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1. LA VIOLACIÓN

2.4. DERECHO COMPARADO

En este país de América del Sur, aún razona al aborto como un crimen y considera solo dos excepciones para que no sea punible: el primero para evitar la vida o la salud de la madre y el segundo, en casos de violación cometido sobre una mujer de mente o idiota así manifiesta en su artículo 86 del actual Código penal (Gil Domínguez, 2000).

1. Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios. 2. Si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor

cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto. (Art. 86).

“En julio, una niña de 12 años de la comunidad indígena wichí fue violada por un grupo de hombres no indígenas. A consecuencia de la violación, la niña quedó embarazada, y fue obligada a seguir adelante con el embarazo a pesar de que sus padres habían denunciado la violación. En su 31 semana de gestación le permitieron someterse a una cesárea sólo porque su embarazo era inviable.” (Amnistía Internacional, 2016). En este país hay gente, organizaciones, movimientos que insisten en luchar, por los derechos de las mujeres, porque no por el hecho de que la naturaleza femenina es reproductiva se va a dar lugar a actos que vulneren la libertad sexual y reproductiva, y como este caso hay

muchos más que en su mayoría las mujeres menores de edad son víctimas de delitos de violaciones individuales como múltiples.

En Argentina, el aborto está despenalizado cuando el embarazo es producto de una violación o está en peligro la salud de la mujer, aunque los médicos se pueden negar alegando objeción de conciencia. Según estimaciones de varias ONG, cada año se realizan unos 500 000 abortos en este país. (El Comercio, 2017)

2.4.2. El Salvador

País de América Central, es otro reflejo más de tortura que se evidencia frente a la despenalización del aborto en este contexto la mujer que asista al hospital por un aborto aunque sea espontáneo ya enseguida denuncian a la policía los mismos médicos y son sentenciadas por “homicidio culposo”, con penas máximas que llegan a los cuarenta años. Este país es un caso muy especial porque desde el año de 1988 hasta la actualidad, la mujer no tiene derechos en su vida sexual ni en su vida reproductiva. Llegando tanto al extremo que por causa del embarazo la vida de la mujer corra peligro es despenalizado. “La ley actual obliga a mujeres y niñas a recurrir a abortos clandestinos para salvar sus vidas, y además crea una atmósfera de sospecha hacia las mujeres que sufren un aborto espontáneo u otras emergencias obstétricas. Como consecuencia, mujeres que han tenido complicaciones durante el embarazo han sido procesadas y condenadas tras ser acusadas de “aborto inducido,” con sentencias de hasta 40 años de prisión.” (Amnistía Internacional, 2016). Y esto implica a que las mujeres y niñas acudan a practicar el aborto en lugares clandestinos e insalubres aun así se trate de abortos espontáneos.

2.4.3. Chile

Luego de varios debates que se han realizado, por fin Chile este veinte y uno de Agosto del presente año, dio un paso histórico en aprobar el proyecto de Ley, que regula la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo, en tres causales, “Una sentencia dictada el 21 de agosto por el Tribunal Constitucional de Chile, ha confirmado que la Constitución, del país ahora incluye la despenalización del aborto y el acceso a el

o la niña embarazada, cuando el feto no puede sobrevivir fuera del útero o cuando el embarazo es resultado de una violación”. (Amnistía Internacional, 2017).

Gracias a organizaciones nacionales e internacionales, este país ha podido dar un gran paso frente a este tema que es de interés social, y, era uno de los países que aún estaba penalizado el aborto en todos los casos es decir, no permitía el aborto ni en caso que la mujer corra riesgo de su vida a causa del embarazo. Así fue el caso de una chilena, Paola Valenzuela, que en la etapa de gestación tuvo que presenciar un extraño síndrome en donde el feto se mutilaba y por más que acudió a la comisión Interamericana, de Derechos Humanos, no le permitieron abortar así que su bebita nació muerta a pesar del diagnóstico que tuvo.

2.4.4. España

En este país existió una reforma en el mes de Septiembre, del año dos mil quince, para regular el aborto en menores de edad que actualmente es hasta los 18 años, las mujeres necesitan ser representadas obligatoriamente por sus padres o un tutor legalmente autorizado por un juez. En el caso de las mujeres extranjeras tendrán que cancelar el valor de trecientos euros. Pueden acceder al aborto en clínicas privas o públicas que estén legalmente autorizada para realizar esta labor.

2.4.5. México

En México, el aborto es libre desde el año dos mil siete, es una decisión libre y voluntaria de la mujer en las doce primeras semanas de gestación esto se lo practica en la capital de México, en el resto de estados cada uno tiene diferentes leyes , por lo que muchas mujeres viajan a la capital para practicárselo. (El Comercio, 2017) “En todo el país es legal cuando es producto de una violación, pero la legislación varía según el estado al tomar en cuenta distintas causas: riesgo para la vida, alteraciones del producto, inseminación artificial no consentida o situación económica. Desde 2009, se estima que cada año se realizan un millón de abortos en todo México, según el instituto privado el Colegio de México”.

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