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CAPÍTULO III. DESARROLLO DE LA PROPUESTA

3.5. Desarrollo del cuerpo central

Cesar Beccaria en relación al tema de estudio da a conocer y explica que todas las leyes pueden establecer penas y delitos, sin embargo se debe entender que el poder para imponer las mismas recae sobre el legislador quien personifica a toda una sociedad, además afirma que las normas legales fueron creadas por un órgano rector, que estará encargado de la administración de justicia, la cual debe ser guiada para una correcta aplicación de la norma jurídica y de esta manera garantizar los derechos de las víctimas.

El artículo 5, numeral 1 del Código Orgánico Integral Penal, tipifica el principio de legalidad y hace mención que no existe sanción hacia un acto ilegal o ilícito, si este no se encuentra establecido en la norma legal ecuatoriana como delito y siempre y cuando este reconocido como tal con anterioridad al acto, en materia jurídica se considera que los principios legales son un pilar fundamental para el desarrollo y cumplimiento de las leyes y normas, considerando que gracias a estos se puede garantizar una correcta aplicación del procedimiento legal, para poder explicar de manera detallada este fundamento se puede establecer como ejemplo; que a lo largo de la historia se han quedado en la vulneración derechos fundamentales de las víctimas por la falta de creación de normas. Es decir, el principio de legalidad se creó para limitar las acciones deliberadas de las autoridades encargadas de la administración de justicia.

Guillermo Cabanella en su diccionario elemental define el principio como el origen y el inicio de un todo, por este motivo los principios son el pilar fundamental de la norma que es ahí donde se origina la práctica de la ley que tiene como finalidad limitar el poder de los gobernantes ya que gracias a este principio no se podrá imponer una

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sanción por el cometimiento de un acto ilegal, si este no se encuentra tipificado y sancionado como tal con anterioridad a dicho acto.

El artículo 220 de la Constitución de la República del Ecuador tipifica el principio de legalidad, como una norma jurídica vigente en el país, que garantiza la aplicación de sanciones a todos los delitos que se consideren como tal un hecho delictivo, así podemos hablar del delito de genocidio como acto inhumano que se ha venido cometiendo a través de la historia, es así que se puede hacer énfasis a lo sucedido durante la segunda guerra mundial mismo hecho que no tubo sanción hasta mucho después de haber declarado tal acto como delito es así que de acuerdo a los datos obtenidos en el transcurso de nuestra investigación, se podría sugerir la implementación de estrategias que permitan a los ciudadanos establecer la importancia del principio de legalidad en el juzgamiento del delito de genocidio.

Flavio Sánchez López manifiesta que los principios penales son normativas técnicas que generalizan tanto las características como los fundamentos, por este motivo se considera la aplicación y ejecución del derecho penal, en fin demuestra; que las instituciones legales son la fuente de toda norma de derecho, se debe tomar en cuenta que además de lo establecido hay actos delictivos, como penas sanciones y criterios criminales que buscan una exigencia para la solución de medidas criminales, además todos los actos delictivos para ser sancionados deben estar establecidos en un contexto legal.

El artículo 76.7.d.f de la Constitución de la República hace hincapié y da a conocer lo importante que es mantener un procedimiento legal transparente ya que los procedimientos jurídicos deben estar regulados y deben garantizar la protección de ciudadanos, así como de la afectación de derechos y principios establecidos en la norma vigente, además se debe establecer que para la regulación de actos normativos se puede contar con la aplicación de los instrumentos internacionales de derechos humanos.

Igualmente cabe establecer que el principio de legalidad es fundamental en toda norma legal ya que en el ejercicio de un poder público debería realizarse acorde a la ley vigente y no a la voluntad de una autoridad, se puede considerar que las actuaciones de los legisladores se deben en marcar en el principio de legalidad para garantizar la seguridad jurídica. La seguridad jurídica no dependo solamente de la creación de normas, más bien debe existir necesidades por parte de los individuos que conforman una sociedad, ya que gracias a la manifestación de los mismos se crean normas, reglas y leyes que ayuden en forma general y eficaz a solucionar los

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problemas, que afectan a toda la sociedad por esta razón se debe tomar en cuenta que existen hechos delictivos que como no están regulados por una norma vigente quedan en la indefensión.

