BOLETIN OFICIAL Nº
679
2da. QUINCENA DE NOVIEMBRE DE 2004
Publicado el 23 de Diciembre de 2004
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Dirección General de Despacho y Legislación
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
BOLETIN OFICIAL Nº 679
2da. QUINCENA DE NOVIEMBRE DE 2.004 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION
AUTORIDADES MUNICIPALES
INTENDENTE MUNICIPAL: Dr. Angel Gustavo Posse
Secretario General de Gobierno y Administración: Lic. Héctor A. Prassel Secretario de Desarrollo Social: Sr. Mario S. Alonso Secretario de Salud Pública: Dr.Gustavo César Hirsch Secretario de Obras Públicas: Ing. Bernardo Landivar Secretario de Planeamiento: Dr. Carlos Prassel Secretario de Inspecciones y Registros Urbanos:
ra. Amabella Erlinda Leonhardt Secretario de Registros Urbanos Tránsito y Cuidados Sra. Amabella Erlinda Leonhardt Comunitarios Secretario de Servicios Públicos: Sr. Alberto Trípoli
Secretario de Producción y Defensa del Consumidor: Lic. Pablo Chamatropulos
Secretario Privado: Sr. Juan Carlos Canal
CONTENIDO DE ESTE NUMERO
ORDENANZAS 8025
---DECRETOS 2349 A 2506
RESOLUCIONES SRUTyCC (Tránsito) 275 A 292
RESOLUCIONES (Obras Particulares) 180 A 195
RESOLUCIONES S.G.G.y A 1518 A 1731
RESOLUCIONES PERSONAL 633 A 681
RESOLUCIONES SSP 1107 A 1148
RESOLUCIONES O. PUBLICAS: 173 A 176
FE DE ERRATAS: En Boletín Oficial Nº 678, correspondiente a la primera quincena de noviembre de 2004, se ha omitido consignar las Resoluciones de la Secretaría de Salud Pública 1093 a 1106, que se publican en este número
INDICE TEMATICO
ORDENANZA : 8025
Ref. Expte. Nº
3425-T-1997.-SAN ISIDRO, 18 de noviembre de
2004.-Al Sr. Intendente Municipal
Dr. Gustavo Angel Posse
S / D
Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su DECIMO OCTAVA REUNION – DECIMO SEXTA SESION ORDINARIA, de fecha 17 de noviembre de 2004, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8025, cuyo texto transcribo a continuación:
ORDENANZA Nº 8025 TRANSITO Sentido De circulación
Estacionamiento Restringido calle R. S. Peña
ARTICULO 1º.- Modifícase el Artículo 2º. de la Ordenanza Nº 7510, quedando redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 2º- Implántase el estacionamiento restringido con permiso Municipal, en la calle Roque Saenz Peña entre V. Escalada y 25 de Mayo de San Isidro, sobre el lado derecho de la calzada, siendo el mismo de uso exclusivo para los vecinos frentistas.”
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo,
etc.-Sirva la presente de atenta nota de
envío.-p.b.
PROMULGADO POR DTO
2469
Ref.: Expte. Nro 12522-B-2003.
SAN ISIDRO, 16 de noviembre de 2004 DECRETO NUMERO
: 2349
VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y
Considerando:
QUE obra en autos nota presentada por el Sr. Carlos Balduzzi, respecto de la aceptación del pago en su primer vencimiento de la cuota 5 B-2003, correspondiente a la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, cta cte 680.050;
QUE la Dirección General de Rentas estima acceder a lo peticionado, y eximirlo de los recargos que generaron para dicho período, debido a que al contribuyente no le cabe culpa alguna en los hechos que da cuenta el presente expediente;
QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido en el artículo 46° de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Dispónese la aceptación del pago en su primer vencimiento de la cuota 5 ************* B-2003, correspondiente a la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, que recae sobre el inmueble individualizado mediante cuenta corriente nro. 680.050, cuyo titular es el Sr. Carlos Balduzzi, y eximirlo de los recargos que generaron para dicho período, debido a que al contribuyente no le cabe culpa alguna en los hechos que da cuenta el presente
expediente.-ARTICULO 2do.- Dese intervención al Departamento de Tasas Inmobiliarias para su cono **************
cimiento.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
Expte.4508-P-1999
SAN ISIDRO, 16 de noviembre de
2004.-DECRETO NUMERO:
2 3 5 0
VISTO, el contrato de concesión obrante a fs.150/151 del legajo, y lo actuado en el presente expediente; y
Considerando:
QUE, el Contrato de Concesión referido dispone, en su cláusula SEGUNDA, el plazo por el cual la concesión de uso del inmueble objeto del mismo, ha sido otorgada a la firma PACHECO AL RIO S.R.L.;
QUE dicho plazo se encuentra vencido a la fecha, por lo que corresponde que le sea restituida la tenencia del inmueble a este Municipio;
QUE se ha verificado, además, la falta de pago, por un prolongado periodo, del canon que establece la cláusula TERCERA del convenio de concesión de uso;
QUE tanto el vencimiento del plazo de la concesión, como la existencia de la deuda por incumplimiento en el pago del canon por parte de la concesionaria, ha sido puesta en conocimiento de esta última y se ha intimado dicho pago en forma fehaciente, mediante piezas postales glosadas a fs.168/169 del expediente; QUE, en consecuencia, deben llevarse a cabo to-das las gestiones necesarias tendientes a obtener la restitución de la tenencia del inmueble objeto de la concesión, debiendose otorgar a la concesionaria un plazo de diez días corridos para desocupar el inmueble. Asimismo, las gestiones aludidas, procurarán el cobro de la totalidad de las sumas adeudadas a este Municipio por la concesionaria;
QUE, en consecuencia, debe dictarse el pertinente acto administrativo, conforme lo referido precedentemente.
