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La impunidad de las violaciones a los Derechos Humanos

Sobre la metodología de investigación y la estructura de este informe

I. Breve descripción del contexto de guerra interna y la impunidad en Guatemala

1.3 La impunidad de las violaciones a los Derechos Humanos

El andamiaje del Estado, con sus instituciones y funciones formalmente esta- blecidas, fue utilizado como instrumento para llevar a cabo acciones ilícitas que diferían con algunas de sus finalidades, como el bien común y la protección a las personas58. Como anteriormente se evidenció, esas acciones eran justificadas

con Constituciones que establecían una clara lucha contra el comunismo, inter- pretando éste como cualquier tipo de oposición al orden establecido: al orden económico, político, social y militar. El uso de las instituciones para llevar a cabo acciones al margen de la ley permitió el resguardo, la seguridad y la ga- rantía de la impunidad para los autores materiales y mediatos.

La impunidad es un tema latente en Guatemala. De miles de casos de violacio- nes a Derechos Humanos en el contexto de la guerra interna de Guatemala no existen ni siquiera denuncias, ni expedientes abiertos en el Ministerio Público, muy pocos han iniciado un proceso penal y han llegado a juicio y son mucho menos los que han llegado a sentencia, con el agregado del incumplimiento de sentencias que ha dictado la Corte Interamericana de Derechos Humanos en contra del Estado de Guatemala.

56 Ibíd. Pág. 337 y 349. 57 Ibíd. Pág 350 y 351.

58 Vid. Rodríguez Barillas, Alejandro: El problema de la impunidad en Guatemala. Serie Autores Invitados No.2.

Un fenómeno que se ha observado hasta el momento es que en los casos de viola- ciones a Derechos Humanos que han llegado a sentencia, la mayoría de personas condenadas son aquellas que ejecutaron materialmente los delitos; mientras que los autores mediatos, es decir quienes dirigían los aparatos de seguridad y tenían la potestad de planificar operaciones y girar órdenes, han permanecido en la im- punidad ante la imputación de crímenes contra la humanidad.

Pero el problema de la impunidad no consiste únicamente en la ineficacia del sis- tema de justicia para investigar, perseguir, procesar y condenar a quienes cometen un crimen. Dicho problema tiene sus raíces en la violencia estructural del Estado en contra de sus habitantes. Situaciones que se propician desde el Estado y desde los pequeños grupos de poder económico que dictan las políticas estatales, tales como la concentración de la riqueza, la explotación de las masas en el campo y la ciudad, el desempleo, el racismo, la violencia de género, la falta de acceso a la educación, la criminalización de organizaciones populares, el saqueo de recursos naturales, la falta de acceso a recursos económicos mínimos para cubrir necesi- dades básicas, entre muchas otras, son permitidas, fomentadas y defendidas y en ningún momento son tipificadas como delitos, por lo que su aceptación tácita garantiza la impunidad de quienes en realidad son la principal fuente de delin- cuencia en el país. Este escenario se encuentra determinado por el monopolio que ejercen las élites económicas y el crimen organizado sobre la participación y re- presentación política, ya que las masas excluidas de este derecho se ven altamente vulneradas por el accionar peligroso del Estado y las élites y no cuentan con las condiciones para organizarse y defender sus derechos. Es evidente entonces que la impunidad no es un problema superficial, sino de tipo estructural desde el mo- mento que tiene sus orígenes en una violencia del mismo tipo59.

Una muestra de la falta de voluntad para luchar contra la impunidad es que los archivos del Ejército no han sido entregados en la forma y tiempo que lo orde- nó, quien entonces fuera presidente de Guatemala y Comandante General del Ejército, Álvaro Colom. La resistencia a entregar los documentos hace suponer que éstos pudieran aportar en el establecimiento de la responsabilidad penal de autores y cómplices por delitos contra la humanidad, así como en evidenciar los

vínculos entre la militarización de las instituciones del Estado y la actual crisis de corrupción, impunidad y violencia que reina en Guatemala.

La función de administrar justicia, correspondiente al Organismo Judicial, con la finalidad de hacer efectivo el ordenamiento jurídico vigente para garantizar la paz y seguridad social, así como la convivencia armónica de la ciudadanía, fue entorpecida e ineficaz. Tanto la impunidad como la militarización tuvieron efectos muy serios sobre el sistema de justicia. La ausencia de dicho sistema en muchos lugares del país, la omisión en el ejercicio de sus funciones y el riesgo que representaba para un el personal funcionario o empleado el cumplir con sus obligaciones, llevaron a este sistema a ser una figura sin mayor importancia para la ciudadanía. Se percibía la inoperancia y la incapacidad de poder inves- tigar y hacer justicia respecto a las violaciones sistemáticas de los Derechos Humanos60.

Como lo indica la CEH en su informe, la inoperancia del sistema de justicia permitió que la impunidad también se convirtiera en un mecanismo de terror61,

ya que los crímenes que eran denunciados, fueran comunes o cometidos por fuerzas del Estado, quedaban archivados sin darles el trámite correspondiente, es decir que el debido proceso era una principio que no se materializaba. Esto provocó que una gran cantidad de violaciones a Derechos Humanos ni siquiera fueran denunciadas, porque las denuncias no tenían eco y en muchas ocasiones constituían un riesgo para el denunciante.

El debilitamiento del sistema de justicia fue parte de la política criminal contra- insurgente. Su objetivo era anularlo como obstáculo formal y volverlo ineficaz e ineficiente para asegurar el ejercicio ilícito del poder penal, así como la impu- nidad de sus agentes ejecutores.

Con el caso de desaparición forzada de Fernando García, en el que se logró establecer la autoría de miembros de la PN, es posible evidenciar que los apa- ratos de seguridad del Estado tenían la potestad de castigar, por sí mismos y sin

60 Vid. Comisión para el Esclarecimiento Histórico, op.cit. Vol. IV Pág. 60. 61 Vid. Comisión para el Esclarecimiento Histórico, op.cit. Vol. IV Pág. 61.

que mediara un proceso penal, acciones que eran consideradas ilegales. Fer- nando García era considerado delincuente subversivo, pero nunca fue sometido ni siquiera a prestar una declaración ante un juez, sino que fue desaparecido, negándosele su legítimo derecho a la defensa y al debido proceso. La posterior condecoración de los agentes que llevaron a cabo materialmente la desaparición forzada de García demuestra que el Estado toleraba, promovía y aplaudía la vio- lación a los derechos fundamentales de la ciudadanía y al mismo tiempo creaba una coraza de impunidad.

II. Autoría

En este capítulo se aborda brevemente la teoría de la autoría mediata, para lo que se consultaron diversas fuentes bibliográficas de reconocidas académicas y académicos del derecho. En lo correspondiente a la autoría mediata por apara- tos de poder se utiliza fundamentalmente la tesis de doctorado de la española Eva Fernández. Este es un texto muy completo, profundo y actualizado, que permite formarse un criterio propio de la teoría de Roxin, al realizar análisis de las diferentes corrientes doctrinarias que han interpretado esta teoría.