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CENTRO PERIFÉRICO LA CAVA

In document MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO (página 125-153)

- Norma Beatriz GOMEZ (Legajo Nº 53.373), Categoría 07 (C2.F2.P4.1.1.1.1.A:7.C:VI.) y funciones de Auxiliar de Enfermería;

- Miguel Pascual SILVESTRE (Legajo Nº 17.591), Categoría 06 (C2.F2.P4.1.1.1.1.A:7.C:VI.) y funciones de servicio;

Ref.: Expte. 13266-P-2004.-

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HOSPITAL MATERNO INFANTIL:

María del Valle RETAMAR (Legajo Nº 54.100), Categoría 07 (C2.F2.P2.1.1.1.1.A:7.C:VI.) y funciones de Auxiliar de Enfermería.-

ARTICULO 3º.- Asígnase al agente Miguel Pascual SILVESTRE (Legajo Nº ************* 17.591) la bonificación por funciones de Chofer de 2da establecida en el Artículo 15º- inciso d) – apartado 19- de la Ordenanza Nº 7958- (diferencia a Categoría 07), mientras cumpla las citadas funciones.-

ARTICULO 4º.- Déjase expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de la Ley ************* Nº 11.757, no importa la admisión por parte de este Municipio de la Constitucionalidad de dicho cuerpo legal.-

ARTICULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref.: Expte. Nro. 13262 -P-2004.-

SAN ISIDRO, 24 de noviembre de 2004 DECRETO NUMERO:

2457

VISTO la nota presentada por la Dirección General de Personal, obrante a fojas 1/ 2; y

Considerando:

QUE los agentes María Luisa GONZALEZ (Legajo Nº 54623), Jorge Ruben SALINAS (Legajo Nº 54352), Carlos Leonardo GERVASONI (Legajo Nº 54558) y Sandra Leticia IOVINO (Legajo Nº 54654), fueron designados en carácter de “Planta Temporaria - Personal Mensualizado”, con funciones de servicio, en la Jefatura de Inspectores, dependiente de la Secretaría de Registros Urbanos, Tránsito y Cuidados Comunitarios;

QUE se produjeron unas vacantes en el presupuesto vigente;

QUE las necesidades del servicio requieren cubrir dichas vacantes;

QUE en virtud de ello, se deberán limitar las designaciones en carácter de “Planta Temporaria - Personal Mensualizado”, de los agentes antes mencionados, atento a ser designados provisionalmente, conforme lo establece el artículo 7º de la Ley Nº 11.757 (Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires);

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTICULO 1º.- Limítase a partir del 1º de noviembre de 2004 la designación con carácter ************* de “Planta Temporaria - Personal Mensualizado”, de los agentes María Luisa GONZALEZ (Legajo Nº 54623), Jorge Ruben SALINAS (Legajo Nº 54352), Carlos Leonardo GERVASONI (Legajo Nº 54558) y Sandra Leticia IOVINO (Legajo Nº 54654), atento a ser designados provisionalmente.-

ARTICULO 2º.- Desígnase provisionalmente a los agentes, María Luisa GONZALEZ ************* (Legajo Nº 54623), Jorge Ruben SALINAS (Legajo Nº 54352), Carlos Leonardo GERVASONI (Legajo Nº 54558) y Sandra Leticia IOVINO (Legajo Nº 54654), -

Ref.: Expte. Nro. 13262 -P-2004.-

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conforme el artículo 7º de la Ley Nº 11.757, con categoría 06 (C2-F3-P7-1.1.1.1.A:7.C:V.), a partir del 1º de noviembre de 2004, con funciones de Servicio - Inspector- en la Jefatura de Inspectores, dependiente de la Secretaría de Registros Urbanos, Tránsito y Cuidados Comunitarios.-

ARTICULO 3º.- Inclúyase a los agentes mencionados en el artículo anterior, en los ************* alcances del artículo 15º inciso d) – apartado 11 – de la Ordenanza Nº 7958, Bonificación por funciones de Inspector (diferencia a categoría 08), mientras cumplan las mencionadas funciones.-

ARTICULO 4º.- Déjase expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de la ************* Ley Nº 11.757, no importa la admisión por parte de este Municipio de la constitucionalidad de dicho cuerpo legal.-

ARTICULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref.: Expte. Nro. 13263 -P-2004.-

SAN ISIDRO, 24 de noviembre de 2004

DECRETO NUMERO:

2458

VISTO la nota presentada por la Dirección General de Personal, obrante a fojas 1/3; y

Considerando:

