CAPÍTULO I: MARCO TEÓRICO
1.2 Análisis de las distintas posiciones teóricas
1.2.7. Otras Definiciones
1.2.7.1. Violencia Intrafamiliar.
La violencia, en la actualidad se ha constituido en un problema que afecta a todos los sectores sociales y tiene un impacto al corto, mediano y largo plazo en las personas, familias y comunidades, repercutiendo en el ámbito familiar, laboral, escolar, social, de la salud y económico. Este fenómeno multidimensional requiere de un tratamiento integral que nos permita conocerlo, detectarlo y prevenirlo.
El tratadista Weltzer (1992) define a la violencia intrafamiliar como: “Toda acción o conjunto de acciones realizadas que utilizan abusivamente el poder para lograr dominio sobre una persona, forzándola y atentando contra su autonomía, integridad, dignidad o libertad”.
La violencia intrafamiliar es definida por Corsi, (2006), como: “Todas las formas de abuso que ocurren en las relaciones entre los miembros de una familia. Esto incluye toda conducta que por acción y omisión dañe física y psicológicamente a otro miembro de la familia”
El tratadista García, (2008), define a la violencia como: “Un acto social y, en la mayoría de los casos, un comportamiento prendido en un contexto permeado
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por inequidades sociales basadas en el género, la edad, raza, con imágenes de violencia y fuerza física como la manera prevaleciente de resolver conflictos” El tratadista (Cáceres) (2005) define la violencia, como un comportamiento que puede provocar daños físicos, psíquicos al prójimo. Por tanto es importante tener en cuenta que, más allá de la agresión física, la violencia puede ser emocional ya que puede ser causada mediante ofensas o amenazas, es por ello que la violencia puede causar secuelas físicas y/o psicológicas.
1.2.7.2. Tipos de violencia intrafamiliar
Las formas de este fenómeno social, son las siguientes: Física
Dar golpes que provocan daños físicos que pueden incluir moretones, fractura de huesos, sangrado interno y muerte. Con frecuencia, el maltrato comienza con contactos leves y aumenta con el tiempo hasta llegar a acciones más violentas.
Pegar, morder, cortar, quemar, patear, abofetear, pellizcar, amarrar, lanzar objetos (muebles o hasta ladrillos, palos). Lastimar con armas: pistola, cuchillo, navaja, martillo, tijeras, Abandono, sacarle de la casa o descuidarle en una enfermedad.
La violencia física es sancionada de acuerdo al Código Orgánico Integral Penal en el artículo 156.
Violencia física
La persona que, como manifestación de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, cause lesiones, será sancionada con las mismas penas previstas para el delito de lesiones aumentadas en un tercio
Artículo 152.- Lesiones.- La persona que lesione a otra será sancionada de acuerdo con las siguientes reglas:
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1. Si como resultado de las lesiones se produce en la víctima un daño, enfermedad o incapacidad de cuatro a ocho días, será sancionada con pena privativa de libertad de treinta a sesenta días.
2. Si produce a la víctima un daño, incapacidad o enfermedad de nueve a treinta días, será sancionada con pena privativa de libertad de dos meses a un año
3. Si produce a la víctima un daño, incapacidad o enfermedad de treinta y uno a noventa días, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.
4. Si produce a la víctima una grave enfermedad o una disminución de sus facultades físicas o mentales o una incapacidad o enfermedad, que no siendo permanente, supere los noventa días, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años
5. Si produce a la víctima enajenación mental, pérdida de un sentido o de la facultad del habla, inutilidad para el trabajo, incapacidad permanente, pérdida o inutilización de algún órgano o alguna grave enfermedad transmisible e incurable, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años. Si la lesión se produce durante concentraciones masivas, tumulto, conmoción popular, evento deportivo o calamidad pública, será sancionada con el máximo de la pena privativa de libertad prevista para cada caso, aumentada en un tercio.
La lesión causada por infringir un deber objetivo de cuidado, en cualquiera de los casos anteriores, será sancionada con pena privativa de libertad de un cuarto de la pena mínima prevista en cada caso
Para la determinación de la infracción del deber objetivo de cuidado se considerará lo previsto en el artículo 146.
