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2.1.- Modalidad de la investigación

La presente investigación es de carácter mixto ya que se aplica la modalidad cualitativa y cuantitativa. Cuantitativa porque ayuda a entender el fenómeno social y sus elementos que influyen al momento de comprender a quien afecta la violencia intrafamiliar, como es el caso a nivel mundial pese a que se ha ido concientizando sobre aquello aún existe mucha parte de la población que considera que sólo la mujer es agredida y el varón es simplemente el agresor, y al momento de receptar las denuncias por este hecho o de pedir boletas de auxilio se favorece más a la mujer, dejando al varón hasta cierto punto vulnerable.

Cualitativa debido a que se realizará una investigación de campo dentro de la cual se efectuará una encuesta a los abogados en libre ejercicio de la ciudad de Riobamba, provincia de Chimborazo, de cuyos resultados serán de gran utilidad para determinar la existencia o no de desigualdad de género dentro del ámbito de violencia intrafamiliar así como la necesidad de implementar protocolos de seguridad que protejan la actual vulnerabilidad del varón agredido, de igual forma se realizará una entrevista a un juez o jueza de la Unidad judicial de violencia contra la mujer y la familia.

2.2.- Tipos de investigación

Es de carácter exploratoria, debido a que ésta es considerada como un acercamiento científico a un problema, se la utiliza en esta investigación ya que se han recogido datos y seleccionado temas inherentes a la materia a investigar, de los cuales se han sacado conclusiones que aportan a la investigación. Es descriptiva ya que como su palabra lo menciona ayuda a describir, mediante el conocimiento de las situaciones, costumbres y actitudes predominantes a través de la descripción exacta de las actividades, objetos, procesos y personas.

2.3.- Población y muestra

El universo o población de la presente investigación es 1407 abogados y abogadas en libre ejercicio profesional del cantón Riobamba provincia de Chimborazo, legalmente registrados en el foro de abogados perteneciente al Consejo de la Judicatura de Chimborazo. La muestra con la que se va a efectuar el presente proyecto de

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investigación son 312 abogados y abogadas en libre ejercicio profesional del cantón Riobamba.Para poder determinar la muestra indicada en líneas anteriores se siguió el procedimiento detallado a continuación:

FÓRMULA: 𝑛 = 𝑁 (𝐸)2(𝑁 − 1) + 1 n = Tamaño de la Muestra N = Población o Universo E = Margen de Error (0.005) Resolución de la fórmula: 𝑛 = 1407 (0.005)2(1407 − 1) + 1 𝑛 = 1407 (0.0025)(1406) + 1 𝑛 = 1407 (3.515) + 1 𝑛 = 1407 4.515 𝒏 = 𝟑𝟏𝟐

2.4.- Métodos, técnicas e instrumentos de investigación

2.4.1.- Métodos

Inductivo: Porque analizamos otros factores como el aspecto social que influye a la desigualdad de género al momento de aplicar procedimientos de violencia intrafamiliar.

Deductivo: Porque se detalló la estructura determinada en la Constitución respecto al principio de igualdad, así como al derecho de igualdad de género dentro del aspecto de la violencia intrafamiliar, y se realizó una comparación con diversos libros, artículos y

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documentos que ayudaron a realizar una investigación más minuciosa sobre los estudios referentes a este tema.

Histórico- Lógico: Porque se analiza de forma científica los hechos e ideas del pasando y se comparan con hechos actuales, así como su evolución.

Método de investigación de campo y bibliográfico: Por la fuente de datos, debido a que la información teórica se basa en fuentes de primera mano o documentales, complementándose con información de campo para verificar comportamiento de variables.

2.4.2.- Técnicas

Encuestas.- Se realizaron a los 312 abogados y abogadas en libre ejercicio profesional del cantón Riobamba provincia de Chimborazo quienes debido a su ejercicio profesional conocen la existencia de la desigualdad de género dentro de la materia de violencia intrafamiliar. La entrevista que fue realizada a un representante de la Corte Constitucional del Ecuador con sede en el cantón Riobamba Provincia de Chimborazo, como especialista en derechos humanos y constitucional.

