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EL ESTADO ECONÓMICO DE LA CIUDAD Y PROVINCIA DURANTE EL PERIODO VISIONES DE CONJUNTO EN LOS INFORMES OFICIALES

CAJAS REALES DE CARTAGENA DE INDIAS CARTO Y DATA

0 500000 1000000 1500000 2000000 2500000 3000000 3500000 4000000 PESOS CARGO DATA CARGO 1603069 1424079 1166041 3416698 933762 98800 DATA 1354321 1147914 1043281 3314899 933334 83038 1807 1809 1812 1814 1820 1821

Los datos han sido extraídos del AGI (Cuba, 717,724B, 2136D) y Archivo General de la Nación de

Colombia (AGN), Fondo José Manuel Restrepo, Caja 3, Fondo 1. La imparable pérdida de recursos, con

la breve interrupción de 1814 coincidente con el reparto masivo de licencias de corso, es continua hasta la entrega de la plaza en 1821. Para apreciar el extraordinario ingreso obtenido en 1814 por las cajas del estado de Cartagena, basta comparar estos datos con los expuestos por TePaske y Klein para el perío- do 1800-1809, donde sólo México y raramente Lima, llegaron a tener unos ingresos superiores.

gados en consejo de guerra varios soldados del ejército expedicionario sorpren- didos en Montería tras robar parte de los caudales apresados a los enemigos.11

Una de las medidas que completaban la reestructuración del sistema eco- nómico colonial fue la dictada el 6 de junio de 1818 respecto al restablecimiento de las matrículas de mar y apostaderos de América. Pero con esta providencia también se dio una vuelta de tuerca más en contra de la recuperación de la eco- nomía virreinal y se demostró cómo las consideraciones políticas en Sámano estaban siempre por encima de la realidad de las cifras. Tanto la argumentación del fiscal Villamil como el acuerdo adoptado por el virrey fueron coincidentes con las pretensiones del almirante Enrile, quien aún soñaba con dotar a Amé- rica de una completa red de apostaderos y una importante flota.12

El abogado fiscal de la audiencia argumentó que en el ánimo del rey para dicho restablecimiento, no habían influido tanto aquellas razones generales de protección del comercio nacional, persecución del contrabando y precau- ción y defensa contra las agresiones, sino particularmente el estado de «revo- lución» en que se encontraban los países americanos: el gran número de cor- sarios piratas; su diario aumento por falta de castigo e influencia de éstos sobre el progreso de la revolución, quedarían detenidos por el fomento de la mari- na real y mercantil, por lo que se disponía para este efecto el restablecimiento de los apostaderos y matrículas. Resultaba indispensable mantener una fuerza respetable de mar que no sólo resistiera los impulsos de la marina republicana, sino que auxiliara y protegiera la introducción de víveres, cuyos artículos eran «tan necesarios para la guerra como que los cañones y demás instrumentos del arte no tendrían eso sin los primeros».

Para tales fines el fiscal Villamil pretendió la recluta de hombres en el inte- rior de la provincia, según él, no sólo menos castigada en el periodo anterior en cuanto a las muertes ocasionadas por los conflictos, sino beneficiada en un muy apreciable aumento de población desde el último recuento. Según su cálculo habría pasado de 79.000 habitantes en 1777 a 200.000 justo antes de la revolución, y pese a lo que hubiese disminuido últimamente, siempre sería ma- yor en 1818 que en 1777.

11. AGI, Cuba, 707.

12. En el informe que el general Enrile dirigió al rey en 1817 indicaba que Morillo no había descuidado el ramo de marina y que en largos oficios indicó la necesidad de varios apostaderos. Enrile constataba que sin marina de alta mar era la costera la que «nos ha de sa- car del abismo en que estamos». La marina del mar no debía ser sólo el objeto del gobierno, también la de los seis ríos interiores navegables en centenares de leguas, y cuyas bocas eran otros tantos puertos ventajosamente colocados. Enrile preveía el establecimiento de bar- cos de vapor en el Magdalena, para evitar los peligros, las dilaciones y la voluntariedad de los indios bogas. AHN, Estado, nº 57.

