LA OPERATIVIDAD O AUTOEJECUTABILIDAD DE LOS DERECHOS HUMANOS PROTEGIDOS POR LA CONVENCIÓN AMERICANA EN EL ÁMBITO INTERNO
3. Algunos casos relevantes en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos
3.3. Caso de la Masacre de Mapiripam Vs Colombia
El Estado Colombiano fue declarado responsable por la muerte, lesiones y abusos cometidos en contra de habitantes de Mapiripán, municipio del meta por parte de agentes paramilitares, así como la abstención de investigar y sancionar a los responsables.
Los hechos del presente caso se iniciaron el 12 de julio de 1997 cuando un centenar de miembros de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) aterrizaron en el aeropuerto de San José de Guaviare en vuelos irregulares y fueron recogidos por miembros del Ejército sin exigirles ningún tipo de control, A pesar de los recursos interpuestos, no se realizaron mayores investigaciones ni se sancionaron a los responsables.
Fueron aproximadamente 49 víctimas a las cuales se les violo el derecho a la integridad personal y a la vida, consagrados en los artículos 4.1, 5.1, 5.2, 7.1 y 7.2 de la Convención, en relación con el artículo 1.1 de dicho tratado.
A la vez los derechos de los niños consagrados en dicha disposición de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en relación con los artículos 4.1, 22.1 y 1.1 de la misma, el derecho de circulación y residencia consagrada en el artículo 22.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en relación con los artículos 4.1, 5.1, 19 y 1.1 de dicho tratado.
En el mismo sentido los derechos de los familiares de las víctimas como las garantías judiciales y la protección judicial consagrados en los artículos 8.1 y 25 de la Convención, en relación con el artículo 1.1 de la misma.
Conclusión
Entonces, después de observar lo planteado por varios autores, se puede evidenciar que el litigio estratégico es una herramienta que a partir de un caso busca causar revuelo en el derecho, para que este sea modificado a favor tanto del litigante como de la sociedad en general, permitiendo que se enriquezcan las condiciones normativas y jurisprudenciales de un país.
A la vez, es pertinente exponer que el litigio estratégico es un medio idóneo para la protección de los derechos humanos, no solo a luz del derecho interno si no ocupando el derecho internacional como la vía que brinde un mayor grado de seguridad y apoyo, logrando así la plena eficacia de los mismos. Pero igualmente se puede discernir que los derechos humanos amparados por el SIDH son custodiados o amparados a través de esta herramienta y en muchos casos se ha constituido un precedente que impulse la utilización de dicho mecanismo en ese ámbito.
Finalmente, se pudo observar como en ciertos casos donde los derechos humanos se pusieron en peligro, se sostuvieron a través de un sin número de estrategias que proporcionaron mayores garantías y posteriormente el SIDH subvencionó guarda y tutela de los mismos.
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CAPÍTULO IV