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No serán punibles las lesiones derivadas de acciones terapéuticas ejecutadas por profesionales de la salud en cumplimiento del principio de necesidad que precautele la salud del paciente.
Psicológica o emocional
Es toda acción u omisión que cause daño, dolor luego anota, es también la intimidación o amenazas mediante la utilización de apremio moral.
Abuso verbal: Rebajar, insultar, ridiculizar, humillar, utilizar juegos mentales e ironías para confundir.
Intimidación: Asustar con miradas, gestos o gritos. Arrojar objetos o destrozar la propiedad.
Amenazas: De herir, matar, suicidarse, llevarse a los niños, de golpear a cualquiera de los miembros de la familia.
Abuso sexual: Imposición del uso de anticonceptivos, presiones para abortar, menosprecio sexual, imposición de relaciones sexuales contra la propia voluntad o contrarias a la naturaleza.
Aislamiento: Control abusivo de la vida del otro, mediante vigilancia de sus actos y movimientos, escucha de sus conversaciones, impedimento de cultivar amistades.
Desprecio: Tratar al otro como inferior, tomar las decisiones importantes sin consultar al otro.
Amenazas: Humillaciones, insultos, burla, mirada de desprecio, silencio injustificado, negación de cariño y cualquier actitud que le haga sentir culpable, inferior o con vergüenza.
Control sobre su manera de ser, vestir y hablar.
Encierro doméstico y prohibición de tener amistades o visitas familiares, acusaciones de infidelidad.
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Destrucción de sus cosas y maltrato de los animales.
Sanciones quienes causen violencia psicológica según el Código Orgánico Integral Penal en al artículo 157.
Violencia psicológica contra la mujer o miembros del núcleo familiar.- La persona que, como manifestación de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, cause perjuicio en la salud mental por actos de perturbación, amenaza, manipulación, chantaje, humillación, aislamiento, vigilancia, hostigamiento o control de creencias, decisiones o acciones, será sancionada de la siguiente manera:
1. Si se provoca daño leve que afecte cualquiera de las dimensiones del funcionamiento integral de la persona, en los ámbitos cognoscitivos, afectivos, somáticos, de comportamiento y de relaciones sin que causen impedimento en el desempeño de sus actividades cotidianas, será sancionada con pena privativa de libertad de treinta a sesenta días.
2. Si se afecta de manera moderada en cualquiera de las áreas de funcionamiento personal, laboral, escolar, familiar o social que cause perjuicio en el cumplimiento de sus actividades cotidianas y que por tanto requiere de tratamiento especializado en salud mental, será sancionada con pena de seis meses a un año.
3. Si causa un daño psicológico severo que aún con la intervención especializada no se ha logrado revertir, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años
Sexual
La violencia sexual a este respecto el Doctor Carlos Calle anota. La violencia a la mujer y la familia sus delitos sexuales como son: del atentado contra el pudor de la violación y del estupro.
Para el Doctor Calle Carlos la expresión violencia sexual es genérica cuando expresa todo maltrato que constituya imposición en el ejercicio de la sexualidad
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de una persona. Implica violación porque hay acceso carnal o relación sexual en su caso, no se podría entender de otra manera las palabras utilizando la fuerza física, maltratados, intimidación, amenazas u otro medio coercitivo. Practicar actos sexuales que no le gustan o ponen en peligro la salud
Sanciones de acuerdo al Código Orgánico Integral Penal en su artículo 158 Violencia sexual contra la mujer o miembros del núcleo familiar.- La persona que, como manifestación de violencia contra la mujer o un miembro del núcleo familiar, se imponga a otra y la obligue a tener relaciones sexuales u otras prácticas análogas, será sancionada con las penas previstas en los delitos contra la integridad sexual y reproductiva
Acoso sexual.- La persona que solicite algún acto de naturaleza sexual, para sí o para un tercero, prevaliéndose de situación de autoridad laboral, docente, religiosa o similar, sea tutora o tutor, curadora o curador, ministros de culto, profesional de la educación o de la salud, personal responsable en la atención y cuidado del paciente o que mantenga vínculo familiar o cualquier otra forma que implique subordinación de la víctima, con la amenaza de causar a la víctima o a un tercero, un mal relacionado con:
Violación.- Es violación el acceso carnal, con introducción total o parcial del miembro viril, por vía oral, anal o vaginal; o la introducción, por vía vaginal o anal, de objetos, dedos u órganos distintos al miembro viril, a una persona de cualquier sexo. Quien la comete, será sancionado con pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años en cualquiera de los siguientes casos: 1. Cuando la víctima se halle privada de la razón o del sentido, o cuando por enfermedad o por discapacidad no pudiera resistirse.
