CAPÍTULO 2. MARCO TEÓRICO
2.2.1 De la representación sustantiva a la representación descriptiva
En el punto anterior se ha hecho una revisión del debate inconcluso sobre lo que es y no es un partido político y se ha avanzando definiendo las dimensiones para un análisis de dichas organizaciones entendidas como sistemas en sí mismos que actúan en ámbitos externos pero que a su vez tienen una vida interna. Asimismo, se ha hecho mención a la consideración de los partidos como actores clave en las democracias al desempeñar un rol de articulación y estructuración de la representación política. Sin embargo, la definición de representación política tampoco ha sido ajena al debate académico.
Por ejemplo Manin (1997) señala que los regímenes representativos se caracterizan por los siguientes atributos: los que gobiernan son nombrados por elección en intervalos regulares; los que gobiernan mantienen un grado de independencia respecto de los deseos del electorado; los gobernados pueden expresar sus deseos sin estar sujetos a quienes gobiernan y las decisiones públicas se someten a procesos de debate. Y añade
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que al aparecer los partidos políticos “la elección sigue siendo una expresión de confianza más que una opción de medidas políticas concretas. Lo único que cambia es el objeto de la confianza: ya no son las personas, sino una organización, el partido”.87
En esta caracterización no se hace mención alguna a ningún tipo de mandato obligatorio que vincule al gobernante-representante con la voluntad de quiénes los eligen; por el contrario se menciona la existencia de un “grado de independencia” también llamada “autonomía parcial” en virtud del cual aquel ya no puede votar libremente en función de su conciencia sino que tiene una obligación con la organización partidaria gracias a la cual fue elegido.88 Sin embargo, en trabajos posteriores, este autor define la representación como “actuar en interés del representado” o “actuar en el mejor interés del público”.89
Esta última definición engarza con el trabajo de Pitkin (1985), que en su obra fundamental sobre este tema, analiza los significados que se han asignado al concepto a lo largo del tiempo y distingue entre “representación como autorización”, “representación como responsabilidad”, “representación descriptiva”, “representación simbólica” y “representación como actuar por otros”. Señala que sobre esta última se han construido los engranajes de las democracias liberales representativas instauradas como sistemas políticos en los países occidentales y la define como el actuar sustantivamente en interés de los representados siendo sensible a sus demandas con independencia de juicio en la actuación e intentando no contravenir los deseos de los representados, salvo que existan buenas razones y se les brinde una explicación.90
Según Pitkin, esta noción de representación excluye a otras formas como la representación “descriptiva” en la cual la representación depende de las características del representante, quien no actúa por otros sino que los sustituye por la existencia de una semejanza o correspondencia entre éste y sus representados. Al “suplir” a alguien ausente mediante la correspondencia de características se obvian las acciones del
87 MANIN, BERNARD (1998): Los principios del gobierno representativo, Alianza
Editorial, Madrid, pág. 258. 88 MANIN (1998), pág. 258.
89 MANIN B., A. PRZWORSKI Y S. STOKES (1999): Democracy, Accountability and Representation. Cambridge University Press. Cambridge.
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representante pues estos simplemente deberían votar como lo harían sus electores.91 Sin
embargo, a contracorriente de lo argumentado por Pitkin, la “representación descriptiva” ha sido reivindicada como dimensión de la representación política a tomar en cuenta por dos enfoques: el conocido como “política de la presencia”92 y por el denominado “política de la diferencia”93, ambos pensamientos críticos respecto de la
democracia representativa liberal que cuestionan sus logros en materia de igualdad en el ejercicio de los derechos de ciudadanía en particular entre hombres y mujeres.
Desde la primera perspectiva se pone en evidencia el abandono por parte de las democracias liberales de la presencia física como una posible medida de la igualdad política y se sostiene que hacer énfasis en quiénes son los representantes es una forma de democratizar a dichas democracias. Ello porque la sub-representación de ciertas categorías de personas (entre ellas, las mujeres) “inclina la toma de decisiones en favor de grupos ya dominantes y deja a los otros como ciudadanos de segunda categoría”.94 Y, además, dado que las decisiones sobre política no están del todo determinadas por adelantado en programas de partido ni en compromisos electorales importa mucho quiénes son unos representantes que tienen amplio margen de autonomía en dichas decisiones.95
Con argumentos similares sobre la prevalencia de determinados grupos privilegiados en el debate público, “la política de la diferencia” plantea el establecimiento de una ciudadanía dual, en función del grupo, que establezca un sistema general de derechos para todas las personas y un sistema de políticas y derechos especiales que posibiliten la representación de grupo como forma de valoración y afirmación de la especificidad.96 Para la identificación de dichos grupos es necesario, primero, la existencia de una
91Op. cit. (1985), págs. 67 y 89.