Los cálculos del fiscal también le permitían afirmar la posibilidad de aumentar el número de embarcaciones que protegieran el progreso del comercio en el reino.

Por el contrario, el dictamen de Anselmo de Bierna, asesor del virreinato, se ajustó más a las posibilidades reales de la provincia: el asesor abogó más por la conservación de las fuerzas marítimas existentes que por la creación de otras nue- vas. Expuso que el objetivo fundamental de los apostaderos fue el de la perse- cución del contrabando, y una larga experiencia había acreditado ineficaz su per- secución por medio de cruceros, sobre todo desde que los ingleses habían pergeñado convoyes en buques de guerra hasta las costas americanas conteniendo los mercantes que, procedentes de sus colonias, hacían el comercio ilícito.13

A su entender, el modo de disminuir el contrabando tendría que pasar ne- cesariamente por una rebaja de los derechos de introducción, de tal manera que resultaran ser poco más que el importe de los gastos del contrabandista; la vi- gilancia del resguardo de tierra; un reglamento como el ya aprobado para el co- mercio colonial extranjero, y otro más eficaz que persiguiera el comercio ilíci- to en tierra. Así, de cualquier forma, el servicio de una numerosa marina sería menos necesario en el momento que lo sería posteriormente, y su costo exce- dería a las ventajas de la persecución del contrabando. El incremento de los gas- tos del reino y la disminución de sus ingresos, de forma tal que no se tenía ni asegurada la subsistencia del soldado, hacían preciso para Bierna aconsejar que

13. Efectivamente el dictamen de Bierna se ajustaba más a la realidad económica de la ciudad y provincia: no había recursos para invertir en la construcción de una marina, ni si- quiera modesta. Su análisis sobre las causas del contrabando se adecuaba además al pensa- miento más liberal de los miembros del comercio de la ciudad, y exponía el pensamiento del anterior virrey y del gobernador Torres, que exponemos un poco más adelante.

Anselmo de Bierna, según informe de Montalvo en febrero de 1818, había sido preso y privado de comunicación por los insurgentes en tiempos de la sublevación. Indicaba Mon- talvo que mientras Bierna permaneció en Santa Fe, procuró el restablecimiento del Gobierno real por «medios sigilosos» y no prestó el juramento de independencia y emigró a Jamaica. Bierna llevaba cerca de 25 años como teniente gobernador auditor de guerra y marina de Car- tagena y más de 21 años de asesor del virreinato que había llevado al corriente él solo no ha- biendo obtenido nunca una desaprobación. Montalvo reclamó su servicio y mandó llamarle a Jamaica desde donde se dirigió a Santa Marta y ocupó los asuntos del despacho del cargo de Montalvo y capitanía general de Venezuela cuya capitanía se había reunido al virreinato. Después de tomada Cartagena, Bierna ostentó en Santa Marta el mando político durante cinco meses, pasando a continuación a Cartagena a asesorar a Montalvo en el restablecimiento de la administración. Montalvo, recuperando también el informe favorable del virrey Mendi- nueta sobre Bierna, solicitaba a Sámano, su sucesor en el virreinato, el apoyo a la recomen- dación que él le había ante el rey para algún puesto de responsabilidad, ya que estimaba que, pese a sus servicios, estaba demasiado atrasado en su carrera. AGN, Fondo José Manuel Res- trepo, rollo 2, legajo 1, volumen 6. Ministerio de Guerra, 27 de febrero de 1818.

la marina del puerto de Cartagena se redujera a la más precisa y menos costo- sa, por lo que proponía un bergantín y una goleta.

Pero Sámano resolvería aprobando la construcción de un bergantín y dos goletas con una lancha de auxilio. Una operación que lógicamente, atendien- do a las posibilidades de la hacienda real, no se llegó nunca a concretar.

