Artículo XX. (Violación de tregua) 19 El que viole tregua o armisticio acordado será, penado con
DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO (presentado por la doctora Ana Elizabeth Villalta Vizcarra)
6. La diversidad cultural en el desarrollo del derecho internacional
Documentos
CJI/doc.351/10 La diversidad cultural y el desarrollo del derecho internacional (presentado por el doctor Freddy Castillo Castellanos)
CJI/doc.364/10 Recomendaciones a partir del informe anterior sobre la diversidad cultural y el desarrollo del derecho internacional
(presentado por el doctor Freddy Castillo Castellanos)
Durante el 74º período ordinario de sesiones del Comité Jurídico Interamericano (Bogotá, Colombia, marzo, 2009), el doctor Freddy Castillo Castellanos presentó un documento titulado “La Diversidad Cultural en el Desarrollo del Derecho Internacional”, documento CJI/doc.325/09 rev.1, por el cual propone la inclusión de ese tema en la agenda, moción que resultó aprobada y el doctor Castillo fue designado como relator del tema.
Sin embargo, algunos miembros se manifestaron interesados en conocer qué aportes sustantivos podría concretar en esa materia el Comité, recordando que la comunidad internacional ya cuenta con una convención al respecto. Los miembros también expresaron inquietud respecto de la orientación que puedan tener los trabajos del Comité, específicamente en cuanto al desarrollo de estudios sobre pautas orientadoras respecto de la diversidad cultural para las constituciones nacionales o legislaciones internas de los Estados. En vista de ello, se decidió limitar el tema a proporcionar directivas en la aplicación de los principios y normas de la Convención de la UNESCO y eliminar la referencia a las constituciones. Adicionalmente se solicitó dar a conocer al Consejo Permanente el involucramiento del Comité en el desarrollo de este tema, con el fin de que los Estados miembros puedan manifestarse. Finalmente, se solicitó al relator presentar una nueva versión del documento que recoja las sugerencias de los miembros del Comité Jurídico en el próximo período ordinario de sesiones del Comité.
La Asamblea General de la OEA durante su XXXIX período ordinario de sesiones (San Pedro Sula, junio, 2009), mediante resolución AG/RES. 2515 (XXXIX-O/09), solicitó al Comité Jurídico Interamericano que informe a la Asamblea General del avance paulatino en el desarrollo de este tema.
Durante el 75º período ordinario de sesiones del Comité Jurídico Interamericano (Rio de Janeiro, Brasil, agosto, 2009), el doctor Freddy Castillo Castellanos presentó su informe sobre el tema titulado “Reflexiones para el Tema de la Diversidad Cultural y el Desarrollo del Derecho Internacional” (CJI/doc.333/09).
Inicialmente se refirió a los instrumentos aprobados en el ámbito de las Naciones Unidas, como lo son la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, los cuales han ido avanzando en la protección de los derechos culturales, desde el reconocimiento que tienen todas las personas a vivir en plenitud la vida cultural de su comunidad, exhortando a los Estados a adoptar medidas que aseguren el pleno ejercicio de esos derechos, a los cuales se fueron agregando la educación, el acceso a la información, y más recientemente las normas acerca de la discriminación por edad y de género.
En cuanto al sistema interamericano, citó disposiciones de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre los Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ("Protocolo de San Salvador"), que también aseguran la protección de los derechos culturales de los países de la región.
Destacó la labor de la UNESCO plasmada en las convenciones sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural (1972); Convención para la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático (2001); Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial (2003) y la Convención para la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales (2005).