Arroyo Zapatero establece que la ley es la única que tiene la potestad de normalizar los derechos y las libertades. Por este motivo en la actualidad se le agrega una parte más que se refiere a una ley cierta, es decir, que la ley deberá ser aprobada y promulgada, así como deberá de existir de manera real y, sobre todo, que tenga vigencia en el momento de su aplicación. Para de esta manera no limitar y dejar en la indefensión los derechos de las personas en sí este es un principio que se lo podría definir como una garantía de liberad que protege la integridad de las personas.

La ley debe estar escrita en primer lugar, para evitar que mediante la costumbre o los principios generales que no están debidamente establecidos se creen delitos y penas, es decir de esta manera se quiere restringir estrictamente el poder que tenía libremente, la autoridad competente para actuar, que en nuestro estado, no es otro más, que el poder legislativo quien es el encargado de crear leyes y sanciones, las mismas que se crean para mantener de manera distributiva el poder además de mantener el orden en una sociedad

El artículo 76 numerales 5 y 6 de la Constitución de la República del Ecuador tipifica que para administrar sanciones por hechos delictivos, la norma legal debe estar establecida de una manera escrita, que no deje espacio alguno a la mala aplicación y mucho menos pueda dar pautas, para que las autoridades abusen de su poder y amedrenten de manera arbitraria con las sanciones creadas de manera espontánea a los ciudadanos, por tal razón todo la base de este fundamento es proteger de manera primordial los derechos de las personas, además de establecer que para cualquier norma, ley o principio funcione correctamente se tiene que crear según las necesidades y problemas que el hombre pueda tener.

El jurista Sánchez López manifiesta que la creación del principio de legalidad conlleva consecuencias. Ello significa que son los propios ciudadanos, a través de sus representantes políticos, los que deben decidir lo que está prohibido o permitido, es lo que se denomina principio de reserva de ley que supone que sólo el parlamento, como órgano representativo, puede definir los delitos, establecer las penas, ordenar el procedimiento para su aplicación y regular la forma de su ejecución.

Es así que nos encontramos ante un principio asumido por la sociedad internacional, ya que este se lo puede demostrar gracias a su buen acogimiento que se establece en

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los acuerdos internacionales más importantes de nuestro tiempo; y es así que el principio de legalidad impera dirigiendo la correcta aplicación de la ley.

Por otro lado el principio de legalidad no se limita solamente aplicar una sanción, sino más bien ha enmarcar sanciones para el incumplimiento de actos ilegales e ilícitos como establecer que dicho acto es ilegal, porque de esta manera se puede evitar la violación de derechos humanos sin embargo la existencia de una ley no garantiza el cumplimiento del principio de la legalidad en la aplicación de una pena, como se ha demostrado a lo largo de la historia con las acciones arbitrarias, como actos ilegales que cometen aquellas personas que de una u otra manera gobiernan una nación, es decir aunque la administración de justicia se encargue de aplicación de sanciones nunca se va a tener el poder suficiente para aplicar el mismo según el criterio de dichas autoridades.

Pablo A. Ramella establece que a lo largo de la historia se han suscitado incontables masacres por grandes naciones en razón a su diferencia, en raza, religión, política, sexualidad, cultura entre otros. Por esta razón las naciones buscaban el sometimiento y dominio de estos pueblos, para de esta manera obligarlos a trabajar en condiciones realmente indignantes, y lo que es aún peor simplemente por odio acaban con la vida de estas personas, se puede considerar que las matanzas que se dieron no fueron solo por dinero ni poder, más bien fueron el simple desenlace de un odio reprimido hacia un determino grupo de personas.