Al tiempo, el fiscal Villamil solicitó que a nadie que no fuese matriculado se le permitiera el ejercicio de la pesca en los límites de la jurisdicción de mari- na, ni el de la navegación y ni siquiera el tráfico costero excepto en caso de ur- gente necesidad. La pesca sólo sería permitida en las ciénagas y caños interio- res de agua dulce sin comunicación con el mar. El privilegio de la pesca y navegación, establecía el fiscal, no podrían extenderse a los que no estuvie- sen matriculados.14

En 1819, si como expuso el cabildo, «el consumo fue el termómetro de la ri- queza o pobreza de los pueblos» la pobreza de la ciudad podía observarse en su mercado diario y en sus desvencijados edificios privados y públicos. Una multitud de casas arruinadas permanecían sin poder repararse mientras que mu- chas otras habían sido abandonadas porque no había quien las habitara y otras entregadas a los censualistas, para que con sus arrendamientos se hiciera pa- go de sus réditos porque después de haber sido pregonadas, no había habido ningún postor.15Los propietarios se quejaban porque no podían cobrar los arren-

damientos y de las quince o veinte reses que se solían matar en carnicería en esta época sólo fueron sacrificadas cinco. Nueve de cada diez vecinos se ali- mentaban con la más extremada escasez sin hacer más de una comida escasa y grosera que no tenían ni siquiera segura a diario. Resultaba así que Cartage- na más que el aspecto de una ciudad, tenía el de un hospicio o la reunión de muchos mendigos.

Lo peor es que la situación no tenía visos de mejorar. Contando tan sólo co- mo única subsistencia el cultivo de la caña en una provincia que practicó la agri- cultura tan sólo de forma residual, las mieles sólo eran extraídas a través de los estancos. Éstos sólo admitían a los a los cosecheros un número de cantaras tan corto que sólo llegaba a la décima parte de la cosechada, lo que les obli- gaba a la quema de grandes cañaverales por no poder darles otro destino. En 1818 sólo se habían repartido para los cosecheros 11.000 cantaras.

En una ciudad donde tan poco había, todos consumían poco, con lo que el zapatero, el sastre, el barbero o la lavandera con alguna escasa excepción,

14. AGI, Cuba, 708.

15. La descripción de los ingenieros sobre el estado de las construcciones indican con cla- ridad el estado económico de la plaza: las fortificaciones descuidadas, algunos fuertes me- dio derruidos, casas abandonadas y conventos en estado ruinoso. AGI, Cuba, 709.

vivían en la más absoluta miseria. En la provincia, la situación no fue mejor: el numerario fue tan escaso, que la contribución de los meses anteriores fue pa- gada por los distintos partidos de la provincia con ganados.

Desde la asunción al virreinato de Sámano, lloverían los informes econó- micos desde Cartagena sobre el mal estado de las rentas de la provincia desde el cabildo y desde el consulado, siempre con la intervención del gobernador. En realidad se demostraba con ello la sintonía que había existido entre estos cuerpos y el anterior virrey, que no recibió en su mandato ni uno sólo de estos escritos. Al tiempo se evidenciaba la falta de entendimiento con Sámano, re- presentante del rancio y estricto modelo monopolístico de antiguo régimen. De hecho, aunque la restauración del sistema se había producido con Montalvo, los controles con éste fueron bastante laxos y sus medidas liberalizadoras com- pensaron el estrecho modelo económico a que le obligaba la corte de Madrid. Todo lo contrario con Sámano: su vigilancia sobre el estricto cumplimiento del modelo fue exhaustiva y constantes sus reconvenciones y dictados para que el gobernador extremara el cumplimiento de sus decretos.

