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 El derecho de igualdad de género es uno de los pilares fundamentales de los derechos humanos, con la finalidad de ejercerlos se establece también el principio de igualdad contemplados en tratados y convenios Internacionales de derecho Humanos a lo cual se presume la más completa protección emitida por un Estado Constitucional de Derechos y Justicia social como lo es el Estado Ecuatoriano, mediante su Constitución y leyes que reconocen, respetan y hacen respetar los mismos a través de sanciones pertinentes a quienes lo vulneran, más existen entidades tanto públicas como privadas que no respetan este derecho en particular.

 El objetivo de la presente investigación es el de diseñar protocolos de seguridad jurídica procesal para precautelar la aplicación del derecho a la igualdad de género al momento de aplicar procedimientos de violencia intrafamiliar, dentro de los cuales se deja en la fragilidad al varón vulnerado y se expone una situación de mayor credibilidad a la mujer inobservando el principio y derecho ya citados.

 Aplicando los protocolos de seguridad jurídica procesal expuestos en el marco propositivo, de la presente investigación la sociedad se concientizará sobre la existencia de violencia hacia el varón, el varón vulnerado y temeroso de demandar debido a las parcializaciones existentes romperá el silencio y con mayor seguridad se dirigirá hacia los tribunales de justicia en busca de la restauración de sus derechos y las mujeres agresoras comprenderán que ya no puede ultrajar los derechos de los demás aprovechando la situación de credibilidad casi absoluta por ser consideradas “vulnerables”.

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RECOMENDACIONES

 Los operadores de justicia deben tener en cuenta el derecho de igualdad de género y no discriminación en todo momento del proceso y los abogados deben exigir la aplicación es éste si notase cómo se quiere transgredir o transgrede el mismo.

 Dentro de los procedimientos de violencia intrafamiliar se deben aplicar protocolos de seguridad jurídica procesal que protejan al hombre vulnerado y de esta manera se lo ponga en igualdad de condiciones con la mujer.

 Las autoridades y miembros de la función pública, específicamente quienes integran las Unidades Judiciales de la violencia contra la mujer y miembros del núcleo familiar, deben considerar la fragilidad social en la que se encuentran los varones dentro de la materia de violencia intrafamiliar y recordar los logros de igualdad alcanzados para no hacer un retroceso social que no solo va en contra de la búsqueda de la igualdad en su totalidad sino también de la Constitución y las leyes, al momento de aplicar procedimientos de violencia intrafamiliar.

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