Aludió también a las consecuencias provocadas por la globalización, que en su entender van eliminando de forma cruel el pluralismo cultural para hacer prevalecer la uniformización impuesta por los
países que dominan la industria de la cultura. Ello ha provocado la reacción de la UNESCO con la aprobación de la Convención para la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales en octubre del 2005, la cual representa un paso sustancial para revertir las numerosas décadas de políticas contrarias al multiculturalismo. Subrayó que la subordinación de la cultura y sus procesos de creación a la maquinaria del capital, ha generado un inmenso menoscabo intelectual y artístico en nuestros países, puesto que muchas culturas no han logrado ser visibilizadas y menos aún conocidas por la mayoría de la población. Mencionó la reacción que se produjo en varias esferas internacionales, puntualizando el trabajo precursor de la Escuela de Frankfurt, con miras a detener ese cuadro devastador de las culturas auténticas, frente al peso hegemónico del comercio en el ámbito de la cultura.
Desde el punto de vista jurídico, citó el reconocimiento de la diversidad en tanto acto de democracia, reconocido por la UNESCO como un patrimonio de la humanidad. Es decir, del hecho natural al proyecto de convivencia que hoy en día cobra vida en el derecho positivo internacional. En ese sentido confirmó que la cultura es un bien público y colectivo y criticó el intento de la OMC de regular los bienes de la cultura como si éstos fuesen una mercancía más. Tal vez lo más importante en la relación diversidad cultural-democracia sea la representación de un cauce verdadero para la inclusión, mediante formas participativas efectivas.
Añadió que la cuestión de la cultura había sido contemplada en algunas constituciones europeas (la de España del 78 y la portuguesa del 76) y luego en las más recientes constituciones latinoamericanas (Brasil, Colombia, Bolivia, Venezuela), habiéndose producido un sustancial desarrollo de los derechos culturales.
Acto seguido, hizo un recuento histórico del tratamiento jurídico del tema de la Diversidad Cultural, recordando que en noviembre del 2001 la UNESCO aprobó la Declaración Universal sobre la Diversidad Cultural, cuyos aspectos conceptuales de mayor importancia estaban representados por el pluralismo cultural, el respeto a los derechos humanos, la promoción de la creación y la solidaridad internacional. La diversidad cultural ya pasó a ser un principio del derecho internacional, articulado a otros derechos culturales que coadyuvan en la protección y desarrollo de ese principio. Otro hecho significativo es que la Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales, adoptada por la UNESCO cuenta ya con casi cien Estados que han depositado sus respectivos instrumentos de ratificación, aceptación o adhesión a la misma.
En cuanto a los aspectos relevantes de la Convención, destacó que la misma sitúa a la cultura en un espacio jurídico propio, distinto al del derecho comercial internacional y en modo alguno subordinado a éste; constató que la diversidad es patrimonio cultural en sí misma, y por ello uno de los patrimonios fundamentales de los seres humanos. En segundo lugar, resaltó el tratamiento no exclusivamente mercantil a los bienes de la cultura y a la cultura en general; el reconocimiento que la diversidad comporta respecto de creaciones, tradiciones y saberes populares, que al estar desprotegidos, permanecían a merced de apropiaciones y saqueos por parte de la voracidad económica de corporaciones o transnacionales, con fines muy alejados de la cultura. Todo ello sin agotar el listado de ideas básicas que contiene la Convención, y sin olvidar los principios de solidaridad y cooperación que obligan a los Estados Partes a crear y a reforzar los medios de expresión cultural en los países en desarrollo, así como el principio de complementariedad de los aspectos económicos y culturales de ese desarrollo, principios que obligan tanto al sector público como a los particulares.
Concluyó que en el ámbito regional, el Comité Jurídico Interamericano puede contribuir con orientaciones pertinentes a nivel internacional para la aplicación de los principios contenidos en dicha Convención, y explorar vías alternativas para la concreción del paradigma de la Diversidad Cultural entre los países de la región. En ese sentido, en un detenido análisis de la agenda temática del Comité, se puede comprobar que buena parte de los asuntos se relacionan con la diversidad cultural. Es el caso, por ejemplo de la Convención contra toda forma de discriminación y el de las formas innovadoras de acceso a la justicia, para no mencionar otros que aún no figuran en nuestro catálogo de estudios, pero que
seguramente se irán incorporando en breve lapso, incluidos los temas de Derecho Internacional Privado, donde la diversidad de las culturas juega un papel de innegable relevancia.
