2. FORMAS DE GESTIÓN SU EFICACIA
2.1. Gestión tributaria
2.1.4. El Control de las Oficinas Liquidadoras
1. La importancia de la gestión realizada por dichas Oficinas puede apreciarse si se tiene en cuenta que el 57,6% de las declaraciones del ISD se presentan en las mismas (59,8% en 2010), así como el 28,2% de las relativas a ITP y AJD (27,6% en 2010). A su vez los ingresos recaudados por las mismas suponen el 49,6% de la recaudación por ISD, el 35,9% del ITP y el 33,0% de AJD (47,6%, 37,2% y 31,6% respectivamente en 2010).
El marco normativo descansa en el Decreto 76/2010, de 18 de marzo (DOE del 25 de marzo), por el que se regulan las condiciones de ejercicio de las competencias delegadas en las OOLL de Distrito Hipotecario para la gestión y liquidación de los impuestos ITPAJD y ISD, y se aprueba su régimen de creación, división y supresión. Este Decreto pretende regular de forma integral las relaciones entre la CAE y los Registradores de la Propiedad a cargo de OOLL. Enumera las funciones de naturaleza tributaria encomendadas a dichas Oficinas y regula su régimen de creación, división y supresión, estableciendo en este sentido que dichas actuaciones se llevarán a cabo mediante Orden del Consejero competente en materia de Hacienda. También habilita a dicho Consejero para formalizar un nuevo Convenio con el Colegio de Registradores, sin perjuicio de que hasta ese momento mantenga su vigencia el Convenio de 1 de julio de 1997.
El mencionado Decreto establece en Anexo los términos municipales adscritos a las cuatro OOGG de la CAE y a las 22 OOLL de Distrito Hipotecario (12 en Badajoz y 10 en Cáceres). El número de oficinas para una Comunidad como la de Extremadura puede considerarse, en principio, elevado, tanto si se consideran parámetros de población, número de declaraciones o recaudación. En las 22 oficinas se recauda sólo en torno a un tercio del ITPAJD y la mitad del ISD. Por tanto, el fraccionamiento de la actividad administrativa es importante y, considerando además que las diferencias en tamaño entre unas y otras oficinas son grandes, no es difícil imaginar la complejidad que, al menos teóricamente, existe para conseguir que la calidad de la gestión realizada en todas las oficinas alcance los niveles mínimos requeridos. No obstante, los progresos realizados, que pueden observarse en las actas de las visitas a todas las oficinas, y la impresión manifestada por los responsables de las actuaciones de control por parte de la CAE alejan de momento la urgencia de un planteamiento claro de reducción de oficinas. Efectivamente, los contactos establecidos con el Colegio de Registradores y los esfuerzos en las labores de formación y normalización de procedimientos parecen haber dado sus frutos y se observa una clara mejoría en los informes elaborados para la gestión de 2010 de las visitas practicadas en 2011 en relación con las del año anterior.
Entre los instrumentos que facilitan un comportamiento homogéneo de las diferentes oficinas destaca el hecho de que todas funcionan con la misma aplicación del Colegio de Registradores, lo que facilita la obtención de datos de forma homogénea y automática, así como el seguimiento estadístico. El hecho de que, aunque no integradas de momento en el mismo sistema informático de la DGFA, exista una conexión con todas
que permite la consulta de expedientes desde los Servicios Centrales facilita, además, las labores de control. En el Decreto 76/2010 se prevé expresamente que las OOLL se integraran informáticamente con el resto de dependencias de la DGFA en la aplicación de los tributos, a partir de la puesta en marcha del sistema DEHESA, lo que indudablemente facilitará aún más no sólo la integración de la información tributaria de toda la Comunidad, sino un mayor grado de homogeneización, de una parte, y de control, por otra, de la gestión tributaria.
Otros instrumentos actuales de control de la actividad de las OOLL son la rendición mensual de partes y la remisión de expedientes al Servicio de Valoraciones y, en su caso, al Servicio de Inspección. En materia de valoraciones, la aplicación de los métodos objetivos que se describen más adelante, así como la remisión en el caso de que no puedan aplicarse y el control en las visitas de estos extremos facilita también un comportamiento homogéneo en todas las oficinas de la Comunidad. También se distribuye la actualización permanente de la compilación de de Instrucciones y Circulares dictadas por la DGFA.
No se fijan objetivos a las OOLL.
2. Las funciones de inspección de las OOLL están atribuidas al servicio de Inspección Fiscal. Las visitas de Inspección a las OOLL están previstas, tanto en el Decreto anteriormente mencionado como en el Convenio de 1997.
En 2011 se visitaron todas las OOLL por dos equipos de dos inspectores cada uno (uno para todas las oficinas de Badajoz y otro para todas las de Cáceres). Los informes que contienen los resultados de las comprobaciones realizadas en el curso de las visitas son suficientemente detallados y responden a un guión de trabajo que permite obtener los resultados perseguidos de conocer la situación de las oficinas en relación con su carga de trabajo y analizar el grado de calidad de las actuaciones de gestión tributaria. En las visitas se realizan, mediante análisis muestral de los expedientes, comprobaciones detalladas sobre la regularidad de la tramitación.
En los informes se constata la enorme disparidad existente entre unas oficinas en cuanto a su tamaño, carga de trabajo, personal dedicado y calidad en la gestión desarrollada. Destacan como muy bien gestionadas las Oficinas de don Benito, Alcántara, Castuera, Jarandilla de la Vera y Olivenza. Por otra parte, se aprecian mejoras en la práctica totalidad de oficinas en las que se observaban problemas importantes en ejercicios anteriores. No obstante, aún se detectan algunas deficiencias importantes, fundamentalmente en retrasos en el análisis de los expedientes, en algún caso con prácticamente nula actividad (como en Montanchez con carácter general y como en Valencia de Alcántara en ISD).