2. Cuando se use violencia, amenaza o intimidación.
3. Cuando la víctima sea menor de catorce años. Se sancionará con el máximo de la
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1. La víctima, como consecuencia de la infracción, sufre una lesión física o daño psicológico permanente.
2. La víctima, como consecuencia de la infracción, contrae una enfermedad grave o mortal.
3. La víctima es menor de diez años.
4. La o el agresor es tutora o tutor, representante legal, curadora o curador o cualquier persona del entorno íntimo de la familia o del entorno de la víctima, ministro de culto o profesional de la educación o de la salud o cualquier persona que tenga el deber de custodia sobre la víctima.
5. La o el agresor es ascendiente o descendente o colateral hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad
6. La víctima se encuentre bajo el cuidado de la o el agresor por cualquier motivo en todos los casos, si se produce la muerte de la víctima se sancionará con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años.
En el artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal nos dice sobre el Femicidio.- La persona que, como resultado de relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia, dé muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género, será sancionada con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis
Perfil del agresor y la victima El agresor
Para las tratadistas Hernández &Luminani, (2007), el agresor no tiene un perfil específico, pues depende de las características sociales, educativas y culturales, sin embargo presenta referentes como: “Tiene una personalidad centrada en sí mismo y cree que tiene derecho a satisfacer sus necesidades físicas, emocionales y sexuales a costa del sacrificio de los demás.
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Es manipulador y proyecta una imagen de víctima, Igual que los agresores sexuales, los esposos agresores, tienen una limitada capacidad para el cambio. Se puede evidenciar a corto plazo, pero no a largo plazo.
No es identificable por su conducta social el agresor/a común no es un enfermo sexual el alcohol y las drogas no convierten a una persona en agresor. Rehabilitarse no conlleva que la violencia termine.
Puede ser de cualquier clase social; los grados académicos no inmunizan la conducta agresiva.
Demuestra personalidad complaciente ante la sociedad.
Puede controlar sus impulsos y por esta razón, tiene buen funcionamiento social, pero se autoriza a sí mismo a ser abusivo con su familia. La necesidad del agresor que motiva su conducta surge de la creencia de que posee a la esposa/o y los hijos.
Posesivo, celoso, controlador, que actúa como si tuviera todo el derecho para someter, degradar y humillar a su familia y en especial, a su pareja, piensan que la pareja es un objeto de su propiedad, reacciona con gritos, ofensas, insultos, golpes.
El maltrato, las agresiones, las transforman en una simple pelea cuando se les pregunta qué sucedió.
Los insultos y gritos, son para ellos problemas de pareja, interrumpir, callar, ridiculizar, desmerecer o hacer comentarios hirientes, son bromas que les causa gracia y para ello buscan de aliados a los hijos o los amigo, tampoco son conscientes del daño que hacen. Simplemente han puesto en su sitio a la pareja e hijos, siempre por debajo de ellos, recordándoles con golpes y maltrato que él es el que manda.
Son expertos manipuladores, suelen recurrir a la mentira, minimizan los efectos de su conducta, la justifican y no se reconocen como personas violentas.
