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DEFINICIÓN DE PROFESIÓN

Capítulo lo

III. DEFINICIÓN DE PROFESIÓN

El hecho de que todos quieran ser profesionales hace que la tarea de definir las profesiones se convierta en fuente de agravios para quienes no caen bajo esa definición de profesión. Dar un concepto demasiado restringido de profesión podría parecer una descalificación ex definitione  de las pretensiones de determinados colectivos de ser considerados como verdaderos profesionales. En cambio si toda ocupación laboral estable es considerada como profesión, entonces el concepto es tan amplio que queda sin justificar nuestro interés en tratar específicamente de la ética profesional como contradistinta y más específica que una genérica ética del trabajo, de la laboriosidad, etc.

Aquí ofreceremos una definición tipológica de profesión. Al definir la profesión conforme a la semántica de prototipos, cada rasgo caracteriza centralmente lo que es la típica profesión. Cuando todos esos rasgos se cumplen, estamos ante lo que podemos llamar la profesión en su sentido pleno, la profesión-tipo. En cambio, cuando algunos de esos rasgos faltan o se cumplen en menor medida, no por ello hay que dejar de hablar de profesión, aunque sea en un sentido menos pleno. Los rasgos admiten grados de realización; es posible, pues, construir escalas de profesionalización. No todas las profesiones lo son en igual medida, ni todas alcanzan a la vez el mismo grado de profesionalización. Esto parece responder mejor a la realidad de la que nos ocupamos.

Profesiones son pues aquellas actividades ocupacionales:

a) en las que de forma institucionalizada se presta un servicio específico a la sociedad, b) por parte de un conjunto de (los profesionales) que se dedican a ellas de forma

estable obteniendo de ellas su medio de vida,

c) formando con los otros profesionales (colegas) un colectivo que obtiene o trata de obtener el control monopolístico sobre el ejercicio de la profesión,

d) y acceden a ella tras un largo proceso de capacitación teórica y práctica, de la cual depende la acreditación o licencia para ejercer dicha profesión.

LECTURAS COMPLEMENTARIAS

GONZÁLEZ ANLEO, J. (1994), “Las profesiones en la sociedad corporativa”, en: FERNÁNDEZ, J-L. y HORTAL, A. (1994),  Ética de las profesiones, Universidad Pontificia Comillas, Madrid, 21-34.

MARAÑÓN. G., Vocación y ética y otros ensayos, Espasa-Calpe, Madrid, 1947.

Madrid.

MARZAL FUENTES, A., “El ethos del trabajo en la sociedad actual”, en: FERNÁNDEZ, J-L. y HORTAL, A. (1994), 35-52.

“Hay sin duda aumento de vida, y esta función es la que generalmente realizan las profesiones. No hay duda que el médico que hace desaparecer los dolores, arregla los huesos rotos, cura las enfermedades y nos libra de una muerte prematura, aumenta la duración de la vida. Los compositores de música y los que tocan instrumentos, así como los profesores de música y de baile exaltan las emociones y aumentan la vida. El poeta épico, lírico o el dramático, de acuerdo con el actor, nos procura a su modo sensaciones agradables y nos aumenta la vida. El historiador y el hombre de letras elevan el estado mental del hombre en cierta medida, primero en la dirección que le imprimen, después por el interés que excitan los hechos y las ficciones y aumentan la vida. Aunque no podamos decir nosotros que el legislador y el abogado operen la misma acción de una manera directa, facilitan sin embargo el mantenimiento del ciudadano, ayudándole a resistir las agresiones, y esto también es aumentar la vida. El profesor, tanto por la instrucción que suministra como por la disciplina que impone, hace a sus alumnos capaces de adaptarse a cualquier ocupación de un modo más efectivo y obtener provechos para su subsistencia, y aumenta la vida. Y los que se ocupan en artes pláticas también, el pintor, el escultor, el arquitecto, excitan con sus obras los sentimientos delicados, las emociones agradables de orden estético, y aumentan así la vida...”.

HERBERT SPENCER, Origen de las profesiones, F. Sempere & Co., Valencia, 1909, pp. 7s.

Juramento hipocrático:

“Juro por Apolo, médico, por Asclepio, Higía y Panacea, así como por todos los dioses y diosas, poniéndolos por testigos, dar cumplimiento en la

medida de mis fuerzas y de acuerdo con mi criterio al juramento y compromiso siguientes: Tener al que me enseñó este arte en igual estima que a mis progenitores, compartir con él mi hacienda y tomar a mi cargo sus necesidades si hiciese falta, considerar a sus hijos como hermanos míos y enseñarles este arte, si quieren aprenderlo, de forma gratuita y sin contrato o compromiso, hacerme cargo de la preceptiva, la instrucción oral y demás enseñanzas de mis hijos, de los de mi maestro y de los discípulos que hayan suscrito el compromiso y estén sometidos por el juramento a la ley médica, pero de nadie más. Haré uso del régimen de vida para ayuda del enfermo, según mi capacidad y recto entender. Del daño y de la injusticia le preservaré. No daré a nadie, aunque me lo pida, ningún fármaco letal, ni haré semejante sugerencia. Igualmente tampoco proporcionaré a mujer alguna un pesario abortivo. En pureza y santidad mantendré mi vida y mi arte. No haré uso del bisturí ni aun con los que sufren del mal de piedra. Dejaré esa práctica a los que la realizan. Al visitar una casa, entraré en ella para bien de los enfermos, absteniéndome de todo agravio intencionado o corrupción, en especial de prácticas sexuales con las personas, ya sean hombres ya mujeres, esclavos o libres. Lo que en el tratamiento, o incluso fuera de él, viere u oyere en relación con la vida de los hombres, aquello que jamás deba divulgarse, lo callaré teniéndolo por secreto.

Si soy fiel a este juramento y no lo quebranto, séame dado el gozar de mi vida y de mi arte, rodeado de la consideración de todos los hombres. Pero si lo violo y cometo perjurio, que me ocurra todo lo contrario”.

Citado y comentado por D. GRACIA, Fundamentos de bioética, Eudema, Madrid, 1989, págs. 45ss.

Capítulo 3

Contextos y mediatizaciones