El 30 de abril de 1819 la Junta de Gobierno del Consulado encargó a su sín- dico Joaquín García Jover que emitiera un dictamen sobre el escrito presenta- do el 13 de julio de 1818 por el hacendado Juan Francisco de Céspedes relati- vo a la contribución general del reino.16

En su largo escrito, Céspedes trató de explicar el importante perjuicio que se derivaría del restablecimiento de la fábrica y estanco de aguardientes (por real orden de 14 de diciembre de 1817 el rey había ordenado que se instruye- ra un expediente sobre la libertad de ese ramo y que el virrey, tras haber oído a los ayuntamientos y Junta Superior de Hacienda, estimara lo que le parecie- ra oportuno).17

16. AGI, Cuba, 711.

Hemos considerado que el escrito del hacendado Juan Francisco de Céspedes entra dentro de la tradición del proyectismo español que encontró su máximo apogeo en el siglo XVIIIcomo continuadores de los arbitristas del siglo XVII. Domínguez Ortiz ha señalado có- mo el término arbitrista se fue cargando de connotaciones peyorativas llegando a ser descri- to por el diccionario de autoridades como «el que discurre y propone medios para acrecen- tar el Erario público o las rentas del Príncipe. En Antonio Domínguez Ortiz (ed.), Francisco

M. de Moya Torres y Velasco. Manifiesto Universal de los Males Envejecidos que España Pa- dece, Instituto de Cooperación Iberoamericana, Madrid, 1992, pp. IXy siguientes.

17. Las nuevas autoridades superiores instituidas en Nueva España por la ordenanza, pa- saron a ejercer poderes superiores que antes descansaban en manos del virrey y otros altos funcionarios. La autoridad central de la administración financiera novohispana pasaría a ser, se suponía, la junta superior de real hacienda, dotada con poderes especiales y con el su- perintendente presidiéndola en lugar del virrey. Horst Pietschmann, Las Reformas Borbónicas

Juan Francisco de Céspedes observó en la anulación del estanco de aguar- dientes un modo idóneo de conseguir la prosperidad del Estado y el único mo- do de remover las dificultades que habían abatido la agricultura, industria, ar- tes y oficios. Los estancos de aguardiente y tabaco dañaban y arruinaban a los pueblos y disminuían las entradas del erario de forma notable.

Hasta 1807 las rentas corrientes y la circulación sin obstrucciones habían bas- tado para subvenir a las cargas de la provincia, incluso para reunir algún so- brante que fue llevado a la península, lo que había sucedido con los virreyes Ezpeleta y Mendinueta. En el presente, indicó, no se habían repuesto aún las rentas al Estado en que se encontraban antes de los sucesos de 1810, sin ha- berse aún satisfecho del todo el empréstito abierto en dicha ciudad, ni los dé- bitos contraídos por el ejército expedicionario. En 1817, el número de tropas destacadas en la ciudad fue más del doble que la estacionada en 1807 y este no fue posible mantenerlo con las rentas que se producían. Además, el prometi- do situado de Quito de 300.000 pesos, se había definitivamente perdido al ha- berse alistado allí un nuevo regimiento. Fue pues preciso considerar que la sub- sistencia de las tropas había de ser proporcionada por el reino, sin esperar socorros ni de México ni de Lima, ni de La Habana, desde donde eran remiti- dos todos los socorros posibles a Venezuela.

¿Pero qué arbitrios podrían sustituir las perdidas rentas estancadas? Sería un error creer que el déficit de la supresión podría subsanarse con impuestos parciales, que siempre resultarían insuficientes. Si eran suprimidos los estancos de aguardientes y tabaco, con total libertad para su destilación, plantío y ex- portación; si se suprimiese el estanco de la sal, las sisas y alcabalas, y los tri- butos de los naturales, y en su sustitución se fijase una contribución fija sobre las familias y sobre las propiedades de toda clase, de forma análoga al nuevo sistema de hacienda dispuesto para la península según real decreto de mayo de 1817, el sistema sería capaz de equilibrarse según modos «claros, sencillos y fá- ciles».

Céspedes establecía sus cálculos a partir del millón y medio de habitantes que él calculaba en el reino, (se habían perdido 500.000 de los 2 millones en que eran calculado el número de habitantes antes del periodo de inestabilidad

y el Sistema de Intendencias en Nueva España. Un Estudio Político Administrativo, Fondo

de Cultura Económica, México, 1996, pp. 202.

