Capítulo II: Procedimiento y forma de adjudicación del contrato
13.14 Contenido de las proposiciones
Los licitadores presentarán la documentación requerida en dos categorías de documentos llamados sobres, firmados y señalados con los números 1 y 2.
El SOBRE Nº 1 contendrá la documentación administrativa establecida en la Cláusula 14.1 de este Pliego. Por su parte, el SOBRE Nº 2 -propuesta técnica, de gestión y económica- deberá estar conformado por tres sobres: 2.1 (propuesta técnica), 2.2 (propuesta de gestión) y 2.3 (propuesta económica), cerrados e independientes, con el contenido específico que se describe en esta cláusula.
Cuadro resumen del contenido de los diferentes sobres:
SOBRE Nº1: Documentación Administrativa Cláusula 14.1 SOBRE Nº2: Proposición Sobre 2.1: Técnica Cláusula 14.2.1
Sobre 2.2: Gestión Cláusula 14.2.2 Sobre 2.3: Económica Cláusula 14.2.3
En cada uno de los sobres figurará la indicación "Licitación para el contrato de concesión de servicios para la rehabilitación, conservación y explotación de la Autopista Radial 3 Madrid – Arganda”, razón social de cada uno de los licitadores o miembros de la agrupación de licitadores, firma del licitador o representante del mismo, domicilio designado a efectos de notificaciones, teléfono, fax, y correo electrónico.
Los licitadores respetarán en su presentación de documentos el orden establecido en las cláusulas que siguen, incluso para aquellos apartados en los que, por las razones que aduzcan, no proceda su presentación. Los sobres incluirán la documentación que a continuación se indica:
13.14.1 SOBRE Nº 1: Documentación administrativa
1. En forma visible, y sin que sea preciso para su lectura abrir el sobre, se consignará lo siguiente:
SOBRE Nº1
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Título del Contrato: Licitación para el contrato de concesión de servicios para la rehabilitación, conservación y explotación de la Autopista Radial 3 Madrid – Arganda. Referencia completa del expediente consignado en el anuncio de licitación del B.O.E. y número de expediente.
Licitador: (razón social y C.I.F.): Dirección:
Teléfono/Fax/Correo electrónico: Fecha y firma:
2. En el SOBRE Nº 1 figurarán los siguientes documentos, originales o copias de los mismos que tengan el carácter de auténticas conforme a la legislación vigente, acompañados, en hoja independiente, de una relación de todos los documentos que el licitador incluya en este sobre:
a) Documentos acreditativos de la personalidad empresarial y la capacidad de obrar de los licitadores en la forma exigida por la LCSP
1. Para la acreditación de la personalidad empresarial y la capacidad de obrar de los licitadores, habrá de aportarse la siguiente documentación:
1) Si el licitador fuere una o varias personas jurídicas, deberán presentar copia autorizada o testimonio notarial de la escritura de constitución o de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos, o acto fundacional, en la que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial.
2) En el caso de que varios licitadores concurrieran con el compromiso de constituir una sociedad concesionaria, se facilitará por los licitadores un escrito que consista en una relación de los futuros promotores de la sociedad, así como una descripción de las características tanto jurídicas como financieras de la misma, los porcentajes de participación de los promotores en la citada sociedad. Asimismo, se nombrará un apoderado que representará a los promotores de la sociedad concesionaria hasta la constitución de la misma. El escrito habrá de estar firmado por los representantes de las diversas empresas promotoras, así como por el citado apoderado. Este apoderado será el representante único para la firma de la oferta cuya representación se acreditará mediante escritura de apoderamiento acompañada de fotocopia legitimada del DNI o documento equivalente. Deberá aportarse, igualmente, copia de las actas de los acuerdos de los órganos competentes de los distintos licitadores que integrarían la sociedad concesionaria, aprobando la participación en el capital social de la sociedad concesionaria en porcentajes determinados, así como copia de las actas de los acuerdos de dichos órganos
comprometiéndose a cumplir estrictamente la regulación que, con relación a la sociedad concesionaria, se establecen en el presente Pliego, y en la propuesta económica, con mención específica a las aportaciones de recursos.
3) Los licitadores individuales deberán presentar el documento nacional de identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces, así como el compromiso de constituir una sociedad, en caso de resultar adjudicatario.
4) La capacidad de obrar de las empresas extranjeras se acreditará conforme a lo establecido en el artículo 84 de la LCSP.
5) Para las empresas extranjeras, se exige asimismo una declaración expresa de sometimiento a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. 6) Deberá presentarse declaración responsable, otorgada ante una Autoridad Administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, o ante una autoridad judicial en los supuestos admitidos normativamente de los siguientes extremos:
No estar incurso en prohibición de contratar conforme al artículo 71 de la LCSP.
Hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de la justificación acreditativa de que tal requisito se exija antes de la adjudicación conforme al presente pliego.
Las personas físicas, mediante declaración responsable, o los administradores de las personas jurídicas, mediante la oportuna certificación expedida por su órgano de dirección o representación competente, deberán acreditar que no están incursos en los supuestos a que se refiere la Ley 3/2015, de 30 de marzo reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración del Estado, en sus artículos relativos a las incompatibilidades recogidos en el Título II.
En su caso, no existir obligación de presentar alguna de las declaraciones o documentos a que se refieren los artículos 13 y 14 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
7) Resguardo acreditativo de haber constituido garantía provisional en los términos establecidos en el presente Pliego.
8) Declaración responsable de que no se presenta a la licitación ninguna de dichas empresas vinculadas a cada uno de los partícipes formando parte de otra oferta.
9) Compromiso de adscribir a la ejecución del contrato los medios materiales y personales suficientes para ello en la forma y condiciones determinadas en los Pliegos que rigen el presente contrato.
10) Compromiso de adoptar el modelo de contabilidad regulado en Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad y adaptación sectorial a las sociedades concesionarias de autopistas, túneles, puentes y otras vías de peaje.
2. Cuando dos o más empresarios presenten una oferta conjunta, cada uno de ellos acreditará su personalidad y capacidad en la forma descrita en el presente apartado.
b) Documentos acreditativos de la representación
Respecto a los documentos acreditativos de la representación, habrá de incluirse la siguiente documentación:
1) Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán documentación acreditativa de la representación debidamente bastanteada.
2) Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación, deberá acompañar copia compulsada, notarial o administrativamente, de su documento nacional de identidad.
3) Cuando dos o más empresarios presenten una oferta conjuntamente, cada uno de ellos acreditará la representación en la forma descrita anteriormente.
c) Documentos acreditativos de la solvencia económica y financiera
Los licitadores, tanto nacionales como extranjeros, deberán justificar su solvencia económica y financiera conforme a uno o varios de los medios siguientes, de acuerdo al artículo 87 de la LCSP 9/2017:
1) El volumen de negocios mínimo anual exigido será de 6.200.000,00 euros, que no