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
Ref. Expte. 3109-P-1998
Expte.4508-P-1999
////
ARTICULO 1º: INTIMESE a la empresa PACHECO AL RIO SRL, a desocupar, en el
************* plazo de 10 días corridos y restituir la tenencia a este Municipio, el inmueble objeto de la concesión otorgada según Ordenanza Nº 7590, promulgada por Decreto Nº17/1999, bajo el apercibimiento de la iniciación de las acciones legales pertinentes.
ARTICULO 2º: INTIMESE, por conducto de la Asesoría Legal Municipal, a la empre-************* PACHECO AL RIO SRL, a abonar a este Municipio las sumas adeudadas en concepto de canon, por la concesión otorgada según Ordenanza Nº 7590, promulgada por Decreto Nº17/1999.
ARTICULO 3º: DISPONESE, para el caso de que las intimaciones ordenadas por los
************* Artículos 1º y 2º del presente Decreto no obtengan el resultado perseguido, la iniciación a través de la Asesoría Legal, de las acciones judiciales que correspondan tendientes a retomar la tenencia del predio mencionado y el cobro de todas las deudas emrgentes del contrato de concesión.
ARTICULO 4º: Regístrese. Notifíquese y
publíquese.-Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nro.
13835-A-2004.-SAN ISIDRO, 16 de noviembre de 2004 DECRETO NUMERO.
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VISTO y considerando:
QUE por nota obrante a fojas 1 la Dirección General de Asesoría Legal, da cuenta de la realización del “X Encuentro de Asesores Letrados Bonaerenses” a realizarse los días 18 y 19 de noviembre del corriente año, en el Hotel Antártida de la ciudad de Mar del Plata;
QUE este Municipio ha sido invitado por la Asesoría General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a participar del mismo;
QUE en representación de esta Comuna concurrirán los Doctores Gabriel Mateo y Sebastián Weinschelbaum;
QUE la Dirección de Contabilidad y Finanzas efectuó la imputación preventiva del caso;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Autorízase a los Doctores Gabriel Mateo y Sebastián Weinschelbaum a ************** concurrir al “X Encuentro de Asesores Letrados Bonaerenses” a realizarse los días 18 y 19 de noviembre del corriente año, en el Hotel Antártida de la ciudad de Mar del
Plata.-ARTICULO 2°.- Asígnase a tal efecto en concepto de viáticos, con oportuna rendición de ************** cuentas la suma de Pesos Quinientos ($
500).-ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************* te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de
Gastos.-ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nro. 8788-S-1977 y
agregado.-SAN ISIDRO, 16 de noviembre de 2004
DECRETO NUMERO.
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VISTO y Considerando:
QUE, según surge del informe producido por la Subsecretaría de Inspección General, con fundamento en los presentes actuados, corresponde levantar el carácter Precario, Personal e Intransferible del establecimiento sito en Miguel Cané Nº 1795 de la localidad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Levántase el carácter Precario, Personal e Intransferible, que recae sobre la ************* habilitación del inmueble sito en Miguel Cané Nº 1795 de la localidad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido, donde se explota el rubro “TALLER DE ARMADO DE BAFLES Y CONSOLAS” con un potencial electromecánico de 8.50 HP, cuya titularidad ejerce el Sr. Emilio Hugo PERTUZZI (C.I.. Nº
4.211.476).-ARTICULO 2º.- Déjase constancia que la habilitación queda condicionada a la renovación ************* cada dos años del Certificado de Aptitud Ambiental conforme lo establecido por la Ley 11459 (arts. 3º y 11º), debiendo asimismo ajustarse la actividad a las reglamentaciones establecidas por el Código de Ordenamiento Urbano, Código de Edificación y demás reglamentaciones
vigentes.-ARTICULO 3º.- Por Intermedio de la Secretaría de Inspecciones y Registros Urbanos se ************* verificará las condiciones de funcionamiento del establecimiento y se continuará el trámite
correspondiente.-ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-DESP Y LEGISL
CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nro. 8788-S-1977 y
agregado.-CONTRIBUYENTE Nº 29251
*****CERTIFICO que por Decreto Nro.
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, dictado el día de la fecha a fs. 133 del expte. 8788-S-1977 y agregado, se levantó el el carácter Precario, Personal e Intransferible, que recae sobre la habilitación del inmueble sito en Miguel Cané Nº 1795 de la localidad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido, donde se explota el rubro “TALLER DE ARMADO DE BAFLES Y CONSOLAS”, con un potencial electromecánico de 8.50 HP, cuya titularidad ejerce el Sr. Emilio Hugo PERTUZZI (C.I.. Nº 4.211.476)**********Déjase constancia que la habilitación queda condicionada a la renovación cada dos años del Certificado de Aptitud Ambiental conforme lo establecido por la Ley 11459 (arts. 3º y 11º), debiendo asimismo ajustarse la actividad a la reglamentaciones establecidas por el Código de Ordenamiento Urbano, Código de Edificación y demás reglamentaciones vige ntes*****
***ESTE CERTIFICADO DEBERA SER EXHIBIDO EN LUGAR VISIBLE***
*****EXTIENDO el presente, que firmo y sello en San Isidro, con fecha, 16 de noviembre de 2004*****
DESP Y LEGISL
CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nro.
