2.3. La política exterior y las medidas de cooperación
3.1.2. Corrupción y manipulación dentro del Estado colombiano
La inestabilidad generada por el conflicto social en Colombia causó que el gobierno promulgue en 1978 el Estatuto de Seguridad Nacional, el cual se dictó bajo el amparo del estado de sitio y permitía la aplicación de la Doctrina de Seguridad Nacional de EE.UU. para que las Fuerzas Armadas del país combatan al enemigo interno (El Tiempo, 2010: 1). Durante la década de los 70, las Fuerzas Armadas tomaron el control sobre el país con la aprobación de las administraciones de Luis Alfonso Michelsen y Julio César Turbay, empezando así una era de violencia y represión estatal. De otra manera, el presidente Belisario Betancur propuso medidas de paz y de diálogo, decretando una amnistía que liberó a casi 500 guerrilleros; sin embargo, la guerra sucia ya había empezado y gran parte del aparato político ya se encontraba corrompido (Calvo, 2008: 125, 143-145).
Mientras que los carteles colombianos consolidaban su supremacía en el mercado mundial de miles de millones de dólares, también buscaban obtener poder e influencia política, ya sea de forma legal o ilegal, recurriendo consuetudinariamente al uso de violencia. Por esta razón, las autoridades colombianas perseguían a dichos carteles y le impedían el libre ingreso de sus miembros al gobierno. Así, el ministro de Justicia, Rodrigo Lara Bonilla, quien fue designado por el presidente Betancur en 1983, lideraría un enorme operativo el 10 de marzo de 1984, junto con la DEA, en el cual el gobierno colombiano logró incautar 10 toneladas métricas de cocaína y demolió 101 laboratorios de procesamiento. Un mes y medio después, Lara Bonilla, quien también había contribuido a expulsar a Pablo Escobar de su cargo de político
87 suplente en el Congreso, fue asesinado por orden de los narcotraficantes pertenecientes al cartel de Medellín (Ramírez, Stanton y Walsh, 2005: 137).
El restablecimiento del estado de sitio por parte del presidente Betancur, después del asesinato de Rodrigo Lara Bonilla en abril de 1984, le permitió al primer mandatario dictar nuevas medidas represivas que sospechosamente no llegaron a afectar a los capos, y a estos la prensa los seguía ubicando en eventos públicos como eventos de caridad, recepciones y banquetes. Las autoridades del ejército colombiano aceptaron que durante los años de 1984 y 1985, si bien todos estaban al tanto de la industria ilegal de cocaína y del dinero que Pablo Escobar y los demás miembros del Cartel de Medellín gastaban libremente, no existía realmente la voluntad política para detener esta situación y los esfuerzos de la Fuerzas Armadas estaban enfocados principalmente en la lucha contra la guerrilla (Calvo, 2008: 160-161).
De igual manera, a pesar de los esfuerzos realizados, el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) mostró evidencia de que los narcotraficantes se habían infiltrado en el Consejo de Ministros con el fin de influir en las decisiones. Así, las autoridades colombianas consintieron la formación de pequeños ejércitos, en formas de empresas de seguridad con la autorización para portar armas, que trabajaban en beneficio de los carteles (Alai, 1989b: 9). Por ejemplo, el Ministerio de Defensa consintió que los hermanos Rodríguez Orejuela, jefes del cartel de Calí, tuvieran la empresa La Nacional de Seguridad en la ciudad de Bogotá; mientras que Pablo Escobar tenía también la autorización de la misma institución para el funcionamiento de su empresa Seguridad Nutibara ubicada en Medellín (Calvo, 2008: 161).
Mientras el gobierno colombiano mantenía su discurso, en el que se priorizaba la paz y el diálogo, la guerra sucia continuaba en el territorio colombiano. Por ejemplo, el 20 de noviembre de 1984, fue asesinado en Bogotá el dirigente y negociador ante el gobierno del EPL, William Calvo. Las autoridades culparían del crimen a “fuerzas oscuras enemigas de la paz”, pero en 1991 el suboficial de Inteligencia Militar, Alfonso Garzón, puso en evidencia la culpabilidad de varios agentes que pertenecían a las fuerzas especiales. Además, dos semanas después se vincularía a agentes de la policía secreta con el asesinato del primer sacerdote indígena de Colombia, al cumplir las amenazas hechas por militares y terratenientes en respuesta a su lucha por la
88 defensa de los derechos humanos de las personas de su comunidad (Calvo, 2008: 162-163).
Al mismo tiempo, a inicios de la década de los 80 el gobierno colombiano se había aliado con los carteles narcotraficantes en su guerra contra la insurgencia dando así origen al grupo Muerte a Secuestradores, abreviado como MAS. De igual forma, se encuentra en los informes del DAS registros sobre la formación de grupos paramilitares en la región del Magdalena Medio, ubicada en el centro del país, los cuales eran entrenados por las milicias colombiana y estadounidense, y trabajan como sicarios. También, según el testimonio de un ex agente de la DIJIN o policía secreta, de nombre Ricardo Gómez Mazuera, los grupos policiales y militares de Colombia eran designados en misiones secretas que estaban al margen de la ley y violentaban los derechos civiles de los ciudadanos (Alai, 1989b: 9).
Durante esta época, Colombia presentó una de las más altas cifras de casos de desapariciones forzadas en el mundo (Alai, 1989b: 9). Según el Comité Permanente para los Derechos Humanos el número de asesinatos políticos provocados por las fuerzas del orden fueron de 96 en 1978 a 594 en 1983, e incluso se duplicó entre 1985 y 1986 de 630 a 1.387 cuando Virgilio Barco fue designado presidente. Igualmente, el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas de Naciones Unidas responsabilizaba al gobierno por 351 casos ocurridos entre 1979 y 1986. Según el informe de Amnistía Internacional, la situación era peor y existían más de 600 casos de desapariciones forzosas entre 1977 y 1987, siendo 200 solo del último año que correspondía a la administración de Barco. El gobierno rechazaría cualquier tipo de responsabilidad, y asignaría la autoría y motivación de estos crímenes al tráfico de drogas y los grupos subversivos (Calvo, 2008: 164).