobernante).
Constitucionalismo liberal
Es el movimiento filosófico-histórico y político de los siglos 18 y 19 tendiente a delimitar claramente las relaciones entre el hombre y el Estado, sus derechos y obligaciones recíprocas y a fijarlas en un documento escrito.
Tiene varias etapas:
Constituciones liberales censitarias:
o Génesis: sus orígenes son las cartas o fueros de la Edad Media, emanadas
unilateralmente de la voluntad de los monarcas sin que haya interacción legislativa del pueblo.
Las declaraciones de derechos posteriores a este período, ya en la Edad Moderna, si eran sancionadas por los representantes del pueblo.
o Afirmación: constituciones de los Estados norteamericanos de los siglos 17 y
18, formulada y aprobada por los representantes del pueblo reunidos en asamblea, dando pie al inicio de discusiones constitucionales en otros estados. En esta Constitución se establece un sistema bicameral, un poder ejecutivo
unipersonal con periodicidad del mandato y elegido por los representantes del pueblo, un sistema federal en el que las provincias conservan todos los poderes no delegados al gobierno central y el control judicial de la constitucionalidad de las normas.
o Difusión: (a partir de la Rev. Francesa) se afianza el constitucionalismo en
Europa. La revolución burguesa marca el fin de del ciclo absolutista y el principio de los regímenes liberales.
Se asientan principios como la división de poderes, la garantía de los derechos fundamentales (libertad, libertad de expresión y conciencia, debido proceso legal, defensa de la propiedad privada), el imperio de la ley, la soberanía popular.
Este proceso permitió el fortalecimiento de la burguesía, ya que se reconocen derechos naturales como la libertad y la propiedad privada y porque el Parlamento, al menos en una de sus cámaras, se configura como representación directa de esta clase social.
Constituciones pactadas: se proclama una vuelta a las tradiciones y se acuerda con
el Parlamento un reforzamiento al poder del rey.
Constituciones que inauguran la democracia y el parlamentarismo: surgen con el
fortalecimiento del movimiento obrero y refiere a manifestaciones jurídicas como la extensión del sufragio y otros derechos sindicales y laborales que se dan en forma generalizada en la segunda mitad del siglo 19.
Se cuestionan los poderes del rey y se aumenta el del Parlamento.
Se contemplan derechos como la libertad de expresión, de asociación, de opinión; derechos políticos como los electorales y derechos de petición; inviolabilidad de residencia y de correspondencia, protección de la propiedad privada, de los derechos de herencia, etc.
Contradicciones del funcionamiento del Estado de derecho liberal
Los derechos y garantías esgrimidos por la burguesía como la inviolabilidad de la propiedad y la limitación de los derechos civiles (como los derechos electorales) en función de la propiedad comenzaron a chocar con otros sectores que buscaban la extensión del sufragio, así como también el reconocimiento de otros derechos como la reducción de la jornada laboral. La aparición de movimientos obreros tras el auge de la Revolución Industrial, generó
discusiones en torno a los salarios y los horarios laborales, así como también un rechazo a la utilización de la máquina en la industria.
Una mano de obra abundante, producto del abandono de los campos, sumado a la explotación producto de la desregulación estatal de las condiciones de trabajo llevarán al desarrollo de la conciencia proletaria y al desarrollo de sus propias instituciones.
Desde las luchas económicas, caracterizadas por revueltas espontáneas por aumentos de salarios, se profundizó hacia luchas políticas como la extensión del sufragio y la libertad al derecho de asociación.
A la par que la industrialización y el mercado mundial avanzaban, así también lo hacía la ola revolucionaria en toda Europa, a través de la creación de partidos políticos de la clase obrera (en Alemania, Inglaterra y Francia por ejemplo, influenciados por los intelectuales europeos de izquierda) que pasaron de realizar simples manifestaciones a acciones organizadas (como huelgas generales). De esta manera se logran leyes de reducción de horas de trabajo, leyes de seguridad social, leyes de protección contra accidentes.
Se genera entonces la necesidad de que el Estado deje se asegurar solamente la propiedad privada y comience a abarcar cuestiones referidas directamente al bienestar de los individuos, mediante políticas monetarias, fiscales, educativas, etc.
Las ideas del libre cambio, del laissez faire, comienzan a ser reemplazadas por medidas paternalistas, tendientes a mejorar la calidad de vida de la población a través de la intervención política social de los gobiernos. “Los postulados liberales son puestos en duda por otras
“Bajo la presión de los movimientos sociales y de los partidos políticos de izquierda ya organizados contra las condiciones sociales de la era industrial, los liberales se vieron obligados a cambiar el concepto ortodoxo que tenían del papel del Estado y aceptar la intervención de los gobiernos en la vida social y económica, en una medida en que cincuenta años atrás habría resultado inimaginable.”