12960-J-2004.-SAN ISIDRO, 16 de noviembre de 2004
DECRETO NUMERO:
2 3 5 3
VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y
Considerando:
QUE de acuerdo a los hechos denunciados en autos y conforme a lo expuesto por la Subsecretaría General de Gobierno y Administración, a fojas 22, corresponde, efectuar la correspondiente denuncia penal y remitir las actuaciones a la Mesa de Entradas de la Fiscalía General del Departamento Judicial de San Isidro, a los fines de que proceda al sorteo que determine la Unidad Funcional de Instrucción de interve nción;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Por conducto de la Asesoría Legal Municipal efectúese la correspondiente ************** denuncia penal y remítase las presentes actuaciones a la Mesa de Entradas de la Fiscalía General del Departamento Judicial de San Isidro para que determine la Unidad Funcional de Instrucción de
intervención.-ARTICULO 2do.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-DESP Y LEGISL
CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte.Nº
3824-P-2004.-SAN ISIDRO, 16 de noviembre de 2004 DECRETEO NUMERO:
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VISTO el Memorandum Nº 105 de la Dirección de Educación Municipal, obrante a fojas 8; y
Considerando:
QUE la agente Claudia Mónica SCHUSTER (Legajo Nº 11.210), fue reubicada de su Categoría de Maestra, a Preceptora, por Sandra Claudia MARTINEZ, en uso de licencia especial sin goce de sueldo;
QUE se hace necesario limitar dicha reubicación, a la agente mencionada en primer término, a efectos de asignarle funciones de Vicedirectora interina en el Jardín de Infantes Municipal Nº 7, a partir del 31 de agosto de 2004;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Limítase a partir del 31 de agosto de 2004, a la agente Claudia Mónica ************** SCHUSTER (LegajoNº11210), la reubicación como Preceptora (C2-F1-P1-1.1.1.1.A:8.C:II.), en el Jardín de Infantes Municipal Nº 7 (turno tarde), atento a asignársele funciones de Vicedirectora
interina.-ARTICULO 2º.- Asígnase a la agente Claudia Mónica SCHUSTER (Legajo Nº 11210), ************** funciones de Vicedirectora interina del Jardín de Infantes Municipal Nº 7, abonándole la correspondiente diferencia de sueldo entre su Categoría de Maestra (C2-F1-P1-1.1.1.1.A:8.C:I.) y la de Vicedirectora (C2-F1-P1-1.1.1.1.A:8.C:II.), a partir del 31 de agosto de 2004 y hasta el reintegro de Silvia Clara CASTRO, (promovida interinamente al cargo de Directora del Jardín de Infantes Municipal Nº 11, por enfermedad de Mabel Herminia
BORRA).-ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese. Notifíquese. Publíquese. Cumplido. Resérvese ************** en la Dirección General de
Personal.-DESP Y LEGISL
CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nro.
12959-U-2004.-SAN ISIDRO, 16 de noviembre de 2004
DECRETO NUMERO:
2 3 5 5
VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y
Considerando:
QUE de acuerdo a los hechos denunciados en autos y conforme a lo expuesto por la Subsecretaría General de Gobierno y Administración, a fojas 41, corresponde, efectuar la correspondiente denuncia penal y remitir las actuaciones a la Mesa de Entradas de la Fiscalía General del Departamento Judicial de San Isidro, a los fines de que proceda al sorteo que determine la Unidad Funcional de Instrucción de interve nción;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Por conducto de la Asesoría Legal Municipal efectúese la correspondiente ************** denuncia penal y remítase las presentes actuaciones a la Mesa de Entradas de la Fiscalía General del Departamento Judicial de San Isidro para que determine la Unidad Funcional de Instrucción de
intervención.-ARTICULO 2do.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-DESP Y LEGISL
CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nro.
1482-A-2004.-SAN ISIDRO, 16 de noviembre de 2004
DECRETO NUMERO:
2 3 5 6
VISTO la Ordenanza Nº 5946, por la que se delega al Departamento Ejecutivo la facultad de otorgar pensiones graciables; y
Considerando:
QUE la Subsecretaría de Acción Social informa a fs. 289 que corresponde cesar el pago del beneficio otorgado a Rodolfo ESCALANTE y Oscar Bernardo MONTIEL, por fallecimiento, y a fs. 290 designar como responsable de cobro de Luis LIBERCHUK, a Liliana Noemí LIBERCHUK;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- CESE el pago de la pensión graciable otorgada a a Rodolfo ESCALAN-************** TE y a Oscar Bernardo MONTIEL, atento su
fallecimiento.-ARTICULO 2do.- Desígnase responsable de cobro de Luis LIBERCHUK, a Liliana Noemí ************** LIBERCHUK (DNI. Nº 16.710.624), domiciliada en Wilde Nº 503 de la ciudad de
Boulogne.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-DESP Y LEGISL
CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nro.