El artículo 79 del Código Orgánico Integral Penal, tipifica al genocidio como una forma progresiva que se concentra de manera directa en la intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, religioso o político, también tiene relación con la matanza a varias personas, a causarles lesiones tanto físicas y mentales, así como someterles a sobrevivir a condiciones infrahumanas que le induzcan a su destrucción física total o parcial, se considera genocidio también a impedir el nacimiento de nuevas vidas tal como forzar a los niños a trasladarse de un lugar a otro. Se debe tener en cuenta también que el genocidio es un delito imprescriptible, tal como lo son los delitos de lesa humanidad, crímenes de guerra, desaparición forzada de personas y agresión a un Estado.

Bernard Bruneteau define al genocidio, como un acto inhumano y atroz que no tiene justificación, además de denigrar la integridad de las personas vulnera los derechos de los seres humanos y violenta las garantías que un estado debe otorgar a su nación.

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Se debe considerar los artículos 5 y 6 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, en el cual se considerar que a lo largo de la historia el genocidio ha provocado grandes pérdidas a los seres humanos de manera periódica como se han ido desarrollando, pero al realizar un recuento sobre las masacres vividas se puede observar que en sí, el termino genocidio se lo define de una manera general, con la finalidad que esta definición sea conocida por todos los seres humanos con el objetivo fiable de tratar de impedir el cometimiento atroz de estos actos ya que como este delito está establecido como tal en la norma vigente existe ya una sanción por dicha norma y de esta manera se espera que estos actos no queden en la indefensión y por ende eviten disminuir de manera periódica la vulneración de los derechos que tienen las víctimas.

Es así que el Ecuador al ver la necesidad de encontrar respuestas a ciertos actos ilegales que se han cometido a través de la historia, crea la institución de la Comisión de la Verdad, ya que esta tiene como finalidad realizar una amplia investigación sobre el cometimiento de delitos que violen los derechos humanos en ese tiempo cuando se inició esta organización se consideraban delitos que violen estos parámetros los siguientes; crímenes de guerras, desaparición forzada de personas, cohecho, concusión, enriquecimiento ilícito y las acciones legales por daños ambientales, ya que todos estos actos ilícitos e ilegales tienen un vínculo en común, ya que todas son imprescriptibles tanto en la acción como la pena.

El artículo 9 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional tipifica que todo acto ilícito o ilegal se va sancionar, además se debe tomar en cuenta que el delito de genocidio es un delito de acción pública por lo tanto todas las personas y los órganos que ejercen potestades públicas están sujetos a la Constitución, la misma que considera que para la ejecución de la sanción de seguirse cierto proceso el cual no vulnere el derecho de las personas más bien garantice el derecho hacer juzgado correctamente por los actos cometidos, fundamento del ordenamiento jurídico, es así que gracias a la correcta aplicación de este principio se garantiza el debido proceso el mismo que es una de las garantías constitucionales, como los mecanismos que la ley pone a disposición de la persona para que pueda defender sus derechos, son los procesos de Instituciones cuyo objetivo principal es proteger los derechos constitucionales y velar por el respeto de las garantías de orden procesal en el Ecuador

Luis Abarca Galeas establece que tanto la víctima en proceso legal como el procesado tienen derechos y garantías establecidas en la Constitución de la República. Por este

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motivo en todo el proceso penal se debe tener en cuenta y velar por que se cumpla un correcto procedimiento penal, como dentro del desarrollo de esta propuesta se a establecido puntos claros como es que el principio de legalidad es un pilar fundamental del derecho penal que además de frenar las existencias mal influenciadas de la administración de justicia establece la norma de aplicar sanción a hechos delictivos que se encuentren establecidos como delitos con anterioridad a la infracción. En fin todo el procedimiento que se explicó para sancionar un delito como es en este caso el delito de genocidio se debe tomar en cuenta que el principio de legalidad juega un rol muy importante para iniciar con un procedimiento legal y justo, ya que si no existiera una norma expresa que determinara este acto como delito y sancionara el mismo nunca hubiera habido desde el principio un procedimiento que seguir por ende los derechos de las víctimas hubiera quedado en la indefensión.

3.6. Validación, aplicación y evaluación de los resultados de la aplicación de la

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