220 Breneman, Nuzi Marriage Tablets, 271–72.
3.3. Cuestiones terminológicas en las fuentes presentadas
Como hemos apuntado, la relación entre infancia y matrimonio se pone nor- malmente de relieve a partir de evidencias indirectas. Ello hace que la terminología no juegue un papel determinante en muchos de los textos estudia- dos. Sin embargo, conviene analizar brevemente los términos que sí apuntan de forma directa a una edad temprana de los casaderos.
ṢUḪĀRU Y ṢUḪĀRTU
El adjetivo ṣeḫru240 aparece en el texto mesobabilónico P 88, pudiendo hacer
referencia tanto a un niño como a un sirviente mayor de edad. En este ejemplo casita, sin embargo, y aún teniendo en cuenta el deteriorado estado del docu- mento, se plantea el matrimonio del sujeto con el apelativo ṣeḫru, por lo que probablemente éste sería un niño.
Por otra parte, y con idéntica raíz que en el caso anterior, en el texto de Nu-
zi JEN 437 encontramos el sustantivo femenino ṣuḫārtu241. También en este
ejemplo el texto podría referirse a una sirvienta adulta, aunque por la misma razón de plantearse el futuro enlace con un hombre estamos probablemente
ante una niña242.
238 Como en el de los niños esclavos, no solo a nivel terminológico (§5.3) sino tam-
bién a través de aspectos como la cantidad de raciones alimentarias asignadas, el orden en que aparecen listados, etc. Sobre estos aspectos véase en general §5.
239 Sobre la cuestión de la previsión de esposas para estos niños en los documentos
de adopción nuzitas véase Justel, “Some Reflections”, 149, así como §4.6 en este estudio.
240 Fem. ṣeḫertu, CAD Ṣ 179b-ss, AHw 1088b. 241 Masculino ṣuḫāru, CAD Ṣ 213b-ss, AHw 1108b.
242 El término ṣuḫārtu se emplea a lo largo de la documentación cuneiforme mesopo-
Ambos términos, por tanto, no excluyen el hecho de que los sujetos así de- nominados no fueran esclavos. Sin embargo, todo apunta a que se trataría de niños —siervos o no— sin capacidad legal propia.
INA TULÎ
Encontramos esta expresión, con significado literal de “de pecho”243, en el texto
de Nuzi HSS 19 86244. Al referirse a una niña pequeña, el sentido no deja lugar
a interpretaciones erróneas: se trata de una niña lactante en sus primeros años
de vida, y probablemente durante sus primeros meses245.
KALLATU
Entendemos por kallatu (sum. É.GI4.A246) a la mujer que se encuentra dentro de
un período de la vida con características jurídicas propias, y que abarca desde
tanto complicado precisar si estamos ante una siervienta, una empleada, una esclava, etc. (cf. en general Démare-Lafont, “Women at Work”, 311).
243 Construcción formada mediante la preposición ina (con el sentido aquí de “de”
[inglés “from”]), unida al sustantivo tulû (“pecho”, CAD T 467b-ss, AHw 1369b).
244 HSS 19 86: 4: [i+na] tù-li-ú. Restituimos la preposición ina a partir del texto nuzi-
ta HSS 19 134: 7 (i+na tù-li-i![copia:mi]-šu), donde la expresión seguramente se refiere a la
misma niña, Nūru-mātu (Justel, “New Proposals”). Véase otro paralelo del Bronce Re- ciente, con la misma preposición ina, en el texto acadio de Ugarit sobre conjuras mágicas RS 17.155 (l. 23’: ina tu-le-e-i-šu).
245 Probablemente la pequeña Nūru-mātu se encontraría en su primer año. La razón
que nos lleva a conferirle esta edad tan temprana se basa en la seriación cronológica de los documentos HSS 19 86 y HSS 19 134. Así, en el primeramente redactado HSS 19 86 se entrega a la cría en adopción matrimonial, mientras que en HSS 19 134, escrito poste- riormente, la pequeña sigue siendo lactante. Además, el caso del primer texto (HSS 19 86) responde aparentemente a un ejemplo concreto en el que la madre biológica podría haber pactado pronto (¿incluso antes del nacimiento de Nūru-mātu?) el contrato de adopción de su hija. Sea como fuere, y aunque el texto no precise si la niña tiene uno, dos o tres años, estas evidencias hacen que nos inclinemos por una edad realmente temprana de Nūru-mātu, especialmente en HSS 19 86.