11849-C-2003.-SAN ISIDRO, 16 de noviembre de 2004
DECRETO NUMERO:
2 3 5 7
VISTO los presentes actuados; y Considerando:
QUE la Asesoría Legal Municipal a fojas 23 y 23 vta. estima procedente dictar un sobreseimiento provisorio en la presente causa, ya que no existe elemento mínimo alguno que permita inferir una falta disciplinaria que encuadre en la Ley 11757, y proceder al archivo de los actuados, hasta que nuevos elementos de juicio, de existir, permitan la reapertura de la causa;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Sobreseese provisoriamente en la presente causa y proceder al archivo ************* de las
actuaciones.-ARTICULO 2do.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-DESP Y LEGISL
CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte.Nro.
837-W-1990.-SAN ISIDRO, 16 de noviembre de 2004 DECRETO NUMERO:
2 3 5 8
VISTO la presentación efectuada em autos por Edgar WERDER, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose comprobado que existe imposiblidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100%, año/s 2004, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Edgar WERDER, con domicilio en Gral Urquiza Nº 254 de la localidad de Acassuso, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
332.966.-ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-DESP Y LEGISL
CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nro.
12962-C-2004.-SAN ISIDRO, 17 de Noviembre de 2004 DECRETO NUMERO:
2359
VISTO el informe obrante a fojas 4 de la Dirección de Deportes; y
Considerando:
QUE en el mismo da cuenta de la participación del Equipo Municipal de Atletismo a las Competencias Nacionales programadas por la Confederación Argentina de Atletismo, solicitando la suma de $ 1.380, para solventar los gastos de afiliación, inscripción, viáticos, alojamientos, etc.;
QUE la Dirección de Contabilidad y Finanzas efectuó la imputación preventiva del caso;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Otórgase a la Dirección de Deportes la suma de PESOS MIL ************ TRESCIENTOS OCHENTA ($ 1.380), para solventar los gastos de afiliación, inscripción, viáticos, alojamientos, etc, del Equipo Municipal de Atletismo, por la participación del mismo a las Competencias Nacionales programadas por la Confederación Argentina de
Atletismo.-ARTICULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************ te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de
Gastos.-ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nro.
13280-A-2004.-SAN ISIDRO, 17 de noviembre de 2004
DECRETO NUMERO:
2 3 6 0
VISTO lo expuesto en autos por la Empresa Adrenalina Tuning, respecto de la realización de la EXPOSICION TUNING, a llevarse a cabo los días 17,18 y 19 de Diciembre del corriente, en las instalaciones del Hipódromo de San Isidro; y
Considerando:
QUE este Departamento Ejecutivo comparte y promueve estas iniciativas, por lo que dispone el dictado del presente acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Declárase de Interés Municipal la realización de la EXPOSICION ************** TUNING, a llevarse a cabo los días 17,18 y 19 de Diciembre del corriente, en las instalaciones de Hipódromo de San Isidro, organizado por la Empresa
Tuning.-ARTICULO 2do.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-A.P.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Lic. Héctor Aníbal Prassel Sr. Secretario de Desarrollo Social Mario Salvador Alonso
Ref.: Expte. Nro.
13529-O-2004.-SAN ISIDRO, 17 de noviembre de 2004 DECRETO NUMERO.
2 3 6 1
VISTO y considerando:
QUE por nota obrante a fojas 1 la Secretaría de Obras Públicas, da cuenta de la realización de la reunión del VII Comité UCCI de Promoción Social con la Red Urbal 10 en San Pablo, Brasil;
QUE concurrirá a dicho evento, en representación de la Comuna, el Sr. Subsecretario de Obras Públicas, Arquitecto Fernando A. ROMERO;
QUE la Dirección de Contabilidad y Finanzas efectuó la imputación preventiva del caso;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Autorízase al Sr. Subsecretario de Obras Públicas Arquitecto Fernando A. ************* ROMERO, a concurrir a la reunión del VII Comité UCCI de Promoción Social con la Red Urbal 10 en San Pablo, Brasil, asignándose a tal efecto la suma de Pesos un mil quinientos ($ 1.500) en concepto de viáticos, con oportuna rendición de
cuentas.-ARTICULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-************* te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de
Gastos.-ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-DESP Y LEGISL
CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.:Expte. Nro.
10119-P-2004.-SAN ISIDRO, 17 de noviembre de 2004
DECRETO NUMERO:
2 3 6 2
VISTO lo actuado en el presente expediente; y Considerando:
QUE por Decreto Nº 1.810, de fecha 26 de agosto de 2.004, se dispuso la instrucción de Sumario Administrativo, con el objeto de determinar las responsabilidades emergentes de los hechos que originaron el mismo;
QUE a fojas 147, la Asesoría Legal estima remitir las actuaciones a la Unidad Funcional de Investigaciones Nº 5, a los fines de su agregación a la I.P.P. Nº 233.158;
QUE a fojas 149 bis, se adjunta copia recibida por la Unidad Funcional de Investigaciones Nº 5, del Departamento Judicial de San Isidro;
QUE consecuentemente, corresponde prorrogar la suspensión preventiva al agente Pablo Oscar TOLEDO (Legajo Nº 40.508), (artículo 79º -2ª parte- de la Ley Nº 11.757 del Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires);
POR ello, en ejercicio atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Prorrógase la suspensión preventiva al agente Pablo Oscar TOLEDO (Le************* gajo Nº 40.508), hasta la resulta de las actuaciones judiciales (artículo 79º -2ª parte de la Ley Nº
11.757).-ARTICULO 2º.- Déjase expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de la Ley ************* Nº 11757, no importa la admisión por parte de este Municipio de la constitucionalidad de dicho cuerpo
Ref.:Expte. Nro.
