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Cfr Becerra, Ricardo, Pedro Salazar y José Woldemberg, op cit p 188-198.

Transición democrática, procesos y reformas electorales en el sistema político mexicano

89 Cfr Becerra, Ricardo, Pedro Salazar y José Woldemberg, op cit p 188-198.

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h) Se reglamentaron con mayor precisión las prerrogativas de los partidos políticos;

i) Se mantuvo el principio de autocalificación de las elecciones;

j) La Suprema Corte de Justicia quedó fuera de los procesos electorales; y

k) Se creó un Tribunal de lo Contencioso Electoral (TRICOEL), como organismo autónomo.

La siguiente tabla nos muestra con mayor precisión las modificaciones relevantes de la reforma electoral federal de 1986:

CUADRO 4. Reforma electoral federal de 1986.

T e m a M o d ific a c io n e s re le v a n te s

Autoridades electorales • El máxim o órgano electoral para la tom a de decisiones, la Comisión Federal Electoral (C F E ) cambió su composición. Perm aneció presidida por el Secretario de Gobernación (en representación del Poder Ejecutivo) más un Senador y un Diputado. Los representantes de los partidos fueron asignados d e acuerdo a su proporción de votos y siguiendo estas reglas: un representante si el partido obtenía hasta el 3% de la votación nacional efectiva y uno más si el partido obtenía entre el 3% y el 6% . Si el partido obtenía m ás del 6 % tendría un representante por cada 3% de participación en los votos. Ningún partido podía tener m ás de 16 representantes en la C F E (art. 165).

Procedim iento de registro de electores

• El Código de 1986 especificó como una obligación del R N E dar a los partidos las listas de electores básicas y com plem entarias el 1o de enero y el 1o de abril, respectivamente; y la lista definitiva el 1o de junio (art. 104). • La L F O P P E había instituido la Comisión Técnica para la

vigilancia del R N E y 32 Comisiones Locales de Vigilancia, con partidos plenam ente representados (un representante por partido). El Código Federal Electoral introdujo 300 Comisiones Distritales de Vigilancia para el escrutinio del registro de electores en cada distrito donde tam bién estaban representados los partidos (art. 103,155).

• El Código estableció el derecho del Secretario de Gobernación (como Presidente del C F E ) a nominar al Director G eneral y al Secretario G eneral del R N E, quien en su m om ento nominaba a los Presidentes de todas las Comisiones de Vigilancia a nivel estatal y distrital.

Proceso de conteo de votos

• El lapso entre el día de las votaciones y el com ienzo del conteo de votos en las comisiones distritales se redujo de una sem ana de acuerdo a la L F O P P E en 1977, a tres días de acuerdo al Código de 1986. A dem ás el lapso entre la terminación del conteo de votos en cada casilla electoral y la entrega de los paquetes electorales a las comisiones distritales también fue acotado. Anteriormente ambos periodos habían fortalecido enorm em ente la sospecha de prácticas fraudulentas, particularmente en zonas rurales. Representación de los

Partidos en el Poder Legislativo

• El número de asientos proporcionales aum entó de 100 a 200, así que la composición de la C ám ara de Diputados se amplió de 4 0 0 a 500 miembros.

• El Código de 1986 incluyó dos fórmulas para convertir votos en asientos en la C ám ara de Diputados; una para el partido ganador (la cual igualaba asientos y votos) y otra para los partidos de minoría (que favoreció a los pequeños partidos y afectó a los medianos).

• La reforma de 1986 estableció que si ningún partido obtenía el 51% de la votación nacional efectiva y si ninguno alcanzaba la mitad m ás uno de los Diputados de mayoría de la C ám ara, el partido con el m ayor número de Diputados obtendría tantos Diputados de representación proporcional como para obtener la m ayoría absoluta en la C ám ara.

Fuente:, Tomado de Méndez de Hoyos, Irma, Transición a la democracia en

México, competencia partidista y reformas electorales 1977-2003, Fontamara,

FLACSO, México, 2006, p. 41-42.