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Sus sentimientos de inferioridad y su baja autoestima hacen que cualquier desaire, reclamo o frustración, se convierta en una ofensa a su persona. Un sentimiento de humillación que quieren evitar a toda costa, para ello, hacen lo contrario, se sobrevaloran en el hogar y buscan en el maltrato a la pareja, el poder que se les niega en la calle. Por eso las retienen y no quieren perderlas. Las necesitan para desahogarse y la excusa perfecta se la dan cuando a ella se le ocurre llevarle la contraria, quejarse o protestar por el maltrato”.
Perfil de la victima
Para González Torres (2009), la víctima de maltrato familiar tiene las características siguientes:
“Empobrecimiento de la autoestima de la esposa, hijos y familiares los sentimientos de la víctima hacia el agresor son ambivalentes, ya que siente hacia el agresor rabia en los periodos de violencia y afecto en los periodos de remisión de la violencia, la víctima debe enfrentarse a la ansiedad que le provoca la marcha, ya que esta conlleva aceptar el fracaso familiar y hacerse cargo de los hijos en numerosas ocasiones, la sociedad culpabiliza a la víctima por el fracaso conyugal la víctima tiene que hacer frente a las consecuencias económicas de la marcha.
La víctima tendrá que afrontar la soledad, para la que pocas mujeres han sido preparadas, ya que no se las educa para vivir autónomamente y sólo se conciben funcionando ligadas a un hombre. Los niños y jóvenes bajan su rendimiento escolar.
Se desmotivan fácilmente, asistencia irregular a las instituciones educativas, aislamiento voluntario de sus amigos y compañeros.
Falta de comunicación.
Tienen tendencia a la depresión y al suicidio.
Abandonos de la casa y pernoctación alejada del hogar. Tendencia al consumo de alcohol y drogas.
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También aparece un sentimiento de desamparo”.
Causas y consecuencias de la violencia intrafamiliar. Causas de la violencia intrafamiliar.
La violencia intrafamiliar tiene su origen en la falta de consideración, concientización y respeto hacia el ser humano, violencia que se deriva de conductas como: El alcoholismo, falta de conciencia en los habitantes de una sociedad, la ignorancia, el limitado control de los impulsos, la incompatibilidad de caracteres, la falta de comprensión hacia los niños y jóvenes, la drogadicción la violencia intrafamiliar, presenta elementos que al interactuar desencadenan este tipo de funcionamiento:
-Las observaciones de agresiones entre el padre y la madre -Personalidad agresiva.
-Altos niveles de estrés cotidiano. -El abuso del alcohol.
-Los problemas maritales, causan insatisfacciones que convierten la relación de pareja en un combate cotidiano donde cada cónyuge se defiende o se somete a las situaciones de coerción y se encierran y no negocian ninguno de los dos. -Los patrones de crianzas hacia los hijos.
-La actitud positiva hacia el maltrato físico por parte de los cónyuges.
-La aceptación y permiso cultural que hace la sociedad de la agresión física, psicológica y sexual a la mujer.
-La ausencia de valores humanos como libertad, respeto, solidaridad, amor, honestidad, responsabilidad, puntualidad, reciprocidad, en las interacciones familiares cotidianas.
77 -La falta de educación de los padres
-La falta de comprensión existente entre las parejas, la incompatibilidad de caracteres.
-Falta de comprensión hacia los hijos, donde muchas madres maltratan a sus hijos, y generan así violencia.
Al analizar la situación psicológica de la familia ecuatoriana, según los resultados de nuestra investigación y de las investigaciones previas, se llego a la conclusión de que las causas psicológicas básicas de la violencia intrafamiliar, patología social de nuestras familias, son los celos, la drogadicción y la inmadurez psicológica o emocional.
Detección de la violencia intrafamiliar
La violencia intrafamiliar puede ser detectada en gran medida en el contexto en el que genera, pues la cultura y la población cambian, sin embargo la violencia sigue siendo violencia en cualquier espacio, pues la aceptación y la tolerancia son las que varían.