10119-P-2004.-/////
ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese. Cumplido
resérvese.-DESP Y LEGISL
CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte.Nº 13610-
P-2004.-SAN ISIDRO, 17 de noviembre de 2004
DECRETO NUMERO:
2363
VISTO el Dictamen de la Junta Médica Provincial, obrante en el expediente Nº 10.586-P-2.002, del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, en el cual se hace constar la incapacidad laboral de carácter permanente del agente Juan Carlos BUSLEMEN (Legajo Nº 17.466); y
Considerando:
QUE dicho agente ha tomado conocimiento de lo resuelto por la Dirección de Reconocimientos Médicos Provincial en el mencionado expediente;
QUE la Subdirección de Jubilaciones y Pensiones, de la Dirección General de Personal, solicita se proyecte el instrumento legal de cese del agente a los fines de acogerse a los beneficios jubilatorios por incapacidad laboral;
QUE de acuerdo con lo establecido por el artículo 19º inciso f) del Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires Ley 11.757, producido el cese del agente a los fines jubilatorios, el mismo tendrá derecho de seguir percibiendo el importe correspondiente al sesenta (60%) por ciento móvil de sus haberes, por un período de hasta doce (12) meses, como anticipo de su jubilación;
QUE ello requiere la conformidad del agente beneficiario;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Dase por concluida la relación de empleo con la ************* Administración Municipal, a efectos de acogerse a los beneficios jubilatorios, por incapacidad laboral del agente Juan Carlos BUSLEMEN (Legajo Nº 17.466), M.I. Nº: 12.543.182, Clase 1.958, a partir del 1º de octubre de 2.004, con categoría 07 (C2-F3-P7-1.1.1.1.A:7.C:IV.) y, funciones de Supervisor, en la Jefatura de Inspectores, en la Sub-Secretaría de Tránsito, Seguridad y Cuidado Comunitario, con inclusión en los alcances del artículo 15º inciso d) –apartado 2- de la Ordenanza Nº
Ref.: Expte.Nº 13610-
P-2004.-////
ARTICULO 2º.- Apruébase el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y el agente ************* Juan Carlos BUSLEMEN, que pasa a formar parte del presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el importe correspondiente al sesenta (60%) por ciento de los haberes computable a los fines previsionales por un período de hasta doce (12) meses, a partir del 1º de octubre de 2.004, como anticipo de su jubilación y con cargo de reintegro. El anticipo jubilatorio asciende a la suma de $
564.-ARTICULO 3 º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************* te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de
Gastos.-ARTICULO 4º.- El pago del anticipo cesará automáticamente si con anterioridad al plazo ************* estipulado fuere otorgado el beneficio
previsional.-ARTICULO 5º.- Déjase expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de la ************* Ley Nº 11.757, no importa la admisión por parte de este Municipio de la constitucionalidad de dicho cuerpo
legal.-ARTICULO 6º.- Regístrese.- Publíquese y comuníquese al Instituto de Previsión Social ************* de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un ejemplar del
convenio.-AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. 15307B2001
-SAN ISIDRO, 17 de noviembre de 2004.- DECRETO NUMERO :
2 3 6 4
VISTO la presentación obrante en autos efectua-da por Pilar HERCE de BECH, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, correspondiente al año 2002-2003 y 2004 ; y
Considerando:
QUE, habiéndose practicado la encuesta socio-económica pertinente, la Subsecretaría de Acción Social, en su informe de fojas 25 recomienda acceder a lo peticionado por cuanto existe imposibilidad del responsable de la deuda de cumplir actualmente con las obligaciones fiscales municipales a su cargo;
QUE las circunstancias del caso, encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso D) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTICULO 1ro.- EXIMESE del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conserva-************** ción y Reconstrucción de la Vía Pública, por el 50 % correspondiente al año 2002-2003 y 2004 a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieran abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, por aplicación del artículo 58º, inciso D) de la Ordenanza Fiscal vigente, a Pilar HERCE de BECH, Cuenta Corriente Nro. 430.545 con domicilio en Panamá Nro. 1851 de la ciudad de Martínez de este
ARTICULO 2do. - DESE conocimiento del presente acto administrativo al Departamento *************** de Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.
MII
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref. Expte.12070-U-2002 Alc. N°8
SAN ISIDRO, 18 de Noviembre de 2004.
