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11.6* CONEXIÓN A TIERRA Y ATERRIZAJE.

In document nfpa 30a (página 43-47)

11.6.1* Las tuberías en malecones deben estar conectadas a tierra y aterrizadas. Las

conexiones a tierra y de aterrizaje en todas las tuberías deben estar ubicadas en el lado del malecón de las bridas aislantes del tubo vertical de la manguera, si se utilizan, y debe ser accesible para inspección.

11.6.2 La boquilla de entrega de combustible debe ponerse en contacto con el tubo de

llenado de la embarcación antes de que comience el flujo de combustible, y este contacto de puesta a tierra debe mantenerse continuamente hasta que se detenga el flujo de combustible para evitar la posibilidad de descarga electrostática.

11.7 CONTROL DEL FUEGO.

11.7.1 Cada instalación dispensadora de combustible para motor marítima debe estar

provista de extintores de fuego instalados, inspeccionados y mantenidos de acuerdo con lo exigido por la norma NFPA 10. Se deben proveer extintores para áreas dispensadoras de combustible para motor de acuerdo con los requisitos para riesgos extraordinarios (altos) Clase B, con la excepción de que se debe permitir que la distancia máxima de recorrido para un extintor 80 B:C sea de 31 m (100 pies).

11.7.2 Los malecones que se extienden más de 152 m (500 pies) en distancia de

recorrido desde la costa deben estar provistos de un tubo vertical Clase III instalado de acuerdo con la norma NFPA 14.

11.7.3 No se debe ubicar material en malecones de manera que obstruyan el acceso

a equipo contra incendios o válvulas de control de tubería importante. Cuando el malecón tenga acceso a tráfico vehicular, se debe mantener una carretera sin obstáculos hasta la orilla del muelle para el acceso de aparatos contra incendio.

11.8 CONTENEDORES Y TANQUES MÓVILES.

11.8.1 Se debe permitir el uso temporal de tanques móviles en conjunto con la

dispensación de líquidos en los tanques de combustible de embarcaciones marítimas en predios que normalmente no son accesibles al público. Dichas instalaciones deben realizarse sólo con la aprobación de la autoridad competente.

11.8.2* No se deben dispensar líquidos Clase I ó Clase II en contenedores

transportablees a menos que estén construidos de metal o tengan aprobación de la autoridad competente, con un cierre hermético y estén acondicionados con una espita o estén diseñados de manera que se pueda dispensar el contenido sin derrame.

11.8.3 No se deben llenar contenedores transportablees cuya capacidad sea de 45 L

(12 galones o menos) mientras estén dentro o sobre una embarcación marítima.

11.9 INSTALACIONES DE ABASTECIMIENTO DE COMBUSTIBLE EN TANQUES DE CARGA. Las disposiciones del numeral 11.2 no deben prohibir la dispensación de

líquidos Clase II en la apertura desde un vehículo con tanque hasta una embarcación marítima ubicada en establecimientos comerciales, industriales, gubernamentales o de manufactura cuando el líquido está destinado para abastecimiento de combustible de embarcaciones marítimas utilizadas en conexión con sus operaciones, si se han cumplido los requisitos de los numerales 11.91 a 11.9.7.

11.9.1 La autoridad competente debe realizar una inspección de los predios y

operaciones y otorgar aprobación.

11.9.3 La longitud de la manguera dispensadora no debe ser mayor de 15 m (50 pies). 11.9.4 La boquilla dispensadora debe ser de tipo cierre automático sin dispositivo de

pestillo de bloqueo en posición abierta.

11.9.5 Sólo deben realizarse entregas nocturnas en áreas consideradas con

adecuada iluminación por la autoridad competente.

11.9.6 Las luces intermitentes del vehículo de tanque deben estar en operación

durante la dispensación.

11.9.7 Se debe dejar espacio de expansión de combustible en cada tanque de

combustible para evitar sobreflujo en caso de un incremento de temperatura.

11.10 REQUISITOS DE OPERACIÓN.

11.10.1Debe ser responsabilidad de quien atiende:

(1) Evitar la dispensación de líquidos Clase I en recipientes transportablees que no cumplan con el numeral 11.8.2

(2) Conocer el sistema de dispensación y los controles de detención de emergencia.

(3) Garantizar que la embarcación esté atracada en forma adecuada y que se realicen todas las conexiones.

