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Capítulo III. Estrategia

3.6. Cumplimiento de los principios horizontales

3.6.1 Consideraciones Generales

En el Anexo I del RDC, apartado 5, quedan señaladas las directrices que deben seguir los Estados Miembros en orden a cumplir con los principios horizontales.

En concreto, durante el desarrollo del POCInt, se han tenido en cuenta los siguientes: o El principio de Asociación y Gobernanza multinivel según establece el artículo

5, así como lo dispuesto en el Reglamento Delegado (UE) Nº 240/2014 de la Comisión, relativo al Código Europeo de Conducta.

o El principio de Promoción de la igualdad entre hombres y mujeres y no discriminación, según figura en el artículo 7.

o Y el principio de Desarrollo sostenible, recogido en el artículo 8.

En el mismo reglamento, en el artículo 55, párrafo 3, puntos l) y m), consta que la evaluación ex-ante debe examinar "la adecuación de las medidas previstas para promover la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, prevenir todo tipo de

discriminación, en particular a la accesibilidad para personas con discapacidad, y promover el desarrollo sostenible".

Además de los principios horizontales, otros aspectos a considerarse son los

objetivos transversales de fomento y generación de acciones innovadoras,

debido a que su consecución conlleva a cambios en los procesos, las estructuras y los valores organizativos, y contribuyen a la activación del conocimiento. En ese sentido, se puede afirmar que las innovaciones sociales y ecológicas son importantes para una modernización de la economía, orientada a la inversión de nuevas tecnologías e innovación organizativa a través del conocimiento, facilitando la adquisición de habilidades y competencias, la adaptación de la organización del trabajo y las empresas, el establecimiento de redes de negocios y asociaciones entre las partes interesadas buscando a la vez un desarrollo sostenible.

El presente Programa Operativo debe tener en consideración a lo largo de su desarrollo tanto en el diseño como en la evaluación y control, el cumplimiento de cuestiones específicas de fomento de la no discriminación, la inclusión laboral, el estímulo y desarrollo de capacidades creativas y de la cultura emprendedora (innovación), el fomento del cuidado y respeto al medioambiente y el desarrollo de mecanismos de participación de la sociedad y el fomento del partenariado.

Estos principios son elementos que se han considerado ya en periodos anteriores. Por ello, el equipo evaluador del POCInt, valora en este apartado el grado de inclusión de estos principios, tanto de forma específica como transversalmente en toda la programación. Siguiendo indicaciones de la guía de evaluación ex-ante, se presenta a continuación un análisis de la integración de estos principios y su grado de ajuste tanto con la normativa europea, como estatal y regional.

Promoción de la igualdad entre hombres y mujeres

La igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en la UE ha sido uno de los elementos vertebradores de las políticas durante las últimas décadas. Prueba de ello, es la importancia otorgada a la incorporación de la perspectiva de género en todas las actuaciones cofinanciadas por los Fondos EIE.

Por tanto, en materia de la igualdad entre hombres y mujeres, el presente análisis contemplarán las siguientes cuestiones:

a) El conocimiento e incorporación de la cuestión de género al elaborar el POCInt, esto es, si el análisis de contexto, el diagnóstico, la estrategia y los objetivos responden a las necesidades de la población en términos de reducción de las desigualdades entre hombres y mujeres, en el tratamiento analítico socioeconómico, en la elaboración del programa, y en todos los dictámenes con organismos responsables de cuestiones de igualdad, así como otros organismos implicados.

b) La contribución del POCInt en la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y las modalidades previstas para garantizar la integración de la dimensión hombres-mujeres tanto en el nivel general del Programa como en la descripción de las acciones a financiar, además de verificar si se incluye en la

programación las disposiciones relativas a su integración en los procesos de implementación, seguimiento y evaluación.

c) El correcto uso del lenguaje, obviando el uso de expresiones sexistas.

d) La desagregación en función del sexo siempre que sea pertinente, y los datos y estadísticas que se utilicen estén disponibles por género, en todos los indicadores de producto o resultado que se incluyan en la programación.

e) La implantación de un sistema de seguimiento y evaluación en materia de género, con información total y desagregada por sexo, que permita cuantificar el impacto de la política y la aplicación del principio de igualdad de género.