-DECRETO NUMERO:
2 3 6 5
VISTO lo actuado en el presente expediente, y; Considerando:
QUE mediante Ordenanza 7866 se autorizó la realización de las obras de desagües cloacales de la zona delimitada por las Avenidas B. Márquez, Andrés Rolón, y las calles Intendente Tomkinson y Lynch y su continuación;
QUE el Artículo 7° de la aludida norma, deter-mina que, una vez realizada la encuesta previa entre los vecinos beneficiarios de las obras, la Comisión Representativa deberá comunicar a este Departamento Ejecutivo el resultado de la misma, y elevar la documentación técnica pertinente a fin de su evaluación por los Organismos Técnicos competentes;
QUE conforme surge de las constancias obrantes en el presente expediente a fs. 1/97, se ha cumplimentado con el aporte de la documentación requerida, obrando a fs. 98, el informe producido por la Secretaría de Obras Públicas del cual se desprende que no existen objeciones de índole técnica al Proyecto presentado, circunstancia que habilita el dictado del Decreto a que hace referencia el mencionado Artículo 7°;
QUE este Departamento Ejecutivo comparte las opiniones técnicas expresadas por la Secretaría de Obras Públicas, por lo que, de conformidad con lo dispuesto por el mentado Artículo 7° de la Ordenanza 7866, debe dictarse el acto administrativo que declare de Utilidad Pública y Pago Obligatorio las obras;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO,
d e c r e t a:
ARTICULO 1º: Declárase de Utilidad Pública y Pago Obligatorio, en los términos del
************** Artículo 7° de la Ordenanza 7866, las obras de construcción de los desagües cloacales en la zona delimitada por las Avenidas B. Márquez, Andrés Rolón, las calles Intendente Tomkinson, Lynch y su continuación, de San Isidro, el sector comprendido por los siguientes frentes:
Ref. Expte.12070-U-2002 Alc. N° 8
/////////
Calle Avellaneda entre América y San José (ambas veredas) Calle Avellaneda entre San José y Herrera (ambas veredas) Calle San José entre Avellaneda y Cortada (ambas veredas) Calle Herrera entre Avellaneda y Cortada (ambas veredas)
ARTICULO 2º: La empresa adjudicataria de las obras podrá, a partir de la
notifica-************** ción del presente, proceder a celebrar los convenios individuales con los beneficiarios, sin perjuicio de los que haya firmado hasta la fecha, y dar comienzo a las obras.
ARTICULO 3°: Regístrese, Notifíquese y Publíquese.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. nro.
6235-B-2003.-SAN ISIDRO, 18 de noviembre de 2004 DECRETO NUMERO:
2366
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Telmo Benitez, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vige ntes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE, habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo peticionado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, *************** Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100%, años 2003 y 2004, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Telmo Benitez, con domicilio en Julián Navarro 854 de Beccar, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte. 842.866, por aplicación del artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal
vigente.-ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte. Nro. 3382-B-1996 y
agregado.-SAN ISIDRO, 18 de Noviembre de 2004
DECRETO NUMERO:
2367
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. BADER Jorge solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vige ntes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE, habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo peticionado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100% años 2003 y 2004;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100% años 2003 y 2004, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a BADER Jorge, con domicilio en Padre Castiglia 551, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
630.372.-ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-DESP Y LEGISL
Cac
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte. Nro. 10093-S-1987 y
agregados.-SAN ISIDRO, 18 de Noviembre de 2004
DECRETO NUMERO:
2368
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. SIERRA Emilio solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE, habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo peticionado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100% años 2002, 2003 y 2004;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100% años 2002, 2003 y 2004, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a SIERRA Emilio, con domicilio en Juramento 575, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
531.554.-ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-DESP Y LEGISL
Cac
Expte. Nro. 14180-T-2002 y
agregado.-SAN ISIDRO, 18 de Noviembre de 2004
DECRETO NUMERO:
2369
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. COHEN TALGHAM Mauricio solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE, habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo peticionado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50% años 2003 y 2004;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50% años 2003 y 2004, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a COHEN TALGHAM Mauricio, con domicilio en Colon 310, de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
350.270.-ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-DESP Y LEGISL
Cac
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte. Nro.
1341-P-1992.-SAN ISIDRO, 18 de Noviembre de 2004
DECRETO NUMERO:
2370
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. María del Carmen PAUL Vda. de PISAURI solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE, habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo peticionado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50% año 2004;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50% año 2004, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a María del Carmen PAUL Vda. de PISAURI, con domicilio en Cosme Argerich 1951, de la localidad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
522.607.-ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-DESP Y LEGISL
Cac
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte. Nro.
6669-S-2002.-SAN ISIDRO, 18 de Noviembre de 2004
DECRETO NUMERO:
2371
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Alfonso SCHÖNFELD solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE, habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo peticionado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100% año 2004;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100% año 2004, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Alfonso SCHÖNFELD, con domicilio en Castro Barros 1795, de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
372.163.-ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-DESP Y LEGISL
Cac
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte. Nro.
8911-C-2003.-SAN ISIDRO, 18 de Noviembre de 2004
DECRETO NUMERO:
2372
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Francisco CASTRO solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE, habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo peticionado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100% años 2003 y 2004;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100% años 2003 y 2004, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Francisco CASTRO, con domicilio en Olaguer Feliú 246, de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
390.291.-ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-DESP Y LEGISL
Cac
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte. Nro.
1509-P-2003.-SAN ISIDRO, 18 de Noviembre de 2004
DECRETO NUMERO:
2373
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Alfredo Santos PAGANELLI solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE, habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo peticionado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100% años 2003 y 2004;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100% años 2003 y 2004, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Alfredo Santos PAGANELLI, con domicilio en Libertad 1085, de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
362.512.-ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-DESP Y LEGISL
Cac
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte. Nro.