QUE los agentes Ramón Alberto LARES (Legajo Nº 54537), Abraham José MORENO (Legajo Nº 54539), José Luis LARES (Legajo Nº 54540), Hernán Pablo Enrique MANSILLA (Legajo Nº 54644), Alejandro Fabián ALONSO (Legajo Nº 54645) y Gabriel Cayetano ALONSO (Legajo Nº 54646), fueron designados con carácter de “Planta Temporaria - Personal Mensualizado”, con funciones de Obreros, en la Dirección General de Obras Viales, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas;

QUE se produjeron unas vacantes en el presupuesto vigente;

QUE las necesidades del servicio requieren cubrir dichas vacantes;

QUE en virtud de ello, se deberán limitar las designaciones en carácter de “Planta Temporaria - Personal Mensualizado”, de los agentes antes mencionados, atento a ser designados provisionalmente, conforme lo establece el artículo 7º de la Ley Nº 11.757 (Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires);

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTICULO 1º.- Limítase a partir del 1º de noviembre de 2004 la designación en carácter de ************ “Planta Temporaria - Personal Mensualizado”, de los agentes Ramón Alberto LARES (Legajo Nº 54537), Abraham José MORENO (Legajo Nº 54539), José Luis LARES (Legajo Nº 54540), Hernán Pablo Enrique MANSILLA (Legajo Nº 54644), Alejandro Fabián ALONSO (Legajo Nº 54645) y Gabriel Cayetano ALONSO (Legajo Nº 54646), atento a ser designados provisionalmente.-

Ref.: Expte. Nro. 13263 -P-2004.-

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ARTICULO 2º.- Desígnase provisionalmente a los agentes, Ramón Alberto LARES ************* (Legajo Nº 54537), Abraham José MORENO (Legajo Nº 54539), José Luis LARES (Legajo Nº 54540), Hernán Pablo Enrique MANSILLA (Legajo Nº 54644), Alejandro Fabián ALONSO (Legajo Nº 54645) y Gabriel Cayetano ALONSO (Legajo Nº 54646), conforme el artículo 7º de la Ley Nº 11.757, con categoría 06 (C2-F3-P4-1.1.1.1.A:6 -C:V.), a partir del 1º de noviembre de 2004, con funciones de Obreros, en la Dirección General de Obras Viales, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas .-

ARTICULO 3º.- Inclúyase a los agentes Abraham José MORENO (Legajo Nº 54539), ************ José Luis LARES (Legajo Nº 54540) y Alejandro Fabián ALONSO (Legajo Nº 54645), en los alcances del artículo 15º inciso d) – apartado 15 – de la Ordenanza Nº 7958, Bonificación por función Maquinista Vial o Compresorista (diferencia a categoría 09), mientras cumplan las mencionadas funciones.-

ARTICULO 4º.- Déjase expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de la ************* Ley Nº 11.757, no importa la admisión por parte de este Municipio de la constitucionalidad de dicho cuerpo legal.-

ARTICULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref.: Expte. 13261-P-2004.-

SAN ISIDRO, 24 de noviembre de 2004

DECRETO NUMERO:

2459

VISTO lo informado por la Dirección General de Personal a fojas 1; y

Considerando:

QUE los agentes Andrés Jorge MORALES (Legajo 54.593) y Ana María INSAURRALDE (Legajo Nº 52.151), fueron designados con carácter de “Planta Temporaria – Personal Mensualizado”, con funciones de Servicio y Administrativas, respectivamente en la Dirección de Cultura, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social;

QUE se produjeron vacantes en el presupuesto vigente;

QUE las necesidades del servicio de la Dirección antes mencionada requieren cubrir las mismas vacantes;

QUE en virtud de ello se deberá limitar la designación con carácter de “Planta Temporaria – Personal Mensualizado” de los agentes antes mencionados a fines de designarlos provisionalmente, conforme lo establece el artículo 7º de la Ley Nº 11.757 (Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires);

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTICULO 1º.- Limítase a partir del 1º de noviembre de 2.004 la designación en ************ carácter de Planta Temporaria -Personal Mensualizado- de los agentes: - Andrés Jorge MORALES (Legajo Nº 54.593), atento a su nombramiento provisional.- - Ana María INSAURRALDE (Legajo Nº 52.151), atento a su nombramiento provisional.-

ARTICULO 2º.- Desígnase provisionalmente conforme el artículo 7º de la Ley Nº ************ 11.757 con categoría 06, a partir del 1º de noviembre de 2.004, con funciones que en cada caso se especifica en la Dirección Cultura dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social a los siguientes agentes:

Ref.: Expte. 13261-P-2004.-

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- Andrés Daniel MORALES (Legajo Nº 54.593) con funciones de Servicio – (C2-F1-P2- 1.1.1.1.A:7.C:V.).-