(4) Estar a máximo 4.6 m (15 pies) de los controles de dispensación durante la operación de abastecimiento de combustible y mantener una vista directa, clara y sin obstáculos de la boca de llenado de combustible de la embarcación y el control de detención de combustible de emergencia.

11.10.2 El abastecimiento de combustible no debe realizarse en la noche excepto bajo

condiciones de buena iluminación.

11.10.3 Durante las operaciones de abastecimiento de combustible, se debe prohibir

fumar a bordo del buque o embarcación marítima y el área de dispensación.

11.10.4 Antes de abrir los tanques del buque para abastecerlo de combustible, se

deben tomar las siguientes precauciones:

(1) Se deben apagar todas las máquinas, motores, ventiladores y sopladores de sentina.

(2) Se debe extinguir toda llama abierta y elementos para fumar y se debe apagar todo elemento de calentamiento expuesto.

(3) Se deben apagar las estufas de la cocina.

(4) Se deben cerrar todas las portas, ventanas, puertas y escotillas.

11.10.5 Después de haber cesado el flujo del combustible, debe ocurrir lo siguiente:

(1) Se debe asegurar herméticamente el tapón de llenado. (2) Se debe limpiar de inmediato cualquier derrame.

(3) Si se ha entregado líquido Clase I, el buque o la embarcación marítima enteros deben permanecer abiertos.

(4) Los sopladores de sentina deben encenderse y dejarse en funcionamiento durante mínimo 5 minutos antes de dar arranque a cualquier motor o encender estufas de cocina. Si no se cuenta con sopladores de sentina, se debe requerir 10 minutos de ventilación.

11.10.6 Ningún líquido Clase I debe entregarse en ningún buque con tanques

ubicados por debajo del muelle a menos que cada tanque esté equipado con un tubo de llenado separado cuyo extremo de recepción esté conectado de forma segura a una placa de la cubierta y acondicionado con un tapón roscado. Dicho tubo debe extenderse hasta entrar al tanque. Los buques que reciban líquidos Clase II ó Clase III A deben tener el extremo de recepción del tubo de llenado conectado de forma segura a una placa de la cubierta y acondicionado con un tapón roscado. Se debe permitir conectar dicho tubo a un sistema múltiple que se extienda hasta ingresar en cada tanque separado. Cada tanque debe estar provisto de un tubo de venteo adecuado que debe extenderse desde el tanque hasta el exterior de la brazola o barandas encerradas de modo que los vapores se disipen fuera de borda.

11.10.7 Los propietarios u operadores no deben ofrecer su buque o embarcación

marítima para abastecimiento de combustible, a menos que ocurra lo siguiente:

(1) Los tanques que se están llenando están ventilados de forma adecuada para disipar los vapores a la atmósfera exterior y los sistemas de combustible son herméticos a los líquidos y herméticos al vapor con respecto a todos los espacios interiores.

(2) Todos los sistemas de combustible cuentan con diseño, instalación y mantenimiento de acuerdo con las especificaciones del fabricante del buque o embarcación marítima.

(3) Se ha establecido comunicación entre la persona que atiende el abastecimiento de combustible y quien controla el buque o embarcación que recibe el combustible de modo que se determine la capacidad de combustible del buque, la cantidad de combustible a bordo y la cantidad de combustible que va a tomarse a bordo.

(4) Los sistemas de conexión a tierra y aterrizaje del buque o embarcación se han mantenido de acuerdo con las especificaciones del fabricante.

11.10.8 En el área de dispensación se debe colocar en forma llamativa una señal con

el siguiente texto impreso en letras mayúsculas rojas de 50 mm (2 pulgadas) sobre un fondo blanco:

Antes de abastecer de combustible: (1) Detenga todos los motores y accesorios.

(2) Apague todas las fuentes de electricidad, llamas abiertas y calor. (3) Revise que no haya vapores de combustible en todas las sentinas. (4) Extinga todos los elementos para fumar.

(5) Cierre los accesorios de acceso y las aberturas que pudieran permitir el ingreso de vapores de combustible en espacios cerrados del buque.

Durante el abastecimiento: (1) Mantenga la boquilla en contacto con el tubo de llenado. (2) Limpie cualquier derrame de inmediato.

(3) Evite el sobrellenado.

(4) Se debe estar pendiente de la boquilla de llenado de combustible en todo momento.

(1) Inspeccione que no haya fuga ni olores de combustible en las sentinas. (2) Ventile hasta que se vayan los olores.

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