En el modelo se distinguen 2 grupos: A) D.I internacional ejercicios anteriores.
Si se marca la clave 1 en “Tipo ejercicio” de la página 1 del modelo (periodo impositivo coincidente
con el año natural) y el ejercicio declarado es 2014, no podrán cumplimentarse las claves 134 a
137 de este apartado (Por tanto sí podrán cumplimentarse estas claves cuando se trate de declaraciones del ejercicio 2014 y 2015 y 2016).
Cuando el ejercicio declarado sea 2015 ya no procederá la deducción correspondiente a 2004, por lo que no podrán cumplimentarse las claves 151, 152, 711 y 712.
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Cuando el ejercicio declarado sea 2016 ya no procederán la deducciones correspondientes a 2004 y 2005, por lo que no podrán cumplimentarse las claves 151, 152, 711, 712, 153, 728, 637, 638 y 639.
Los saldos de deducciones por doble imposición internacional de ejercicios anteriores deben actualizarse cuando el tipo impositivo del ejercicio de aplicación no coincida con el existente en el período de generación.
Forma de cumplimentación:
1- En la primera pantalla de acceso a los datos de este apartado sólo estarán abiertos para su cumplimentación las claves correspondientes a la primera columna “Deducción pendiente/ generada” (claves 151, 153, 154, 155, 156, 157, 158, 159, 720, 739 y 134, en su caso).
2- Si se cumplimenta algún dato en estas claves deberá salir en pantalla el siguiente mensaje o similar (es cuando le damos la “opción” al usuario):
Para determinar los saldos pendientes de años anteriores de deducciones por doble imposición internacional (excepto las deducciones a las que se refiere el art. 31.1.a) de la L.I.S.) debe tenerse en cuenta el tipo de gravamen vigente en el periodo de generación. ¿Desea efectuar el cálculo mediante el programa de ayuda?
SI / NO / CANCELAR
3- Si marca la opción “SI” debe abrirse la clave de la fila que se hubiese cumplimentado que corresponda a la columna “Tipo gravamen periodo generación”
Es decir, por ejemplo, si se cumplimentó la clave 154 ahora se abriría la clave 729. Si no se cumplimenta no debería dejar incluir más datos en la fila y saldría el siguiente mensaje o similar: Debe cumplimentar todas las claves de la fila de deducciones doble imposición. ACEPTAR / CANCELAR. Si se cancela se borrarían todos los datos de la fila. Si se acepta el cursor le llevaría a la clave 729.
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4- Una vez cumplimentada la clave 729, a continuación el programa calcularía los importes de las claves 103 “tipo gravamen 2014” (excepto cooperativas fiscalmente protegidas, SOCIMIS, régimen fiscal salida SOCIMI (carácter 057) y régimen fiscal entrada SOCIMI (carácter 064), así como en los supuestos especificados en que la cuota íntegra (562) se cumplimente manualmente por el usuario y excepcionalmente coincida el importe de las claves 552 y 562) 849 y 197 (o, en su caso, las que correspondan a las columnas “2014 deducción pendiente” y ”Deducción pendiente períodos futuros” según la fila cumplimentada).
Para las cooperativas fiscalmente protegidas (cuando se hayan marcado las claves 017 ó 018) la clave 103 no se calculará automáticamente sino que se cumplimentará por el usuario, ya que en función del carácter cooperativo o extracooperativo de los rendimientos que originan la deducción será aplicable un tipo distinto de gravamen. También se cumplimentará manualmente la clave 103:
-Cuando se hubiera marcado el carácter 012 (SOCIMI), régimen fiscal salida SOCIMI (carácter 057) y régimen fiscal entrada SOCIMI (carácter 064)+ (012).
-En los supuestos especificados en que la cuota íntegra (562) se cumplimente manualmente por el usuario y excepcionalmente coincida el importe de las claves 552 y 562.
- Cuando la clave 019 combinada con 030 ó 047, o clave 019 con ejercicios distintos al de la declaración y excepcionalmente coincida el importe de las clave [552] y [562] ó bien la clave [552] no tenga contenido y sí lo tenga la clave [562].
Para estos supuestos, en primer lugar se abrirá la clave 103 para su cumplimentación (campo abierto sin controles) y posteriormente el programa calcularía los importes de las claves 282 y 284 (o, en su caso, las que correspondan a la columna, “2014 deducción pendiente” y ”Deducción pendiente períodos futuros” según la fila cumplimentada), al igual que lo especificado para el resto de supuestos.
5- Finalmente el usuario introduciría el dato correspondiente a la clave 894 (deducción aplicada en esta liquidación) y se recalcularía la 197 (o, en su caso, las que correspondan a la columna ”Deducción pendiente períodos futuros” según la fila cumplimentada). No obstante debería permitirse la modificación de cualquiera de los datos introducidos previamente por el usuario.