En la Nueva Granada, como refería el gobernador de Cartagena, por no observarse en to- das sus partes las Ordenanzas de Intendente de Nueva España, «no había Intendentes en sus Provincias, y sí solo SuperIntendente Gral. Del Reino que lo era el Virrey; subdelegado de Provincia, que lo eran los gobernadores respectivos, y Ministros oficiales Rs. De las Ca- jas: que en Cartagena ejercían este último empleo, los señores D. Ventura Pascual Ferrer [...] y D. Marcos de Paz». AGI, Cuba, 2136A.

iniciado en 1810) a los que correspondían 300.000 familias, cada una de las cua- les pagaba 14 pesos anuales en razón de los derechos de alcabalas, sisas de la carne y demás géneros de primera necesidad. Si se reglara la contribución del reino, cada familia pagaría 6 pesos anuales y entraría en las arcas un 1.800.000 pesos por este ramo, al cual se agregaría la contribución fija sobre las tierras, edi- ficios y propiedades de toda clase de persona a razón de 1 o 1.5%, productos de aduanas de los puertos de mar y capitales (únicas que deben permanecer) y otros ingresos y riqueza fabril y mercantil. Todo ello subiría la contribución a 3.900.000 pesos, los que se verían incrementados a más de 4 millones cuan- do se considerase con más precisión los demás ramos, lo cual cubriría y aún sobraría para cubrir las cargas.

Aún si se aumentase un 50% «la contribución sistemática» sobre las familias y riquezas seguiría siendo ésta menor que «la contribución silenciosa e invisi- ble» de alcabalas y sisas, y más tolerable a ricos y pobres «que verían oportu- nidades abiertas a toda clase de trabajos y especulaciones ventajosas».

Otra ventaja de este nuevo sistema de contribución la añadiría la reduc- ción del número de empleados por el Gobierno, que quedaría reducido a só- lo los más convenientes por su aptitud y conducta, pasando el resto al retiro con un sueldo proporcionado al modo en que hubiesen servido, y a sus cir- cunstancias.18

Considerando este ingreso fijo a través de la contribución fija sobre las fa- milias y sobre el valor de las propiedades de toda clase sin excepción, Juan Francisco de Céspedes calculaba unos ingresos de más de 4 millones de pe- sos anuales repartidos del siguiente modo:

a) 300.000 familias de 5 personas, 6 pesos anuales por familia: 1.800.000. b) 150.000.000 de pesos por valor de las propiedades en la extensión del

virreinato con 100.000.000 pertenecientes a particulares que pagarían un 1% sobre el valor de sus propiedades produciendo: 1.000.000.

c) 50.000.000 y más en manos muertas: 500.000.

d) Aduanas de Mar y Tierra: Las capitales de las provincias del Reino. Las

del istmo sólo deberían producir 500.000 pesos y junto con el resto ad- ministradas debidamente más de 600.000.

18. Céspedes calculaba en 1.800.000 el número de habitantes del Nuevo Reino pero pa- ra elaborar su cálculo sólo consideraba una población total de 1.500.000 habitantes. Igual- mente con respecto al valor de las propiedades aseguraba que ascendía fundadamente a 200.000.000 de pesos en la extensión del virreinato y no los 150 millones con que establecía su cálculo.

e) Otros ingresos por riqueza fabril, mercantil, papel sellado, bulas, quintos

de minas, dos casas de moneda: 200.000. TOTAL: 4.100.000.

El informe de García Jover sobre el de Céspedes fue devastador y deshizo punto por punto la optimista elucubración de Céspedes.

Jover, visto el informe, aclaraba, con respecto al primer ramo de ingresos previsto por Céspedes, el de las familias, a través de la contribución sistemáti- ca, que sólo las naciones con su agricultura, artes y comercio en el más flore- ciente estado, con la riqueza de la sociedad repartida con la proporción re- querida para que todos paguen la cuota requerida, podrían beneficiarse de la contribución única. En la que no hay agricultura, ni comercio y sí sólo ham- bre y calamidades, no era posible practicar dicha imposición porque «siendo in- finitos los miserables con respecto a los ricos» toda esa diferencia caería sobre