4. EJERCICIO DE LAS FACULTADES NORMATIVAS EN MATERIA DE
4.1. Ejercicio de las facultades normativas
4.1.1. Normativa especial aplicable en el ejercicio analizado.
La normativa especial aplicable al ejercicio analizado se encuentra en la Ley 19/2010, de 28 de diciembre, de medidas tributarias y administrativas de la CAE (DOE de 29/12/2010) que ejecuta parcialmente la capacidad normativa de la CAE en relación con los tributos cedidos y entró en vigor el 01/01/2011.
En el IRPF, se aprueba la escala autonómica para el año 2011 y se establecen nuevas deducciones en la cuota íntegra autonómica.
Se crean cuatro nuevos tramos en la parte superior de su escala, con un aumento de la progresividad.
Se crean y actualizan las deducciones autonómicas en el impuesto: por ayuda doméstica, para mujeres emprendedoras, para jóvenes emprendedores menores de treinta y seis años; se modifican las de adopción de hijos en el ámbito internacional, para la madre o el padre de familia monoparental, la de partos múltiples; también se introducen modificaciones de carácter técnico sobre beneficios fiscales ya existentes en el régimen de la deducción por acogimiento de menores, y en el de la deducción por donaciones y por la realización de ciertos actos relativos a Bienes del Patrimonio Cultural Extremeño. Se añaden también una deducción por obras de mejora en la vivienda habitual, otra por donaciones a la CA con finalidad ecológica, y se establece una deducción por la adquisición de ordenadores personales para uso doméstico.
En el ISD, en las adquisiciones mortis causa se introduce una reducción autonómica de hasta 175.000 euros, a favor del cónyuge, los descendientes y los ascendientes, siempre que el patrimonio que integre la herencia no supere los 600.000 euros y que el patrimonio preexistente del sujeto pasivo sea inferior a 300.000 euros.
En cuanto a las adquisiciones lucrativas inter vivos, se establece una serie de beneficios tributarios a favor de los descendientes vinculados a la adquisición de la primera vivienda habitual y a operaciones que tengan incidencia en la actividad económica, en la ocupación laboral y en la formación del beneficiario. Así, se introduce una nueva reducción autonómica del 99 % en la donación a descendientes de un solar o del derecho de sobreedificación destinado a la construcción de la primera vivienda habitual. También se establece una reducción autonómica del 99 % en las donaciones de dinero o inmuebles destinadas al desarrollo de una actividad empresarial, entendida ésta como la constitución o adquisición de una empresa individual o de un negocio profesional, o la adquisición de participaciones en entidades; y se incluye una reducción del 99 % en la donación de cantidades destinadas a la formación.
En el ITPAJD, se recogen los tipos generales para operaciones inmobiliarias y para los documentos notariales. Las principales modificaciones consisten en el establecimiento
de una escala progresiva con los nuevos tipos de gravamen en las transmisiones inmobiliarias, que van desde el 7 % hasta el 10 % según el valor del inmueble. La cuota íntegra se obtiene sumando las cuotas correspondientes a las cantidades situadas dentro de cada escalón, a las que se aplica el tipo propio de cada uno de ellos. En la modalidad de TPO también se establece un tipo de gravamen reducido del 6 % para las transmisiones de inmuebles destinados a desarrollar una actividad empresarial o un negocio profesional.
Se establece un tipo de gravamen general para los documentos notariales, que pasa del 1 % al 1,15 %, si bien se mantienen los tipos de gravamen reducidos para las escrituras públicas que documenten la adquisición de vivienda habitual y préstamos hipotecarios destinados a su financiación, y para las sociedades de garantía recíproca.
La Tasa Fiscal sobre el Juego queda regulada íntegramente por primera vez en su Capítulo IV.
En el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, se fija en el 16% el tipo impositivo aplicable a los epígrafes 4 y 9 del artículo 70.1 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, y que coinciden con los vehículos y motocicletas con mayores emisiones de CO2.
4.1.2. Decisiones normativas adoptadas en el ejercicio 2011
Para el ejercicio 2012, la ley 1/2012, de 24 de enero, de Presupuestos Generales de la CAE para 2012 contiene las principales modificaciones normativas.
No modifica la tributación comentada para el ejercicio 2011 en el IRPF.
Para el IP, se establece la reducción de la base imponible en concepto de mínimo exento, de 700.000 euros, igual que el establecido con carácter general y para los contribuyentes que fueren discapacitados físicos, psíquicos o sensoriales. Ese mínimo exento será el siguiente:
a) 800.000 euros, si el grado de discapacidad fuera igual o superior al 33% e inferior al 50%.
b) 900.000 euros, si el grado de discapacidad fuera igual o superior al 50% e inferior al 65%.
c) 1.000.000 euros, si el grado de discapacidad fuera igual o superior al 65%. En la tasa sobre el juego, se producen disminuciones en los tipos en el bingo, bingo interconectado y bingo simultáneo hasta el 21 % y en la cuota fija aplicable a las máquinas tipo B (3.400 €) y Tipo C (4.700 €) y Otras (3.400 €).
En el ITPAJD, en la modalidad de AJD, durante el año 2012 se aplicará el tipo de gravamen del 0,1 % a las escrituras públicas que documenten las adquisiciones de inmuebles destinados a vivienda habitual del sujeto pasivo, así como la constitución de préstamos hipotecarios destinados a su financiación, siempre que concurran determinadas circunstancias.
4.1.3. Ajuste del ejercicio de las facultades normativas a las
leyes de cesión.
No se han producido en el ejercicio de referencia observaciones por parte de la secretaría Técnica Permanente del CSDCGT respecto de la normativa presentada a informe de la misma por la Comunidad.