246 A la hora de señalar la condición de kallatu de una muchacha, la elección de la
forma acadia o la sumeria parece haber sido indistinta, y el uso de una u otra podría responder a tradiciones escribales diferentes de cada época y lugar. En Nuzi, por ejemplo, nunca se emplea la forma sumeria, sino siempre las acadias kál-la-tu, kál-la-tù, kál-la-tu4 o
kál-la-ti. Por otra parte, en los textos del Nippur mesobabilónico alojados actualmente en
el University Museum (Filadelfia) predomina la redacción sumeria É.GI4.A o E.GI4.A
sobre la versión acadia kallatu. Véanse diferentes ocurrencias en la documentación de dicha época casita en MSKH I 9: 7 (a-na kal-lu-t[i]); BE 14 58: 50 (É.GI4.A); BE 14 126: 6
(É.GI4.A); PBS 2/2 103: 25 (É.GI4.A); PBS 13 64 + MUN 9: 6 (˹É.GI4˺.A); CBS 3646 ii’
23’ (É.GI4.A); CBS 7752 rev. ii’ 6 (˹E.GI4˺.A); CBS 11937 i 14’ (E.GI4.A) y i 17’
que pasa de la autoridad de su tutor —generalmente su padre— a la del guar- dián receptor, hasta que éste la entrega en matrimonio al esposo (en ocasiones el propio guardián receptor). Dicho estatus legal se expresa mediante la forma
abstracta kallūtu, lo que implica la existencia de una adopción matrimonial247.
El término acadio kallatu, traducible por “nuera”, “cuñada” o “novia” (CAD K 79a-ss, AHw 426a), no está relacionado en principio con la edad de la mu- chacha calificada de tal manera. No obstante, historiográficamente se ha interpretado a la mujer kallatu como una joven núbil. Lipiński va más allá, de- fendiendo que el término kallatu se corresponde directamente con el ugarítico
mtrḫt, “consorte, esposa” (DUL 601), lo que aumentaría la edad de este grupo
femenino248.
Sin embargo, la mayor parte de las mujeres calificadas como kallatu a lo lar- go de la documentación de Babilonia, Arrapḫe y Siria, serían probablemente muchachas jóvenes, muy cercanas a la edad de casarse y poder concebir descen- dencia. Otras no reciben esta designación, pero sin duda entraban implícitamente en la misma esfera jurídica de kallūtu.
Así, tal y como defendemos en el comentario general y conclusiones al res- pecto, parte del corpus del Bronce Reciente con el que trabajamos en este capítulo demuestra que el concepto kallatu no implica una edad mínima. En este sentido destaca el documento emariota E6 216, donde la niña entregada en
estatus de kallatu249 tendría unos dos años.
en lugar de E se basa en que la parte dañada consta de una pequeña hendidura vertical, y no dos, por lo que se asemeja más a un completamente destruido signo É). Por último, y si bien en CBS 10450 i’ 5’ encontramos la forma kal-la-t[u4], se trata realmente de parte
de un nombre personal. Así pues, todas las ocurrencias que poseemos para las kallātu, exceptuando la fórmula acadia de adopción matrimonial de MSKH I 9: 7, están redacta- das en la versión sumeria. Con la excepción del texto BE 14 58, en cuyo teórico emplazamiento del University Museum encontramos una nota que señalaba “CBS 3323: Loan to Mexico” (septiembre de 2010), todas las referencias anteriores se basan en cola- ción personal. Por tanto, en el elenco anterior no se citan las referencias que no hemos tenido oportunidad de colacionar, como la venta de ocho personas Ni. 1574, entre las que se encuentra la kallatu (l. 8: É.GI.A) Ina-šamê-rabi’at.
247 Justel, La capacidad jurídica, 94.
248 Edward Lipiński, “mōhar”, en G. Johannes Botterweck y Helmer Ringgren y
Heinz-Joseph Fabry (eds.), Theological Dictionary of the Old Testament vol. 8 (Grand Rapids: Eerdmans Publishing, 1997), 147.
249 E6 216: 5-7: a-na ˹E˺.[GI4.A] […] at-ta-din-ši (“he entregado […] en estatus de