El Presidente felicitó al relator por el vigoroso informe presentado, lo cual fue secundado por otros miembros. Además, hizo referencia a la importancia de la tecnología para la difusión de conocimiento, siendo un instrumento que puede trabajar tanto a favor o en contra de ello, principalmente cuando no se dispone de medios reales de protección.
El doctor João Clemente Baena Soares opinó que el tema reviste gran importancia y como primer reacción al documento del relator, sugirió se abordasen los peligros representados por las nuevas tecnologías.
El doctor Hubert trajo a la luz la realidad cultural de Canadá, que sin necesidad de instrumentos internacionales ha logrado preservar la cultura de la minoría de origen francesa. Se manifestó a favor de la promoción de la diversidad cultural, en consonancia con el impulso que Canadá le ha dado a la aprobación de la convención de UNESCO.
El doctor Herdocia sugirió analizar también en el futuro los fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos relacionados con cuestiones culturales, tales como la diversidad cultural indígena.
Durante el 76º período ordinario de sesiones del Comité Jurídico Interamericano (Lima, Perú, marzo, 2010), el doctor Freddy Castillo, relator del tema, presentó un nuevo informe, “La Diversidad Cultural y el Desarrollo del Derecho Internacional” (CJI/doc.351/10). En la ocasión hizo alusión a las bases jurídicas, tales como el artículo 3 m) y 52 de la Carta de la OEA. En su entender, la Carta consolida la comprensión interamericana mediante la cultura.
El relator informó también sobre la Convención para la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales, ratificada por 22 países de las Américas. Al respecto, propuso las siguientes recomendaciones:
- Que se reconozca la diversidad como un patrimonio cultural; - Que se promuevan las diversas expresiones culturales;
- Que se consideren los bienes de la cultura como bienes del espíritu y no como simples mercancías; - Que se desarrollen espacios educativos para consolidar una consciencia colectiva sobre la
diversidad cultural; y,
- Que se promuevan iniciativas públicas y privadas para reflexionar problemas que suscita el reconocimiento de la diversidad y su incidencia en el ámbito del derecho internacional.
El doctor Hubert agradeció la lectura de la Carta de la OEA realizada por el doctor Castillo, e hizo alusión a los aspectos positivos y negativos de la excepción cultural aludida en el documento del doctor Castillo.
El doctor Herdocia expresó su apoyo al trabajo del relator y notó la importancia que reviste el tema de la diversidad cultural especialmente en las universidades. Solicitó al relator hacer referencias al desarrollo sostenible. Adicionalmente, le instó a preparar un documento que otorgue un valor agregado a lo ya establecido en la Convención citada, a la luz de la Carta de la OEA y los procesos de integración subregionales. Al respecto la doctora Villalta apoyó la idea de la elaboración de una “guía de principios” o “proyecto de declaración práctico”. Por su parte, la doctora Hyacinth Lindsay propuso una iniciativa para apoyar programas en países del Caribe sobre la materia.
El relator agradeció la recepción del informe y los aportes realizados para la elaboración de un informe completo en el mes de agosto. Respecto de la excepción cultural constató la importancia de buscar equilibrios adecuados. También se comprometió a preparar una guía de principios para la próxima sesión del Comité.
El Vicepresidente agradeció al relator por su informe e instó al doctor Castillo a remitir un documento final en la sesión ordinaria del Comité el mes de agosto.
Durante el XL período ordinario de sesiones de la Asamblea General de la OEA (Lima, junio, 2010), se solicitó al Comité informar del avance paulatino del tema en el desarrollo del derecho internacional AG/RES. 2611 (XV-O/10).
Durante el 77º período ordinario de sesiones del Comité Jurídico Interamericano (Rio de Janeiro, Brasil, agosto, 2010), el doctor Freddy Castillo presentó su informe complementario sobre el tema, titulado “Recomendaciones a partir del informe anterior sobre la diversidad cultural y el desarrollo del