2.4.3.- Instrumentos

Cuestionario de 7 preguntas mediante el cual podremos determinar la existencia o no de desigualdad de género dentro de la materia de violencia intrafamiliar. Cuestionario de 1 pregunta efectuada al especialista en derecho de igualdad.

2.5.- Presentación de resultados

2.5.1.- Encuestas

Se ha efectuado una encuesta a 312 abogados y abogadas en libre ejercicio del cantón Riobamba provincia de Chimborazo, debidamente inscritos en el foro del Consejo de la Judicatura de Chimborazo, cantón Riobamba, con la finalidad de poder sustentar el problema plateado, debido a su amplio conocimiento de diversas materias dentro del ejercicio de su profesión, tienen mayor conocimiento del tema objeto de investigación, y su criterio no guará para la ejecución de la propuesta.

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Pregunta N° 1

¿Durante el ejercicio de su profesión usted ha patrocinado procesos de violencia intrafamiliar?

Tabla Nro. 1

ITEM FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 256 82%

NO 56 18%

TOTAL 312 100%

Fuente.- Encuesta a los abogados/as en libre ejercicio del cantón Riobamba.

Autora.- Marisol Mariuxi Andrango Castañeda.

Fuente: Tabla N°1

Interpretación

El gráfico 1 expresa que el 82% de los encuestados han patrocinado procesos de violencia intrafamiliar y apenas el 18% de ellos no los ha hechos.

Análisis de la interpretación

La violencia intrafamiliar es un problema social real y que día a día tiene mayor número de personas que rompen el silencio y deciden denunciar a su agresor u agresora, como lo muestra el gráfico 1 llega a mayor conocimiento del mismo dentro del campo legal en un 82%. si 82% no 18%

GRÁFICO 1

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Pregunta N° 2

Al momento de realizar el patrocinio referente a violencia intrafamiliar ¿ha notado usted que se dé más credibilidad a la mujer que al hombre?

Tabla Nro. 2

ITEM FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 193 62%

NO 119 38%

TOTAL 312 100%

Fuente.- Encuesta a los abogados/as en libre ejercicio del cantón Riobamba.

Autora.- Marisol Mariuxi Andrango Castañeda.

Fuente: tabla N° 2

Interpretación

El gráfico 2 da a conocer que el 62% de los encuestados consideran que si se da más credibilidad a la mujer que al varón dentro del proceso de violencia intrafamiliar y el 38% de ellos considera que no.

Análisis de la interpretación

Dentro del proceso de violencia intrafamiliar existe notablemente una parcialidad hacia la mujer como presunta víctima de violencia teniendo mayor credibilidad como se expresa en el gráfico 2 en el cual se denota que el 62% de los profesionales del derecho encuestados consideran la existencia de esta parcialidad.

62% 38%

Gráfico 2

si no

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Pregunta N° 3

¿Considera usted que existe un perjuicio sobre que el agresor familiar es el varón?

Tabla Nro. 3

ITEM FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 274 88%

NO 38 12%

TOTAL 312 100%

Fuente.- Encuesta a los abogados/as en libre ejercicio del cantón Riobamba.

Autora.- Marisol Mariuxi Andrango Castañeda.

Fuente: tabla N° 3

Interpretación

Del gráfico 3 se nota que el 88% de los encuestados consideran que existe un prejuicio de que el agresor familiar es el varón y el 12% de ellos consideran que no es así.

Análisis de la interpretación

Pese a los logros existentes dentro de las leyes ecuatorianas para que no exista discriminación de género aún encontramos la existencia de estereotipos y prejuicios sociales referentes al que el agresor familiar es el varón ante aquello el 88% de los abogados y abogadas en libre ejercicio profesional han notado este prejuicio existente.

88% 12%

Gráfico 3

SI NO

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Pregunta N° 4

¿Considera usted que dentro de la práctica de violencia intrafamiliar exista una igualdad entre el varón y la mujer?