La tratadista (González Torres)(2009), afirma que:
“El miembro de la familia agredido suele aislarse de ésta y de las amistades, pero cuando hay contacto con los demás, el maltrato se oculta. Generalmente el agresor dice que la víctima “está loca/o” y que ella es siempre quien provoca que la agredan. Con frecuencia el agresor busca la manera de evitar que el agredido lo delate, esto podría incluir que cuando el agredido necesita atención médica, el agresor lo mantenga en constante vigilancia para no ser descubierto, o que se niegue a proporcionarle esta ayuda clínica; ya que si el agresor se siente delatado, provocará más violencia hacia ese individuo para castigarlo.
La violencia en una familia, puede salir a la luz mediante algún familiar que no viva exactamente en el hogar donde se está manifestando la violencia, pero que tenga lazos fuertes y cercanos con quien es agredido”.
78 Consecuencias de la violencia intrafamiliar
Las consecuencias de la violencia intrafamiliar pueden ser leves o graves, sin embargo estas se pueden generarse en el nivel personal, familiar y social: Nivel personal
-Baja autoestima
-Devaluación como persona -Desinterés
-Falta de fuerza y energía
-Confusión en pensamiento y sentimientos -Debilidad gradual de sus defensas físicas -Enfermedades psicosomáticas
-Trastornos psiquiátricos -Perturbaciones cardiacas
-Disturbios ginecológicos, gastrointestinales, dermatológicos y respiratorios -Miedos y angustias
-Dependencia y Autoeliminación Nivel familiar
El niño y el joven incorporan del hogar violento, un modelo de relación agresiva similar. Éste es tomado como ejemplo y les queda tan grabado que casi inmediatamente lo empiezan a reproducir con sus hermanos/as, amigos/as y compañeros/as, estableciendo una relación similar, en un alto porcentaje llevarán este modelo a la relación de noviazgo, de matrimonio o de paternidad, conservando el problema y siguiendo una cadena generacional de violencia la
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violencia intrafamiliar es una de las causas principales de la existencia de niños y jóvenes de la calle y de pandillas, pues un alto porcentaje de menores y jóvenes con conductas delictivas y antisociales provienen de hogares violentos. Nivel social
La pérdida de las amistades por el aislamiento, inseguridad y demás consecuencias personales, ponen de manifiesto la forma de comportarse del individuo que es agredido a través del alejamiento de su propia familia.
En el plano de la salud física
Enfermedades ginecológicas como: Dolor crónico pelviano, flujo vaginal persistente, sangrado genital de origen disfuncional
Abuso y dependencia de alcohol y sustancias psicotrópicas Enfermedades de transmisión sexual
Daños corporales como lesiones con arma blanca
Daños permanentes como quemaduras, mordidas o hematomas
Quejas somáticas poco definidas como: Cefalea crónica, dolor abdominal, pélvico y muscular, fatiga crónica
Cambios repentinos de peso
Aumento del tabaquismo, aborto, control prenatal tardío, retardo de crecimiento, hemorragias del feto, muerte fetal y muerte materna
Lesiones abdominales, toráxicas, síndromes de dolor crónico, discapacidad, fracturas, trastorno del aparato digestivo, colon irritable, desgarros, lesiones oculares y disminución de las funciones físicas en el ámbito psicológico trastornos Mentales: De ánimo, depresiones severas, trastornos obsesivos compulsivos, trastornos por conversión, trastornos de pánico, trastornos en la alimentación bulimia o anorexia, trastornos en el sueño, episodios sicóticos.
80 -Síndrome de estrés post traumático -Miedo y ansiedad
-Sentimientos de vergüenza
-Conducta extremadamente dependiente -Suicidio
-Abuso de alcohol y drogas -Tabaquismo
-Trastornos de los hábitos alimentarios y del sueño -Fobias, depresión, ansiedad, baja autoestima -Trastornos psicosomáticos
-Comportamiento suicida
-Comportamiento sexual riesgoso En el ámbito sexual y reproductivo -Relaciones sexuales prematuras -Embarazos no deseados
-Disfunciones sexuales
-Obligación ejercida por parte del varón de la práctica de aborto