1034-T-2002.-SAN ISIDRO, 18 de Noviembre de 2004
DECRETO NUMERO:
2374
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Agustina Rosa TOBAR Vda. de ORTIZ solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE, habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo peticionado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 25% años 2003 y 2004;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 25% años 2003 y 2004, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Agustina Rosa TOBAR Vda. de ORTIZ, con domicilio en Eustaquio Genaro Rua 1321, de la Ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
720.954.-ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-DESP Y LEGISL
Cac
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte. Nro.
6550-L-1998.-SAN ISIDRO, 18 de Noviembre de 2004
DECRETO NUMERO:
2375
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Jorge Jesús LAGO solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE, habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo peticionado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50% años 2003 y 2004;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50% años 2003 y 2004, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Jorge Jesús LAGO, con domicilio en Gazcón 2324, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
630.853.-ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-DESP Y LEGISL
Cac
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte. Nro.
1605-C-2003.-SAN ISIDRO, 18 de Noviembre de 2004
DECRETO NUMERO:
2376
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Miguel Angel CARRAZARI solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE, habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo peticionado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50% año 2004;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50% año 2004, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Miguel Angel CARRAZARI, con domicilio en Int. Neyer 2549, de la Ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
720.717.-ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-DESP Y LEGISL
Cac
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte. Nro.
2429-M-2000.-SAN ISIDRO, 18 de Noviembre de 2004
DECRETO NUMERO:
2377
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Amelia MAGNONE solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE, habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo peticionado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50% años 2003 y 2004;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50% años 2003 y 2004, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Amelia MAGNONE, con domicilio en Boedo 1987 de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
542.699.-ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-DESP Y LEGISL
Cac
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte. Nro. 4038-H-1987 y
agregado.-SAN ISIDRO, 18 de Noviembre de 2004
DECRETO NUMERO:
2378
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Victorio Francisco HERNANDEZ solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE, habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo peticionado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100% año 2004;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100% año 2004, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Victorio Francisco HERNANDEZ, con domicilio en Martín Rodriguez 548, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
531.865.-ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-DESP Y LEGISL
Cac
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte.Nro.
11833-B-2004.-SAN ISIDRO, 18 de noviembre de 2004
DECRETO NUMERO:
2 3 7 9
VISTO la nota presentada a fojas 1, respecto de la Tasa por Alumbrado Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública cuenta corriente Nro. 821.780 correspondiente a la propiedad sita en Avda. del Libertador Nº 18142 de la ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido; y
Considerando:
QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a eximir la totalidad de los recargos cuando la causa lo justifique, en virtud del artículo 46º de la Ordenanza Fiscal vigente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- EXIMESE los accesorios en la Cta. Cte. 821.780, para el pago de la Tasa ************* por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública por los períodos 1998/1ºB a 2004/4ºB inclusive, que recae sobre el inmueble sito en Avda. del Libertador Nº 18142 de la ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, a nombre de Ludovico
BARBIERI.-ARTICULO 2do.- Dése intervención al Departamento de Tasas Inmobiliarias, a fin de tomar **************
conocimiento.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-DESP Y LEGISL
CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nº Alcance 1
SAN ISIDRO, 18 de noviembre de 2004 DECRETO NUMERO :
2380
VISTO las constancias del expediente; y Considerando:
QUE conforme lo informado por la Tesorería General a fojas 8 ha existido un error en la confección del cheque mediante el cual se procedió al reintegro ordenado por Decreto Nº 833/03;
QUE en virtud del error aludido, se ha abonado en exceso a la Sra. Alicia Francisca Ortiz, la suma de $3.000;
QUE, pese a las diversas conversaciones mantenidas con la contribuyente y su asesor legal, solicitándole se avenga a reintegrar la suma abonada en exceso, ésta ha argumentado que solo puede hacerlo en cuotas mensuales, conforme el plan de financiación de 60 cuotas, sin efectuar ningún adelanto;
QUE, la Asesoría Legal, a fojas 10 emite opinión en el sentido de efectuar una intimación a la Sra. Alicia Francisca Ortiz para que en el plazo de 48 horas reintegre al Municipio la suma abonada en demasía, previo al inicio de las acciones legales pertinentes;
QUE, compartiendo este Departamento Ejecutivo, el criterio antes expuesto corresponde el dictado del pertinente acto administrativo;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTICULO 1º.- INTIMESE a la Sra. Alicia Francisca Ortiz, para que en el término de 48 ************ horas reintegre a este Municipio la suma de pesos tres mil ($3.000.-), abonados en exceso de lo ordenado por Decreto Nº 833/2003, mediante cheque Nº 56815897 del Banco de la Provincia de Buenos
Aires.-ARTICULO 2°.- PROCEDASE a iniciar las acciones legales pertinentes, en caso de resultar ************ negativa la gestión ordenada en el Artículo 1º del presente
Decreto.-ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y
Ref.: Expte. Nº
13.611-P-2004.-SAN ISIDRO, 18 de noviembre de 2004 DECRETO NUMERO:
2381
VISTO lo informado a fojas 1 por el Departamento Control de Asistencia de la Dirección General de Personal, y el certificado de defunción obrante en autos; y
Considerando:
QUE el día 24 de octubre de 2.004 se produjo el fallecimiento del agente Nicolás PULEIO (Legajo Nº 54.925);
QUE en virtud de ello y atento a lo establecido por el artículo 11º inciso c) de la Ley Nº 11.757 (Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires), corresponde dar por concluida la relación de empleo con la administración Municipal del agente antes mencionado, a partir de la fecha citada,
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Dese por concluida la relación de empleo con la administración ************* Municipal (conforme el artículo 11º inciso c) de la Ley Nº 11.757), limitando su designación en carácter de Planta Temporaria “Personal Mensualizado”, del agente Nicolás PULEIO (Legajo Nº 54.925), M.I. Nº: 16.673.375, Clase 1.948, a partir del 24 de octubre de 2.004, con retribución de 887,50 módulos (C2-F3-P7-1.1.1.2.1.) y, funciones de Inspector, en la Dirección de Industria, atento a su
fallecimiento.-ARTICULO 2º.- Déjase expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de la ************* Ley Nº 11.757, no importa la admisión por parte de este Municipio de la constitucionalidad de dicho cuerpo
legal.-ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nro.
