25000-23-27-000-2005-01895-01(16388)”, en donde el Juez en primera instancia denegó 2 de los 3 testimonios solicitados por la parte actora, teniendo en cuenta que con ellos se pretendía demostrar la existencia de la costumbre mercantil.
Para finalizar y dar una respuesta al cuestionamiento citado al comenzar el estudio de las jurisprudencias y los laudos arbitrales, se dirá que la falta de interpretación al momento de probar la costumbre mercantil corresponde tanto a quien quiere demostrar su existencia y al Juez del Proceso, ya que se está desconociendo la normatividad legal establecida por nuestro ordenamiento jurídico para probar la
costumbre, es por ello que en el siguiente título de este trabajo se planteará una política pública para que la costumbre mercantil adquiera seriedad como fuente de derecho tanto civil como comercial.
4. DECLIVE Y DESUSO DE LA COSTUMBRE MERCANTIL Y POLÍTICAS PÚBLICAS PARA REACTIVARLA
4.1 CAUSAS
4.1.1 Fortalecimiento del derecho positivo. Antes de entrar analizar esta causa, es necesario dar una definición de lo que es el derecho positivo, el cual se define de la siguiente manera:
Conjunto de disposiciones legales escritas, vigentes en un estado, dictadas por sus órganos competentes; en general el Poder Legislativo, Congreso o Parlamento, de aplicación coactiva a sus habitantes, y que estos deben cumplir, sin poder alegar su desconocimiento, pues se publican antes de entrar en vigencia (Monterroso, 1993, p. 33).
De la anterior definición, se deriva entonces de nuestra Ley Civil el Artículo 9, el cual reza lo siguiente: “La ignorancia de las leyes no sirve de excusa”, lo que da fuerza a la Ley, para que deba ser conocida por toda la colectividad, en diferencia al costumbre mercantil, la cual se va formando por la repetición de una conducta, que al final es reconocida por la comunidad.
A partir de esta diferencia, también es claro mencionar que la Ley, tiene un sistema de formación reconocido por la Constitución Nacional, mientras que para la costumbre mercantil, no se exigen tantos requisitos como para la creación de las leyes que nos rigen hoy día.
En Colombia, es un hecho notorio, la gran fuerza que tiene la Ley, cada día se crean más de 20 normas, que regulan todos los campos conocidos y por haber, lo que nos convierte entonces en un país positivista.
Entonces la Costumbre, pasa a un segundo plano, toda vez que en la gran mayoría de casos las decisiones se toman haciendo uso de las leyes vigentes para cada caso y cada campo.
4.1.2 Entrada en vigencia del sistema oral. Con la entrada en vigencia del sistema oral, que se encuentra regulada con el nuevo Código General del Proceso, la oralidad se adueñará de nuestro procedimiento penal, laboral, administrativo, familia y civil, dejando claridad que en las materias penal y laboral, se viene implementando ya desde años atrás; lo que es claro es que con la oralidad se refuerce el principio de la celeridad, lo cual llevará a que los procesos terminen en una sola audiencia, lo que llevará a que prácticamente desaparezca la costumbre mercantil, ya que en estos procesos es poco el uso que se le da a esta importante fuente del derecho mercantil, el cual se está trabajando en el presente escrito.
4.2 DEFINICIÓN DE POLÍTICA PÚBLICA
Diferentes Autores han dado las siguientes definiciones de lo que es la política pública:
Meny & Thoenig (1992) señalan que una política pública, en términos muy generales, es “un programa de acción gubernamental en un sector de la sociedad o en un espacio geográfico” (p. 69).
Vargas (1999) ha dicho que una política pública “es el conjunto de sucesivas iniciativas, y acciones del régimen político frente a situaciones socialmente
problemáticas y que buscan la resolución de las mismas o llevarlas a niveles manejables” (p. 34).
Roth (2002), ha propuesto que una política pública
Existe siempre y cuando instituciones estatales asuman total o parcialmente la tarea de alcanzar objetivos estimados como deseables o necesarios, por medio de un proceso destinado a cambiar un estado de cosas percibido como problemático
(….)
El análisis de las políticas públicas consiste en examinar una serie de objetivos, de medios y de acciones definidos por el Estado para transformar total o parcialmente la sociedad (p. 74).
Muller (2002) ha dicho que:“Política pública es un proceso de mediación social, en la medida en que el objeto de cada política pública es tomar a cargo los desajustes que pueden ocurrir entre un sector y otros, o aun, entre un sector y la sociedad global “(p.27).
Teniendo en cuenta las definiciones mencionadas anteriormente, se diseñará un modelo de política pública, cuyo objetivo será revitalizar la Costumbre Mercantil, generando así que haya dos caminos a seguir al momento de resolver un conflicto, uno que será hacer uso de la Ley (Civil, Penal, Laboral, Administrativa, etc.) como tradicionalmente se ha venido aplicando durante los últimos años, y la otra opción será hacer uso de la Costumbre Mercantil como requisito de procedibilidad , lo que evitará así que muchos conflictos se resuelvan en los estrados judiciales.
Por lo anterior presento el Diseño de Política Pública que se pretende establecer en la presente investigación.
4.3 DISEÑO DE LA POLÍTICA PÚBLICA
Cuadro 5. Fase I Diseño Política Pública.
FASE ACCIONES ESTRATÉGICAS
1 Elaboración de la agenda pública
Identificación del marco de referencia
Identificación del problema, situación prioritaria o
potencialidad ACCIONES ESPECÍFICAS
Revisión previa de marcos y contextos
*Costumbre Mercantil a Nivel Nacional y Regional *Uso de la Costumbre Mercantil a
Nivel Nacional y Regional
ACCIONES ESPECÍFICAS