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Esta operativa se aplicaría a cada una de las filas de este apartado.
De este modo se asegura la cumplimentación completa de las filas y se evitan los mensajes de aviso en el chequeo de la declaración.
6- Si marca la opción “NO” debe abrirse la clave de la fila que se hubiese cumplimentado que corresponda a la columna “Deducción aplicada en esta liquidación” (clave 894 del ejemplo). El programa trasladaría el importe de las claves de la columna Deducción pendiente / generada (clave 154 del ejemplo) a la columna “2014 deducción pendiente” (clave 849 del ejemplo), calculando también las claves de la columna “Deducción pendiente períodos futuros” (clave 197 del ejemplo). En este caso las claves que correspondan a la columnas “Tipo gravamen periodo generación” aparecerán sombreadas ya que el programa no va a efectuar el cálculo de la clave 849 sino que sólo traslada el importe consignado en la 154. No obstante, si calcularía e imprimiría (a efectos informativos) el importe de la clave 103 (excepto cooperativas fiscalmente protegidas, SOCIMIS, régimen fiscal salida SOCIMI (carácter 057), régimen fiscal entrada SOCIMI (carácter 064), así como en los supuestos especificados en que la cuota íntegra (562) se cumplimente manualmente por el usuario y excepcionalmente coincida el importe de las claves 552 y 562).
7- Si marca la opción “CANCELAR” se borrarían todos los datos de la fila.
Por lo tanto, en este apartado son de cumplimentación manual (por el usuario) las claves pertenecientes a las siguientes columnas:
- Deducción pendiente/ generada
- Tipo gravamen período generación (sólo en caso de “opción SI”) - Deducción aplicada en esta liquidación
- Clave 103 sólo para cooperativas fiscalmente protegidas, SOCIMIS, régimen fiscal salida SOCIMI (carácter 057) y régimen fiscal entrada SOCIMI (carácter 064)
Son de cumplimentación automática (por el programa) la clave 103 (fila Tipo gravamen 2014) excepto cooperativas fiscalmente protegidas, SOCIMIS, régimen fiscal salida SOCIMI (carácter 057) y régimen fiscal entrada SOCIMI (carácter 064), así como en los supuestos especificados en que la cuota íntegra (562) se cumplimente manualmente por el
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usuario y excepcionalmente coincida el importe de las claves 552 y 562 y las claves pertenecientes a las siguientes columnas:
- 2014 deducción pendiente
- Deducción pendiente períodos futuros
Si cuota íntegra (clave 562) es igual a cero se inhabilita la columna del check y de la deducción aplicada y el programa debe funcionar con comportamiento “no”.
No obstante, el funcionamiento de las claves 134 a 137 es idéntico al especificado para la “D.I. internacional 2014” que se expone a continuación.
B) D.I internacional 2014
Para estas claves, al no hacerse el cálculo, el funcionamiento es similar al anterior en la “opción” NO
1- En la primera pantalla de acceso a los datos de este apartado sólo estarán abiertos para su cumplimentación las claves correspondientes a la primera columna “Deducción pendiente/ generada” (claves 163 y 167).
2- Una vez cumplimentadas alguna de las claves anteriores se abriría la clave de la fila que se hubiese cumplimentado que corresponda a la columna “Deducción aplicada en esta liquidación”. A diferencia del anterior no se muestra ningún mensaje.
El programa trasladaría el importe de las claves de la columna Deducción pendiente / generada a la columna “2014 deducción pendiente”, calculando también las claves de la columna “Deducción pendiente períodos futuros”.
En este caso no existen claves en la columna “Tipo gravamen periodo generación”. Se calcularía e imprimiría (a efectos informativos) el importe de la clave 103.
Columna “Deducción pendiente / generada”
160 = 151 + 153 + 154 + 155 + 156 + 157 + 158 + 159 + 720 + 739 + 134 171 = 163 + 167
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Clave 103
La clave 103 se calculará del mismo modo que para las de doble imposición interna. (ver apartado anterior)
Columna “2014 deducción pendiente”:
En los supuestos en que no se efectúe el cálculo (D. I. internacional 2014 y D. I. períodos anteriores que hubieran marcado la opción “NO”):
711 = 151 637 = 153 849 = 154 285 = 155 825 = 156 001 = 157 028 = 158 717 = 159 722 = 720 740 = 739 135 = 134 164 = 163 168 = 167
En los supuestos en que se efectúe el cálculo:
Para determinar el importe de estas deducciones a aplicar en 2014 se debe tener en cuenta el tipo de gravamen vigente en los periodos de generación. Por tanto, dicho importe se obtendrá multiplicando el importe de la deducción pendiente por una fracción cuyo numerador sea el tipo de gravamen vigente en 2014 y el denominador sea el tipo de gravamen que aplicó la entidad en el periodo de generación. El tipo de gravamen del periodo de generación podría no coincidir con el consignado en la clave 558 (tipo de gravamen) de la declaración y debe calcularse por el usuario dividiendo el importe de la cuota íntegra (clave 562) entre el importe de la base imponible (clave 552) de dicho
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periodo (excepto cooperativas fiscalmente protegidas, SOCIMIS, régimen fiscal salida SOCIMI (carácter 057) y régimen fiscal entrada SOCIMI (carácter 064), así como en los supuestos especificados en que la cuota íntegra (562) se cumplimente manualmente por el usuario y excepcionalmente coincida el importe de las claves 552 y 562 y en los supuestos que la clave 562 sea igual o mayor que la clave 556 cuando carácter = 013.