Tabla Nro. 4

ITEM FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 87 28%

NO 225 72%

TOTAL 312 100%

Fuente.- Encuesta a los abogados/as en libre ejercicio del cantón Riobamba.

Autora.- Marisol Mariuxi Andrango Castañeda.

Fuente: tabla N° 4

Interpretación

En la gráfica 4 observamos que el 28% de los encuestados consideran que dentro de la práctica de violencia intrafamiliar si existe una igualdad entre hombres y mujeres, más el 72% de ellos denotan que no existe dicha igualdad.

Análisis de la interpretación

Al momento de efectuar la práctica de violencia intrafamiliar aún no existe la igualdad de género garantizada en la Constitución, instrumentos internacionales de derechos humanos y leyes ecuatorianas como lo manifiesta el 72% de los profesionales del derecho que se encuentran ejerciendo esta profesión.

28% 72% 72%

Gráfico 4

si no

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Pregunta N° 5

Al ser el varón estereotipado por la sociedad como “un cobarde” por ser golpeado por una mujer ¿Cree usted que sienta vergüenza para denunciar a su agresora?

Tabla Nro. 5

ITEM FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 288 92%

NO 24 8%

TOTAL 312 100%

Fuente.- Encuesta a los abogados/as en libre ejercicio del cantón Riobamba.

Autora.- Marisol Mariuxi Andrango Castañeda.

Fuente: tabla N° 5

Interpretación

En el gráfico 5 se observa que el 92% de los encuestados consideran que el varón siente vergüenza para denunciar a su agresora debido a que se le estereotipa como un cobarde al ser agredido por una mujer, más en 8% considera que no.

Análisis de la interpretación

El aspecto social es de gran influencia dentro del ámbito de creación y aplicación de las leyes, y en gran parte de la impunidad o prejuzgamiento de los culpables del cometimiento del delito, así se demuestra de la pregunta detallada con anterioridad y cómo el 92% de los abogados profesionales consideran cómo influye en la falta de denuncia del varón agredido.

92% 8%

Gráfico 5

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Pregunta N° 6

¿Sabe usted si existen protocolos de seguridad que protejan al hombre como víctima de violencia intrafamiliar?

Tabla Nro. 6

ITEM FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 28 9%

NO 284 91%

TOTAL 312 100%

Fuente.- Encuesta a los abogados/as en libre ejercicio del cantón Riobamba.

Autora.- Marisol Mariuxi Andrango Castañeda.

Fuente: tabla N° 6

Interpretación

El gráfico 6 expresa que el 91% de los encuestados no conocen de la existencia de protocolos de seguridad que protejan al hombre como víctima de violencia intrafamiliar y el 9% consideran que si existen dichos protocolos.

Análisis de la interpretación

Dentro de la práctica de violencia intrafamiliar existen ciertos protocolos de seguridad para la víctima de violencia intrafamiliar y muchos más para la mujer, pero no existen dichos protocolos que protejan exclusivamente al hombre vulnerado que se encuentra en desventaja dentro de ésta materia.

9%

91%

Gráfico 6

si no

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Pregunta N° 7

¿Considera usted que es importante que se implementen protocolos de seguridad que ayuden a la protección del varón víctima de violencia intrafamiliar?

Tabla Nro. 7

ITEM FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 284 91%

NO 28 9%

TOTAL 312 100%

Fuente.- Encuesta a los abogados/as en libre ejercicio del cantón Riobamba.

Autora.- Marisol Mariuxi Andrango Castañeda.

Fuente: tabla N° 7

Interpretación

El gráfico 7 expresa que el 91% de los encuestados consideran que si es importante que se implementen protocolos de seguridad que ayuden a la protección del varón víctima de violencia intrafamiliar y el 9% consideran que no es importante.

Análisis de la interpretación

Al no existir protocolos de seguridad que ayuden a la protección del varón víctima de violencia intrafamiliar es necesario implementar ciertos protocolos para así garantizar la igualdad de género y proporcionar al varón la igualdad garantizada en la constitución.

si 91% no

9%

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2.5.2.- Entrevista

La entrevista se efectuó a un representante de la Corte Constitucional de justicia con sede en la ciudad de Riobamba provincia de Chimborazo, ya que tiene un amplio conocimiento en derechos humanos y constitucional, por lo cual puede expresar su criterio acerca del derecho de igualdad de género y si se aplica o no en la práctica.