- Ana María INSAURRALDE (Legajo Nº 52.151) con funciones Administrativas – (C”- F1-P2-1.1.1.1.A:5.C:VI.).-

ARTICULO 3º.- Déjase expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de la ************* Ley Nº 11.757, no importa la admisión por parte de este Municipio de la Constitucionalidad de dicho cuerpo legal.-

ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref.: Expte. 13260-P-2004.-

SAN ISIDRO, 24 de noviembre de 2004 DECRETO NUMERO:

2460

VISTO lo informado por la Dirección General de Personal a fojas 1; y

Considerando:

QUE los agentes Juan Carlos LENCINA (Legajo 54.579), Fernando ALARCÓN (Legajo Nº 54.580) y Pedro Daniel PALAVECINO (Legajo Nº 54.581), fueron designados con carácter de “Planta Temporaria – Personal Mensualizado”, con funciones en la Dirección de Parques y Paseos, dependiente de la Secretaría de Servicios Públicos;

QUE se produjeron vacantes en el presupuesto vigente,

QUE las necesidades del servicio de la Dirección antes mencionada requiere cubrir dichas vacantes;

QUE en virtud de ello se deberá limitar la designación con carácter de “Planta Temporaria – Personal Mensualizado” de los agentes antes mencionados a fines de designarlos provisionalmente, conforme lo establece el artículo 7º de la Ley Nº 11.757 (Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires);

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTICULO 1º.- Limítase a partir del 1º de noviembre de 2.004 la designación en ************* carácter de Planta Temporaria -Personal Mensualizado- de los agentes: - Fernando ALARCÓN (Legajo Nº 54.580), atento a su nombramiento provisional.-

- Pedro Daniel PALAVECINO (Legajo Nº 54.581), atento a su nombramiento provisional.-

- Juan Carlos LENCINA (Legajo Nº 54.579), atento a su nombramiento provisional.-

ARTICULO 2º.- Desígnase provisionalmente conforme el artículo 7º de la Ley Nº ************ 11.757 con categoría 06 (C2-F3-P7-1.1.1.1.A:6-C:V.), a partir del 1º de noviembre de 2.004, con funciones de Obreros en la Dirección de Parques y Paseos, dependiente de la Secretaría de Servicios Públicos a los agentes :

Ref.: Expte. 13260-P-2004.-

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- Fernando ALARCÓN (Legajo Nº 54.580)

- Pedro Daniel PALAVECINO (Legajo Nº 54.581) - Juan Carlos LENCINA (Legajo Nº 54.579)

ARTICULO 3º.- Déjase expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de la ************* Ley Nº 11.757, no importa la admisión por parte de este Municipio de la Constitucionalidad de dicho cuerpo legal.-

ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref. Expte. 13955/2004

SAN ISIDRO, 24 de noviembre de 2004

DECRETO NUMERO:

2 4 6 1

VISTO lo solicitado a fs. 1 en orden a la Tasa por Inspección por Seguridad e Higiene de la Cuenta Corriente 20282, y;

Considerando:

QUE las razones invocadas en la aludida pre- sentación resultan atendibles en tanto ponen de manifiesto circunstancias de carácter general y particulares del solicitante que son de suficiente gravedad y entidad como para su debida consideración;

QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a eximir los accesorios cuando concurran causas justificadas, en virtud del artículo 46º de la Ordenanza Fiscal vigente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1°: Condónase los recargos y multas generados para el pago de la Tasa por

************** Inspección de Seguridad e Higiene en el período 1997/4ºA a 2004/5ºB, de la Cuenta Corriente N° 20282 a nombre de Carlos Vicente D’ALESSIO.

ARTICULO 2°: Dése intervención al Departamento de Tasas Varias, a fin de tomar co-

************** nocimiento de lo dispuesto en el Artículo anterior.

ARTICULO 3°: Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref.: Expte. Nro. 10271-C-1998.-

SAN ISIDRO, 24 de noviembre de 2004

DECRETO NUMERO:

2 4 6 2

VISTO el Decreto 360/2004, mediante el cual se prorrogó el Convenio de Locación Celebrado entre esta Comuna y el Sr. Alfredo PECULO (L.E. Nº 4.574.637), referente al alquiler del inmueble ubicado en la calle Don Bosco Nº 43 de este Partido, cuyo vencimiento operó el día 31 de octubre del corriente año; y

Considerando:

QUE a fojas 53 la Subsecretaría General de Gobierno y Administración, informa la necesidad de la continuidad, por el momento, de la utilización del referido inmueble, prorrogándose el aludido convenio por el término de dos meses más a partir de su vencimiento;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