711 = clave 151 x (clave 562 / clave 552) / (clave 152 / 100) 637 = clave 153 x (clave 562 / clave 552) / (clave 728 / 100) 849 = clave 154 x (clave 562 / clave 552) / (clave 729 / 100) 285 = clave 155 x (clave 562 / clave 552) / (clave 730 / 100) 825 = clave 156 x (clave 562 / clave 552) / (clave 731 / 100) 001 = clave 157 x (clave 562 / clave 552) / (clave 732 / 100) 028 = clave 158 x (clave 562 / clave 552) / (clave 733 / 100) 717 = clave 159 x (clave 562 / clave 552) / (clave 734 / 100) 722 = clave 720 x (clave 562 / clave 552) / (clave 721 / 100) 740 = clave 739 x (clave 562 / clave 552) / (clave 921 / 100) 135 = clave 134 x (clave 562 / clave 552) / (clave 926 / 100)
Para el carácter 013 y clave 562 inferior a clave 556, se sustituirán en las fórmulas anteriores las referencias a la clave 552 por clave 556.
Para cooperativas fiscalmente protegidas:
711 = clave 151 x (clave 103 / 100) / (clave 152 / 100) 637 = clave 153 x (clave 103 / 100) / (clave 728 / 100) 849 = clave 154 x (clave 103 / 100) / (clave 729 / 100) 285 = clave 155 x (clave 103 / 100) / (clave 730 / 100) 825 = clave 156 x (clave 103 / 100) / (clave 731 / 100) 001 = clave 157 x (clave 103 / 100) / (clave 732 / 100) 028 = clave 158 x (clave 103 / 100) / (clave 733 / 100) 717 = clave 159 x (clave 103 / 100) / (clave 734 / 100) 722 = clave 720 x (clave 103 / 100) / (clave 721 / 100) 740 = clave 739 x (clave 103 / 100) / (clave 921 / 100) 135 = clave 134 x (clave 103 / 100) / (clave 926 / 100)
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109 Para ambos supuestos:
161 = 711 + 637 + 849 + 285 + 825 + 001 + 028 + 717 + 722 + 740 + 135 172 = 164 + 168
Columnas “Deducción aplicada en esta liquidación” y “Deducción pendiente períodos futuros”
Debe cumplirse que:
712 711 638 637 639 = 638 - 637 894 849 197 = 849 - 894 286 285 287 = 285 - 286 826 825 827 = 825 - 826 002 001 003 = 001 - 002 029 028 030 = 028 - 029 718 717 719 = 717 - 718 723 722 724 = 722 - 723 741 740 742 = 740 - 741 136 135 137 = 135 – 136 572 = 712 + 638 + 894 + 286 + 826 + 002 + 029 + 718 + 723 + 741 + 136 573 = 165 + 169 162 = 639 + 197 + 287 + 827 + 003 + 030 + 719 + 724 + 742 + 137 174 = 166 + 170
El importe de las claves 572 y 573 se trasladará a las claves de igual numeración de la página 14 del modelo.
Controles:
Se introducen mensajes de aviso para los supuestos de balances N, A, P:
- Cuando los importes pendientes de compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores (claves 640, 643, 646, 649, 652, 655, 658, 661, 664, 667, 743, 275,
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608, 704, 013, 725, 534 y 607), tengan contenido y superen la mayor de las 2 cifras siguientes: importe del activo total (clave 180, pág. 4) ó de la cifra de negocios (clave 255, pág. 7), multiplicadas por 10.
- Cuando los importes pendientes de deducción por doble imposición interna de ejercicios anteriores (claves 101, 104, 106, 108, 110, 112, 114 y 735), tengan contenido y superen la mayor de las 2 cifras siguientes: importe del activo total (clave 180, pág. 4) ó de la cifra de negocios (clave 255, pág. 7), multiplicadas por 10.
- Cuando los importes pendientes de deducción por doble imposición internacional de ejercicios anteriores (claves 151, 153, 154, 155, 156, 157, 158, 159, 720, 739 y 134), tengan contenido y superen la mayor de las 2 cifras siguientes: importe del activo total (clave 180, pág. 4) ó de la cifra de negocios (clave 255, pág. 7), multiplicadas por 10.
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