92 PHILLIPS, ANNE (2003): The politics of presence, Oxford: Oxford University Press; PHILLIPS, ANNE: “¿Deben las feministas abandonar la democracia liberal?” en CASTELLS, CARME (compiladora), Perspectivas feministas en teoría política. Paidós Estado y Sociedad, Barcelona, 1996 y PHILLIPS (1999).
93 YOUNG, IRIS MARION (1996): “Vida política y diferencia de grupo: una crítica del ideal de ciudadanía universal” en CASTELLS, CARME (compiladora), Perspectivas feministas en teoría política, Paidós Estado y Sociedad, Barcelona, 1996 y Young, 2000.
94 PHILLIPS (1999), pág. 237. 95 Op. cit. (1999), pág. 245. 96YOUNG (1996).
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afinidad con otras personas que los identifique mutuamente (y permita a los demás identificarlos) que genere perspectivas, relaciones e intereses grupales no esencialistas sino relacionales en la medida que se autodefinen excluyendo a otros. Y, segundo, el compartir una experiencia de opresión, entendida como explotación, marginación, falta de poder, imperialismo cultural o violencia. Este último sería el criterio que se propone para determinar a qué grupos se debe otorgar esta representación especial.97
Ambos planteamientos no niegan que el otorgamiento por parte de las democracias liberales de derechos formales iguales para todos haya significado un avance. Lo que enfatizan es que este reconocimiento no ha eliminado las diferencias sociales que estructuran el privilegio y la opresión de los grupos que permanecen excluidos de la representación y, por tanto, del debate público. En ese sentido, en la defensa de una representación descriptiva también suelen utilizarse argumentos relacionados con la “justicia” en la medida que la exclusión política de las mujeres es una muestra de que existe igualdad formal pero desigualdad de oportunidades en una democracia que debe descansar en la igualdad de facto y no sólo en una igualdad de iure que ha venido acompañada de ventajas políticas para un solo sexo.98
En base a estas premisas, en este trabajo se utiliza un concepto de representación política multidimensional que incorpora los postulados elaborados por las teorías de la “política de la presencia” y la “política de la diferencia” y, por tanto, no sólo se hace énfasis en la representación entendida como el actuar por otros (que históricamente ha primado en la democracia representativa liberal) sino que se incluye un componente descriptivo que implica valorar quiénes son los representantes diferenciándolos en función del sexo. Se entiende además que, a través de la “representación de grupo”, se pueden incorporar a las instituciones que ejercen y articulan la representación política sectores excluidos históricamente del poder político, como las mujeres.
Sin embargo, ello no significa que no se tome en cuenta la representación entendida como el “actuar por otros” o actuación “en interés de los representados, de una manera
97YOUNG (1996), págs.109-111.
98 LOIS GONZÁLES, MARTA (2007): “Mujeres y toma de decisiones. Una aproximación a la literatura especializada” en DIZ OTERO, ISABEL Y MARTA LOIS GONZÁLES (editoras), Mujeres, instituciones y política, Ediciones Bellaterra, Barcelona, pág.22.
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sensible ante ellos”.99 Esta dimensión de la representación ha sido posteriormente re-
conceptualizada a través de lo que se denomina “policy responsiveness” (en español, “capacidad de respuesta política”) o “receptividad” que alude al grado en que los representantes o instituciones responden a las demandas y necesidades de la ciudadanía, a través de la implementación de políticas y leyes.100 Lo que puede implicar un
reposicionamiento respecto de determinados problemas sociales o la inclusión de nuevos temas en la agenda política.101 Esta es una noción también aplicable a las organizaciones políticas dado que éstas, en tanto agregadores de demandas, “transforman los intereses de los ciudadanos en entradas para el sistema político (inputs) que en caso de llegar al gobierno, se materializarán en resultados (outputs)”.102
2.2.2 Y si la representación descriptiva también debe tomarse en cuenta: ¿qué se