D e c r e t a :

ARTICULO 1ro.- PRORROGASE por el término de dos (2) meses, a partir del 1º de no ************** viembre con vencimiento el 31 de diciembre de 2004, el Convenio de Locación Celebrado entre esta Comuna y el Sr. Alfredo PECULO (L.E. Nº 4.574.637), referente al alquiler del inmueble ubicado en la calle Don Bosco Nº 43 de este Partido.-

ARTICULO 2do.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESP Y LEGISL

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref.: Expte. Nro.11802-C-2004.-

SAN ISIDRO, 24 de noviembre de 2004 DECRETO NUMERO:

2 4 6 3

VISTO la consulta interpuesta por la Compañía Meca S.A.I.C., respecto de la viabilidad de instalar ocho (8) estructuras para carteleras publicitarias con iluminación tipo “Front Light” en el perímetro del San Isidro Club, inmueble designado catastralmente como circunscripción VI, sección J, fracción II, parcelas 1, 2, 3 y 4, ubicado en la calle Blanco Encalada N° 404, de la ciudad de Boulogne, en jurisdicción de este Partido; y

Considerando:

QUE el art. 28° del Código de Publicidad establece que el Departamento Ejecutivo podrá reservarse el derecho de no otorgar el permiso de instalación, debidamente fundado, si las características del anuncio, sea por su magnitud o emplazamiento, sugiere la posibilidad de afectar la higiene ambiental, las características de la zona o los derechos y seguridad de terceros;

QUE la Dirección de Ordenamiento Urbano en su informe obrante a fs. 14, determina que el inmueble se encuentra clasificado, según el Código de Ordenamiento Urbano vigente, como Ec (Area de Esparcimiento y Recreación Privada), y que se trata de un área mayormente descubierta, con canchas deportivas, espacios libres forestados y parquizados, que, en conjunto con el Golf Club San Isidro, ubicado enfrente, constituyen un importante Pulmón verde para el Partido;

QUE, por lo expuesto, los Organismos Técnicos que elaboraron los informes de fs. 13, 14 y 15 concuerdan en opinar que no debería accederse a lo solicitado a fin de no deteriorar progresivamente la calidad ambiental del lugar, evitando el impacto visual que ello genera desde las vías principales de circulación y que constituye causa de distracción y por lo tanto de inseguridad vial, criterio que este Departamento Ejecutivo comparte;

QUE procede, en consecuencia, dictar el pertinente acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

Ref.: Expte. Nro.11802-C-2004.-

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ARTICULO 1°.- Deniégase a la empresa COMPAÑÍA MECA S.A.I.C., la instalación de ************* ocho (8) estructuras para carteleras publicitarias con iluminación tipo “Front Light” en el perímetro del San Isidro Club, inmueble designado catastralmente como circunscripción VI, sección J, fracción II, parcelas 1, 2, 3 y 4, ubicado en la calle Blanco Encalada N° 404, de la ciudad de Boulogne, en jurisdicción de este Partido.-

ARTICULO 2°.- La Dirección de Publicidad dependiente de la Subsecretaría de Inspección ************* General, será la encargada de controlar el fiel cumplimiento de lo establecido en el artículo precedente.-

ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESP Y LEGISL

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Lic. Héctor Aníbal Prassel Sra. Secretaria de R.Urbanos Tránsito y C. Comunitarios Amabella Leonhardt

Ref.: Expte. Nro. 6844-G-2004.-

SAN ISIDRO, 24 de noviembre de 2003

DECRETO NUMERO:

2 4 6 4

VISTO el Decreto Nro. 1246/2004, por el que se instruyó sumario administrativo; y

Considerando:

QUE la Asesoría Legal Municipal a fojas 40. estima procedente dictar el sobreseimiento definitivo en el presente sumario, considerando que no existe elementos de validez para sancionar a la agente Mónica MON (Leg. 18.107), por considerar que no hubo ninguna infracción disciplinaria de su parte;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1ro.- Sobreséese definitivamente en el presente sumario y procédase al archivo ************** de las actuaciones.-

ARTICULO 2do.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESP Y LEGISL

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref.: Expte. Nro. 4698-E-2004.-

SAN ISIDRO, 24 de noviembre de 2004

DECRETO NUMERO:

2 4 6 5

VISTO lo solicitado a fs.1 y 8 en referencia al reclamo por falta de pago de la cuota 2002/2ºA y 2ºB correspondiente a la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública de la Cta. Cte. 383.918 a no mbre de Eduardo Oscar ESPOSITO; y