13612-P-2004.-SAN ISIDRO, 18 de noviembre de 2004
DECRETO NUMERO:
2 3 8 2
VISTO lo informado mediante la nota del Departamento Control de Asistencia, de la Dirección General de Personal, obrante a fojas 1 y el certificado de defunción obrante a fojas 2; y
Considerando:
QUE el fallecimiento del agente Manuel Jesús ALVAREZ (Legajo Nº 7727), se produjo el 29 de Octubre de 2004;
QUE en virtud de ello, y atento a lo establecido por el artículo 11º inciso c) de la Ley Nº 11.757 (Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires), corresponde dar por concluída la relación de empleo con la administración Municipal del/la agente antes mencionado, a partir de la fecha citada;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTICULO 1º.- Dése por concluída la relación de empleo con la Administración Municipal ************* (conforme el artículo 11º inciso c) de la Ley Nº 11.757), limitando la designación del agente Manuel Jesús ALVAREZ (Legajo Nº 7727), D.N.I. Nº: 8.037.062, clase 1.949, a partir del 29 de Octubre de 2004,con categoría 16 (C2-F3-P7-1.1.1..A2 .) y, funciones de Director General de Ingeniería, atento a su
fallecimiento.-ARTICULO 2º.- Déjase expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de la Ley ************** Nº 11.757, no importa la admisión por parte de este Municipio de la constitucionalidad de dicho cuerpo
legal.-ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-DESP Y LEGISL
CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte. Nro.
4899-A-2002.-SAN ISIDRO, 18 de Noviembre de 2004
DECRETO NUMERO:
2383
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. APPELLA María del Carmen solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE, habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo peticionado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 25% año 2004;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 25% año 2004, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a APPELLA María del Carmen, con domicilio en Guayaquil 1727, de la localidad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
560.560.-ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-DESP Y LEGISL
Cac
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte. Nro.
11014-F-2002.-SAN ISIDRO, 18 de Noviembre de 2004
DECRETO NUMERO:
2384
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Franco FAVRETTI solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE, habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo peticionado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100% año 2004;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100% año 2004, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Franco FAVRETTI, con domicilio en Boedo 778, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
520.878.-ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-DESP Y LEGISL
Cac
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte. Nro.
14354-G-2000.-SAN ISIDRO, 18 de Noviembre de 2004
DECRETO NUMERO:
2385
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Martha Susana GORRIARENA (en su carácter de Vda. del titular) solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE, habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo peticionado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100% años 2003 y 2004;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100% años 2003 y 2004, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Martha Susana GORRIARENA (en su carácter de Vda. del titular), con domicilio en Barrio San Isidro, ESC 2° piso 2° Dto. "C", de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
612.752.-ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-DESP Y LEGISL
Cac
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte. Nro.
4897-R-1982.-SAN ISIDRO, 18 de Noviembre de 2004
DECRETO NUMERO:
2386
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Emma ROLDAN (hija de la titular fallecida) solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE, habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo peticionado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100% año 2004;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100% año 2004, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Emma ROLDAN (hija de la titular fallecida), con domicilio en Fondo de la Legua 255, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
510.072.-ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-DESP Y LEGISL
Cac
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte. Nro.
4896-A-2003.-SAN ISIDRO, 18 de Noviembre de 2004
DECRETO NUMERO:
2387
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Guillermo Geronimo José ALCACER MACKINLAY solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE, habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo peticionado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100% año 2004;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100% año 2004, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Guillermo Geronimo José ALCACER MACKINLAY, con domicilio en Ríobamba 3445, de la Ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
770.175.-ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-DESP Y LEGISL
Cac
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte. Nro.
911-B-2003.-SAN ISIDRO, 18 de Noviembre de 2004
DECRETO NUMERO:
2388
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Carmen BLANCO solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE, habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo peticionado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100% años 2003 y 2004;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100% años 2003 y 2004, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Carmen BLANCO, con domicilio en Scalabrini Ortiz 1966, de la localidad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
541.698.-ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-DESP Y LEGISL
Cac