1.- ¿Considera que el derecho de igualdad de género, protege solo a las mujeres? Si, No ¿Por qué?

Respuesta

No, aunque por lo general este derecho se aplica más hacia a las mujeres por el hecho de ser más vulnerables y porque a lo largo de la historia han sido víctimas de desigualdad y discriminación tanto en el ámbito laboral como educativo o de participación social, en la actualidad la igualdad de género beneficia tanto al hombre como a la mujer, aunque por lo general la mujer es la que requiere mayor protección y aplicación de este derecho, por ello la Constitución es la principal garantista de este derecho, y también se encuentra reconocido por los instrumentos y tratados internacionales de los cuales el Estado ecuatoriano es partícipe.

Análisis

De la respuesta del especialista en derechos humanos y constitucional, se comprende que el derecho de igualdad de género como se ha analizado a lo largo de este trabajo favorece más a la mujer aunque es para la aplicación de ambos géneros, pero debido a que se considera de mayor vulnerabilidad por los derechos violados en tiempos anteriores muchas veces se cree que solo el género femenino tiene derecho a la igualdad de género o que aunque el hombre tiene este derecho no lo aplica debido a que no es vulnerado el mismo.

2.6.- Planteamiento de la propuesta

Dentro de los procedimientos de violencia intrafamiliar aún existen falencias al momento de aplicar el principio de igualdad y de garantizar mediante éste el derecho inherente a la igualdad, aunque encontramos leyes internas, tratos y convenios internacionales, jurisprudencia tanto nacional como internacional, la misma Constitución como norma

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suprema ante todas, que garantizan la aplicación de las medidas necesarias para que se pueda ejecutar el derecho de igualdad de la mejor manera posible.

Dentro de la práctica podemos notar aún cierta parcialización hacia las mujeres que acuden como presuntas víctimas cuando algunas de ellas realmente no lo son y que aprovechándose de esta credibilidad favorable con que gozan ultrajan al varón mediante chantajes o acusaciones falsas, la ley está estipulada pero su aplicación de una forma real y garantista de derechos dentro de estos procedimientos no se puede observar aún.

Por ello la propuesta de la presente investigación consiste en diseñar protocolos de seguridad jurídica procesal de violencia intrafamiliar que protejan al varón víctima de agresión o chantaje por su pareja, que busquen la igualdad y equidad de género no sea letra muerta sino también en la práctica como el incorporar a jueces del género masculino dentro de las unidades de violencia contra la mujer y miembros del núcleo familiar para precautelar la ejecución del derecho a la igualdad de género al momento de aplicar procedimiento de violencia intrafamiliar en el cantón Riobamba provincia de Chimborazo.

Para lograr garantizar la aplicación del derecho de igualdad de género al momento de aplicar procedimientos de violencia intrafamiliar es importante realizar diseños de protocolos de seguridad jurídica procesal que garanticen la protección del varón vulnerado y así exista una coherencia de la aplicación de procedimientos de violencia intrafamiliar con la Constitución de la República y los derechos fundamentales de las personas.

En este caso el de igualdad de género contemplado en el Art. 66 numeral 4 de la Constitución de la República del Ecuador, así como en los Arts. 1 y 7 de la Declaración Universal de derechos Humanos.

Recordando también que dentro de nuestra legislación ecuatoriana la Constitución expresa la igualdad jerárquica de todos los derechos que por el hecho de ser seres humanos gozamos, expresando también que son inalienables, irrenunciables, indivisibles, e interdependientes en su Art. 11 numeral 6, debido a que no se pueden aplicar a medias sino en su totalidad, cada uno subsiste por sí mismo por ello no requiere de la aplicación de otros para que se garantice uno, pero puede ser vulnerado más de uno de ellos.

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