• No se han encontrado resultados

CUI T 923033 GT PN 51 DSC ID 2514.

Estructura organizacional y funciones del Centro de Operaciones Conjuntas de la Policía Nacional

13 CUI T 923033 GT PN 51 DSC ID 2514.

Ilustración No. 2

Fuente: GT PN 51 DSC.

De manera general, el Acta 001 contiene una descripción del mobiliario y equi- po asignado al Centro, y en relación al funcionamiento en la parte final del segundo punto se mencionan las funciones de Administración, Organización, Operaciones y Planos, así como sus encargados:

Ilustración No. 3

Seis años más tarde, por medio de la Orden General de la Policía Nacional No. 102 emitida el 23 y 24 de agosto de 197814, el Director General de la Policía Na-

cional -de conformidad con lo establecido en el Artículo No. 33 inciso 4 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional-15 dispone el “Reglamento interno del Centro de

Operaciones Conjuntas”, que define sus funciones y estructura organizacional:

Reglamento interno del Centro de Operaciones Conjuntas

Sección XII

Funcionamiento:

Artículo 162: Es la oficina encargada de coordinación y planificación de ser- vicios de seguridad, organización y distribución de personal operativo y con- trol estadístico y gráfico de la delincuencia en general.

Control de las distintas policías particulares y estudios y análisis de proyectos que vayan en provecho de la Institución o de la propia seguridad nacional.

Organización:

Artículo 163: Su personal está organizado en la forma siguiente: a. Un primer Jefe.

b. Un segundo Jefe. c. Un secretario y,

d. Los oficiales que sean necesarios para el mejor desenvolvimiento.

Atribuciones del personal:

Artículo 164: Del Primer Jefe:

a. Coordinar planes de seguridad ante el Ministro de la Defensa Nacional, para garantizar el orden y seguridad de las personas en actos cívicos y militares de trascendencia, así como la visita de personas importantes de nacionalidad extranjera que visitan nuestro país.

14 GT PN 35 S001.

15 Artículo 33: “Corresponde al Director General: 4) Mantener la buena organización, régimen, subordinación y

b. Coordinar y planificar operaciones contra la delincuencia de los sectores más afectados de la República.

c. Supervisión y evaluación de los planes de seguridad y operaciones contra la delincuencia.

d. Analizar estudios y proyectos que personas ajenas y de la Institución pre- sentan para una mejor labor policíaca. Asimismo realizar estudios en be- neficio de un mejor rendimiento del servicio policíaco.

e. Inspección de áreas para ubicación de la Policía Nacional.

f. Colabora en asuntos de adiestramiento con la Escuela de la Policía Nacional. Artículo 165: Del Segundo Jefe:

a. Estudios sobre creación de nuevas estaciones y subestaciones de la Poli- cía Nacional, tano en la capital como en los departamentos, prefiriéndose los lugares más afectados por la delincuencia.

b. En ausencia del Jefe, supervisa y evalúa planes de seguridad y operación contra la delincuencia.

c. Coordinar planes de seguridad ante el Estado Mayor General del Ejérci- to (E.M.G.E.) para garantizar el orden, seguridad y bienestar del pueblo combatiendo la delincuencia en general.

d. Supervisar las labores diarias de la oficina y dictaminar los expedientes, dándoles el respectivo trámite así como revisar los diferentes trabajos que efectúan los oficinistas.

e. Llevar control de las altas de los elementos de primer ingreso y reingreso a la Institución.

f. Planificar las operaciones y destacamentos en las principales carreteras de la República.

g. Llevar control de las distintas estaciones y subestaciones de la Policía Nacional, que prestan sus servicios en toda la República.

Artículo 166: Del Secretario:

a. Distribuir los diferentes expedientes entre los oficinistas para el trámite correspondiente.

b. Elaborar expedientes de carácter confidencial que por su naturaleza le competen a este centro.

c. Supervisor de la oficina, cuando los oficinistas se entreguen los turnos, viendo que todo se encuentre en completo orden.

d. Acompañar a cualquiera de los jefes de oficina con el objeto de tomar nota en la coordinación de servicios.

e. Encargado de la elaboración del cuadro estadístico de la delincuencia del país. Artículo 167: Oficinista de la rama de Inteligencia:

Encargados del análisis diario de la actividad de la delincuencia, como re- ceptores y con la ubicación en los mapas de donde se encuentra operando la delincuencia, también sacan estadísticas delictivas.

Artículo 168: Oficinistas en la rama Planificación y Operaciones:

Elaborar planes de seguridad e instructivos así como croquis y planos de un determinado sector de la República, también sacan estadísticas delictivas. Artículo 169: Oficinistas en la rama de Administración:

Son encargados de los diferentes archivos, estadísticas y elaboración de expe- dientes del movimiento de la oficina, también sacan estadísticas delictivas.” Posteriormente, en la introducción de un documento titulado “Funciones del Cen- tro de Operaciones Conjuntas de la Policía Nacional” se enuncia tácitamente que: “Esta oficina se encuentra instalada en el Edificio de la Dirección General del ramo, se compone de un primer Jefe, un segundo Jefe y oficiales necesarios para el mejor desenvolvimiento, quienes (…) desempeñan labores de carácter administrativo. Recibiendo órdenes directas de los tres jefes superiores de la Institución, para sus funciones”16.

Como funciones específicas del Centro de Operaciones Conjuntas de la Policía Nacional, este mismo documento describe las siguientes:

A. “COORDINACIÓN DE OPERATIVOS Y SERVICIOS DEL RAMO Por parte de éste Centro se coordina con los cuerpos y departamentos de la Re- pública, así como con otras fuerzas amigas, los diferentes operativos y servicios. B. CONTROL Y SUPERVISIÓN DE POLICÍAS PARTICULARES ASÍ

COMO CREDENCIALES DE SERVICIO ESPECIAL DE VIGILANCIA Se lleva un control de las Policías Particulares que funcionan en el país, velan- do porque previo a la autorización del Ministerio de Gobernación, llenen los requisitos establecidos en el Decreto 73-70 del Congreso de la República y para que cumplan con lo establecido de forma permanente; supervisa para que no usen uniforme similar al que usa la Policía Nacional, además control estadístico de los elementos que son consignados a los tribunales de justicia por delitos y faltas, lo mismo se hace con los elementos de Servicio Especial de Vigilancia. C. CONTROL DE PERSONAL REBAJADO

Se lleva el control del personal rebajado de la Institución y se supervisa la efectividad de su trabajo así como su presentación personal, el que se va agregar como tal, mientras que el cambio periódico lo efectúan los Coman- dantes de Cuerpo.

D. PLANIFICACIÓN, EJECUCIÓN Y CONTROL DE INSTRUCCIÓN DE