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Crónica de la desesperación: reforma y cierre de RT

¿y AHORA qUÉ?

3. Crónica de la desesperación: reforma y cierre de RT

La decisión de cerrar RTVV supuso un auténtico mazazo para la sociedad valenciana, en especial para los colectivos profesionales más afectados, así como para todo tipo de entidades cívicas, culturales e instituciones académicas radicadas en la Comunidad Valenciana. Se inicia entonces lo que podríamos denominar «crónica de la desesperación», en la doble acepción de los relatos periodísticos que dieron cumplida cuenta de los avatares del cierre, por un lado, y, por otro lado, si atendemos al conjunto de colectivos que mostraron públicamente su «desesperación» tras la decisión tomada4.

3 Un buen ejemplo serían los datos aportados y las declaraciones realizadas por la última Directora General de RTVV SAU, Rosa Vidal, en una conferencia celebrada recientemente en el Palacio Colomina de Valencia, sede de la Univer- sidad CEU-Cardenal Herrera, en la que abordó la encrucijada, desde una perspectiva básicamente jurídica, en la que se encuentra RTVV tras la ley de supresión y los recursos judiciales presentados contra la mencionada ley y contra el ERE de extinción de la RTVV SAU .

4 Por poner tan solo algunos ejemplos, el Comité de Empresa de RTVV o bien asociaciones como ATRAU o MildeNou, que más tarde impulsaron la creación de la MESAV, una iniciativa de la que se hablará más adelante en esta comunicación

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Situemos en primer lugar los antecedentes: en distintas legislaturas anteriores ya se había plan- teado la necesidad de reformar la ley de creación de RTVV5, pero finalmente la Generalitat Va-

lenciana abordó dicha reforma mediante la Ley 3/2012, en julio de 20126. Es muy significativo

señalar, antes de entrar en detalles, que la reforma legislativa estatal, que permitía modificar los modos de gestión de las radiotelevisiones públicas, se aprobó tan solo unas semanas más tarde, una clara incongruencia, al menos temporal, en la lógica de reformular el modelo de RTVV7.

En la disposición transitoria primera, de la ya citada ley de reforma de RTVV, Radiotelevisión Valenciana SA se constituye mediante la fusión, por absorción, de Televisión Autonómica Va- lenciana SA y Radio Autonomía Valenciana SA, previo reequilibrio patrimonial de las mismas. Un administrador provisional único debía encargarse de la administración y representación hasta el nombramiento por las Cortes Valencianas de los miembros del Consejo de Administración. Con esta reforma, Radiotelevisión Valenciana SA se subroga todos los contratos, excepto los de na- turaleza financiera, y, en general, los derechos (incluidos los derechos de propiedad intelectual e industrial) y las obligaciones de la entidad pública Radiotelevisión Valenciana. Además, Radiote- levisión Valenciana, SA se subroga los derechos y obligaciones de naturaleza laboral y de Segu- ridad Social respecto del personal de la entidad pública Radiotelevisión Valenciana.

La disposición transitoria segunda plantea, una vez realizada la fusión, la disolución, liquidación y extinción de la entidad pública Radiotelevisión Valenciana. Se procede así al fin de las relaciones jurídicas pendientes en la fecha de disolución, así como a la liquidación, enajenación y extinción de los bienes, derechos y obligaciones que integran el patrimonio de la entidad pública y que no se haya subrogado RTVV. El gobierno valenciano se compromete a proveer fondos y recursos económicos para el proceso de liquidación patrimonial y para afrontar las obligaciones contraí- das. A su vez, tras la fusión quedaba suprimido el Consejo de Administración y la Dirección Ge- neral, que son sustituidos por una comisión liquidadora de tres miembros que asume la gestión durante la liquidación. Finalmente, se estableció un plazo de tres meses para la aprobación de un Contrato Programa y para el nombramiento del nuevo Consejo de Administración8.

El mencionado plazo no se cumplió y hasta el 28 de marzo de 2013 no se inició la andadura de la nueva RTVV SAU, con el nombramiento por las Cortes Valencianas de los miembros del Consejo de Administración y posteriormente de la Directora General, Rosa Vidal. En aquel momento, la situa- ción sociolaboral en RTVV ya estaba envenenada por la aplicación de un ERE, basado en un infor-

5 Ley 7/1984, de 4 de julio, de creación de la entidad pública Radiotelevisión Valencia (RTVV), y regulación de los servi- cios de radiodifusión y televisión de la Generalitat Valenciana, en DOVG. Nº 176, de 9 de julio de 1984.

6 Ley 3/2012, de 20 de julio, de la Generalitat, de Estatuto de Radiotelevisión Valenciana, en DOCV, nº 6824, de 23 de julio de 2012.

7 Ley 6/2012, de 1 de agosto, de modificación de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, para flexibilizar los modos de gestión de los servicios públicos de comunicación audiovisual autonómicos, en BOE, nº 184, de 2 de agosto de 2012.

8 Todas estas referencias jurídicas fueron detalladas y explicadas por Rosa Vidal, la última Directora General de RTVV SAU, en la conferencia anteriormente citada .

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me de junio de 2012 (previo a la reforma legal) de la consultora privada Pricewaterhouse Coopers y que proponía un nuevo modelo organizativo para Radiotelevisión Valenciana: consistió básica- mente en reducir la plantilla de unos 1800 trabajadores a unos 500 trabajadores. (BAS, 2012, b: 7) La nueva RTVV SAU, que ya tenía equilibrio patrimonial, tuvo que continuar con la tramitación del mencionado ERE, a la vez que debía aplicar la nueva legislación, que obligaba, entre otras cosas, a la elaboración de un Contrato Programa y que impedía el endeudamiento de la nueva sociedad, con inclusión de responsabilidad personal para los miembros del nuevo Consejo de Administra- ción. Dicho Contrato Programa, que debía contar con el visto bueno de la Generalitat Valenciana, se firmó el 9 de julio de 2013 y en él se establecían los contenidos, objetivos y programación de servicio público que debía sentar las bases para la nueva RTVV. Según confirmó la propia Rosa Vidal, la SAU tenía un déficit de 3,3 millones de euros en mayo de 2013 y las últimas cifras oficia- les auditadas, de noviembre de 2013, arrojaban un superávit de 900.000 euros, lo que indica que la decisión de cerrar RTVV basándose en criterios económicos no se corresponde con las cifras y los datos oficiales.

La resolución judicial que declaró nulo el ERE, aplicado con anterioridad a esta reforma legal, des- encadenó una decisión política sin precedentes: el cierre fulminante de una institución que había sido reformada tan solo unos meses antes. Independientemente del fallo judicial, en este caso la nulidad y por tanto la readmisión de toda la plantilla de RTVV, se podrían haber articulado diferen- tes alternativas sin llegar a la drástica disolución de la sociedad. Los llamamientos a la renegocia- ción por parte del Comité de Empresa, partidos políticos de la oposición, diversos colectivos so- ciales y culturales fueron unánimes, pero al final se aprobó, con la mayoría del Partido Popular en las Cortes Valencianas, la ley de supresión de la radiodifusión y televisión autonómica, así como la disolución y liquidación de la Radiotelevisión Valenciana, SAU9.