Como podemos apreciar, la reforma electoral de 1986 presentó un carácter dual, puesto que si bien es cierto implicó elementos benéficos para los partidos de oposición como la ampliación de asientos en la Cámara de Diputados, trajo también elementos restrictivos para la competencia partidista, tales como la supresión del registro condicionado de partidos políticos y la mayoría predeterminada del PRI en el órgano encargado de la organización electoral.

E n sum a, en v e z d e ad e n trars e m á s en el proceso d e liberalización d e la a ren a electoral iniciado por la reform a d e 1 9 7 7 , el C ódigo F ed e ral Electoral d e 1 9 8 6 reforzó a n te todo los m eca n ism o s p ara controlar y m a n ip u lar las elecciones, ofreciendo a cam bio sólo algunos esp acio s p ara e le v a r la rep resen tació n d e las m in o rías.90

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A la postre la reforma electoral de 1986 marcaría indefectiblemente lo que habría de suceder en la elección presidencial de 1988, por un lado los partidos de oposición harían uso de las candidaturas comunes que permitió el Código Electoral para dar competencia real al partido oficial, por el otro, la falta de transparencia en la organización de las elecciones y la opacidad con que fueron contados los votos daría pie a la famosa caída del sistema, y como consecuencia, traería múltiples impugnaciones electorales y un gran descontento social.

V) La elección presidencial de 1988.

La intención del partido oficial en el contexto previo a las elecciones de 1988 era la de mantener a toda costa la posición hegemónica que tenía, esa fue la finalidad de la reforma de 1986. El propósito era claro, evitar que el PRI perdiera el control de la Cámara de Diputados mediante la cláusula de gobernabilidad y el reparto de espacios de representación proporcional para el partido mayoritario. Para eso el Secretario de Gobernación nombraba y controlaba a los principales funcionarios encargados de la elección, para eso el PRI tenía la mayoría de votos en la Comisión Federal Electoral y no dependía de los partidos de oposición para ejercer el control de dicho organismo electoral.

Sin embargo, la flexibilidad que presentaba el Código Electoral en 1987, en materia de candidaturas comunes, permitió la formación de una estructura

política de oposición fuerte: El Frente Democrático Nacional (FDN).91 Paradójicamente, el fortalecimiento del FDN provino de una ruptura al interior del PRI que, posterior al fraude electoral en Chihuahua vio nacer en su seno a la denominada corriente crítica o democrática.

U n a « c o r r ie n t e c r í t i c a » nació dentro del P R I exigiendo d em ocracia. La e n c a b e z a b a el ex g o b ern a d o r d e M ich o acán , el hijo del « T a t a L á z a r o » , un hom bre q u e en su n o m b re y apellido con cen trab a sim b ó licam en te el nacionalism o popular d e la historia m exicana: C u au h té m o c C á rd e n a s .92

Los partidos políticos que se unieron a la candidatura de Cuauhtémoc Cárdenas postulado por el PARM y constituyeron en su conjunto al FDN fueron el PPS, el PMS y el PFCRN.

De esta manera, el partido oficial con su candidato Carlos Salinas de Gortari, contendería en las elecciones presidenciales de 1988 contra una sólida oposición: el PAN postuló a Manuel Clouthier, el FDN a Cuauhtémoc Cárdenas Solórzano, el PDM a Gumersindo Magaña Negrete y el PRT a Rosario Ibarra de Piedra.

Las campañas políticas del proceso electoral de 1988 estuvieron centradas en las actividades desplegadas por los tres principales candidatos: Carlos Salinas de Gortari, Manuel Clouthier y Cuauhtémoc Cárdenas Solórzano.

D u ran te los prim eros m e se s d e las c a m p a ñ a s electo rales, la oposición recurrió a los discursos denunciativos. S e hizo re fe ren c ia a asp ectos coyunturales y a las decisiones en

91 Originalmente la flexibilidad en materia de candidaturas comunes fue ideada para que los