CAPÍTULO VI: MAGNITUD Y CARACTERÍSTICAS DE LOS
1. La dificultad para establecer datos precisos sobre menores migrantes no
Pese a que la necesidad de desarrollar registros serios y fiables sobre MMNA en España –acordes con las leyes de protección de datos-, fue una de las propuestas en las que más incidió el Grupo de Menores Extranjeros del Observatorio de la Infancia67, la Administración sólo ha elaborado unas tablas generales, incompletas y poco claras que no sirven para cuantificar la población de MMNA e informar con cuántos de ellos se interviene, por cuánto tiempo y cuántos son repatriados.
Por esta razón, determinar la magnitud real del fenómeno de menores extranjeros no acompañados en España es una tarea verdaderamente difícil. A ello contribuyen las siguientes situaciones:
• La descentralización de los sistemas de protección de menores que, en la actualidad, está a cargo de las distintas Administraciones Autonómicas. Por lo que para hacer una aproximación cuantitativa del fenómeno migratorio de menores extranjeros solos en toda España, sería preciso estudiar las estadísticas oficiales que manejan las distintas entidades públicas concernientes: Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Organismos encargados de la tutela y guarda de menores en situación de desamparo, Delegaciones de Gobierno y Extranjería… de cada CCAA.
• Dicha descentralización supone también la elaboración de leyes propias respecto a la protección de menores en situación de desamparo. Sin embargo, el concepto de desamparo está sujeto a cierta indeterminación que hace que cada CCAA lo interprete de forma distinta: algunas de forma más amplia, otras de forma más
67 El Observatorio de la Infancia es un grupo de trabajo creado por el Consejo de Ministros el año 1999.
Se trata de un sistema de información centralizado y compartido con capacidad para vigilar y hacer el seguimiento de la calidad de vida de los y las niñas en España y de las políticas públicas dirigidas a esta población. Está constituido, a su vez, por diversos grupos de trabajo, entre los que se encuentra el de “Menores extranjeros”. Este grupo tiene entre sus objetivos, el de “coordinar los efectos de la puesta en marcha del registro administrativo de MMNA creado por la Dirección General de Policía: http://www.mtas.es/SGAS/FamiliaInfanc/infancia/observatorio/ObsInfancia.htm
restrictiva. Ello afecta, por supuesto, a la declaración de tutela de muchos menores y a su registro.
• Unido a lo anterior, se encuentra el hecho de que algunas estadísticas recogen a estos menores como “menores tutelados”, pero otras lo hacen como “menores acogidos” (que no es lo mismo como veremos más adelante). Además unas fuentes recogen “número de acogimientos”, mientras que otras recogen “número de ingresos” o bien, “número de plazas”. Es prácticamente imposible comparar conceptos tan diferentes entre sí.
• Disenso en relación a lo qué se entiende por “menor no acompañado”. Algunos organismos públicos recogen datos de menores extranjeros no acompañados como un apartado diferente en la presentación de sus datos estadísticos oficiales. Otros, en cambio, incluyen a estos menores en un apartado más general referido a todos los menores extranjeros. Ello es particularmente visible en las estadísticas del Instituto Madrileño del Menor y la Familia (IMMF) en la Comunidad de Madrid (CAM) y hace sumamente difícil determinar cuántos menores extranjeros han llegado a España solos de entre la generalidad.
• Se observa cierta tendencia al secretismo por parte de las Administraciones concernientes respecto a sus datos (Giménez y Suárez, 2000). Sobre todo, en lo referente a extranjería y más particularmente a minoridad. Cuando una entidad privada o un particular solicita datos precisos sobre menores tutelados, se suele responder desde la Administración pública que se deberán consultar los datos oficiales de las memorias anuales68. Esto supone consultar datos muy poco elaborados que no cruzan información detallada, ni desagregan datos esenciales (como por ejemplo: lugar de procedencia de los menores, edad, tiempo de tutela, situación legal, posible inclusión del menor en algún procedimiento judicial, número de fugas, etcétera). Y hace que no se pueda indagar más en profundidad sobre estas situaciones.
• Los temores que la mayoría de estos menores tienen hacia las instituciones policiales o de tutela (que son vistas de forma ambigua, unas veces como
68 Respuesta que me ha sido dada por una técnica del Instituto Madrileño del Menor y la Familia cuando
entidades de tutela, otras como entidades que quieren su repatriación) y que hace que, una vez que son localizados, den datos falsos acerca de su identidad y procedencia. Cuando los menores se fugan de los centros y viajan a otras CCAA, dan nuevos datos falsos. Esto origina que se abran nuevos expedientes abultando la cifra de menores no acompañados más allá de la cifra real. Dicha estrategia de los menores se ha visto incrementada durante el período en que se ha difundido la noticia de la firma del Memorando de Entendimiento entre el Reino de Marruecos y el Reino de España sobre repatriación asistida de menores no acompañados, el 23 de diciembre de 200369.
• Un número indeterminado de menores extranjeros no acompañados puede no haber sido detectado por las Fuerzas de Seguridad y, por tanto, no haber ingresado en el sistema de protección de menores de las distintas CCAA. O bien, sí han sido interceptados por dichas Fuerzas, pero se han fugado inmediatamente después de los Centros de primera acogida por temor a la repatriación sin llegar a estar tutelados. Estos menores se encuentran en la calle y tienen una considerable movilidad geográfica. A la cifra de menores tutelados habría que añadir, entonces, un número de menores que no figura en las estadísticas oficiales. No obstante, Save the Children (Mason, 2003) estima que el número de menores que pudiera encontrarse viviendo en la calle en España es pequeño. Lo dicho en relación a la falta de información (y el acceso a esta) respecto a la presencia real de MMNA en España sirve también para aquello que sucede en la CAM, región donde se circunscribe esta tesis doctoral.
69 La situación de fuga masiva de los centros llegó a tener tal dimensión después de la firma de este
Memorando, que obligó al Delegado de Gobierno para la Extranjería y la Inmigración, por aquel entonces el Sr. Gonzalo Robles, el 14 de enero de 2004, a declarar en los medios de comunicación que “no se va a repatriar a los 3000 menores inmigrantes marroquíes que hay en España, sino sólo a los que han tenido grandes dificultades para la integración”. El País, 15 de enero de 2004. El subrayado es nuestro, ya que afirma la existencia de un número de 3000 menores que no figura en ninguna estadística oficial.