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FIRMES Y PAVIMENTOS

APÉNDICE 1: Cálculo de la red de pluviales (CYPE)

3. DEFINICIÓN DE LAS SOLUCIONES 1 APARCAMIENTO

3.2 VÍA PEATONAL

3.3 SENDA PEATONAL Y ZONA DE RECREO 4. SISTEMA DE ALUMBRADO

4.1 APARCAMIENTO 4.2 VÍA PEATONAL

4.3 SENDA PEATONAL Y ZONA DE RECREO

APÉNDICE 1. Estudio lumínico de la red de alumbrado APÉNDICE 2. Cuadros de mando

Iria Pérez Varela

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1. INTRODUCCIÓN

El objetivo del presente anejo es determinar los parámetros que nos permitan definir la red de alumbrado público que requiere este proyecto. Para ello se seguirán las directrices establecidas en el Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07.

La parcela objeto del proyecto y la carretera de acceso al arenal carecen de red de alumbrado público. La red prevista será enterrada, incluidas las acometidas a las luminarias, con el fin de evitar cableado aéreo, no acorde con la protección.

La elección en la red de alumbrado busca obtener el sistema de iluminación más adecuado para el entorno en el que nos encontramos, procurando siempre crear el menor impacto ambiental posible. Además se seguirán una serie de criterios técnicos que permitan garantizar un suministro adecuado a las necesidades previstas proporcionando una iluminación suficiente, siempre minimizando los costes de inversión, mantenimiento y sobre todo, reduciendo al mínimo los costes de tipo energético.

En nuestro caso concreto tendremos que definir tres soluciones diferentes, que se corresponderán con las actuaciones de nuestro proyecto: el aparcamiento, la vía semipeatonal de acceso y la senda peatonal (y zona del merendero).

Con todo ello se pretende:

- Garantizar un suministro suficiente para las necesidades previstas.

- Establecimiento de potencias adecuadas y programación de las pautas de uso y mantenimiento. - Permitir una fácil orientación.

- Proporcionar iluminación suficiente que ofrezca la máxima seguridad tanto a vehículos como a peatones.

- Adquirir un confort visual.

La red de alumbrado público consta de los siguientes elementos:

- Red de distribución: Conjunto de conductores propiedad de la empresa eléctrica a través de los cuales se da suministro al usuario.

- Acometidas: Es la parte de la instalación comprendida entre la red de distribución y las cajas generales de distribución para suministro en baja tensión.

- Receptor: Máquina que utiliza la energía eléctrica para un fin particular. Consta de: o Báculo: Poste en forma de cayado.

o Brazo de báculo: parte del báculo comprendida entre el punto en que su eje deja de ser vertical y su extremo.

o Poste con brazo: Parte que lleva adosado el brazo que soporta el punto de luz. o Punto de luz: Conjunto de luminarias y lámparas que aloja en su interior.

o Luminarias: Aparato que sirve para repartir, filtrar o transformar la luz de las lámparas y que incluye todas las piezas necesarias para fijar y proteger las lámparas y para conectarlas al circuito de alimentación.

Las condiciones de trazado de la red se fijarán teniendo en cuenta que los distintos circuitos que componen la red de alumbrado no presenten problemas de sobrecarga, caídas de tensión y se encuentren totalmente protegidas.

Para el diseño de la red de alumbrado de la parecela se ha optado por diferenciar dos tipos de puntos de luz, según la función que desempeñan.

1. Iluminación de la parcela de aparcamiento. 2. Iluminación de la vía peatonal de acceso. 3. Senda peatonal y zona de recreo.

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2. NORMATIVA APLICADA

Para la realización del presente anejo se siguió la normativa detallada a continuación:

- Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones Técnicas Complementarias EA-01 a EA-04 (entrada en vigor 1 de abril de 2009).

- Real Decreto 842/2002 de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión e Instrucciones Técnicas Complementarias (BOE de 18/09/02).

- Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de instalaciones de energía eléctrica. - Real Decreto 2351/2004, de 23 de diciembre, por el que se modifica el procedimiento de

resolución de restricciones técnicas y otras normas reglamentarias (BOE de 24/12/04). - Reglamento de Verificaciones Eléctricas y Regularidad en el Suministro de Energía Eléctrica. - Normas UNE.

- Normas particulares de Unión Fenosa y Distribución (U.F.D.S.A.). - Plan General de Ordenación Municipal de Malpica de Bergantiños.

3. DEFINICIÓN DE LAS SOLUCIONES 3.1 APARCAMIENTO

Para definir los sistemas de iluminación de la zona de aparcamiento seguiremos la Instrucción Técnica Complementaria EA – 02 de Niveles de iluminación incluida en el Real Decreto 1890/2008 anteriormente citado, y que asigna las clases de alumbrado según el tipo de vía del que se trate (de alta, moderada o baja velocidad, aparcamientos, calles peatonales, carriles bici,…), la intensidad media del tráfico y otros factores.

El criterio principal de clasificación de las vías es la velocidad de circulación, según se establece en la Tabla 1 de la Instrucción Técnica Complementaria EA – 02, que se muestra a continuación. En ella se puede ver que, atendiendo a la baja velocidad del tráfico rodado de la que disponemos en nuestro caso, estaríamos en la Categoría D.

El caso concreto de nuestro aparcamiento aparece reflejado en la Tabla 4, dentro de las situaciones de proyecto: ”Aparcamiento en general” > D1-D2. Como se puede ver en la siguiente tabla:

Según la tabla anterior y considerando un flujo de tráfico de peatones normal, la clase de alumbrado correspondiente sería CE3/CE4.

En la Tabla 9 de esta misma Instrucción nos aparece la iluminancia que se corresponde con estos dígitos, como se indica a continuación:

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Siguiendo esta tabla la iluminancia media del aparcamiento debería encontrarse entre 10-15 lux, mientras que la uniformidad media será de 0,40 (estos valores serán los mínimos en cada caso).

3.2 VÍA PEATONAL

Para la definición de los sistemas de iluminación de la zona de la carretera peatonal de acceso tendremos que entrar en la Tabla 5, donde aparecen las clases de alumbrado para vías tipo E, en las que se encuentra definido nuestro tipo de calle, como se puede deducir de la Tabla 1 vista anteriormente en este Anejo.

Las clases de alumbrado adecuadas serán las definidas en la Tabla 9, que se muestra a continuación.

La clase de alumbrado es CE5 (Estudiado con DiaLux) por lo que la iluminancia media mínima mantenida deberá ser de 7,5 lux, mientras que uniformidad media mínima será de 0,40.

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3.3 SENDA PEATONAL Y ZONA DE RECREO

Nuestra senda peatonal se encuentra en la zona del merendero, ya en la zona más próxima al arenal de Beo.

Como se muestra en el punto 3.4 Alumbrado de Parques y Jardines de la Instrucción Técnica Complementaria EA – 02, los viales principales, tales como accesos al parque o jardín, sus paseos y glorietas, áreas de estancia y escaleras, que estén abiertos al público durante las horas nocturnas, deberán iluminarse como las vías de tipo E (tabla 5).

A continuación en la Tabla 5, aparecen las clases de alumbrado para vías tipo E:

Según la tabla anterior y considerando un flujo de tráfico de peatones alto, la clase de alumbrado correspondiente sería E1/E2.

En la Tabla 9 de esta misma Instrucción nos aparece la iluminancia que se corresponde con estos dígitos, como se indica a continuación:

La iluminancia media mínima mantenida deberá ser de 25 lux, mientras que uniformidad media mínima será de 0,40.