Considerando:

QUE el contribuyente efectuó el pago de las cuotas mencionadas con Visa Electrón, según copia de recibo obrante a fs. 2;

QUE la Tesorería Municipal informa que según actuaciones efectuadas en el expediente 13813/2003 se verificó que hubieron dificultades operativas de las terminales de captura correspondientes a la Tesorería General y que los pagos no fueron ingresados a la Comuna;

QUE el contribuyente canceló las cuotas reclamadas sin recargos a resultas del presente;

QUE no es posible hacer responsable al contribuyente de dicha omisión, máxime tomando en cuenta que ha optado por este medio de pago ofrecido por la Comuna como rápido y eficaz;

QUE el Departamento Ejecutivo se halla facultado a eximir los recargos generados por pago fuera de término por la Ordenanza Fiscal en su artículo 46º;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Exímese los recargos generados en las cuotas 2002/ 2ºA y 2ºB de la Tasa ************* por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, Cta. Cte. 383.918.-

ARTICULO 2º.- Tome conocimiento el Departamento de Tasas Inmobiliarias.-

Ref.: Expte. Nro. 4698-E-2004.-

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ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESP Y LEGISL

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref.: Expte. Nro. 3164-R-2004.-

SAN ISIDRO, 24 de noviembre de 2004

DECRETO NUMERO:

2 4 6 6

VISTO lo solicitado a fs. 1 en referencia al reclamo por falta de pago de la cuota 2000/5ºB correspopndiente a la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública de la Cta. Cte. 850.335 a nombre de J. RODRIGUEZ; y

Considerando:

QUE la citada Cta. Cte. se halla adherida, con anterioridad al citado período, al Débito Automático con la tarjeta de crédito VISA;

QUE confrontada la documentación remitida a la empresa, y el resumen recibido de los descuentos efectuados, se constató un error operativo, habiéndose rendido en forma normal hasta la anteúltima hoja del padrón recibido y omitido el débito a las cuentas que se hallaban al final del mismo;

QUE no es posible hacer responsable al contribuyente de dicha omisión, máxime tomando en cuenta que ha optado por este medio de pago ofrecido por la Comuna como rápido y eficaz;

QUE el Departamento Ejecutivo se halla facultado a eximir los recargos generados por pago fuera de término por la Ordenanza Fiscal en su artículo 46º;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- ACEPTASE el pago de la cuota 5ºB/2000 de la Tasa por Alumbrado, ************** Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública en la Cta. Cte. Nº 850.335, con el importe correspondiente al primer vencimiento establecido por el calendario impositivo vigente para ese período, condonándose los recargos generados.-

Ref.: Expte. Nro. 3164-R-2004.-

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ARTICULO 2º.- Tome intervención el Departamento de Tasas Inmobiliarias a fin de ************** acreditar el importe abonado en concepto de recargos, a futuros vencimientos de la Tasa en cuestión.-

ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESP Y LEGISL

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref.: Expte. Nro. 5241-L-2004.-

SAN ISIDRO, 24 de noviembre de 2004

DECRETO NUMERO:

2 4 6 7

VISTO lo solicitado a fs. 1 en referencia al reclamo por falta de pago de la cuota 2000/5ºB correspopndiente a la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública de la Cta. Cte. 840.800 a nombre de Rodolfo Eduardo LUPACCHINI; y

Considerando:

QUE la citada Cta. Cte. se halla adherida, con anterioridad al citado período, al Débito Automático con la tarjeta de crédito VISA;

QUE confrontada la documentación remitida a la empresa, y el resumen recibido de los descuentos efectuados, se constató un error operativo, habiéndose rendido en forma normal hasta la anteúltima hoja del padrón recibido y omitido el débito a las cuentas que se hallaban al final del mismo;

QUE no es posible hacer responsable al contribuyente de dicha omisión, máxime tomando en cuenta que ha optado por este medio de pago ofrecido por la Comuna como rápido y eficaz;

QUE el Departamento Ejecutivo se halla facultado a eximir los recargos generados por pago fuera de término por la Ordenanza Fiscal en su artículo 46º;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- ACEPTASE el pago de la cuota 5ºB/2000 de la Tasa por Alumbrado, Lim- ************* pieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública en la Cta. Cte. Nº 840.800, con el importe correspondiente al primer vencimiento establecido por el calendario impositivo vigente para ese período.-

ARTICULO 2º.- Tome intervención el Departamento de Tasas Inmobiliarias a fin de modi- ************* ficar sus registros.-

Ref.: Expte. Nro. 5241-L-2004.-

/////

ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESP Y LEGISL

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

In document MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO (página 125-153)

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