Fomento de la igualdad de oportunidades y prevención de la discriminación.

Teniendo en cuenta el artículo 55.3 letra l del RDC, en la que advierte que la evaluación ex-ante debe examinar "la adecuación de las medidas previstas para promover la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, prevenir todo tipo de discriminación, en particular a la accesibilidad para personas con discapacidad”, se impone valorar la estrategia establecida en todo el Programa Operativo en lo referente a la igualdad de oportunidades y la prevención de la discriminación. En este punto, como en el anterior, es imprescindible tener en cuenta:

a) El conocimiento e incorporación del fomento de la igualdad de oportunidades y prevención de la discriminación al elaborar el POCInt, incluyéndolo en el contexto, en la estrategia y en los objetivos en cuanto a las necesidades de la población en este aspecto.

b) La contribución del POCInt en el fomento de la igualdad de oportunidades y prevención de la discriminación en todos los niveles del programa como en las operaciones que en él se detallan. Por eso se evalúan las acciones a financiar, previstas en la programación, como medidas dirigidas a los beneficiarios del programa en la identificación de problemas/necesidades, definición de objetivos, decisiones relativas a la asignación de recursos, selección de acciones a ser apoyadas, formas previstas para el acceso a la financiación, etc.

Fomento del desarrollo sostenible

Los grandes retos de la Política de Cohesión a través de los Fondos EIE se perseguirán en el marco del desarrollo sostenible y del fomento por parte de la Unión del objetivo de conservación, protección y mejora de la calidad del medio ambiente48. Los Estados miembros y la Comisión velarán por que en la preparación y la ejecución de los Acuerdos de Asociación y los Programas Operativos, se promuevan los requisitos de protección medioambiental, la eficiencia de los recursos, la mitigación y adaptación al cambio climático, la biodiversidad, protección de ecosistemas, la capacidad de adaptación frente a los desastres y la prevención y gestión de riesgos a fin de evitar o reducir los efectos perjudiciales para el medio ambiente de las intervenciones y de garantizar resultados en beneficios netos de carácter social, medioambiental y climático.

48

Como se menciona anteriormente, el art. 55.3.m) del RDC contempla que la evaluación ex-ante debe verificar la integración de este principio de forma horizontal en toda la programación.

Innovación social y ecológica

A lo largo de los últimos años, las políticas de la Unión Europea vienen orientando la necesidad de contemplar en las estrategias de los países el análisis de la situación socioeconómica que busque los posibles campos de actuación donde la innovación social y ecológica pueda tener mayor impacto.

En este periodo, la Estrategia Europea 2020 señala el camino hacia el crecimiento que sea inteligente, sostenible e integrador, a través del objetivo que busca la mejora del rendimiento de la Unión en materia de conocimiento, investigación e innovación y sociedad digital.

En ese sentido, el equipo de la evaluación ex ante considera que la innovación en general y aplicado verticalmente, puede favorecer la aplicación de reformas en todas las acciones de los programas y políticas públicas ya que contribuyen al cumplimiento de los objetivos mediante el fomento de la inclusión social, activando el conocimiento y el aprendizaje, a la vez de estimular del empleo y la economía.

Gobernanza

Para finalizar lo relativo a principios horizontales y objetivos transversales, se evalúa la gobernanza en el POCInt. Esta se puede definir como el desarrollo de un proceso participativo, donde se favorezca la cooperación de autoridades, organismos regionales, e interlocutores institucionales, económicos y sociales y cualquier otro organismo pertinente que represente a la sociedad civil.

Debido a la relevancia de este aspecto en el desarrollo del Programa, en la presente evaluación ex-ante se dedica un apartado específico que analiza en detalle este principio.

3.6.2. Valoración cualitativa del cumplimiento de los principios